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T 8 lA PrvnciA

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T 8 lA PrvnciA

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Fecha de Creación: 2026/07/22

Categoría: Otros

Número Preguntas: 30

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Según el artículo 31, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La provincia es: Una entidad administrativa sin personalidad jurídica. Una agrupación voluntaria de municipios. Una entidad local determinada por la agrupación de municipios, con personalidad jurídica propia y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines. Un órgano de cooperación autonómica.

Según el artículo 31, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. La garantía de los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales es: Una competencia estatal. Una competencia autonómica exclusiva. Un fin propio y específico de la provincia. Una función del municipio.

Según el articulo 31. La coordinación de la Administración local con la de la Comunidad Autónoma y la del Estado, es. Una competencia exclusiva del Estado. Un fin propio y específico de la provincia. Una función residual. Una competencia delegada.

Según el artículo 31 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. ¿A quién corresponde el gobierno y la administración autónoma de la Provincia?. A la Diputación. A la Administración General del Estado. A las Corporaciones de carácter representativo. a y c son correctas.

Según el artículo 32, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Son órganos necesarios de la Diputación Provincial: Presidente y Pleno exclusivamente. Presidente, Vicepresidentes, Junta de Gobierno y Pleno. Presidente, Vicepresidentes y Junta de Portavoces. Presidente, Pleno y Comisión Especial de Cuentas.

Según el artículo 32, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. los órganos complementarios de las Diputaciones: Son establecidos únicamente por el Estado. Son obligatorios en todas las Diputaciones. Se establecen y regulan por las propias Diputaciones y las leyes de las comunidades autónomas sobre régimen local. Son establecidos exclusivamente por el Presidente.

Según el artículo 31, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Son fines propios y específicos de la Provincia: La prestación directa de todos los servicios municipales. La gestión de las competencias autonómicas delegadas. Garantizar los principios de solidaridad y equilibrio intermunicipales. Sustituir la actividad administrativa de los municipios.

Según el artículo 33, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. el Pleno de la Diputación está constituido por: El Presidente y los Vicepresidentes. Los miembros de la Junta de Gobierno. El Presidente y los Diputados. Los Diputados y los Alcaldes de la provincia.

Corresponde al Pleno, según el artículo 33.2: Dirigir el gobierno y administración provincial. Representar a la Diputación. El control y la fiscalización de los órganos de gobierno. Nombrar libremente a los Vicepresidentes.

La garantía de la prestación integral y adecuada de los servicios municipales se realizará mediante: La aprobación de ordenanzas provinciales. La coordinación de los servicios municipales entre sí. La asunción automática de competencias municipales. La creación de órganos provinciales.

La Provincia participa en: La coordinación de los órganos judiciales. La dirección de la Administración autonómica. La coordinación de la Administración local con la de la Comunidad Autónoma y la del Estado. La sustitución de los municipios.

Los órganos complementarios de las Diputaciones se establecen: Exclusivamente por la Administración General del Estado. Únicamente por la Comunidad Autónoma. Por las propias Diputaciones y las leyes de las comunidades autónomas sobre régimen local. Por el Presidente de la Diputación.

El Pleno puede delegar sus atribuciones: Siempre, salvo acuerdo contrario. Únicamente en el Presidente. Nunca. Salvo aquellas que la ley determine como indelegables.

¿Cuál de estas competencias corresponde al Pleno según el artículo 33?. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios provinciales. Representar a la Diputación. La aprobación de las ordenanzas. Convocar las sesiones del Pleno.

Según el artículo 34, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Corresponde al Presidente de la Diputación: Controlar y fiscalizar los órganos de gobierno. Aprobar las ordenanzas provinciales. Dirigir el gobierno y la administración de la provincia. Aprobar definitivamente los presupuestos autonómicos.

El Presidente ostenta: La representación del Estado en la provincia. La representación de la Comunidad Autónoma. La representación de la Diputación. La representación de todos los municipios.

Es una atribución del Presidente: Aprobar el reglamento orgánico provincial. Dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras cuya titularidad o ejercicio corresponde a la Diputación Provincial. Aprobar las ordenanzas provinciales. Fiscalizar al Pleno.

Según el artículo 34.2, el Presidente puede delegar: Todas sus atribuciones sin excepción. Ninguna de sus atribuciones. El ejercicio de sus atribuciones salvo aquellas que la ley señale como indelegables. Solo las atribuciones económicas.

La Junta de Gobierno está integrada por: Todos los Diputados provinciales. Presidente y todos los Vicepresidentes. Presidente y un número de Diputados no superior al tercio del número legal de los mismos. Presidente y portavoces de los grupos políticos.

Los miembros de la Junta de Gobierno son: Elegidos por el Pleno. Designados por la Comunidad Autónoma. Nombrados y separados libremente por el Presidente. Elegidos por sufragio provincial.

La función principal de la Junta de Gobierno. Aprobar ordenanzas. Ejercer la potestad reglamentaria. La asistencia al Presidente en el ejercicio de sus atribuciones. Sustituir al Pleno.

Según el artículo 36, es competencia propia de la Provincia: La aprobación de planes urbanísticos municipales. La coordinación de los servicios municipales entre sí para garantizar la prestación integral y adecuada. La elección de alcaldes. La aprobación de leyes locales.

La asistencia provincial a los municipios puede ser: Únicamente económica. Únicamente técnica. Jurídica, económica y técnica. Exclusivamente administrativa.

La asistencia provincial se dirige especialmente a: Municipios capitales de provincia. Municipios turísticos. Municipios de menor capacidad económica y de gestión. Municipios con más población.

Corresponde a la Diputación: La prestación de todos los servicios municipales. La aprobación de ordenanzas municipales. La prestación de servicios públicos de carácter supramunicipal y, en su caso, supracomarcal. La sustitución permanente del Ayuntamiento.

El Plan provincial de cooperación a las obras y servicios de competencia municipal: Lo aprueba el Estado. Lo aprueba la Comunidad Autónoma. Lo aprueba la Diputación Provincial. Lo aprueban los municipios.

El artículo 36 atribuye a la Diputación la función de: Ejercer todas las competencias municipales. Asegurar el acceso de la población de la provincia al conjunto de los servicios mínimos de competencia municipal. Sustituir a los municipios pequeños. Gestionar exclusivamente servicios autonómicos.

Las Comunidades Autónomas uniprovinciales: Mantienen siempre la Diputación Provincial. Carecen de competencias provinciales. Asumen las competencias, medios y recursos que corresponden en el régimen ordinario a las Diputaciones Provinciales. Delegan sus competencias en el Estado.

¿Qué órgano tiene atribuida la asistencia al Presidente en sus atribuciones?. El Pleno. Los Vicepresidentes. La Junta de Gobierno. Las Comisiones Informativas.

Señale la afirmación INCORRECTA: La Provincia tiene personalidad jurídica propia. La Diputación tiene órganos necesarios y complementarios. La Junta de Gobierno asiste al Presidente. El Presidente aprueba las ordenanzas provinciales.

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