TE68 Valoración
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Título del Test:
![]() TE68 Valoración Descripción: TE68 Valoraciones |



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1.- La valoración, la tasación o evaluación es aquella parte de la Economía Aplicada cuyo objetivo es la estimación de uno o más valores para un determinado bien y tiene sentido porqué: a- ese bien se sitúa en un mercado perfecto. b- ese bien se sitúa en un mercado imperfecto. c- ese bien se sitúa en un mercado de competencia perfecta. d- ese bien se sitúa en un mercado oligopolístico. 2.- ¿Son valoraciones de interés privado las que se originan por?: a- expropiación forzosa. b- trabajos de ordenación rural. c- constitución de sociedades. d- valoración del patrimonio. 3.- ¿Son valoraciones de interés público las que se originan por?. a- imposición fiscal. b- Asesorías en las compraventas. c- Apertura de contabilidades. d- herencias. 4.- En el procedimiento de expropiación forzosa que se regula por la Ley de 16 de diciembre de 1954 sobre expropiación forzosa se aplicará, para la valoración agraria, según el Real Decreto 1492/2011 un método: a- de capitalización. b- sintético por corrección. c- sintético por clasificación o estimación directa. d- ninguno de los anteriores es correcto. 5.- Los métodos de valoración de fincas rústicas se pueden clasificar en tres grupos: a- Métodos sintéticos, métodos analíticos y métodos econométricos. b- Métodos sintéticos, métodos comparativos y métodos analíticos. c- Métodos de capitalización, métodos analíticos y métodos econométricos. d- métodos mixtos, métodos econométricos y métodos matemáticos. 6.- El Catastro Inmobiliario es un registro administrativo dependiente del Ministerio de Hacienda en el que se describen varios t ipos de catastro que son: a- El catastro de rústica, forestal y de características especiales. b- El catastro de bienes inmuebles rústicos, catastro de bienes urbanos y catastro de bienes de características especiales. c- El catastro de bienes inmuebles rústicos, catastro de bienes ciudadanos y catastro de bienes públicos. d- El catastro de rústica y el catastro de urbana. 7.- La incorporación de los bienes inmuebles en el Catastro Inmobiliario, así como de las alteraciones de sus características, no se realizará mediante uno de los siguientes procedimientos: a- Declaraciones, comunicaciones y solicitudes. b- Subsanación de discrepancias y rectificación. c- Inspección catastral. d- Derecho real de superficie. 1.- ¿Si hubiese que calcular el valor de la finca por el método sintético de comparación espacial ¿cuál podría ser el valor a asignar a la misma?. a- 1.000.000 euros. b- 500.000 euros. c- 290.000 euros. d- 610.000 euros. 2.- ¿Si hubiese que calcular el valor de la finca por el método de capitalización ¿cuál podría ser el valor de la misma?. a- 500.000 euros. b- 1.000.000 euros. c- 290.000 euros. d- 610.000 euros. 3.- ¿Si hubiese que calcular el valor de la finca por el Método sintético de comparación temporal ¿cuál podría ser el valor a asignar a la misma?. a- 500.000 euros. b- 1.000.000 euros. c- 290.000 euros. d- 610.000 euros. 4.- Si la finca se vende por un precio de 610.000 euros, se declara en la Agencia Tributaria que vale 150.000 euros. A efectos de la gestión, recaudación e inspección de los hechos imponibles de los impuestos sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados y sobre sucesiones y donaciones, ¿qué valor de la finca se podría tomar como como base imponible?. a- El mayor entre los siguientes 500.000 euros, 1.000.000 euros, 290.000 euros y 610.000 euros. b- El menor entre los siguientes 500.000 euros, 1.000.000 euros, 290.000 euros y 610.000 euros. c- 610.000 euros. d- Las anteriores respuestas son incorrectas. 5.- CCC se pregunta ¿qué valor es el obtenido al aplicar la metodología necesaria para calcular el justiprecio de una expropiación agraria?: a- 500.000 euros. b- 1.000.000 euros. c- 290.000 euros. d- 610.000 euros. |





