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TEAM EKUA CEdos COMCOII

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Título del Test:
TEAM EKUA CEdos COMCOII

Descripción:
Colectivo que conviene

Fecha de Creación: 2026/05/17

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

¿Quién actúa como presidente del Tribunal de selección según el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid?. El Rector. El Gerente o persona delegada. Uno de los vocales designados por el Comité de Empresa. Uno de los vocales designados por el Rector.

Según el artículo 8 del II Convenio colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, la Comisión Paritaria se reunirá, entre otros casos, cuando lo solicite un sindicato que tenga al menos: El 30% de representatividad. El 50% de representatividad. El 25% de representatividad. El 20% de representatividad.

¿Resulta de aplicación el II Convenio Colectivo de Administración y Servicios Laboral de las Universidades Públicas de Madrid al personal de alta dirección?. Sí. Si, así lo recoge expresamente el artículo 4. No, salvo que se encuentren vinculados a proyectos finalistas de investigación. No.

Según el artículo 99 del II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, para la realización de asambleas dentro de la jornada de trabajo, los Comité de Empresa y Delegados de Personal dispondrán de: Hasta 20 horas anuales para este fin. Hasta 30 horas anuales para este fin. Hasta 40 horas anuales para este fin. Hasta 50 horas anuales para este fin.

El II Convenio Colectivo del Personal Laboral de Administración y Servicios de las Universidades Públicas de la Comunidad Madrid consta de: 17 títulos. 18 títulos. 19 títulos. 16 títulos.

Según el art. 16 del II Convenio colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de Madrid, ¿a quién le corresponde la aplicación práctica de la organización del trabajo?. A los decanos. Al Rector. Al jefe de personal. A los Gerentes.

¿Cuántos miembros debe tener como mínimo un Tribunal de selección según el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid?. Cinco miembros. Tres miembros. Siete miembros. No se especifica un número mínimo.

Según el artículo 45 del II Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, en caso de empate el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios: Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición, si la hubiera. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición incluyendo la prueba práctica, si la hubiera. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición, si la hubiera. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Mayor puntuación obtenida en la fase de oposición. Mayor puntuación obtenida en la fase de concurso. Mayor puntuación obtenida en la prueba práctica de la fase de oposición, si la hubiera.

¿Qué función tienen los asesores especialistas designados por el Rector según el II Convenio Colectivo del Personal Laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid?. Actuar como secretarios del Tribunal de selección. Emitir la propuesta de nombramiento de los vocales del Tribunal. Valorar las pruebas y méritos relativos a su especialidad. Elaborar la propuesta de adjudicación de destinos.

Según el II Convenio Colectivo del personal laboral de las Universidades Públicas de la Comunidad de Madrid, la Comisión Paritaria estará compuesta por doce representantes de cada parte,. La parte social estará integrada por los Sindicatos firmantes, con tres representantes de cada sindicato mayoritario y dos representantes de cada Universidad. La parte social estará integrada por los Sindicatos firmantes determinándose el número de representantes de cada uno de ellos en función de su representatividad y dos representantes de cada Universidad. La parte social estará integrada por los Sindicatos firmantes, 4 representantes y la parte de las Universidades contará con 8 representantes. La parte de las Universidades elegirá el número de representantes de la parte social.

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