T2 y 3 Ord Mu
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1 La limpieza viaria comprende, como regla general: La limpieza y barrido de los bienes de uso público establecidos y el baldeo de los mismos. El vaciado de las papeleras y demás enseres destinados a este fin y la recogida y transporte de los residuos procedentes de esta limpieza. Todas las anteriores respuestas comprenden la limpieza viaria. A los efectos previstos en esta Ordenanza, son bienes de uso público local, según el articulo 11: Los caminos, plazas, calles, avenidas, aceras, parques, jardines y zonas verdes, zonas terrizas, puentes, túneles, peatonales y demás obras públicas. Las urbanizaciones privadas, pasajes, patios interiores, solares y terrenos de propiedad particular. Ambas respuestas son correctas. A los efectos previstos en esta Ordenanza, quedan excluidos del régimen de uso público local, según el articulo 11: Los terrenos que, aún siendo de propiedad Municipal, estén sometidos a un uso común especial o a un uso privativo por particulares u otras Administraciones Públicas o Entidades Públicas o privadas. Galerías comerciales, zonas verdes privadas y similares, cualquiera que sea el título dominical o posesorio o el régimen de propiedad o posesión con que se ostenten. Ambas respuestas son casos excluidos. ¿A quien corresponde la limpieza de los bienes de uso público local?. A sus propietarios en los términos recogidos en la ordenaza municipal de higiene urbana. A los agentes autorizados por el ayuntamiento. A Sadeco. Corresponde al Ayuntamiento, a través de sadeco, el ejercicio de limpieza viaria en los bienes de uso público local: Junto con los solares o terrenos de propiedad particular que se encuentren afectados por las determinaciones del Plan General de Ordenación Urbana y no sean susceptibles de aprovechamiento por sus poseedores. Las urbanizaciones privadas, pasajes, patios interiores, solares y terrenos de propiedad particular o de otras Administraciones o Entidades Públicas, galerías comerciales, zonas verdes privadas y similares, cualquiera que sea el título dominical o posesorio o el régimen de propiedad o posesión con que se ostenten. Ambas respuestas son correctas. ¿Cuales son actividades prohibidas según el Titulo II articulo 13 de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana?. Lavar y/o reparar vehículos en espacios reservados a tal actividad. Depositar restos de poda o jardinería en espacios públicos. Producir vertidos de agua limpia sobre la vía pública o sobre sus elementos. ¿Cuales son actividades prohibidas según el Titulo II articulo 13 de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana?. Depositar residuos, cualquiera que sea su estado, en imbornales, alcorques de árboles, calzadas, aceras y demás espacios públicos. Depositar residuos sólidos de pequeño formato como papeles, envoltorios y similares fuera de las papeleras instaladas al efecto. Ambas respuestas son actividades prohibidas. ¿Cuales son actividades prohibidas según el Titulo II articulo 13 de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana?. Echar cigarros o similares y otras materias encendidas en las papeleras o contenedores que en su caso, deberán depositarse una vez apagados. La limpieza de animales en espacios públicos. Ambas respuestas son actividades prohibidas. ¿Cuales son actividades prohibidas según el Titulo II articulo 13 de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana?. Escupir y realizar necesidades fisiológicas vertiendo sus productos en lugares domesticos. El abandono de residuos en terrenos públicos o privados, producidos en zonas de baño, acampadas, peroles, excursiones, romerías y de cualquier causa. Ambas respuestas son actividades prohibidas. ¿Cuales son actividades prohibidas según el Titulo II articulo 13 de la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana?. Escupir y realizar necesidades fisiológicas vertiendo sus productos en lugares domesticos. Arrojar en la vía pública toda clase de productos, sólidos o líquidos, por los transeúntes y los usuarios de vehículos, ya estén éstos en marcha, ya estén detenidos, así como desde los inmuebles. Producir vertidos de agua limpia sobre la vía pública o sobre sus elementos. Los residuos se pueden clasificar en: Atendiendo a su naturaleza, según el ámbito de las competencias de gestión y según su origen. Atendiendo a su realidad, según el ámbito de gestión y según su origen. Atendiendo a su naturaleza y según su origen. Los residuos se clasifican según su origen: Municipales y No municipales. Peligrosos y No peligrosos. Domésticos, Industriales, Comerciales y Agrícolas. Los residuos se clasifican según el ámbito de las competencias de gestión: Municipales y No municipales. Peligrosos y No peligrosos. Domésticos, Industriales, Comerciales y Agrícolas. Los residuos se clasifican atendiendo a su naturaleza: Municipales y No municipales. Peligrosos y No peligrosos. Domésticos, Industriales, Comerciales y Agrícolas. Los residuos municipales según la definición de los mismos establecida en el Artículo 2 de la misma que incluyen: Los residuos domésticos y los residuos comerciales. Los residuos domésticos, los residuos comerciales, los industriales y los agrícolas. Los residuos domésticos, los residuos comerciales, y los agrícolas, excluyendo los industriales. Los residuos municipales según la definición de los mismos establecida en el Artículo 2 de la misma, excluyen: Los residuos no municipales: los industriales y los agrícolas. Los residuos no municipales: los industriales y los agrícolas no peligrosos. Los residuos no municipales: los industriales no peligrosos y los agrícolas. En particular serán residuos no municipales, entre otros: Los residuos de construcción y demolición generados en las obras menores. Los lodos residuales de depuración. Los residuos de aparatos eléctricos y electrónicos (raee) domésticos. También serán residuos no municipales, entre otros: Los neumáticos fuera de uso (nfu) que no estén en posesión del usuario o propietario del vehículo que los utiliza. Los vehículos al final de su vida útil (vfvu). Ambas respuestas son residuos no municipales. También serán residuos no municipales, entre los considerados sanitarios: Los residuos sanitarios de los grupos III, IV y V definidos en el artículo 109 del Decreto 73/2012 de 20 de marzo. Los residuos sanitarios de los grupos I y II. Ambas respuestas son correctas ya que todos los residuos sanitarios son de ámbito no municipal. Los residuos producidos en explotaciones agrícolas y en particular, los plásticos agrícolas, se consideran: Residuos no municipales. Residuos municipales. Residuos agricolas. Los residuos de construcción y demolición (rcd) generados en las obras mayores se consideran: Residuos industriales. Residuos municipales. Residuos no municipales. Dentro del articulo 15 sobre las obligaciones municipales se encuentran como servicio obligatorio: La recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos no domésticos generados en los hogares, comercios y servicios. La recogida, el transporte y el tratamiento de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios. La recogida, el transporte y valoración de los residuos domésticos generados en los hogares, comercios y servicios. Dentro del articulo 15 sobre las obligaciones municipales se encuentran: La recogida de los residuos peligrosos domésticos para su entrega a la persona o entidad gestora autorizada. La recogida de los residuos peligrosos domésticos para su entrega a la persona o entidad gestora autorizada, sin perjuicio de que no les sean de aplicación a estos residuos las obligaciones derivadas de su consideración como residuos peligrosos hasta que no sean aceptados por una persona o entidad registrada para su recogida o tratamiento. La recogida de los residuos no peligrosos domésticos para su entrega a la persona o entidad gestora autorizada. La vigilancia e inspección y la potestad sancionadora en el ámbito de sus competencias sera: Obligaciones municipales. Obligaciones de los cuerpos de seguridad del estado. Obligaciones no municipales, a realizar por los cuerpos de seguridad del estado. El Ayuntamiento de Córdoba podrá obligar al productor o a otro poseedor de residuos peligrosos domésticos o de residuos cuyas características dificulten su gestión ya sean domésticos o comerciales a: Que adopten medidas para eliminar o reducir dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados o a que los gestionen por sí mismos. Que adopten medidas para reutilizar o reciclar dichas características o a que los depositen en la forma y lugar adecuados o a que los gestionen por sí mismos. Ambas respuestas son ciertas. Atendiendo al artículo 16 sobre la responsabilidad de la correcta gestión de los residuos municipales: Los productores y poseedores iniciales de los residuos domésticos y comerciales de competencia municipal son responsables de entregarlos para su correcta gestión, terminando en ese momento su responsabilidad, cuando los hayan entregado en los términos previstos en la presente ordenanza y en el resto de normativa aplicable. La responsabilidad es desde el momento en que se depositan de Sadeco, independientemente de las actuaciones que hayan tenido los productores o poseedores iniciales. Los productores y poseedores iniciales de los residuos domésticos y comerciales de competencia municipal son responsables de entregarlos para su correcta gestión, terminando en ese momento su responsabilidad. Los productores y poseedores de residuos comerciales no peligrosos, cuya recogida no sea realizada por el servicio de recogida de residuos municipales son igualmente responsables de su correcta gestión. Entre las actuaciones que deben realizar se encuentran: Mantener los residuos en condiciones inadecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. Entregar los residuos en condiciones inadecuadas de separación por fracciones a los gestores de residuos, de acuerdo con lo que disponga la normativa aplicable. Disponer del documento acreditativo de la correcta recogida y gestión de residuos. Los productores y poseedores de residuos comerciales no peligrosos, cuya recogida no sea realizada por el servicio de recogida de residuos municipales son igualmente responsables de su correcta gestión. Entre las actuaciones que deben realizar se encuentran: Mantener los residuos en condiciones adecuadas de higiene y seguridad mientras se encuentren en su poder. Entregar los residuos en condiciones adecuadas de separación por fracciones a los gestores de residuos, de acuerdo con lo que disponga la normativa aplicable. Ambas respuestas deben ser realizadas. ¿Que puede ocurrir cuando el productor y poseedor de residuos comerciales no peligrosos incumpla con las debidas actuaciones a realizar sobre tales residuos?. El Ayuntamiento podrá asumir subsidiariamente la gestión, sin repercutir al obligado el coste real de la misma, al incluirse en la tasa municipal de gestión de residuos. El Ayuntamiento podrá asumir subsidiariamente la gestión y repercutir al obligado el coste real de la misma. El Ayuntamiento podrá asumir subsidiariamente la gestión en todos los casos sin coste alguno adicional. Según la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana el servicio de recogida comprende las siguientes actuaciones: Recogida, vaciado, traslado de los residuos, descarga de los residuos , mantenimiento y lavado de todos los elementos empleados. Recogida, vaciado, traslado de los residuos, descarga de los residuos en las instalaciones de gestión adecuadas, mantenimiento y lavado de todos los elementos empleados. El servicio de recogida esta exento de realizar el mantenimiento y lavado de los elementos empleados. En referencia al artículo 18 sobre la gestión de residuos municipales por particulares: Ademas de las debidas autorizaciones autonómicas, para la gestión de residuos de competencia municipal, deberán presentar al órgano competente municipal copia compulsada de tal autorización. No deben presentar nada al órgano competente municipal al realizarlo en una instancia superior autonómica. Si la gestión deriva residuos fuera del sistema publico municipal estará exento del pago de la tasa por actividades y servicios. La entrega de residuos se podrá realizar a las distintas figuras que contempla debida normativa vigente al respecto que tendrá en cuenta: Quien los entregue a cualquier persona jurídica que no cuente con la debida autorización al efecto, no responderá solidariamente con ella de cualquier perjuicio que se produzca por causa de aquéllos y de las sanciones que procedan. Quien los entregue a cualquier persona física o jurídica que no cuente con la debida autorización al efecto, responderá solidariamente con ella de cualquier perjuicio que se produzca por causa de aquéllos y de las sanciones que procedan. En ambos casos estará exento de responsabilidad de cualquier tipo. La entrega de residuos municipales se podrá realizar : Como mejor contemple el particular y la empresa autorizada al respecto. Siempre como diga la ley de mayor rango. Según indiquen la ordenanza o los servicios municipales. Según la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana en su artículo 20 sobre el régimen de propiedad de los residuos municipales: Una vez entregados los residuos municipales en el sistema municipal de recogida, y se hayan observado las Ordenanzas Municipales y demás normativa aplicable adquirirán el carácter de propiedad Municipal, pero en ningún caso los poseedores quedarán exentos de responsabilidad por los daños que puedan causar tales residuos. Una vez entregados los residuos municipales en el sistema municipal de recogida, independientemente de que hayan o no contemplado todas las indicaciones de las Ordenanzas Municipales,adquirirán el carácter de propiedad Municipal y los poseedores quedarán exentos de responsabilidad por los daños que puedan causar tales residuos. Una vez entregados los residuos municipales en el sistema municipal de recogida, y se hayan observado las Ordenanzas Municipales y demás normativa aplicable adquirirán el carácter de propiedad Municipal, y los poseedores quedarán exentos de responsabilidad por los daños que puedan causar tales residuos. Según la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana en su artículo 20 sobre el régimen de propiedad de los residuos municipales: Se podrá seleccionar cualquier clase de material residual depositado en el sistema municipal de recogida, tanto en los contenedores, buzones o lugar autorizado, para su reutilización por parte de los ciudadanos. Ninguna persona física o jurídica podrá dedicarse a la recogida y aprovechamiento de los residuos municipales, a excepción de lo que se dispone en esta Ordenanza. Ninguna de las respuestas anteriores se contempla en tal articulo. Se prohíbe seleccionar cualquier clase de material residual depositado en el sistema municipal de recogida, tanto en los contenedores, buzones o lugar autorizado, salvo con autorización expresa: El Ayuntamiento. Su poseedor. Sadeco. Según la Ordenanza Municipal de Higiene Urbana en su artículo 21 sobre prohibición de uso de la red de saneamiento: Ningún tipo de Residuo Municipal podrá ser evacuado por la red de alcantarillado. Ningún tipo de Residuo Municipal podrá ser evacuado por la red de alcantarillado, a excepción de los comerciales no peligrosos. Ningún tipo de Residuo Municipal podrá ser evacuado por la red de alcantarillado, a excepción de los domésticos. A pesar de la prohibición art 21 sobre prohibición de uso de la red de saneamiento si podrán evacuar a la red de alcantarillado aquellos usuarios que: Tengan trituradores domésticos o industriales que, por sus características evacuen los productos triturados a la citada red de alcantarillado, dentro de la normativa vigente. Tengan trituradores domésticos pero no industriales que, por sus características evacuen los productos triturados a la citada red de alcantarillado, dentro de la normativa vigente. Ambos supuestos están terminantemente prohibidos. Cuando un particular decida derivar residuos fuera del sistema público municipal: Previa autorización de SADECO, quedará eximido del pago de la Tasa. Previa comunicación a SADECO, la Tasa será el resultante de la diferencia entre la tarifa original de la O.F. 105 menos el coste de los servicios contratados. No se exime a la empresa o particular del pago de la Tasa por actividades y servicios relacionados con la higiene pública. Si un usuario manipula un contenedor para extraer cualquier elemento que se encuentre en él depositado: Estará incumpliendo la normativa vigente y podrá ser sancionado. Como excepción si esta buscando un objeto que a sido depositado por el mismo dentro de las 2 horas anteriores podrá hacerlo. Ambas respuestas anteriores son correctas. |