TCAE. SESCAM. TEMA 7 Actividades del TCAE
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![]() TCAE. SESCAM. TEMA 7 Actividades del TCAE Descripción: TCAE. SESCAM. TEMA 7 |



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¿En qué categorías se agrupan de forma general las funciones del Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería?. Asistenciales, docentes y administrativas y de formación. Asistenciales, docentes, administrativas y de investigación. Sanitarias, de gestión y de formación. Hospitalarias y de atención primaria. Dentro de las funciones generales del TCAE, la enseñanza de autocuidados se clasifica como: Función asistencial. Función administrativa. Función docente. Función de investigación. La labor de planificación, evaluación y organización del equipo de trabajo corresponde a: La función docente. La función administrativa. La función de investigación. La función asistencial. ¿Qué norma regula las funciones de los auxiliares de enfermería en Atención Primaria?. La Orden de 26 de abril de 1973. La Ley 55/2003 del Estatuto Marco. El Real Decreto 137/84 sobre estructuras básicas de salud. La Ley General de Sanidad de 1986. En los Equipos de Atención Primaria, el auxiliar de enfermería participa en la elaboración del diagnóstico de Salud de la zona, planificación, organización y evaluación de los programas: De forma autónoma e independiente. Como apoyo a las tareas realizadas por el resto del personal sanitario. Bajo la dirección exclusiva del personal administrativo. Siendo el responsable final de la planificación de programas. La Función de la ayuda en las labores de promoción y prevención de salud en Atención Primaria así como en la atención a los enfermos y en la rehabilitación de las secuelas dejadas por la enfermedad, se realiza fundamentalmente a través de: El diagnóstico precoz de patologías. La aplicación de tratamientos complejos. Educación para la salud. El registro de datos estadísticos de la zona. Según el RD 137/84, ¿cuál de estas tareas NO es competencia del TCAE en Atención Primaria?. Colaborar en las pruebas diagnósticas y en la aplicación de tratamientos, como apoyo al personal de enfermería. Realizar la higiene, alimentación, vestir y desvestir al enfermo, etc., si ello fuera necesario. Contribuir a mejorar la calidad del sistema de Salud, desde su posición como profesional de la Salud. Decidir el tratamiento no medicamentoso a aplicar en la rehabilitación. En Atención Especializada, las funciones del TCAE se rigen por el Estatuto de Personal Sanitario no Facultativo aprobado por la Orden de: 26 de abril de 1973. 16 de diciembre de 2083. 14 de junio de 1986. 21 de marzo de 1976. ¿Qué disposición del Estatuto Marco da validez actual a las funciones recogidas en el Estatuto de 1973?. La disposición final primera. La disposición transitoria sexta. La disposición derogatoria única. El artículo 74 del actual Estatuto. Según el Art. 74 del Estatuto de 1973, corresponde al auxiliar de enfermería ejercer: Servicios principales de diagnóstico médico. Servicios de enfermería de alta complejidad. Servicios complementarios de la asistencia sanitaria. Servicios de coordinación entre centros sanitarios. ¿En qué aspectos ejercerán sus servicios los TCAE según el Art. 74?. En todos los aspectos de la asistencia hospitalaria. En aquellos que no sean competencia del Personal Auxiliar Sanitario Titulado. En los aspectos delegados por el personal administrativo. En la realización de técnicas diagnósticas instrumentales. Jerárquicamente, según el Art. 74, los TCAE dependerán de: El médico de guardia de la unidad. El personal de servicios generales. La Jefatura de Enfermería y la Dirección del Centro. El supervisor de planta en régimen de exclusividad. Hacer las camas de los enfermos, excepto cuando por su estado le corresponda al DUE, ayudando a los mismos en este caso. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Realizar el aseo y limpieza de los enfermos, ayudando al Personal Auxiliar Sanitario Titulado, cuando la situación del paciente lo requiera. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Llevar las cuñas a los enfermos y retirarlas, teniendo cuidado de su limpieza. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Realizar la limpieza de los carros de cura y de su material. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. La recepción de los carros de comida y la distribución de la misma. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Servir las comidas a los enfermos, atendiendo a la colocación y retirada de bandejas, cubiertos y vajilla; entendiéndose que dicha retirada se efectuará por el personal al que corresponda desde la puerta de la habitación de los enfermos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Dar la comida a los enfermos que no puedan hacerlo por sí mismos, salvo en aquellos casos que requieran cuidados especiales. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Clasificar y ordenar la lencería de planta a efectos de reposición de ropa y vestuario, relacionándose con los servicios de lavadero y planta, presenciando la clasificación y recuento de las mismas, que se realizarán por el personal de lavadero. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Por indicación del Personal Auxiliar Sanitario Titulado colaborará en la administración de medicamentos por vía oral y rectal, con exclusión de la vía parenteral. Asimismo podrá aplicar enemas de limpieza, salvo en casos de enfermos graves. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado y bajo su supervisión en la recogida de los datos termométricos. Igualmente recogerán los signos que hayan llamado su atención, que transmitirá a dicho personal, en unión de las espontaneas manifestaciones de los enfermos sobre sus propios síntomas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado en el rasurado de los enfermos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Trasladar, para su cumplimiento con los celadores, las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia u objetos que le sean confiados por sus superiores. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ordenación del almacén de una planta. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. El cuidado, conservación y reposición de batas, sabanillas, toallas, etc. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. El arreglo de guantes y confección de apósitos de gasa y otro material. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ayudar al Personal Auxiliar Titulado en la preparación del material para su esterilización. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La recogida y limpieza del instrumental empleado en las intervenciones quirúrgicas, así como ayudar al Personal Auxiliar Sanitario Titulado en la ordenación de las vitrinas y arsenal. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Recogida y limpieza del instrumental. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ayudar al Personal Auxiliar Sanitario Titulado en las atenciones a las enfermas y en la limpieza de pulmotores, ventosas y demás aparatos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Vestir y desvestir a las embarazadas, así como el aseo y limpieza de estas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Pasar a las camas a las parturientas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Cambiar las camas de las enfermas en los Departamentos de Dilatación, con la ayuda de la Matrona, cuando el estado de la enferma lo requiera. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Colaborar con las Matronas en el rasurado de las parturientas y en la aplicación de enemas de limpieza. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Cambiar las ropas de las camas y las compresas y ropas de las parturientas con ayuda del Personal Auxiliar Sanitario Titulado, cuando el estado de la enferma lo requiera. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ayudar en la preparación de los chasis radiográficos, así como al revelado, clasificación y distribución de las radiografías y a la preparación de los aparatos de electromedicina. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado o Auxiliar de Farmacia en la ordenación de los preparados y efectos sanitarios. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Contribuir al transporte de los preparados y efectos sanitarios siempre que su volumen y su peso no excedan de los límites establecidos en la legislación vigente. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. El aseo y limpieza de los pacientes en rehabilitación. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La limpieza y ordenación del material utilizado en la Unidad de rehabilitación. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ayudar a dicho personal en la colocación o fijación del paciente en el lugar especial de su tratamiento. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Controlar las posturas estáticas de los enfermos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Desvestir y vestir a los pacientes cuando lo requiera su tratamiento rehabilitador. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Recoger y reponer las ropas de uso en la Unidad de rehabilitación. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La acogida y orientación personal de los enfermos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La recepción de volantes y documentos para la asistencia de los enfermos. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La distribución de los enfermos para la mejor ordenación en el horario de visita. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La escritura de libros de registro, volantes, comprobantes e informes. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La limpieza de vitrinas, material e instrumental. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La preparación de ropas, venda, apósitos y material de curas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Recogida de datos clínicos, limitados exclusivamente a los termométricos y a aquellos signos obtenidos por la inspección no instrumental del paciente, para cuya obtención hayan recibido indicación expresa del DUE, así como orientación del Médico responsable. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Recogida de los signos y manifestaciones espontáneas de los pacientes sobre sus síntomas, y limitándose a comunicarlos al Médico o DUE de quien dependan. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Escarificaciones, punturas o cualquier otra técnica diagnóstica o preventiva. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La aplicación de tratamientos curativos de carácter no medicamentoso. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. La administración de sustancias medicamentosas o específicas, cuando para ello se requiere instrumental o maniobras cuidadosas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Ayudar al personal médico en la ejecución de intervenciones quirúrgicas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. Auxiliar directamente al Médico en las consultas externas. Art. 75º Las funciones de los AE en los Servicios de Enfermería. Art. 76º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Quirófano y Esterilización. Art. 77º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Tocología. Art. 78º. Las funciones de los AE en los Departamentos de Radio-Electrología. Art. 82º. Las funciones de los AE en la Farmacia. Art. 83º. Las funciones de los AE en la Unidad de Rehabilitación. Art. 84º. Las funciones de los AE en las Instituciones sanitarias abiertas. Art. 85º. Queda prohibido a los AE. En el Laboratorio (Art. 79), la función principal del TCAE es: Realizar las extracciones de sangre venosa. Realizar la limpieza y colaborar en la ordenación de frasquería. Procesar las muestras en el analizador automático. Firmar los resultados de los análisis clínicos. En el Servicio de Admisión de Enfermos, el TCAE acompañará a los pacientes a las plantas siempre que: El paciente lo solicite por escrito. No sean trasladados en camilla. El celador esté realizando otra tarea. Se trate de un ingreso programado. En Consultas Externas de instituciones cerradas, el TCAE ayudará al personal titulado en: El cobro de las tasas de asistencia. Respecto a aquellos enfermos susceptibles de hospitalización. La prescripción de fármacos de uso común. La realización de pruebas de esfuerzo cardiaco. |




