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TEIII 16 20 2023

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Título del Test:
TEIII 16 20 2023

Descripción:
actualización

Fecha de Creación: 2023/07/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 20

Valoración:(5)
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El Reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Ley 39/2006. EL Real Decreto Legislativo 3/2018. La Ley 1/2022. A nivel estatal no existe regulación, es nivel autonómico. El Real Decreto 888/2022.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Para la determinación del grado de discapacidad,: Ninguna. Las deficiencias. Las limitaciones en la actividad. Las restricciones en la participación. Todas.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. BAREMOS que conforman la evaluación de los cuatro instrumentos de funcionamiento y la discapacidad excepto: Baremo de evaluación de la discapacidad asociada a la comunicación/Sistemas Aumentativos y Alternativos de Comunicación (BSAAC). Baremo de evaluación de los factores contextuales/Barreras Ambientales (BFCA). Baremo de evaluación de las funciones y estructuras corporales/deficiencia global de la persona (BDGP). Baremo de evaluación de la capacidad/Limitaciones de la Actividad (BLA). Baremo de evaluación del desempeño/ Baremo de Restricciones en la Participación. En estrecha relación tanto con el BLA como con el BFCA.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Artículo 7. Equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad. excepto. Cuentan con titulación mínima de Bachiller o Formación Profesional de Grado Medio. Son multiprofesionales. Cuentan en su composición con profesionales del área sanitaria. Cuentan en su composición con profesionales del área social. Con titulación mínima de grado universitaria o equivalente.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. La evaluación de las situaciones de discapacidad y la calificación de su grado se efectuará excepto: La persona deberá acceder a la evaluación sin acompañamiento. Se realizará en condiciones de accesibilidad universal. Se efectuará previo examen de la persona interesada. Se podrá realizar por medios no presenciales o telemáticos cuando las condiciones así lo aconsejen. Por los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad a que se refiere el artículo 7.

Nivel de gravedad moderado corresponde a un porcentaje de discapacidad de: Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. 25-49%. 96-100%. 50-95%. 96-100%. 5-24%.

Una clase de discapacidad 1 se corresponde con una discapacidad: Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. Leve. Moderada. Total. Grave. Nula.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. El dictamen propuesta que emite el equipo multiprofesional a las personas que quieren evaluar su grado de discapacidad deben aparecer…. Los códigos de diagnóstico, deficiencia, limitaciones en la actividad, restricciones en la participación, barreras ambientales y otras. El periodo de vigencia. La necesidad de tercera persona, en su caso. Las medidas de seguridad y confidencialidad. Todas.

Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. La tarjeta acreditativa del grado de discapacidad debe contener excepto: Grado de discapacidad. Puntuaciones obtenidas con la aplicación de los distintos baremos. El periodo de vigencia. Dificultades de movilidad, en su caso. Los datos identificativos. Necesidad de tercera persona, en su caso. Medidas de seguridad y confidencialidad.

Clase de discapacidad 3 se corresponde con un porcentaje de discapacidad de: Según el Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad. 25-49%. 96-100%. 50-95%. 96-100%. 5-24%.

Normativa que modifica el RDL 1/2013 para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. Ley 6/2022, de 31 de marzo,. Ley 12/2022, de 21 de diciembre,. Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre. Ley 1/2022 de 10 de febrero. Real Decreto 23/20223, de 2 de noviembre.

Inspirado en la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. Instrumento a través del cual se despliega y hace efectiva la accesibilidad cognitiva es…. El implante coclear. La silla de ruedas. Las articulaciones mecánicas. La lectura fácil. El bastón plegable. Braille.

Inspirado en la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. La ACCESIBILIDAD COGNITIVA se despliega y se hace efectiva. La lectura fácil,. Sistemas alternativos y aumentativos de comunicación,. A través de los pictogramas. Medios humanos y tecnológicos disponibles para tal fin. Todas.

Inspirados en la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. Ayudas y servicios auxiliares para la comunicación Excepto: Andador. Braille. Lectura fácil. Lengua de signos. Todas.

“El conjunto sistemático, integral y coherente de exigencias, requisitos, normas, parámetros y pautas que se consideran precisos para asegurar la comprensión, la comunicación y la interacción de todas las personas con todos los entornos, productos, bienes y servicios, así como de los procesos y procedimientos” Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación. Se refiere a…. Accesibilidad Universal. Condiciones básicas de accesibilidad cognitiva. Diseño Universal de Aprendizaje. Sistema aumentativo de comunicación. La lectura fácil.

Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. Artículo 5. Ámbito de aplicación en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal. Relaciones con las administraciones públicas. Empleo y las demás. Participación en la vida pública y en los procesos electorales. Transportes. Administración de justicia. Espacios públicos urbanizados, infraestructuras y edificación. Bienes y servicios a disposición del público. Telecomunicaciones y sociedad de la información. Patrimonio cultural.

Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. El principio en virtud del cual las organizaciones representativas de personas con discapacidad y de sus familias participan, en los términos que establecen las leyes y demás disposiciones normativas, en la elaboración, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas oficiales que se desarrollan en la esfera de las personas con discapacidad, las cuales garantizarán, en todo caso, el derecho de los niños y las niñas con discapacidad a expresar su opinión libremente sobre todas las cuestiones que les afecten y a recibir asistencia apropiada con arreglo a su discapacidad y edad para poder ejercer ese derecho. Diálogo civil:. Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Ajustes razonables. Accesibilidad universal. Diseño universal o diseño para todas las personas.

Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. Principio en virtud del cual las actuaciones que desarrollan las Administraciones Públicas no se limitan únicamente a planes, programas y acciones específicos, pensados exclusivamente para estas personas, sino que comprenden las políticas y líneas de acción de carácter general en cualquiera de los ámbitos de actuación pública, en donde se tendrán en cuenta las necesidades y demandas de las personas con discapacidad. Diálogo civil. Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Ajustes razonables: son las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos. Accesibilidad universal: es la condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Diseño universal o diseño para todas las personas.

Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. Modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas del ambiente físico, social y actitudinal a las necesidades específicas de las personas con discapacidad que no impongan una carga desproporcionada o indebida, cuando se requieran en un caso particular de manera eficaz y práctica, para facilitar la accesibilidad y la participación y para garantizar a las personas con discapacidad el goce o ejercicio, en igualdad de condiciones con las demás, de todos los derechos. Diálogo civil. Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Ajustes razonables. Accesibilidad universal. Diseño universal o diseño para todas las personas.

Según la ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la ACCESIBILIDAD COGNITIVA y sus condiciones de exigencia y aplicación. Condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos, instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas en condiciones de seguridad y comodidad y de la forma más autónoma y natural posible. Diálogo civil. Transversalidad de las políticas en materia de discapacidad. Ajustes razonables. Accesibilidad universal:. Diseño universal o diseño para todas las personas.

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