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Tema 1 AED

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Título del Test:
Tema 1 AED

Descripción:
Examen tipo test tema 1 AED

Fecha de Creación: 2025/05/20

Categoría: Otros

Número Preguntas: 90

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Temario:

¿Qué es una función de producción?. La relación entre costes y beneficios. El número de trabajadores necesarios para producir un bien. La relación técnica entre inputs y outputs. El beneficio generado por una empresa.

La productividad marginal es: La producción total dividida por los trabajadores. La eficiencia del capital fijo. La producción media por unidad de input. La cantidad de producto adicional al aumentar un input.

La ley de rendimientos decrecientes afirma que: Todos los inputs aumentan proporcionalmente. Aumentar un input mantiene constante la productividad. La productividad marginal disminuye al aumentar un input, manteniéndose los demás constantes. El producto total siempre crece exponencialmente.

Cuando disminuye la productividad marginal: El coste marginal aumenta. No afecta al coste marginal. El coste total desaparece. El coste marginal disminuye.

¿Cómo se calcula el coste total?. Ingresos menos costes. Suma de coste fijo y variable. Coste marginal más beneficio. Coste medio multiplicado por cantidad.

Las economías de escala permiten: Disminuir el coste medio al aumentar la producción. Elevar la inversión sin riesgos. Aumentar el precio de venta. Eliminar los costes variables.

Las deseconomías de escala provocan. Un aumento del coste medio por problemas de gestión. Mayor competencia en el mercado. Menores costes marginales. Una caída de la producción.

Un bien público es aquel que: Puede ser vendido libremente. No es excluible ni rival. Es excluible pero no rival. Es ofrecido por empresas privadas.

Una externalidad negativa es: Un coste impuesto a terceros no compensado. Una subvención injustificada. Un incentivo fiscal. Un beneficio no pagado.

La información asimétrica implica que: Los precios reflejan toda la información relevante. Todos los agentes conocen el mismo nivel de información. Una parte tiene más información que la otra. No hay contratos disponibles.

En competencia imperfecta el Estado interviene porque: El mercado no asigna eficientemente los recursos. Los precios se ajustan automáticamente. Existen muchos oferentes. Se garantiza la eficiencia sin regulación.

El Estado puede corregir fallos del mercado mediante: Donaciones privadas. Publicidad comercial. Eliminación de leyes. Regulación, impuestos o provisión pública.

¿Cuál es la diferencia entre eficiencia y equidad?. Son conceptos idénticos. La equidad se basa en el beneficio empresarial. La eficiencia busca maximizar recursos; la equidad, distribuirlos justamente. La eficiencia es más subjetiva que la equidad.

Un monopolio natural puede requerir intervención pública para: Regular precios y condiciones de servicio. Fomentar externalidades negativas. Eliminar toda regulación. Disminuir el coste marginal a cero.

El Derecho influye en la economía porque: Modifica los incentivos y comportamientos. Aumenta los costes fijos. Disminuye el comercio. Evita la intervención estatal.

El AED es útil porque: Evalúa normas jurídicas desde la eficiencia económica. No considera los costes sociales. Se basa exclusivamente en principios morales. Rechaza el análisis de incentivos.

Las normas jurídicas afectan a los agentes económicos porque: Son siempre aceptadas moralmente. Alteran su estructura de incentivos. No pueden modificarse. Sustituyen al mercado.

El coste de una norma jurídica incluye: Solo el gasto legislativo. Únicamente los daños económicos. Costes de cumplimiento, prevención y litigio. El coste emocional del legislador.

El Derecho puede promover eficiencia si: Modifica los incentivos de forma eficaz. No se cumple. Reduce todos los derechos individuales. Desalienta la competencia.

El AED parte del supuesto de que los individuos. Actúan por criterios éticos. Buscan equidad. Maximizan su utilidad con racionalidad. Siguen siempre las normas sin cuestionarlas.

La eficiencia de Kaldor-Hicks implica. Solo mejoras sin perjuicios. Exclusivamente justicia distributiva. Que se puede perjudicar a alguien si los beneficiados compensan. La imposibilidad de mejora.

Los incentivos son centrales en el AED porque: Las normas no cambian el comportamiento. Explican cómo las normas modifican conductas. Siempre llevan al incumplimiento normativo. No importan los resultados de las normas.

Frente al Derecho tradicional, el AED: Se basa solo en principios abstractos. Se centra en la moral pública. Evalúa las normas por sus consecuencias y eficiencia. Ignora los efectos reales de las normas.

El objetivo del Derecho, según Posner, es: Aumentar la intervención estatal. Maximizar la libertad formal. Minimizar los costes sociales derivados de conflictos. Promover la equidad antes que la eficiencia.

¿Qué función tienen los derechos de propiedad en el AED?. Generar conflicto entre agentes. Desincentivar el uso de los recursos. Crear barreras legales al mercado. Incentivar la inversión y el uso eficiente.

Según el teorema de Coase, si no hay costes de transacción: El mercado falla inevitablemente. No es posible negociar soluciones. La asignación legal de derechos es irrelevante para la eficiencia. El Estado debe siempre intervenir.

Cuando existen costes de transacción: El mercado actúa eficientemente sin intervención. El teorema de Coase no aplica. El Derecho debe asignar derechos eficientemente. La eficiencia deja de ser deseable.

Una asignación eficiente de derechos de propiedad permite: Incentivar el uso responsable de recursos. Aumentar el número de litigios. Disminuir la actividad económica. Evitar la especialización.

¿Qué tipos de reglas de propiedad analiza el AED?. Reglas penales exclusivamente. Reglas políticas de redistribución. Reglas morales, éticas y religiosas. Reglas de adquisición, transferencia y protección.

El AED es una metodología que: Aplica conceptos económicos para analizar la eficiencia del Derecho. Se limita al estudio de contratos. Evalúa normas jurídicas según principios morales. Rechaza el uso de supuestos conductuales.

El modelo de homo economicus considera que: Son altruistas en toda circunstancia. Son racionales y maximizadores de utilidad. Los individuos actúan por tradición. No tienen objetivos propios.

Según el AED, las normas jurídicas generan costes como: Solo los costes del legislador. Costes de cumplimiento, sanción y litigio. Costes exclusivamente fiscales. Costes emocionales del infractor.

¿Qué papel juegan los incentivos en el Derecho?. No influyen en el comportamiento. Solo afectan a las empresas. Condicionan la conducta según beneficios y sanciones. Sirven para mantener el orden simbólico.

La racionalidad limitada implica que: Siempre actúan con información perfecta. Su capacidad de decisión es limitada, pero buscan el mejor resultado posible. Los individuos no toman decisiones. No son influenciables.

¿Por qué el AED puede corregir fallos del mercado?. Porque refuerza los monopolios. Porque impide la inversión. Porque estructura normas que internalizan externalidades. Porque limita la racionalidad.

El comportamiento económico que asume el AED es: Basado en normas religiosas. Racional, orientado a maximizar utilidad. Caótico y desorganizado. Determinado por costumbres tribales.

¿Qué relación tiene el AED con la justicia distributiva?. AED se basa exclusivamente en justicia. Son totalmente equivalentes. No necesariamente son compatibles. Justicia distributiva es irrelevante.

Una limitación del AED es que: No puede analizar normas contractuales. No siempre es posible medir costes y beneficios. Es incompatible con toda forma de Derecho positivo. Solo se aplica en sistemas anglosajones.

¿Qué es la elasticidad precio de la demanda?. La cantidad de producto que los consumidores desean a un precio fijo. La sensibilidad de la cantidad demandada ante cambios en el precio. La variación porcentual del ingreso respecto al precio. El precio máximo que el consumidor está dispuesto a pagar.

Cuando la elasticidad-precio de la demanda es mayor que 1, la demanda es: Inelástica. Perfectamente inelástica. Unitaria. Elástica.

El excedente del consumidor mide. El bienestar del consumidor por pagar menos de lo que estaría dispuesto a pagar. Los beneficios de los productores. La diferencia entre ingresos y costes de producción. La ganancia marginal del productor.

Un mercado alcanza el equilibrio cuando: La oferta es mayor que la demanda. Las cantidades ofrecidas y demandadas son iguales. El precio se fija por decreto estatal. El productor maximiza beneficios.

La eficiencia de Pareto implica: Reparto igualitario de recursos. Maximización del beneficio empresarial. No se puede mejorar el bienestar de alguien sin empeorar el de otro. Reducción de desigualdad.

Una externalidad negativa ocurre cuando: El mercado funciona eficientemente. Las empresas maximizan beneficios. El Estado subvenciona una actividad. La actividad de un agente reduce el bienestar de otros sin compensación.

Las externalidades pueden corregirse con: Incremento de precios. Subsidios o impuestos. Dejar actuar al mercado. Prohibición total de la actividad.

Información asimétrica significa: Todos los agentes conocen lo mismo. Solo los productores tienen información. El gobierno tiene toda la información. Unos agentes saben más que otros, generando fallos de mercado.

El equilibrio competitivo maximiza. El ingreso público. El beneficio del productor. El bienestar social en condiciones ideales. Las exportaciones.

¿Qué mide la elasticidad cruzada?. Relación entre coste y beneficio. Relación entre cantidad demandada de un bien y precio de otro bien. Relación entre cantidad demandada y precio propio. Relación entre producción y tecnología.

Si la elasticidad-ingreso de la demanda es positiva, el bien es: Inferior. Giffen. Público. Normal.

Los bienes inferiores son aquellos cuya demanda. Es totalmente inelástica. Aumenta al aumentar la renta. Disminuye al aumentar la renta. Permanece constante al aumentar la renta.

El precio máximo fijado por el gobierno puede generar: Exceso de demanda. Equilibrio de mercado. Exceso de oferta. Subsidios automáticos.

El precio mínimo provoca: Escasez. Equilibrio. Exceso de oferta. Externalidades negativas.

La curva de demanda tiene pendiente. Vertical. Positiva. Horizontal. Negativa.

La curva de oferta suele tener pendiente. Horizontal. Positiva. Vertical. Negativa.

Los impuestos indirectos generan: Un desplazamiento en la demanda. Un desplazamiento en la oferta. Incremento automático de demanda. Ningún efecto.

La pérdida irrecuperable de eficiencia por impuestos se llama: Peso muerto. Excedente. Externalidad. Subvención.

El monopolio genera. Máxima eficiencia. Equilibrio competitivo. Peso muerto. Externalidades positivas.

Un bien con rivalidad y exclusión parcial es: Público puro. Privado. Club o común. Mixto.

El análisis costo-beneficio ayuda a: Maximizar precios. Fijar salarios. Calcular impuestos. Tomar decisiones públicas eficientes.

El coste de oportunidad es: El beneficio del recurso en su mejor uso alternativo. Lo que se paga en dinero. El precio máximo. El salario de equilibrio.

El mercado falla cuando: Hay externalidades. Se maximiza el bienestar. Hay competencia perfecta. Los precios son flexibles.

¿Qué significa eficiencia de Kaldor-Hicks?. Que todos ganan. Igualdad perfecta. Que los ganadores podrían compensar a los perdedores. Máximos impuestos.

Una intervención estatal puede justificarse cuando hay: Equilibrio general. Mercado competitivo. Precios flexibles. Fallos de mercado.

La intervención estatal puede provocar: Ineficiencias y distorsiones. Solo beneficios. Equilibrio perfecto. Eliminación de costos.

La economía del bienestar estudia: Los ingresos empresariales. El PIB exclusivamente. La balanza comercial. Cómo asignar recursos para maximizar el bienestar social.

El análisis económico del derecho busca: Estudiar la historia del derecho. Justificar las normas por su moralidad. Describir las normas jurídicas sin valorarlas. Evaluar normas según su eficiencia.

Para Posner, la eficiencia es: Algo incompatible con la justicia. Una preocupación secundaria del derecho. El criterio central para evaluar normas. Inútil en el análisis jurídico.

Un incentivo es: Un estímulo que modifica comportamientos. Una regla formal. Un castigo económico. Una norma moral.

Los derechos de propiedad son clave porque: Solo protegen a los ricos. Son solo un producto cultural. Generan incentivos para el uso eficiente de recursos. Son indiferentes a la economía.

La responsabilidad civil según el AED: Solo compensa al dañado. Busca castigar moralmente. Busca minimizar costos sociales. Es irrelevante económicamente.

El contrato eficiente es aquel que: Minimiza costos de transacción y maximiza el valor conjunto. Es aprobado por la autoridad. Solo maximiza ganancias. Siempre beneficia al más débil.

Los costos de transacción son: Los impuestos sobre las transacciones. Los gastos administrativos públicos. Los precios del mercado. Los costos de negociar, hacer cumplir y adaptar contratos.

La asignación eficiente de recursos implica: Maximizar ingresos estatales. Reparto equitativo. Producción y distribución que maximizan el bienestar neto. Reducir salarios.

El análisis económico es aplicable: Solo al derecho público. Solo al derecho privado. A todas las ramas del derecho. Solo al derecho penal.

El enfoque utilitarista busca: Maximizar la utilidad total. Lograr justicia distributiva. Garantizar derechos fundamentales. Repartir bienes por igual.

El AED critica: El uso de estadísticas. El análisis empírico. La tradición jurídica formalista. El papel del juez.

La elección de normas debe considerar: Solo los precedentes históricos. Solo la equidad. Exclusivamente la opinión pública. Los efectos sobre la conducta.

Un daño eficiente es: Una lesión moral. Aquel que debe prohibirse siempre. Aquel que debe permitirse porque evitarlo cuesta más. Siempre punible.

Los derechos de propiedad mal definidos generan: Claridad en los intercambios. Problemas de externalidades. Incentivos correctos. Maximización del bienestar.

Las normas penales tienen función: Disuasoria, para reducir conductas socialmente costosas. Exclusivamente moral. Solo punitiva. Educativa.

El AED entiende la justicia como: Eficiencia. Equidad distributiva. Moralidad. Igualdad de oportunidades.

La sanción óptima debe: Ser simbólica. Ser la más dura posible. Internalizar el costo del daño. Ignorar el costo del daño.

El AED estudia: La interpretación literal de normas. Las consecuencias económicas de las normas. Los precedentes históricos. Los valores éticos del derecho.

Una característica del AED es: Es exclusivamente descriptivo. Es normativo y predictivo. No usa modelos formales. Es dogmático.

El costo de transacción es: El impuesto a las ventas. El costo de producción. El costo de negociar, vigilar y hacer cumplir acuerdos. El costo fiscal.

El método del AED incluye: Solo entrevistas. Experimentación. Juicios éticos. Modelos formales y análisis empírico.

El AED distingue entre: Normas eficaces y normas ineficaces. Normas y moral. Ley y costumbre. Eficiencia y equidad.

Un modelo económico del derecho permite: Predecir efectos de normas. Hacer juicios morales. Limitar el derecho a lo formal. Ignorar los costos.

La eficiencia es relevante en AED porque: Es el único objetivo del derecho. Es irrelevante frente a la equidad. Permite evaluar normas por sus resultados. Solo interesa a economistas.

El AED considera las normas como: Declaraciones morales. Incentivos que influyen en las decisiones. Simples formalidades. Mecanismos simbólicos.

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