T13. Delitos contra el honor
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Título del Test:![]() T13. Delitos contra el honor Descripción: Penal II |




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La definición del honor como bien jurídico protegido, viene recogida en: La Constitución Española. La LO 1/1982, de 5de mayo, de Protección Penal del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen. El código Penal. Ninguna de las normas citadas. El bien jurídico protegido en los delitos de calumnias e injurias es: La reputación profesional. El derecho a la intimidad y la privacidad. El honor. El derecho al olvido. El bien juridico protegido en los delitos contra el honor, es predicable de: todas las personas vivas o muertas. todas las personas fisicas, estando excluidas las juridicas. todas las personas ya sean fisicas o juridicas. todas las personas fisicas, salvo los fallecidos, en cuanto no trascienda a sus herederos o sucesores y las personas juridicas. Según dispone el Código penal, es calumnia: La imputación de un delito grave hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad. La imputación de un hecho que lesione la dignidad de otra persona hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio hacia la verdad. Una persona que llama a otra “ladrón” a gritos, en un bar, comete un delito de: Calumnias con publicidad. Injurias con publicidad. Calumnias sin publicidad. Injurias sin publicidad. El delito de calumnias se agravará de modo específico cuando: Afecte a un elevado número de personas. Se cometa mediante precio, recompensa o promesa. Se realice de forma reiterada y contumaz. El delito de calumnias no tiene ninguna circunstancia agravante específica. La calumnia y la injuria se reputarán hechas con publicidad cuando: Se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o por cualquier otro medio de eficacia semejante. Se propaguen ante 3 o más personas. Se propaguen por medio de la imprenta, la radiodifusión o la televisión, exclusivamente. Se propaguen ante 3 o más personas, en un lugar público. Es injuria: La omisión o actuación que lesionan la integridad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. La imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad. La imputación de mala fama a una persona por haber cometido un hecho delictivo. La acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. El Código penal español dispone que injuria es: La imputación de un delito que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. La acción o expresión que lesionan la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. La imputación de un hecho que lesiona la dignidad de otra persona menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación. Tras la reforma del Código penal del 2015, las injurias han desaparecido del Código penal. Las injurias, que consistan en la formulación de expresiones o juicios de valor despectivos, serán constitutivas de delito si se realizan de forma: Imprudente. Dolosa. Fortuita. Culposa. Ante un foro al que asisten más de 100 personas, Alonso injuria a Javier profiriendo expresiones que no pueden ser consideradas como graves. En este caso: La conducta de Alonso es atípica porque solo son constitutivas de delito las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, son tenidas en el concepto público por graves. La conducta de Alonso es típica con independencia de la no gravedad de las expresiones vertidas, al haber sido proferidas ante más de 50 personas. La conducta de Alonso solo sería típica si Javier fuera un funcionario público. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta. Solamente serán constitutivas de delito. Las injurias que consistan en la imputación de delito. Las injurias que, por su difusión pública, sean tenidas en el concepto público por graves. Las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean consideradas graves por el ofendido. Las injurias que, por su naturaleza, efectos y circunstancias, sean tenidas en el concepto público por graves. Señale cuál de las siguientes afirmaciones no es correcta: Todas las personas tienen honor. El honor es un valor personal inherente a la dignidad de la persona. La persona condenada por sentencia firme no puede ser titular del derecho al honor. Las personas jurídicas también tienen honor. |