T18. REG IDi UPV
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Resultan de la libre y voluntaria agrupación de investigadores y otro personal en torno a unas determinadas líneas de investigación. Están orientados a la generación de conocimiento, creaciones, productos, procesos, métodos y sistemas innovadores correspondientes a la investigación básica y/o aplicada y a la transferencia de conocimiento tanto tecnológico como humanístico. Grupos de I+D+i. Departamentos universitarios. Centros de Investigación. IUI. Podrán integrarse en un Grupo de I+D+i las personas vinculadas a investigación, según el artículo 2. Personal de Investigación (PI), Personal de Apoyo a la Investigación (PAI), Personal de Gestión de la Investigación (PGI). Personal de Investigación (PI), Personal de Apoyo a la Investigación (PAI), Personal de Administración y Servicios (PAS). Personal Docente e Investigador (PDI), Personal de Apoyo a la Investigación (PAI), Personal de Gestión de la Investigación (PGI). Personal Docente e Investigador (PDI), Personal de Apoyo a la Investigación (PAI), Personal de Administración y Servicios (PAS). El mínimo para la constitución de un Grupo de I+D+i es. 2 veces el VAIP medio actualizado de un Catedrático de Universidad a tiempo completo. 3 veces el VAIP medio actualizado de un Catedrático de Universidad a tiempo parcial. 6 veces el VAIP medio actualizado de un Catedrático de Universidad a tiempo completo. 4 veces el VAIP medio actualizado de un Catedrático de Universidad a parcial. La vinculación de todas las personas del Grupo con la Universitat Politècnica de València debe tener una duración. mínima de un año a partir del momento de la solicitud. máxima de seis años a partir del momento de la solicitud. mínima de dos años a partir del momento de la solicitud. mínima de tres años a partir del momento de la solicitud. Los Grupos de I+D+i de la UPV se crearán por Resolución 1. _____________, a propuesta de sus miembros, con el informe del Departamento en el que se integran y con el informe favorable de 2._______________. 1. del Vicerrector responsable de Investigación 2. la Comisión de I+D+I. 1. del Rector 2. la Comisión de I+D+I. 1. del Consejo de Gobierno 2. el Vicerrector responsable de investigación. 1. del Rectorado 2. la Comisión de I+D+I. La propuesta de creación de un grupo de I+D+i deberá incorporar: Nombre del grupo, coherente con la actividad a desarrollar y acrónimo. Descripción del grupo y objetivos. Miembros del grupo. Líneas de investigación y sus respectivos responsables. Infraestructura de investigación relevante de que dispone. Compromiso explícito de los miembros de integración y de permanencia en el grupo al menos durante cinco años. Nombre del grupo, coherente con la actividad a desarrollar. Planificación de objetivos. Miembros del grupo. Líneas de investigación y sus respectivos responsables. Infraestructura de investigación relevante de que dispone. Compromiso explícito de los miembros de integración y de permanencia en el grupo al menos seis cinco años. Nombre del grupo, coherente con la actividad a desarrollar y acrónimo. Descripción del grupo y objetivos. Miembros del grupo. Responsables de la investigación. Infraestructura de investigación relevante de que dispone. Compromiso explícito de los miembros de integración y de permanencia en el grupo al menos durante seis años. Nombre del grupo, coherente con la actividad a desarrollar y acrónimo. Director del grupo de investigación. Descripción del grupo y objetivos. Miembros del grupo. Líneas de investigación y sus respectivos responsables. Infraestructura de investigación relevante de que dispone. Compromiso explícito de los miembros de integración y de permanencia en el grupo al menos durante cinco años. Las altas y bajas en los Grupos serán autorizadas por ... el Vicerrector responsable de Investigación. el Rector. el Responsable del grupo de I+D+i. el Director de Departamento afectado. En caso de baja en un Grupo de un responsable de una línea de investigación ... ésta se dará asimismo de baja, salvo que el Responsable de Grupo proponga su sustitución por otro miembro a estos efectos. el Responsable de Grupo deberá proponer a otro miembro como sustituto a estos efectos. el grupo podrá continuar con la línea de investigación sin un responsable como máximo 3 meses. ésta se dará asimismo de baja en el plazo de un año si no se encuentra un nuevo responsable de grupo. Los grupos de I+D+i de la UPV serán dados de baja por resolución del Vicerrector de Investigación en los siguientes casos: Cuando no exista Responsable del Grupo. Cuando no tenga el tamaño mínimo o su actividad investigadora sea inferior a la requerida. Cuando no mantenga actualizada su información en el Registro Oficial de Estructuras de Investigación de la UPV. Cuando no exista Responsable del Grupo. Cuando no tenga el tamaño mínimo. Cuando no mantenga actualizada su información en el Registro Oficial de Estructuras de Investigación de la UPV. Cuando no exista Responsable del Grupo. Cuando no tenga el tamaño mínimo o su actividad investigadora sea inferior a la requerida. Cuando no mantenga actualizada su información en Comisión de I+D+i de la UPV. Cuando no exista Responsable del Grupo. Cuando su actividad investigadora sea inferior a la requerida. Cuando no mantenga actualizada su información en el Registro Oficial de Estructuras de Investigación de la UPV. Los Departamentos Universitarios de la Universitat Politècnica de València se crean de acuerdo con ... la Normativa Estatal vigente, los Estatutos de la Universitat Politècnica de València y las normas que elabore el Consejo de Gobierno. la Normativa Estatal vigente, los Estatutos de la Universitat Politècnica de València y las normas que elabore el Consejo de Universidades. la Normativa Autonómica vigente, los Estatutos de la Universitat Politècnica de València y las normas que elabore el Consejo de Gobierno. los Estatutos de la Universitat Politècnica de València y las normas que elabore el Consejo de Gobierno. Los Centros de Investigación se crearán por. acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universitat Politècnica de València, a propuesta de los Investigadores que los integrarían. resolución del Rector de la Universitat Politècnica de València, a propuesta de los Investigadores que los integrarían. acuerdo del Consejo de Investigación de la Universitat Politècnica de València, a propuesta de los Investigadores que los integrarían. acuerdo del Consejo de Departamento de la Universitat Politècnica de València, a propuesta de los Investigadores que los integrarían. La propuesta de creación de un centro de investigación deberá contemplar. Nombre y acrónimo, en su caso. Misión del Centro/Instituto y objetivos. Justificación. Estructura y recursos afectados. Reglamento de régimen interno. Plan estratégico a tres años. Informes de las estructuras de las que procedan los Investigadores que vayan a constituir el Centro.Compromiso explícito de sus miembros de integración y pertenencia en el Centro al menos durante cinco años. Opcionalmente, una evaluación externa del proyecto de creación. Nombre. Misión del Centro/Instituto y objetivos. Justificación. Estructura y recursos afectados. Reglamento de régimen interno. Plan estratégico a cinco años. Informes de las líneas de investigación a explorar.Compromiso explícito de sus miembros de integración y pertenencia en el Centro al menos durante cinco años. Opcionalmente, una evaluación externa del proyecto de creación. Nombre y Director. Misión del Centro/Instituto y objetivos. Justificación. Estructura y recursos afectados. Reglamento de régimen interno. Plan estratégico a tres años. Informes de las estructuras de las que procedan los Investigadores que vayan a constituir el Centro.Compromiso explícito de sus miembros de integración y pertenencia en el Centro al menos durante cinco años. Evaluación externa del proyecto de creación. Nombre. Misión del Centro/Instituto y objetivos. Justificación. Estructura y recursos afectados. Reglamento de régimen interno. Plan estratégico a tres años.Informes de las líneas de investigación a explorar. Compromiso explícito de sus miembros de integración y pertenencia en el Centro al menos durante seis años. Evaluación externa del proyecto de creación. En el caso en que el Centro de Investigación se establezca como Mixto, Concertado o Interuniversitario, _______________ deberá aprobar el Convenio correspondiente. el Consejo de Gobierno. el Rector. el Vicerrector de Investigación. el Consejo de Universidades. _____________ elaborará un reglamento básico de los Centros de Investigación, para que posteriormente estos remitan su propia propuesta de reglamento. el Consejo de Gobierno. el Rector. el Vicerrector de Investigación. el Consejo de Universidades. Los Centros de Investigación dispondrán de ... un Director, de un Consejo Científico-Técnico, y de los cargos que en su reglamento consideren oportunos para su dirección. un Director, Subdirector, Secretario y de un Consejo Científico. un Director, un Secretario, un Consejo Científico-Técnico, y de los cargos que en su reglamento consideren oportunos para su dirección. un Director, de un Consejo de Centro de Investigación, y de los cargos que en su reglamento consideren oportunos para su dirección. Será el máximo órgano de dirección del Centro. Consejo Científico-Técnico. Consejo Científico. Junta de Centro de Investigación. Consejo de Centro de Investigación. El Director de un Centro de Investigación será nombrado por 1.________________, a propuesta del 2.___________, y deberá ser 3._____________ de la plantilla de la universidad y tener actividad investigadora reconocida. 1. el Rector de la UPV 2. Consejo Científico-Técnico 3. Profesor Funcionario Doctor. 1. el Vicerrector de Investigación 2. Consejo Científico-Técnico 3. Profesor Funcionario Doctor. 1. el Rector de la UPV 2. Consejo de Gobierno 3. Profesor Ayundante Doctor. 1. el Rector de la UPV 2. Consejo Científico-Técnico 3. Profesor Docente e Investigador. Los Centros de Investigación elaborarán un plan estratégico a 1.__________ que será aprobado por 2.____________ y que actualizarán periódicamente. 1. 3 años 2. Comisión de I+D+i de la UPV. 1. 4 años 2. Vicerrector de Investigación. 1. 6 años 2. Comisión de I+D+i de la UPV. 1. 5 años 2. Vicerrector de Investigación. Dentro de sus actividades también estará el desarrollo de Programas Oficiales de Postgrado, relacionados con su ámbito de investigación. Grupos de I+D+i. IUI. Departamentos. Centros de Investigación. La creación de un Instituto Universitario de Investigación será acordada por 1.___________________, bien a propuesta de 2._____________ , o bien por la iniciativa de 1.___________ con el acuerdo de 2.______________ y en todo caso previo informe de 3._______________. 1. la Generalitat Valenciana 2. Consejo Social 3. Consejo de Gobierno de la UPV. 1. la UPV 2. Consejo Social 3. Consejo de Gobierno. 1. El Consejo de Gobierno 2. Consejo Social 3. Generalitat Valenciana. 1. la Generalitat Valenciana 2. El Consejo de Gobierno de la UPV 3. El Consejo Social. El Director será nombrado por 1.__________________, a propuesta de 2.______________, y deberá ser 3.______________ y tener como mínimo, dos tramos acreditados por las correspondientes evaluaciones positivas de méritos de investigación. 1. el Rector de la UPV 2. Consejo de Instituto 3. Profesor Funcionario Doctor. 1. el Consejo de Gobierno 2. Consejo de Instituto 3. Profesor Funcionario Doctor. 1. el Vicerrector de Investigación 2. Consejo de Gobierno 3. Profesor Ayudante Doctor. 1. el Vicerrector de Investigación 2. Consejo de Instituto 3. Profesor Ayundante Doctor. Los IUI elaborarán un plan estratégico a 1.__________ que será aprobado por 2.____________ y que actualizarán periódicamente. 1. 3 años 2. Comisión de I+D+i de la UPV. 1. 4 años 2. Vicerrector de Investigación. 1. 6 años 2. Comisión de I+D+i de la UPV. 1. 5 años 2. Vicerrector de Investigación. |