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Bloque 11. Tema 25.

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Título del Test:
Bloque 11. Tema 25.

Descripción:
Bloque 11. Tema 25.

Fecha de Creación: 2025/12/19

Categoría: Otros

Número Preguntas: 8

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Temario:

¿Qué objeto tiene esta Ley?. Regular el régimen jurídico y la promoción de la actividad física y del deporte de calidad en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Regular exclusivamente la construcción y gestión de instalaciones deportivas. Establecer únicamente sanciones y medidas disciplinarias en competiciones deportivas. Gestionar el patrocinio y financiación de clubes deportivos profesionales.

¿Qué se entenderá por deporte?. Todo tipo de actividades físicas que, mediante una participación (organizada o de otro tipo), tengan por finalidad la expresión o la mejora de la condición física y psíquica, el desarrollo de las relaciones sociales o el logro de resultados en las competiciones. Solo las actividades físicas realizadas de manera profesional o competitiva. Únicamente las actividades físicas con finalidad de ocio o entretenimiento. Actividades físicas realizadas exclusivamente en instalaciones deportivas oficiales, dejando fuera las prácticas informales o al aire libre.

¿Qué se entiende por actividad física?. Cualquier movimiento corporal producido por los músculos esqueléticos que exija gasto de energía. Solo los ejercicios realizados en instalaciones deportivas o gimnasios. Exclusivamente los movimientos que se realicen con fines competitivos o de rendimiento. Cualquier actividad relacionada con deportes organizados, sin considerar desplazamientos, trabajo físico o movimientos cotidianos que impliquen gasto de energía.

¿Qué queda fuera del ámbito de aplicación de la presente ley?. Los e-sports o juegos electrónicos. Las actividades físicas recreativas al aire libre, como senderismo, ciclismo o natación no competitiva. Los deportes adaptados o actividades físicas para personas con discapacidad. Los entrenamientos profesionales de clubes deportivos.

¿Cuál es el ámbito de aplicación de esta ley y con qué entidades podrán colaborar los poderes públicos y las entidades deportivas?. Todo el territorio de la CAPV. Además, podrán colaborar con los poderes públicos y las entidades deportivas de Navarra e Iparralde. Todo el territorio español. Además, podrán colaborar con los poderes públicos y las entidades deportivas de Portugal, Francia y Gibraltar. Todo el territorio de la CAPV. Como es una normativa europea podrán colaborar con todas las entidades dentro de la Unión Europea.

¿Qué derecho reconoce esta ley?. El derecho de todas las personas a la práctica de la actividad física y del deporte de forma libre y voluntaria. Los poderes públicos tienen la obligación de establecer los medios para que las personas puedan disfrutar de este derecho. El derecho exclusivo a la práctica de deportes de competición, dejando fuera la actividad física recreativa o voluntaria. El derecho de los clubes y entidades deportivas a organizar eventos, sin reconocer el derecho de las personas a practicar actividad física libremente. El derecho a recibir remuneración o subvenciones por la práctica de actividad física, en lugar de garantizar el acceso libre y voluntario a la práctica deportiva.

¿Qué tipo de políticas adoptarán los poderes públicos vascos?. Una política dirigida a la efectividad del derecho a la actividad física y al deporte. Políticas dirigidas únicamente a la promoción de competiciones profesionales. Políticas centradas exclusivamente en la construcción de instalaciones deportivas. Políticas orientadas solo a la regulación administrativa de clubes y federaciones.

¿Qué principios rectores deberán seguir los poderes públicos vascos?. Presencia efectiva en el sistema educativo, en el ámbito laboral y en la familia. Aprobación y ejecución de programas especiales para la extensión de la práctica de la actividad física y del deporte a todos los sectores sociales: entre los más desfavorecidos, discapacitados, mujeres, etc. Su aprovechamiento como instrumento de fomento del uso del euskera; la protección y el fomento de las modalidades deportivas autóctonas y su reconocimiento como patrimonio cultural; y el reconocimiento del deporte como elemento integrante de la cultura y como elemento de cohesión social. Su uso como promotor de la salud mental y psicológica y como instrumento de prevención de adicciones. Su impulso como elemento que ayuda a vertebrar el territorio y como motor de desarrollo económico y social. El interés superior de la infancia y de la adolescencia, así como la promoción y protección de los derechos de la infancia. La promoción del medio natural para la práctica de la actividad física y del deporte, haciéndolo compatible con la protección del medio ambiente y de los animales. La planificación y promoción de una óptima red de instalaciones deportivas y de actividad física. La promoción de los e-sports y juegos virtuales.

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