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T3 Parte3

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Título del Test:
T3 Parte3

Descripción:
T3 Parte3

Fecha de Creación: 2026/01/03

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

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Otro ejemplo de categoría a extinguir es: Técnico/a 2º Informática. AE. Técnico/a de Recursos Humanos. Auxiliar de Atención al Cliente. Técnico/a de Gestión Documental.

Otro ejemplo de categoría a extinguir es: Técnico/a 2º Seguridad. AE. Técnico/a de Campañas Publicitarias. Auditor/a Fiscal. Coordinador/a de Formación.

Otro ejemplo de categoría a extinguir es: Vigilante Diurno Nocturno Rotativo. AE. Técnico de Producción Digital. Coordinador/a de Planificación. Especialista en Comunicaciones.

Otro ejemplo de categoría a extinguir es: Auxiliar de Limpieza. AE. Técnico de Área de Información. Analista de Datos Digitales. Técnico en Procedimientos Aduaneros.

Según el artículo 12, ¿cómo se cubrirán las necesidades de personal laboral que no puedan ser cubiertas con los efectivos existentes?. Mediante contratación directa. Se ofertarán al turno libre de acuerdo con lo previsto en la oferta de empleo público y con arreglo a las previsiones del Convenio. Solo mediante promoción interna. Contratando temporalmente personal externo.

¿Qué porcentaje de vacantes se reserva para aspirantes con discapacidad igual o superior al 33%?. 10%. 20%. Se reserva un porcentaje, siempre que acrediten el grado de discapacidad y compatibilidad con las funciones correspondientes. No se reserva ningún porcentaje.

¿Cuáles son los sistemas de selección previstos?. Solo oposición. Solo concurso. Solo concurso-oposición. Oposición, concurso y concurso-oposición, utilizándose de manera preferente el sistema de concurso-oposición.

¿Dónde se publicarán las convocatorias de cobertura de plazas?. En los tablones de anuncios de la AEAT. En la página web de la AEAT y reseña en el Boletín Oficial del Estado. Solo en intranet corporativa. En prensa local.

¿Qué debe constar en la convocatoria de cobertura de plazas con personal fijo?. Solo número y denominación de la plaza. Número, denominación, características y ubicación funcional y territorial/geográfica; requisitos; sistema selectivo; programa; previsión temporal; composición del órgano de selección. Solo requisitos de los candidatos. Solo sistema selectivo a utilizar.

¿Con cuánta antelación será convocado el personal laboral fijo de nuevo ingreso para la formalización de su contrato?. Una semana. Dos semanas. Un mes como máximo a computar desde la publicación de la resolución del proceso selectivo. Tres meses.

¿Cuándo se programa la oferta de promoción interna?. En el primer trimestre del año. En el último trimestre de cada año según la distribución que determine la AEAT. Cada seis meses. Solo cuando se necesita cubrir vacantes.

¿Cuál es la regla general para la incorporación vía promoción interna?. Desde los grupos profesionales superiores. Desde los grupos profesionales inferiores, salvo casos de dificultad de cobertura. Solo desde el mismo grupo profesional. Solo desde el grupo T1.

¿Qué modalidades de promoción interna existen?. Horizontal. Vertical. Vertical y horizontal, con carácter previo o simultáneo a las convocatorias de ingreso libre. Solo concurso-oposición.

¿Cuáles son algunos criterios inspiradores de los procesos de promoción interna?. Publicidad de cambios, agilidad y modernización, igualdad de género, accesibilidad, separación de convocatorias, conciliación personal, familiar y territorial. Solo experiencia laboral. Solo titulación. Solo antigüedad.

¿Quiénes podrán participar en promoción interna?. Solo trabajadores en activo. Solo trabajadores con cuatro años de permanencia. Trabajadores fijos en activo y en excedencia del grupo profesional inmediatamente inferior, de la misma área funcional, acreditando requisitos de titulación y 18 meses de servicio. Solo personal externo.

¿Qué excepción existe respecto a la titulación en la promoción interna?. Ninguna. Las personas trabajadoras fijas con cuatro años de permanencia podrán promocionar sin necesidad de contar con la titulación exigida, excepto para T1 y T2 o cuando se requiera titulación habilitante. Solo para T5. Solo para I1 e I2.

¿Qué grupos pueden realizar promoción interna horizontal para cambiar de área funcional?. T1 y T2. T3 y T4, I1 e I2, siempre que cumplan requisitos de titulación y 18 meses de servicio. T5 únicamente. Todos los grupos sin restricciones.

¿Quién fijará los criterios generales que regirán las pruebas selectivas de promoción interna vertical y horizontal?. La Dirección General de la AEAT. La CPVIE. Cada área funcional. La Comisión Negociadora.

¿Qué derecho tiene el personal que acceda a un nuevo grupo profesional por promoción interna?. Ninguno. Permiso retribuido de tres días hábiles si no implica cambio de residencia y de un mes si lo comporta. Solo un día de permiso. Solo un fin de semana libre.

¿Quién forma los órganos de selección de las pruebas selectivas según el artículo 14?. Solo representantes de la AEAT. Representantes de la AEAT y empleados públicos propuestos por la representación sindical presente en la CPVIE. Solo sindicatos. Solo personal externo.

¿Qué principio se mantiene entre los miembros de los órganos de selección?. Paridad entre grupos profesionales. Paridad entre mujeres y hombres. Solo antigüedad. Solo titulación.

¿Qué especialidad tienen los especialistas incorporados según las características de los procesos?. Actúan con voto. Actúan con voz, pero sin voto. No participan. Actúan como presidentes del tribunal.

¿Qué requisito deben cumplir todos los miembros del órgano de selección?. Pertenecer a un grupo profesional inferior al de los puestos convocados. Pertenecer a un grupo profesional igual o superior al de los puestos convocados. Solo tener experiencia. Solo ser sindicalistas.

¿Qué ocurre tras concluir las pruebas?. Los candidatos son informados por correo electrónico. El órgano de selección eleva la relación de personas aspirantes al órgano administrativo, ordenada de mayor a menor puntuación. Se archiva la documentación sin orden. La relación de aspirantes se publica en la intranet.

Según el artículo 15, ¿cuál es la duración del período de prueba para el grupo T1?. Un mes. Dos meses. Tres meses. Quince días.

¿Cuál es la duración del período de prueba para el grupo T2?. Tres meses. Dos meses. Un mes. Quince días.

¿Cuál es la duración del período de prueba para los grupos T3, T4 e I1 e I2?. Tres meses. Dos meses. Un mes. Quince días.

¿Cuál es la duración del período de prueba para el grupo T5?. Tres meses. Dos meses. Un mes. Quince días.

¿Cuándo no será exigible el período de prueba?. Cuando la persona trabajadora haya desempeñado previamente las mismas funciones. Siempre es obligatorio. Solo para T1. Solo para personal temporal.

¿Qué puede hacer la AEAT o el trabajador durante el período de prueba?. Nada. Finalizar la relación laboral sin alegar causa y sin derecho a indemnización. Solo el trabajador puede finalizar. Solo la AEAT puede finalizar.

¿Qué situaciones interrumpen el período de prueba?. Ninguna. Solo vacaciones. Incapacidad temporal, nacimiento, adopción, permisos o licencias, previo acuerdo entre las partes. Solo enfermedad.

Según el artículo 16, ¿qué principios deben cumplirse en la selección del personal laboral temporal?. Solo antigüedad. Igualdad, mérito, capacidad, publicidad y libre concurrencia. Solo mérito y experiencia. Solo titulación.

¿A partir de dónde se seleccionará preferentemente el personal temporal?. De procesos internos sin relación con personal fijo. De los procesos selectivos de acceso a personal laboral fijo, según las bolsas de trabajo que se creen. De convocatorias externas de empresas. De listas de voluntarios.

Según el artículo 17, ¿qué se garantiza respecto a los puestos de necesaria provisión?. Solo la cobertura parcial. Se garantizará la cobertura, teniendo en cuenta cargas de trabajo, necesidades organizativas, negociación colectiva y planificación de recursos humanos. Se cubrirán solo los puestos nuevos. Solo los puestos de los grupos T1 y T2.

¿Cuál es el orden de cobertura de los puestos según el artículo 17?. Promoción interna, acceso libre, reingresos y traslados. Acceso libre, reingresos y traslados, promoción interna. Reingresos y traslados, promoción interna, acceso libre. Promoción interna, reingresos y traslados, acceso libre.

¿Qué permite el traslado ordinario según el artículo 19?. Solicitar el reingreso o traslado voluntario a una plaza vacante, siempre que no esté comprendida en procesos de promoción interna o de nuevo ingreso. Solicitar únicamente plazas de nuevo ingreso. Cambiar de área funcional sin requisitos. Trasladarse a cualquier puesto sin limitaciones.

¿En qué casos se pueden realizar traslados extraordinarios?. Cuando el trabajador lo desee. Por razones organizativas o de planificación global de recursos humanos, previo acuerdo de la CPVIE. Solo por motivos personales. Cuando exista vacante en otra provincia.

¿Cómo se regula la provisión ordinaria de puestos?. Con asignación directa por la AEAT. Mediante convocatoria abierta y permanente de reingresos y traslados. Solo a través de promoción interna. Por sorteo entre los solicitantes.

¿Cuántas resoluciones anuales se publican para la convocatoria permanente de traslados y reingresos?. 2. 4. 12. 1.

¿Cuál es la permanencia mínima en el puesto de origen para participar en la convocatoria ordinaria?. 6 meses. 12 meses. 18 meses. 24 meses.

¿Qué porcentaje de la baremación corresponde a los méritos profesionales y a la antigüedad?. 60% méritos profesionales, 40% antigüedad. 40% méritos profesionales, 60% antigüedad. 50% méritos profesionales, 50% antigüedad. 30% méritos profesionales, 70% antigüedad.

¿Qué puntuación adicional se obtiene si se ha sido trasladado forzosamente en los dos años previos y se solicita retornar al destino anterior?. 25% de la puntuación máxima. 50% de la puntuación máxima. 75% de la puntuación máxima. No se obtiene puntuación adicional.

¿Qué órgano valorará las solicitudes de traslado y elevará propuestas de adjudicación?. La Comisión Negociadora. La Subcomisión de provisión de puestos formada por la AEAT y las organizaciones sindicales de la CPVIE. El órgano de selección de promoción interna. La Dirección General de Recursos Humanos.

¿Cuándo se inicia el cómputo de plazos para la incorporación tras la resolución de adjudicación?. Desde la publicación en la web. Desde el momento en que la AEAT dicta la resolución de adjudicación. Desde la aceptación del trabajador. Al inicio del trimestre siguiente.

¿Cómo son los traslados en cuanto a carácter y compensación?. Obligatorios con indemnización. Voluntarios, sin indemnización. Obligatorios sin indemnización. Voluntarios con indemnización.

¿Cuáles son los plazos de incorporación según implique cambio de residencia o no?. 1 día hábil si no implica cambio de residencia; 15 días si comporta cambio de residencia. 3 días hábiles si no implica cambio de residencia; 1 mes si comporta cambio de residencia. 5 días hábiles si no implica cambio de residencia; 2 meses si comporta cambio de residencia. Inmediato en todos los casos.

¿Qué permite el artículo 20 respecto al personal laboral en situación de excedencia?. Solicitar únicamente cambio de área funcional. Reingresar al servicio activo. Reclamar indemnización por excedencia. Cobrar salario durante la excedencia.

¿Cómo se realiza el reingreso desde situaciones con derecho a reserva de puesto?. Participando en la convocatoria permanente y abierta. Conforme a lo que se establezca para cada tipo de excedencia en el Convenio. Solo mediante acuerdo individual con la AEAT. Mediante sorteo entre los excedentes.

¿Cómo se realiza el reingreso desde situaciones que no conllevan reserva de puesto?. Automáticamente. Mediante la participación en la convocatoria permanente y abierta de reingresos y traslados. Solo mediante promoción interna. Con autorización del Ministerio de Hacienda.

¿A qué plazas puede optar el personal en reingreso sin reserva de puesto?. Solo a plazas de nuevo ingreso. A todas las plazas que se convoquen de igual régimen de contratación, grupo profesional, área funcional y especialidad. Solo a plazas de su área funcional original. A plazas con menor carga de trabajo.

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