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T3-ADUANAS

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Título del Test:
T3-ADUANAS

Descripción:
DEUDA ADUANERA

Fecha de Creación: 2023/06/05

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 43

Valoración:(2)
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Es deudor de la deuda aduanera: En caso de representación indirecta, el representante, como declarante. En caso de representación directa, el representante como declarante. En caso de representación indirecta, el importador. a) y c) son ciertas.

Una deuda aduanera de importación: Nacerá al incluirse las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a derechos de importación en el régimen aduanero de despacho a libre práctica, incluso con arreglo a las disposiciones del destino final o en el régimen de importación temporal con exención parcial de derechos de importación. Nacerá al incluirse las mercancías no pertenecientes a la Unión sujetas a derechos de importación en el régimen aduanero de despacho a libre práctica, incluso con arreglo a las disposiciones del destino final o en el régimen de importación temporal con exención total de derechos de importación. Se originará en el momento de la admisión de la mercancía en el recinto aduanero. d) Se originará en el momento de la concesión del levante.

A tenor del artículo 89 del CAU, no se exigirá garantía en ninguno de los casos siguientes: De los Estados, de las autoridades gubernamentales regionales y locales o de otros organismos regulados por el Derecho público. Mercancías transportadas por el Rin, las vías navegables del Rin, el Danubio, las vías navegables del Danubio, el Ródano y las vías navegables del Ródano. Mercancías transportadas mediante instalaciones de transporte fijas. En casos específicos en los que las mercancías se incluyen en el régimen de perfeccionamiento activo.

Cuando el nacimiento de la deuda aduanera sea consecuencia de un acto que, en el momento en que fue cometido, fuera susceptible de dar lugar a procedimientos judiciales penales, el plazo establecido en el apartado 1 del artículo 103 del CAU será ampliado: A un plazo mínimo de cinco años y máximo de diez años de conformidad con el Derecho del Tribunal de Justicia de la UE. A un plazo mínimo de cinco años y máximo de diez años por decisión del juez instructor que asuma la causa. A un plazo mínimo de cinco años y máximo de diez años de conformidad con el Derecho nacional. A un plazo mínimo de cuatro años y máximo de diez años de conformidad con el Derecho del Tribunal de Justicia de la UE.

A tenor del artículo 89 del CAU, si las autoridades aduaneras exigen la constitución de una garantía para una deuda aduanera potencial o existente, y la misma se utiliza para la inclusión de mercancías en el régimen de tránsito de la Unión, la cuantía de la misma cubrirá: Únicamente el importe de los derechos de importación o de exportación. El importe de los derechos de importación o de exportación y otros gravámenes devengados por la importación o exportación de las mercancías. El importe de gravámenes distintos de los derechos de importación o de exportación, que son contraídos con anterioridad a la declaración del régimen. Todas son falsas.

En los supuestos en los que existan varias personas sean responsables del pago del importe de los derechos de importación o de exportación correspondiente a una deuda aduanera: Todas serán de manera conjunta y mancomunada responsables del pago de la deuda aduanera. Todas serán responsables de manera conjunta pero no solidaria del pago de la deuda aduanera. Nunca podrá haber dos o más deudores de una deuda aduanera. Todos serán, de manera conjunta y solidaria, responsables del pago de dicho importe.

En relación con el poder de representación, señálese la respuesta CORRECTA: Quien omita declarar que está actuando como representante aduanero, se considerará que actúa en nombre y por cuenta ajena. Las autoridades aduaneras podrán exigir a cualquier persona que declare estar actuando como representante aduanero la presentación de la prueba del poder de representación que le haya otorgado la persona representada. Las autoridades aduaneras exigirán en cualquier caso a aquella persona que actúe como representante aduanero y que efectúe con carácter habitual actos y formalidades, presentar en cada ocasión la prueba del poder de representación. En su relación con las autoridades aduaneras, el representante aduanero no será necesario que declare estar actuando por cuenta de la persona representada ni indique si la representación es directa o indirecta dado que se presume que actúa en nombre y por cuenta ajena.

En caso de incumplimiento de las obligaciones relativas a un régimen aduanero, será deudor: La persona responsable del incumplimiento. El declarante, y en caso de representación indirecta, el importador, con independencia de la persona responsable del incumplimiento. Toda persona a la que se hubiera exigido el cumplimiento de las obligaciones en cuestión. Además de los señalados en c), toda persona que hubiera adquirido o poseído las mercancías así como cualquier persona a la que se hubiera exigido el cumplimiento de las obligaciones en cuestión, siempre que en uno y otro caso, hubieran participado o supieran del incumplimiento.

Señale cual de las siguientes acciones no determina el nacimiento de una deuda aduanera de importación por incumplimiento: El despacho a libre práctica, originado por el suministro de información inexacta que no lleve a percibir la totalidad de los derechos exigibles. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en la legislación aduanera relativa a la introducción de mercancías no pertenecientes a la Unión en su territorio aduanero. La sustracción de las mercancías a la vigilancia aduanera. La retirada de la mercancía, momentánea, del régimen de tránsito, sin autorización de la autoridad aduanera.

La garantía de la deuda aduanera: Sólo puede constituirse para deudas ya nacidas, pero no para deudas potenciales. Sólo puede constituirse por el deudor o la persona que pueda convertirse en deudor. Únicamente consistirá en un depósito en metálico o en cualquier otro medio de pago admitido por las autoridades aduaneras como equivalente. Bajo autorización concedida por las autoridades aduaneras a personas que cumplan determinados requisitos, puede ser global.

En un supuesto impago del importador, la administración aduanera: No puede exigir el importe de la deuda aduanera al representante. Puede exigir el importe de la deuda aduanera al representante aduanero sólo si la responsabilidad es directa. Puede exigir el importe de la deuda aduanera al representante que actúe como representante indirecto. Puede exigir al representante indirecto la deuda, pero solo en la proporción que corresponda.

Cuando varias personas sean responsables del pago del importe de los derechos de importación o de exportación, correspondientes a una deuda aduanera, ellos serán: De manera conjunta y subsidiaria, responsables del pago de dicho importe. De manera conjunta y mancomunada, responsables del pago de dicho importe. De manera conjunta y solidaria, responsables del pago de dicho importe. De manera conjunta, responsables del pago de dicho importe.

Según el artículo 86.5 del CAU, cuando nazca una deuda aduanera en relación con productos transformados resultantes del régimen de perfeccionamiento pasivo o con productos de sustitución mencionados en el artículo 261.1 del CAU, el importe de los derechos de importación se calcularán basándose: En el coste de la operación de transformación llevada a cabo fuera del territorio aduanero de la Unión. En la clasificación arancelaria, valor en aduana, cantidad, naturaleza y origen de las mercancías de importación. En el coste de la operación de transformación llevada a cabo dentro del territorio aduanero de la Unión. El Régimen de Perfeccionamiento Pasivo nunca genera deuda aduanera.

La contracción derivada de las comprobaciones a posteriori se efectuará: El día de la notificación del acta o de la liquidación provisional. El día siguiente a la notificación del acta o de la liquidación provisional. En el plazo de los 10 días posteriores al despacho a libre práctica de las mercancías, depósito aduanero, importación temporal, destino final, perfeccionamiento activo, perfeccionamiento pasivo, exportación y reexportación. Con carácter general, en el plazo de los 14 días posteriores a la fecha en la que las autoridades aduaneras se hallen en posición de determinar el importe de los derechos de importación o de exportación de que se trate y de adoptar una decisión.

Las solicitudes de devolución o condonación se presentarán a las autoridades aduaneras competentes dentro de los plazos siguientes, señala la afirmación incorrecta: En caso de mercancías defectuosas o que incumplan las condiciones del contrato, en el plazo de 1 año a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera;. En caso de un exceso de cobro de derechos de importación o de exportación, en el plazo de 3 años a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera. En el caso de error de las autoridades competentes, o equidad, en el plazo de 1 año a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera. En caso de invalidación de una declaración en aduana, en el plazo especificado en las normas aplicables a la invalidación.

La garantía de la deuda aduanera según el artículo 92 del CAU, podrá adoptar una de las formas siguientes: Solamente un aval solidario de entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca o certificado de seguro de caución. un depósito en metálico o cualquier otro medio de pago admitido por las autoridades aduaneras como equivalente a un depósito en metálico, efectuado en euros o en la moneda del Estado miembro en que se exija la garantía, un compromiso suscrito por un fiador, y otra forma de garantía que proporcione una seguridad equivalente de que se pagarán el importe de los derechos de importación o de exportación correspondiente a la deuda aduanera y los demás gravámenes. Solamente en un depósito en metálico o en el compromiso suscrito por un fiador con determinados requisitos. Cuando las autoridades aduaneras no puedan fijar de forma exacta su importe, se eximirá de su constitución.

Se presenta una declaración para despacho a libre práctica con fecha 1 de enero de 2017 y con posterioridad al levante es objeto de una comprobación de la que resulta un mayor importe de los derechos de importación ¿Son exigibles intereses de demora y por qué periodo de tiempo?. En ningún caso. Sí, desde la finalización del plazo de pago de los derechos resultantes de la declaración hasta la notificación de la deuda. Sí, desde el nacimiento de la deuda hasta su notificación. No, salvo que se trate de un operador económico autorizado, el cual debe pagar intereses desde el nacimiento de la deuda hasta su notificación.

Señale la opción correcta en relación al momento de la contracción del importe de los derechos de importación o de exportación exigibles. La contracción debe tener lugar, en todo caso, dentro de los 10 días siguientes al levante de las mercancías. La contracción debe tener lugar, en todo caso, dentro de los 14 días siguientes al levante de las mercancías. La contracción puede tener lugar en cualquier momento, siempre y cuando la deuda aduanera haya sido notificada adecuadamente. En determinados casos, la contracción debe tener lugar dentro de los 14 días siguientes a la fecha en que las autoridades aduaneras se hallen en posición de determinar el importe de los derechos de importación o de exportación de que se trate y de adoptar una decisión.

La garantía global de la deuda aduanera: Cubre el importe de los derechos de importación o de exportación correspondientes a la deuda aduanera respecto de dos o más operaciones, declaraciones o regímenes aduaneros. Está sujeta a la concesión de una autorización por parte de las autoridades aduaneras. En el caso de deudas potenciales puede autorizarse una garantía global de importe reducido al 50%, al 30% o al 0% de su importe de referencia. Todas las respuestas anteriores son correctas.

En relación a la garantía de la deuda aduanera, señale la opción CORRECTA: Cuando no sea posible determinar el importe exacto, la garantía se fijará en el importe más elevado, estimado por las autoridades aduaneras, de los derechos de importación o de exportación correspondiente a la deuda aduanera y de otros gravámenes que ya existan o puedan originarse. Deberá cubrir los derechos de importación o de exportación correspondientes a la deuda aduanera y otros gravámenes que ya existan o puedan originarse y un 25% de la suma de dichas partidas. Las autoridades aduaneras podrán conceder una dispensa al requisito de constitución de una garantía cuando el importe de los derechos de importación o de exportación que deban ser garantizados, sobrepasen el umbral estadístico de las declaraciones que se establezca. La persona a la que se exija constituir una garantía podrá elegir entre cualquiera de las formas establecidas en el artículo 92.1 del CAU y las autoridades aduaneras siempre deberán aceptar la forma de garantía elegida.

Indique el plazo establecido en la regla general para la notificación de la deuda aduanera: Tres años a contar desde su nacimiento. Cuatro años a contar desde la finalización del plazo de presentación de la declaración. Tres años a contar desde la finalización del plazo de pago de los derechos resultantes de la declaración. Catorce días desde que la autoridad aduanera conoce su importe y obligado al pago.

Señale la opción CORRECTA en relación a los obligados aduaneros y responsables de una deuda aduanera de importación nacida como consecuencia de la inclusión de una mercancía en el régimen de despacho a libre práctica. El declarante siempre va a ser deudor de la deuda aduanera de importación. El declarante solo será deudor de la deuda aduanera de importación en caso de representación directa. El declarante solo será deudor de la deuda aduanera de importación en caso de representación indirecta. El representante aduanero siempre va a ser deudor de la deuda aduanera de importación.

No se exigirá la constitución de una garantía en relación con una deuda aduanera potencial o existente: A las autoridades públicas respecto de las actividades en las que participen como tales. En los casos de mercancías incluidas en el régimen de tránsito de la Unión. En los supuestos en los que se declare la mercancía para el régimen de despacho a libre práctica;. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Podrá aplazarse el pago de la deuda aduanera: A solicitud de la persona interesada y previa constitución de una garantía. El plazo de pago de la deuda aduanera deberá realizarse dentro de los diez días siguientes a la notificación de la deuda aduanera sin que pueda ser aplazado. El plazo de pago de la deuda aduanera deberá realizarse dentro de los quince días siguientes a la notificación de la deuda aduanera sin que pueda ser aplazado. Cuando lo solicite el deudor y siempre sin aportar garantía.

¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud de devolución o de condonación de las deudas aduaneras en caso de mercancías defectuosas o que incumplen las condiciones del contrato? (artículo 121 del Código Aduanero de la Unión). Un año, a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera. Un año, a partir del rechazo de la mercancía por el importador. Tres años, a partir de la fecha de notificación de la deuda aduanera. Tres años, a partir del rechazo de la mercancía por el importador.

Señale la opción CORRECTA en relación a la representación aduanera. El representante aduanero puede actuar en nombre y por cuenta de otra persona sin poseer poder de representación para ello. El representante aduanero puede actuar en nombre propio y por cuenta de otra persona sin poseer poder de representación para ello. Quien omita declarar que está actuando como representante aduanero, se considerará que actúa en su propio nombre y por cuenta propia. Las autoridades aduaneras exigirán siempre y en cada ocasión la prueba del poder de representación.

En relación a la prueba del poder de representación: Las autoridades aduaneras no podrán exigir jamás al representante aduanero que declare estar actuando como representante aduanero, la prueba del poder de representación que le haya otorgado la persona representada. Las autoridades aduaneras podrán exigir al representante aduanero que declare estar actuando como representante aduanero, la prueba del poder de representación que le haya otorgado la persona representada. En la representación indirecta, las autoridades aduaneras no pueden exigir nunca la prueba del poder de representación. Todas las respuestas anteriores son falsas.

Todo representante aduanero que esté en posesión del certificado OEA de simplificaciones aduaneras: Estará autorizado a prestar tales servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea distinto de aquel en que esté establecido. No podrá prestar tales servicios en otro Estado miembro de la Unión Europea distinto de aquel en que esté establecido. Los representantes aduaneros no podrán tener certificado OEA de simplificaciones. Todas las respuestas anteriores son verdaderas.

Indique cual de las siguientes opciones NO es correcta: La inscripción en el Registro de Representantes Aduaneros se efectuará de oficio excepto, entre otros, en el supuesto contemplado en el apartado 2.a).3.º del artículo 4 del Real Decreto 335/2010. La inscripción en el Registro de Representantes Aduaneros se efectuará de oficio excepto, entre otros, para las personas jurídicas. La inscripción en el Registro de Representantes Aduaneros se efectuará de oficio para los representantes aduaneros acreditados en otro Estado miembro de la Unión Europea. La inscripción en el Registro de Representantes Aduaneros se efectuará de oficio excepto, entre otros, para los operadores económicos autorizados previstos en el número 4 del artículo 4 del Real Decreto 335/2010.

Indique qué dato no consta en el registro de autorizaciones de despacho aduanero: Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF del poderdante. Nombre y apellidos, denominación o razón social y NIF del representante aduanero apoderado. Tipo de autorización: por operación o global. El número de autorización de garantía global.

Indique quién posee la condición de declarante a efectos aduaneros: La persona que presenta una declaración en aduana en nombre propio y por cuenta ajena. La persona que presenta una declaración en aduana en nombre y por cuenta ajena. La persona por cuya cuenta se presente una declaración en aduana, en el caso de representación directa. Las personas indicadas en los apartados a) y c).

En el supuesto de que el representante aduanero actúe bajo la modalidad de representación directa, la responsabilidad del pago de la deuda aduanera originada como consecuencia de la importación temporal con exención parcial de derechos recaerá sobre: El representante aduanero. La persona por cuya cuenta se realiza la declaración en aduana. La persona por cuya cuenta se realiza la declaración en aduana y el representante aduanero, siendo ambos deudores solidarios. El declarante y el representante aduanero, pero este último con carácter subsidiario.

Señale cuál de las siguientes afirmaciones es falsa: La representación aduanera podrá ser directa, en cuyo caso el representante aduanero actuará en nombre y por cuenta de otra persona. La representación aduanera podrá ser indirecta, en cuyo caso el representante actuará en su propio nombre, pero por cuenta de otra persona. La representación aduanera podrá ser indirecta, en cuyo caso el representante actuará en su propio nombre y por cuenta propia. El representante será considerado declarante cuando presente una declaración aduanera por cuenta ajena, pero en nombre propio.

Un Operador Económico Autorizado es: Un operador aduanero económicamente solvente que goza, ante la administración aduanera, únicamente de ventajas en materia de aplazamientos y fraccionamientos de pago de la deuda aduanera. Un operador aduanero establecido fuera del territorio aduanero de la Unión al que se reconoce, por su solvencia económica, la posibilidad de operar en el territorio de la Unión en las mismas condiciones que los operadores comunitarios. Un operador aduanero de confianza, fiable para las operaciones aduaneras, que obtiene ventajas en toda la Unión Europea en materia de simplificaciones aduaneras y facilidades de seguridad y protección. Un operador logístico que opera en territorio español al que, por su solvencia económica, se autoriza a presentar declaraciones aduaneras simplificadas.

La autorización de Operador Económico Autorizado: Es indefinida y no se puede reauditar. Es temporal y debe reauditarse cada cuatro años como máximo. Es temporal y se reaudita cada tres años en función de la información de que se disponga o de la supervisión que se efectúe sobre el operador por la administración. Es indefinida, pero puede reauditarse a criterio de la administración en función de la información de que se disponga o de la supervisión que se efectúe sobre el operador.

La autorización de Operador Económico Autorizado: Es indefinida y no se puede reauditar. Es temporal y debe reauditarse cada cuatro años como máximo. Es temporal y se reaudita cada tres años en función de la información de que se disponga o de la supervisión que se efectúe sobre el operador por la administración. Es indefinida, pero puede reauditarse a criterio de la administración en función de la información de que se disponga o de la supervisión que se efectúe sobre el operador.

¿Cuántos tipos de autorizaciones de OEA (Operador Económico Autorizado) existen?. Solamente existe un tipo de autorización de OEA que es válida para todo tipo de operaciones. Las autorizaciones de OEA ya no existen. Existen dos tipos de autorización de OEA atendiendo a la exigencia de los requisitos y de los beneficios que de ellos se derivan (simplificaciones / Seguridad y protección). Ninguna de las tres respuestas anteriores es correcta.

¿Ante qué autoridad aduanera debe presentarse la solicitud de autorización de AEO (Operador económico autorizado)?. La del lugar del Estado miembro de la UE donde el solicitante tenga su residencia habitual. Como regla general, la del lugar del Estado miembro de la UE en que se lleve o se encuentre accesible la contabilidad principal del solicitante a efectos aduaneros, y en el que vaya a realizarse al menos una parte de las actividades a que se refiere la decisión. La autoridad aduanera que radique en el lugar donde el solicitante tenga su domicilio fiscal. Ninguna de las tres respuestas anteriores son verdaderas.

Si la autoridad aduanera competente decide revocar una autorización AEO (Operador Económico Autorizado): Si el interesado lo solicita, inmediatamente tendrá derecho a una nueva autorización. No se aceptará una nueva solicitud de autorización AEO en el plazo de tres años a partir de la fecha de la revocación. La revocación de la autorización AEO afectará a cualquier decisión favorable tomada respecto de la misma persona. La legislación aduanera no prevé la revocación en el Operador económico autorizado.

En casos específicos, los operadores económicos que no estén establecidos en el territorio aduanero de la Unión se registrarán ante... las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que estén establecidos. las autoridades aduaneras responsables del lugar en el que presenten por primera vez una declaración o una solicitud de decisión. Los no establecidos no están obligados a registrarse. Todas las respuestas son incorrectas.

Cuáles son los requisitos exigidos en España para ser representante aduanero, señálese afirmación CORRECTA: Estar establecido en el TAU, acreditar la capacitación necesaria para el desarrollo de la actividad de representante aduanero, y estar inscrito en el Registro de Representantes Aduaneros. Ser OEA de seguridad. No hay requisitos a nivel nacional para ser representante aduanero ya que está regulado por el CAU. Las respuestas a) y b) son correctas.

La autorización de OEA obtenida por un operador: Se reexaminará a los 4 años al terminar su periodo de vigencia. Caducará a los 5 años según establece el CAU. Sera válida sin limitación temporal como todas las decisiones aduaneras. Se suspenderá de oficio por el transcurso de 3 años.

En su artículo 103, punto 1, el Código Aduanero de la Unión establece que: No se podrá notificar ninguna deuda aduanera una vez que haya transcurrido un plazo de tres meses contados a partir de la fecha de la obtención del levante de la mercancía. No se podrá notificar ninguna deuda aduanera una vez que haya transcurrido un plazo de tres años contados a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera. No se podrá notificar ninguna deuda aduanera una vez que haya transcurrido un plazo de tres años contados a partir de la fecha de la obtención del levante de la mercancía. No se podrá notificar ninguna deuda aduanera una vez que haya transcurrido un plazo de cuatro años contados a partir de la fecha de nacimiento de la deuda aduanera.

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