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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 07.11 DERECHO CIVIL

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Título del test:
Tema 07.11 DERECHO CIVIL

Descripción:
CC. Libro I - [T.10 - La mayoría de edad y la emancipación]

Autor:
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Fecha de Creación:
11/11/2022

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 11
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Temario:
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Señala la proposición INCORRECTA: La emancipación tiene lugar: a. Por mayor edad b. Por decisión del menor al alcanzar los catorce años c. Por concesión de los que ejerzan la patria potestad d. Por concesión judicial .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Señala la proposición INCORRECTA: La mayor edad… a. Tendrá en cuenta que para el cómputo se incluirá completo el día de nacimiento b. Tendrá en cuenta que para el cómputo no se incluirá el día de nacimiento c. Permite la emancipación d. Se alcanza a los dieciocho años cumplidos .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Para que la emancipación tenga lugar, con el consentimiento de éste y la concesión de los que ejercen la patria potestad el menor ha de tener: a. catorce años b. doce años c. dieciséis años d. dieciocho años .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: ¿La emancipación podrá ser revocada? a. La emancipación no podrá ser revocada b. La emancipación podrá ser revocada c. El consentimiento de los padres para la concesión del hijo menor de la emancipación, no podrá ser revocado una vez concedida ésta d. B y C .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: ¿Cuál de las siguientes causas, no lo es, para la solicitud del menor para la emancipación a la autoridad judicial? a. Cuando los progenitores contrajeren nupcias entre ellos b. Cuando quien ejerce la patria potestad contrajere nupcias o conviviere maritalmente con persona distinta del otro progenitor c. Cuando los progenitores vivieren separados d. Cuando concurra cualquier causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: ¿Cuál de las siguientes causas, es razón para la concesión de la mayor edad por la autoridad judicial? a. Cuando el Ministerio Fiscal redacte informe del menor de edad mayor de dieciséis años sujeto a tutela b. Cuando quien ejerce la patria potestad contrajere nupcias o conviviere maritalmente con persona distinta del otro progenitor c. Cuando los progenitores vivieren separados d. Cuando concurra cualquier causa que entorpezca gravemente el ejercicio de la patria potestad .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: ¿Cuál de las siguientes acciones podrá el emancipado menor de edad llevar a cabo, respecto del mayor de edad, sin el consentimiento de los progenitores? a. Tomar dinero a préstamo b. Gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento de los progenitores c. Gravar o enajenar bienes inmuebles y establecimientos mercantiles o industriales u objetos de extraordinario valor sin consentimiento del defensor judicial, en ausencia de sus progenitores d. Comparecer en juicio .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: ¿Los menores emancipados que hubieran obtenido el beneficio de la mayor edad, judicialmente podrán tener los mismos beneficios que cualquier mayor de edad? a. No podrán tomar dinero a préstamo b. No podrán gravar o enajenar inmuebles sin consentimiento de sus progenitores c. Si podrán, en igualdad de condiciones d. No podrán gravar o enajenar objetos de extraordinario valor sin el consentimiento de sus progenitores .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Para que el emancipado menor de edad, que se encuentra casado, enajene o grave bienes inmuebles u objetos de extraordinario valor: a. Deberá concedérsele el beneficio de la mayor edad judicialmente, en todo caso b. En caso de que su conyugue sea mayor de edad, bastará con el consentimiento de ambos c. En caso de que ambos sean menores de edad, bastará con el consentimiento de ambos d. En caso de que ambos sean menores de edad, necesitarán además de su consentimiento, el del abogado y procurador de uno u otro .
CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Para que el emancipado menor de edad, que se encuentra casado, enajene o grave bienes inmuebles u objetos de extraordinario valor: a. Basta con el consentimiento de ambos, en caso de que uno de ellos sea mayor de edad b. Requerirán el consentimiento de los progenitores de ambos, en caso de que los dos sean menores c. Requerirán el consentimiento del defensor judicial de uno u otro, si los dos son menores, en ausencia de sus progenitores d. Todas son correctas .
_____________________________________________________________________________ CÓDIGO CIVIL La mayoría de edad y la emancipación: Para que el emancipado menor de edad, que se encuentra casado, enajene o grave bienes inmuebles u objetos de extraordinario valor: a. No basta con el consentimiento de ambos, en caso de que uno de ellos sea mayor de edad b. Requerirán el consentimiento de los progenitores de ambos, en caso de que los dos sean menores de edad c. Requerirán el consentimiento del defensor judicial de uno u otro, si los dos son mayores de edad, en ausencia de sus progenitores d. Todas son correctas .
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