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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESEt30 pag 190 (III)

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Título del test:
t30 pag 190 (III)

Descripción:
Especifico fomento de empleo colectivos con especiales dificultades de insercion

Autor:
lauri ta m
(Otros tests del mismo autor)

Fecha de Creación:
12/09/2017

Categoría:
Otros

Número preguntas: 28
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Temario:
El concepto subvencionable de la línea de Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo es: La contratación con carácter indefinido y las transformaciones en indefinido de los contratos temporales, suscritos con personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, con un mínimo de 18 horas a la semana. La contratación con carácter indefinido y las transformaciones en indefinido de los contratos temporales, suscritos con personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial. Exclusivamente la contratación con carácter indefinido a tiempo completo, suscrita con personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, con un mínimo de 18 horas a la semana. La contratación con carácter indefinido y las transformaciones en indefinido de los contratos temporales, suscritos con personas trabajadoras con discapacidad en Centros Especiales de Empleo, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, con un mínimo de 20 horas a la semana.
El concepto subvencionable de la línea de Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en centros especiales de empleo es: El mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, indefinidos, exclusivamente a tiempo completo. El mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, ya sean los contratos de trabajo a tiempo completo o a tiempo parcial con un mínimo de 20 horas a la semana, así como indefinidos o de duración determinada en cualquiera de las formas legalmente previstas. c. El mantenimiento de los puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en los Centros Especiales de Empleo, ya sean los contratos de trabajo a tiempo completo o a tiempo parcial con un mínimo de 18 horas a la semana, así como indefinidos o de duración determinada en cualquiera de las formas legalmente previstas. Ninguna es correcta.
El gasto subvencionable del incentivo a la adaptación del puesto de la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo es: La inversión en inmovilizado material que esté directamente relacionada con la adaptación del puesto de trabajo y la dotación de equipos de protección personal, siempre que suponga la adquisición de activos nuevos y no se hayan financiado mediante arrendamiento financiero o "leasing". La inversión en inmovilizado material o inmaterial que esté directamente o indirectamente relacionada con la creación del nuevo puesto de trabajo. La inversión en inmovilizado material que esté directamente relacionada con la adaptación del puesto de trabajo y la dotación de equipos de protección personal, siempre que se hayan financiado mediante arrendamiento financiero o "leasing". Los gastos que incluya el proyecto, y la elaboración del propio proyecto.
El objeto de la Ayuda a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas ordinarias es: Incentivar la contratación, a jornada completa, con carácter indefinido, de personas con discapacidad en empresas ordinarias. (Falta parte de la definición). Incentivar la contratación, tanto a jornada completa como parcial por la mitad de la jornada completa, con carácter indefinido, incluidos los contratos fijos-discontinuos y las transformaciones en indefinidos de contratos temporales, suscritos con personas con discapacidad en empresas ordinarias. Incentivar la contratación, tanto a jornada completa como parcial con carácter indefinido, incluidos los contratos fijos-discontinuos y las transformaciones en indefinidos de contratos temporales, suscritos con personas con discapacidad en empresas ordinarias. Incentivar la contratación, tanto a jornada completa como parcial por la mitad de la jornada completa, con carácter indefinido, excluidos los contratos fijos-discontinuos y las transformaciones en indefinidos de contratos temporales, suscritos con personas con discapacidad en empresas ordinarias.
El objeto de la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo es: La adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal para evitar accidentes laborales o la eliminación de barreras u obstáculos que dificulten el trabajo de las mismas. El desarrollo de acciones que ayuden a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y progresión en el mismo. La concesión de incentivos dirigidos fomentar la accesibilidad y la integración laboral en la Comunidad Autónoma de Andalucía de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Todas son correctas.
El objeto de la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo es: Fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado ordinario mejorando la accesibilidad y la integración laboral de las personas con discapacidad, mediante la adaptación de puestos de trabajo. Fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado ordinario mejorando la accesibilidad y la integración laboral de las personas con discapacidad, mediante la dotación de equipos de protección personal para evitar accidentes laborales. Fomentar la contratación indefinida de personas con discapacidad en el mercado ordinario mejorando la accesibilidad y la integración laboral de las personas con discapacidad, mediante la eliminación de barreras u obstáculos que dificulten el trabajo de las mismas. Todas son correctas.
El objeto de la línea de subvenciones al empleo con apoyo de personas con discapacidad es: Facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral en empresas del mercado ordinario de trabajo en condiciones similares al resto de las personas trabajadoras que desempeñan puestos equivalentes. El desarrollo de acciones que ayuden a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y progresión en el mismo. Mejorar la accesibilidad y la integración laboral de las personas con discapacidad, mediante la adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal. Facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral en Centros Especiales de Empleo en condiciones similares al resto de las personas trabajadoras que desempeñan puestos equivalentes.
El objeto de la línea de subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional es: Facilitar la adaptación social y laboral de trabajadores con discapacidad con especiales dificultades de inserción laboral en empresas del mercado ordinario de trabajo en condiciones similares al resto de las personas trabajadoras que desempeñan puestos equivalentes. El desarrollo de acciones que ayuden a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, así como la permanencia y progresión en el mismo. Mejorar la accesibilidad y la integración laboral de las personas con discapacidad, mediante la adaptación de puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal. El desarrollo de acciones que ayuden a superar las barreras, obstáculos o dificultades que las personas trabajadoras con discapacidad tienen en el proceso de incorporación a un puesto de trabajo, exclusivamente.
El tiempo de atención a cada persona trabajadora con discapacidad destinataria de la línea de subvenciones al empleo con apoyo de personas con discapacidad: No podrá ser inferior a un tercio de su jornada de trabajo en el supuesto de parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado igual o superior al 65 %. No podrá ser inferior a un quinto de su jornada de trabajo en el supuesto de parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado igual o superior al 65 %. No podrá ser inferior a un octavo de su jornada de trabajo en el supuesto de parálisis cerebral, con enfermedad mental o con discapacidad intelectual, con un grado igual o superior al 65 %. Ninguna es correcta.
En un centro en el que trabajen diez personas con discapacidad la unidad de apoyo a la actividad profesional estará integrada por: 1 persona técnica de grado medio o superior al 20% de jornada y 1 persona de apoyo a tiempo completo. 1 persona técnica de grado medio o superior al 80% de jornada y 2 personas de apoyo a tiempo completo. 2 personas técnicas de grado medio o superior, 1 al 100% y 1 al 50% de jornada y 3 personas de apoyo a tiempo completo. 2 personas técnicas de grado medio o superior a tiempo completo y 4 personas de apoyo a tiempo completo.
Entre las obligaciones de la línea de Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo se encuentra: Que el contrato que se quiere incentivar sea a jornada completa o a jornada parcial con un mínimo de 20 horas a la semana. Mantener empleada a la persona contratada por un periodo de 1.095 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la baja definitiva en la empresa Mantener empleada a la persona contratada por un periodo de 730 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la baja definitiva en la empresa. Mantener empleada a la persona contratada por un periodo de 365 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la baja definitiva en la empresa.
Entre las obligaciones de la línea de Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas ordinarias se encuentra Mantener contratada a la persona por un periodo de 730 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 1 mes, a contar desde el día en que se cause baja. Mantener contratada a la persona por un periodo de 1.095 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 1 mes, a contar desde el día en que se cause baja. Mantener contratada a la persona por un periodo de 365 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 1 mes, a contar desde el día en que se cause baja. Esta línea de ayudas no recoge ninguna obligación de mantenimiento.
Entre las obligaciones de la línea de Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad se encuentra: 1 Mantener empleada a la persona contratada por un periodo de 1.095 días de trabajo efectivo o, en su caso, sustituirla en el plazo máximo de 3 meses, a contar desde el día siguiente al de la baja definitiva en la empresa 2 Que el periodo mínimo del mantenimiento del puesto de trabajo incentivado haya sido de, al menos, 10 días en el periodo de un mes natural. 3 Que la jornada laboral de la persona que ocupa el puesto de trabajo incentivado no sea inferior a 18 horas semanales o su promedio. .2 y 3 son correctas.
La cuantía de la línea de Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo: Ascenderá a 12.021 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido. Cuando las contrataciones indefinidas se efectúen a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada. Ascenderá a 12.021 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido en cualquier caso. Ascenderá a 4.750 euros euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido. Cuando las contrataciones indefinidas se efectúen a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada. Ascenderá a 4.750 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido en cualquier caso.
La cuantía de la línea de Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas ordinarias: Ascenderá a 12.021 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido. Cuando las contrataciones indefinidas se efectúen a tiempo parcial la ayuda se reducirá proporcionalmente a la jornada. Ascenderá a 12.021 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido en cualquier caso. Ascenderá a 4.750 euros por contrataciones indefinidas de personas con discapacidad a jornada completa y a 3.907 euros por transformación de contrato de duración determinada en indefinido Ascenderá a 4.750 euros por cada nueva contratación indefinida a jornada completa o por transformación de contrato de duración determinada en indefinido en cualquier caso.
La cuantía de la línea de subvenciones al empleo con apoyo de personas con discapacidad: Ascenderá a 6.600 euros anuales en cualquier caso Ascenderá a 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado igual o superior al 65%. Ascenderá a 2.000 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado igual o superior al 65%. Ascenderá a 6.600 euros anuales por cada trabajador con parálisis cerebral, con enfermedad mental o discapacidad intelectual con un grado igual o superior al 33% e inferior al 65%.
La cuantía de la línea de subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional: Será equivalente al 50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en el momento de la solicitud, por cada mes en el que el puesto de trabajo se encuentre ocupado por persona con discapacidad y que realice una jornada a tiempo completo. Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 901,52 euros. Ascenderá a 1.200 euros anuales, por cada persona trabajadora atendida, que cumpla los requisitos de contratación previstos. Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 12.021 euros.
La cuantía máxima de la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo: 1 En el supuesto de la subvención por adaptación de puestos de trabajo y dotación de equipos de protección personal, será el coste de la inversión con un máximo de 1.804 euros, por cada puesto de trabajo adaptado 2 En el supuesto del incentivo por eliminación de barreras arquitectónicas, el porcentaje máximo podrá alcanzar hasta el 80% del coste de la inversión, con un límite máximo de 30.000 euros. 3 Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 901,52 euros. 1 y 2 son correctas.
La cuantía máxima de la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo: a. En el supuesto de la subvención por adaptación de puestos de trabajo y dotación de equipos de protección personal, será el coste de la inversión con un máximo de 1.804 euros, por cada puesto de trabajo adaptado En el supuesto del incentivo por eliminación de barreras arquitectónicas, el porcentaje máximo podrá alcanzar hasta el 80% del coste de la inversión, con un límite máximo de 30.000 euros Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 901,52 euros por cada contratación indefinida formalizada que requiera adaptación del puesto. Todas son correctas.
La cuantía máxima de la línea de Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad Será equivalente al 50% del IPREM vigente en el momento de la solicitud, por cada mes en el que el puesto de trabajo se encuentre ocupado por persona con discapacidad y que realice una jornada a tiempo completo. Será equivalente al 50% del Salario Mínimo Interprofesional vigente en el momento de la solicitud, por cada mes en el que el puesto de trabajo se encuentre ocupado por persona con discapacidad y que realice una jornada a tiempo completo. Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 12.021 euros. Ascenderá a una cuantía a tanto alzado de 4.750 euros.
Los Centros especiales de empleo que soliciten la línea de Ayudas a la adaptación de puestos de trabajo y la eliminación de barreras arquitectónicas en centros especiales de empleo deberán cumplir el siguiente requisito No haber obtenido incentivos para la adaptación del puesto de trabajo para la misma persona trabajadora con discapacidad, en ningún caso. No haber obtenido incentivos para la adaptación del puesto de trabajo para la misma persona trabajadora con discapacidad, salvo modificación de dicha discapacidad que haga necesaria una modificación del puesto laboral o cambio de puesto laboral. No haber obtenido incentivos para la adaptación del puesto de trabajo para la misma persona trabajadora con discapacidad, salvo modificación de dicha discapacidad que haga necesaria una modificación del puesto laboral. Estar debidamente calificados e inscritos como Centro Especial de Empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Andalucía.
Los Centros especiales de empleo que soliciten la línea de Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad deberán cumplir el siguiente requisito: 1 Estar debidamente calificados e inscritos como Centro Especial de Empleo. 2 Estar debidamente calificados e inscritos como Centro Especial de Empleo en el Registro de Centros Especiales de Empleo de Andalucía. 3 Prestar los servicios de ajuste personal y social que requieran las personas trabajadoras con discapacidad, según sus circunstancias y conforme a la normativa vigente. 1 y 3 son correctas.
Los incentivos en materia de empleo para las personas con discapacidad se recogen en: 1 La Orden de 20 de octubre de 2010, por la que se regula el procedimiento de calificación e inscripción de los Centros Especiales de Empleo y se establecen las bases reguladoras de la concesión de incentivos para Centros Especiales de Empleo regulados en el Decreto 149/2005, de 14 de junio. 2 La Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas a personas con discapacidad 3 La Orden de 7 de febrero de 2017, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas por parte del Servicio Andaluz de Empleo, para personas con discapacidad en régimen de concurrencia competitiva. 2 y 3 son correctas.
Mediante la Orden de 7 de febrero de 2017 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, correspondientes a las líneas de subvenciones que se identifican a continuación: 1 Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. 2 Subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional, en el marco de los servicios de ajuste personal y social de las personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. 3 Subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad como medida de integración laboral de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo. 2 y 3 son correctas.
No podrán solicitar la Ayuda a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en empresas ordinarias. Las personas trabajadoras autónomas. Las empresas válidamente constituidas e inscritas en el correspondiente registro. Los Ayuntamientos andaluces. Las entidades de economía social.
Podrán solicitar la línea de subvenciones empleo con apoyo de personas con discapacidad es: Las asociaciones, fundaciones y otras entidades sin ánimo de lucro que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad a los que se les va a prestar el empleo con apoyo Los Centros Especiales de Empleo, calificados e inscritos como tales en el Registro correspondiente, que contraten a personas trabajadoras con discapacidad procedentes de la plantilla del mismo centro o de otros centros especiales de empleo. Las empresas del mercado ordinario de trabajo, incluidas las personas trabajadoras autónomas, que contraten a las personas trabajadoras con discapacidad destinatarias de dichas acciones. Todas son correctas.
Señale cuál es falsa. Mediante la Orden de 7 de febrero de 2017 se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, correspondientes a las líneas de subvenciones que se identifican a continuación: Ayudas a la creación de empleo indefinido de personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Ayudas al mantenimiento de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad en Centros Especiales de Empleo. Subvenciones para el empleo con apoyo de personas con discapacidad como medida de integración laboral de las personas con discapacidad en el sistema ordinario de trabajo. Ayudas a la eliminación de barreras arquitectónicas y adaptación de puestos de trabajo ocupados por personas con discapacidad que con carácter indefinido sean contratadas por empresas ordinarias.
Serán personas destinatarias finales de la línea de subvenciones dirigidas al desarrollo de acciones relativas a las unidades de apoyo a la actividad profesional: 1 Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. 2 Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65%. 3 Personas con discapacidad física o sensorial con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%. 1 y 2 son correctas.
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