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Tema 1: Código Penal

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Título del Test:
Tema 1: Código Penal

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Test tema 1 Código penal

Fecha de Creación: 2021/11/09

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 101

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La Apología de encuentra en el art. 16. 17. 18. 19.

Para que se considere provocación debe existir. Incitación mediante medio publicitario. Incitación ante una concurrencia de personas. Incitación mediante medio publicitario o invitación a concurrencia de personas. Las respuestas a) y b) son correctas.

La exposición de ideas que ensalzan un crimen o a su autor se denomina. Apología. Concurrencia. Inducción. Cohecho.

Qué art indica las personas responsables criminalmente de los delitos. 1. 3. 15. 27.

La definición de cómplice en el Código Penal está recogida en el art. 29. 30. 31. 32.

Apología es. Ensalzar el crimen. Enaltecer a su autor. Concertar un delito. Hay dos respuestas correctas.

Quedarán exentos de responsabilidad penal aquel o aquellos que desistan de la ejecución ya iniciada, e impidan o intenten impedir la consumación de forma. Eficaz, eficiente y solidaria. Seria, firme y decididamente. Decidida, eficaz y subsidiaria. Firme, seria y eficientemente.

También se consideran autores. Los que cooperan con actos anteriores o simultáneos. Los cómplices. Los cómplices y los inductores. Los inductores y los cooperadores necesarios.

En caso de error vencible sobre un hecho constitutivo de la infracción penal. Excluye la responsabilidad penal. Nunca puede estimarse el error para eludir la responsabilidad penal. La infracción será castigada en su caso como imprudente. Se reducirá la pena en un grado.

Cuando dos o más personas se conciertan para la ejecución de un delito y resuelven ejecutarlo están realizando una. Conspiración. Proposición. Ejecución de un delito. Depende si llegan a consumar o no el delito en el segundo caso se tratará de una frustración, en el primero de consumación.

Haber procedido el culpable a reparar el daño ocasionado a la víctima o disminuir sus efectos en cualquier momento del procedimiento y con anterioridad a la celebración del acto del juicio oral supone una. Circunstancia que sólo modifica la responsabilidad en caso de que fuera obligación del sujeto obrar de tal forma. Circunstancia que modifica la responsabilidad criminal atenuándola. Circunstancia que exime la responsabilidad criminal en el caso de que el sujeto no estuviera obligado a obrar de tal manera. Circunstancia que agrava la responsabilidad criminal.

Para que un delito sea punible ha de ser. Consumado frustrado o la tentativa. Consumado o frustrado. Consumado o la tentativa. Sólo consumado.

Una de éstas no es circunstancia agravante de la responsabilidad. La de actuar el culpable por la adicción a las drogas. Ser reincidente. Obrar con abuso de confianza. Prevalerse el culpable de su carácter público.

Son circunstancias que excluyen la responsabilidad criminal. El que obre en legítima defensa, el que al cometer la infracción no puede comprender la ilicitud del hecho por causa de cualquier anomalía psíquica y el error invencible. El trastorno mental transitorio, el error vencible, el que actuó en estado de intoxicación plena por el consumo de drogas Y sin poder comprender la ilicitud del hecho. El obrar en un estado de necesidad, si se está obligado a sacrificarse Y el obrar con miedo insuperable. El obrar en cumplimiento de un deber Y el obrar con un miedo que puede superarse.

El menor de 18 años que cometa un hecho delictivo. Nunca será responsable por la comisión del delito. Será responsable en el caso de que se trate de un delito grave o muy grave. Será responsable con arreglo a la ley sobre responsabilidad del menor y la ley de Enjuiciamiento Criminal. Ninguna es correcta.

Se da tentativa si. El hecho no se produce cualquiera sea su causa. El hecho no se produce por motivos ajenos al sujeto. El hecho no se produce por causas dependientes de la voluntad del autor. El hecho se produce, pero los resultados no son los perseguidos por el sujeto.

Para que se de alevosía, circunstancia modificativa de la responsabilidad criminal. Es necesario que se de en un delito contra las personas, no se puede dar en delitos contra las cosas. Han de utilizarse medios o formas que impidan la defensa por parte del ofendido. Ha de utilizarse disfraz para evitar que haya riesgo para la persona que realiza el hecho punible. Ha de utilizarse arma de fuego contra una persona para evitar que ésta pueda defenderse.

El estado de necesidad no se da si concurre una de estas circunstancias. El mal causado es inferior al que se trate de evitar. Necesidad racional del medio empleado para impedirlo. El necesitado no tiene la obligación de sacrificarse. La situación no ha sido provocada intencionadamente por el sujeto.

La provocación cuando lleva consigo la perpetración del de un delito se considera. Como la consumación a la hora de enjuiciar el tipo. Como la tentativa si carece de resultados. Como inducción a efectos de su castigo. En todo caso se castigará en la pena dos grados inferior a la prevista para el tipo.

En el caso de que se de la circunstancia de que el agraviado sea el hermano del ofensor. En todo caso se estará frente a una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal debido a que se daría el bien jurídico de la institución familiar. Se trata de una circunstancia que será agravante o atenuante dependiendo de la naturaleza, motivos y efectos. Sólo se considerará como circunstancia modificativa de la responsabilidad cuando la misma sea constitutiva del tipo. Siempre será atenuante.

En la comisión de un delito, puede definirse el dolo como. Dolor infringido a la víctima. El desconocimiento de la Ley. La imprudencia al cometer un hecho delictivo. La voluntad maliciosa de cometer el delito.

La atenuante denominada 'arrepentimiento espontáneo' puede aplicarse cuando el culpable confiesa la infracción a las autoridades. Antes de conocer que el procedimiento judicial se dirige contra él. Antes de dictarse la sentencia. En cualquier momento del proceso judicial. Cuando no sea presionado por parte de las FF y CC de Seguridad.

El autor de un delito que es menor de 18 años, es una circunstancia modificativa que produce efecto. Agravante con arreglo al CP. Atenuante con arreglo al CP. Eximente con arreglo al CP. Mixta con arreglo al CP.

El cometer un delito esperando una recompensa por haberlo cometido, es una circunstancia. Que no modifica la responsabilidad penal. Atenuante por cuanto el culpable no tiene un interés directo en su ejecución. Agravante de la responsabilidad penal. Ninguna es correcta.

Si una persona aporta a la realización de un delito un acto sin el cual no se hubiera podido llevar a cabo dicho delito, es considerado como. Cómplice. Colaborador. Autor. Encubridor.

El CP señala que la inducción no seguida de la perpetración del delito. Será castigada como provocación en los casos expresamente previsos. No tiene responsabilidad penal, pero sí civil. Se castiga como conspiración. Se castiga como tentativa.

Entre las circunstancias que agravan la responsabilidad penal, están. Llevar a cabo la acción de forma consciente y precisa. No prestar el auxilio debido a la víctima del delito. Cometer el delito movido por motivos antisemitas. Todas son correctas.

Señale la circunstancia que produce efecto eximente de la responsabilidad penal. El obrar en el ejercicio legítimo de un derecho. Obrar en el ejercicio legítimo de un cargo. Obrar en el ejercicio legítimo de un deber. Todas son correctas.

El ensañamiento consiste en. Producir lesiones innecesarias. Utilizar medios que aseguren la eficacia del delito. Aumentar deliberadamente e innecesariamente el sufrimiento de la víctima. Todas son correctas.

Dentro de los Principios Generales del Derecho Penal, el principio de non bis in idem viene a señalar que. Nadie puede ser castigado dos veces por el mismo hecho. Nadie puede ser procesado simultáneamente por dos hechos. A hechos iguales corresponden penas iguales. Ninguna es correcta.

El CP señala que las circunstancias eximentes producirán sólo efectos atenuantes cuando. Cuando no concurran todos los requisitos necesarios para eximir de la responsabilidad penal. Cuando la víctima tenga menos de 18 años. Cuando el autor tenga menos de 18 años. Todas son correctas.

De acuerdo con los Principios Generales del Derecho Penal, el principio de 'in dubio pro reo' quiere decir que. En caso de duda se abstendrá de juzgarse. Que el autor debe estar de acuerdo con la pena impuesta. Que en caso de duda se decidirá a favor del reo. Que se debe decidir a favor de la víctima.

El CP define los delitos como acciones u omisiones dolosas o imprudentes penadas por la ley en el. Art. 7. Art. 9. Art. 10. Ninguna es correcta.

La edad límite de 18 años establecida en el CP para referirse a la responsabilidad penal de los menores precisa de otro límite mínimo a partir del cual comience la posibilidad de exigir esa responsabilidad y que se ha fijado en. 12 años. 13 años. 14 años. No se ha fijado ninguna edad mínima.

La Ley reguladora de responsabilidad del menor, se desarrolla a través de un reglamento aprobado el. RD 1774/2004, de 30 de Julio. RD 1074/2002, de 25 de Julio. RD 74/2004, de 30 de Septiembre. Ninguna es correcta.

Se considera delito grave aquel castigado con pena. Superior a 5 años de prisión. Superior a 3 años de prisión. Privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores más de 8 años. Las respuestas a) y c) son correctas.

La última reforma que ha sufrido el CP, ha sido por. LO 7/2012. LO 10/2015. LO 1/2015. LO 10/1995.

Los delitos cometidos por omisión, la omisión se equipara a la acción. Solamente cuando exista una específica obligación legal de actuar. Tanto cuando exista una específica obligación legal o contractual de actuar. Cuando el bien jurídicamente protegido ha omitido un riesgo mediante una acción u omisión precedente. Las respuestas a) y c) son correctas.

Respecto a la omisión imprudente. Solamente se castigará cuando lo disponga expresamente la Ley. Nunca se castigan conductas por omisión imprudente. Solamente se castigarán cuando esas conductas sean constitutivas de delito, pero no por faltas. Ninguna es correcta.

El error vencible. Se castiga como imprudente. Excluye de responsabilidad penal. Se castiga como temerario. No impide su apreciación.

El error invencible. Se castiga como imprudente. Es causa de exclusión de responsabilidad criminal. Se entiende como atenuante. Ninguna es correcta.

Si el error se comete sobre un hecho que se considera agravante. Se considera la agravante. La agravante pasa a ser atenuante. No se apreciará tal circunstancia agravante. La agravante se denomina incompleta.

En la tentativa el resultado final del delito no se produce. Por que el autor de forma voluntaria desiste. Por que el autor de forma voluntaria no comienza a perpetrar el delito. Por causas independientes a la voluntad del autor. Todas son correctas.

Cuándo en un hecho delictivo intervienen varios sujetos. Están exentos de responsabilidad penal, los que desisten en la ejecución. Están exentos de responsabilidad penal, los que desisten en la ejecución y a su vez impiden o intentan impedir de cualquier forma la consumación. Están exentos de responsabilidad penal, los que desisten en la ejecución y a su vez impiden o intentan impedir al menos de forma seria la consumación. Están exentos de responsabilidad penal, los que desisten en la ejecución y a su vez impiden o intentan impedir de forma seria, firme y decidida la consumación.

La conspiración para cometer hechos delictivos. Se castiga en todo caso. Se castiga con pena en 1 o 2 grados. Se castiga sólo en los casos especialmente previstos en la ley. Se castiga con pena en su mitad inferior.

La proposición para cometer hechos delictivos. Se castiga en todo caso. Se castiga con pena inferior en 1 o 2 grados. Se castiga sólo en los casos especialmente previstos en la ley. Se castiga con pena en su mitad inferior.

La conspiración consiste en. Dos o más personas acuerdan ejecutar un delito y lo lleven o no acabo. Dos o más personas acuerdan ejecutar un delito y deciden ejecutarlo. Una persona ha resuelto cometer un delito e invita a otra/s a ejecutarlo. Ninguna es correcta.

La provocación para cometer hechos delictivos. Se incita de manera directa o indirecta a otras personas a cometer un delito, utilizando medios publicitarios o ante una concurrencia de personas. Se incita de manera directa a otras personas a cometer un delito, utilizando medios publicitarios o ante una concurrencia de personas. Seincita de manera indirecta a otras personas a cometer un delito, utilizando medios publicitarios o ante una concurrencia de personas. Se incita de manera directa o indirecta a otras personas a cometer un delito.

Si como consecuencia de la provocación no se hubiese conseguido la perpetración del delito. La provocación se castiga como inducción. La provocación se castiga como provocación. La provocación se castiga con penas superiores en 1 o 2 grados. Ninguna es correcta.

Cuando se exponen ideas o doctrinas que invitan a delinquir o enaltecen el crimen, estamos hablando de. Provocación. Ninguna es correcta. Conspiración. Cooperación.

Cuando una persona coopera a la ejecución del delito con actos posteriores a su perpetración, hablamos de. Cooperador. Cómplice. Coautor. Ninguna es correcta.

Se consideran autores. Los que inducen directa o indirectamente a otros a ejecutar el hecho delictivo. Los que cooperan a la ejecución del delito con actos anteriores o simultáneos. Los que realizan el hecho por medio de otro del que se sirven como instrumento. Todas son correctas.

Según el art.27 del CP se consideran personas criminalmente responsables. Los autores y los cómplices. Los autores, los cómplices y los encubridores. Los autores, los cómplices y los cooperadores. Los autores y los cooperadores.

La eximente por minoría de edad se encuentra recogida en el artículo. 17. 18. 19. 20.

Cuando un menor de 18 años y mayor de 14 cometa un hecho delictivo será responsable. Con arreglo a lo dispuesto en el CP. Con arreglo a lo dispuesto en el Código Civil. Con arreglo a ll dispuesto en la Ley de Enjuiciamiento Criminal. Con arreglo a lo dispuesto en la Ley de Responsabilidad Penal del Menor.

En la llamada circunstancia mixta de parentesco, se considera parentesco. Cónyuge o persona unida por relación de afectividad, siempre que sea actual. Descendientes, únicamente directos del autor. Hermanos, únicamente por naturaleza. Ninguna es correcta.

Respecto a la agravante por reincidencia. Se computarán todos los antecedentes penales del autor. No se computarán los antecedentes penales cancelados. Se computarán los antecedentes penales que deban ser cancelados. Las respuestas b) y c) son correctas.

Se castiga como una conducta imprudente. Los delitos dolosos. El error invencible. Los delitos leves, exclusivamente. El error vencible.

Cuando el resultado del delito no se produce por causas ajenas a su autor. Se entenderá que el delito es consumado. Se considera que es una falta. Se castiga como delito en grado de tentativa. Se considera una atenuante.

Si el autor de un delito desiste en su realización de forma voluntaria. Se entiende que es una tentativa y tendrá una pena menor. Será una eximente. Se castigará de igual forma que el delito consumado. Será una atenuante.

Se castiga con penas leves. Multa hasta 6 meses. Localización permanente hasta 6 meses. Derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores hasta 1 año. Todas son correctas.

Es competente para conocer y ejecutar los delitos cometidos por los menores. Fiscal de menores. Ministerio Fiscal. Juez de Instrucción. Juez de menores.

Están exentos de responsabilidad penal por la comisión de hechos delictivos. Menores de 18 y mayores de 14. Menores de 18 en todo caso. Menores de 14 años. Nadie puede estar exento de responsabilidad penal por la comisión de hechos delictivos.

Quien/es dirige/n la investigación de los hechos delictivos cometidos por menores. Policía Judicial. Ministerio Fiscal. Juez de Menores. Juez de menores y policía judicial.

Si un menor de 14 años comete un hecho delictivo. Será responsable de acuerdo con lo dispuesto en el CP. Será responsable de acuerdo con la Ley de Responsabilidad del Menor. Se aplicará lo dispuesto en el Código Civil. Se aplicarán las normas de la ley 5/2000.

La actuación policial con respecto a un menor de 14 años que hubiese cometido una infracción penal. Será de prevención y protección. Será la detención. Será de información. Las tres respuestas anteriores son incorrectas.

Cuando los miembros de las FF y CC de seguridad comprueban que un menor de 14 años ha cometido un delito. Lo pondrán en conocimiento inmediato del Juez de Menores. Lo pondrán en conocimiento del Colegio de Abogados. Lo pondrán en conocimiento inmediato del Ministerio Fiscal. Lo pondrán en conocimiento del Médico Forense.

El Reglamento que desarrolla la Ley del Menor es. Real Decreto 774/2004. RD 1777/2004. RD 1774/2004. RD 1747/2004.

La ley de responsabilidad penal del menor. 10/1995. 10/1994. 5/2000. 7/2000.

Quien ordenará a la policía que compruebe la participación de un menor en un hecho delictivo. Juez de menores. Juez de Instrucción. Juez del lugar donde se haya cometido el hecho delictivo. La Fiscalía.

Cuando se presume que un menor de 14 años ha participado en un hecho delictivo, el agente de policía. Procederá a su toma de manifestación y tomar nota de todos los datos. Procederá a la toma de manifestación en presencia de su abogado pero sin que este hable. Procederá a su exploración (comprobar su fecha de nacimiento e identidad). Procederá a avisar a la Guardia Civil para que le tomen manifestación.

Todo menor detenido. Está legitimado para solicitar un Habeas Corpus. Al ser menor, sólo estarán legitimados su abogado o el Fiscal de Menores. Estarán legitimados sólo los padres, tutores o responsables del menor. Las respuestas b) y c) son correctas.

No son responsables penalmente con arreglo a la regulación del CP vigente, pudiendo serlo conforme a la Ley de Responsabilidad Penal del Menor. Los mayores de 14 años y menores de 18. Menores de 16 y mayores de 14. Menores de 18 años y mayores de 16. Todas son correctas.

La detención de un menor y el lugar de su custodia, deberá ser notificada inmediatamente. Los representantes legales del menor. Ministerio Fiscal. A las autoridades consulares, en el caso de que el detenido fuese extranjero y no tuviese domicilio en España o así lo solicitase el menor. Todas son correctas.

La detención de un menor, no podrá durar más tiempo de. El tiempo estrictamente necesario, no superior a 24 horas. El tiempo estrictamente necesario, no superior a 48 horas. El tiempo estrictamente necesario, no superior a 72 horas. Las respuestas a) y b) son correctas.

El proceso de notificación de un menor (que haya cometido, o no, un hecho delictivo), por la policía se denomina: Detección. Notificación. Identificación. Exploración.

Ante la comisión de un delito por un menor, que tenga entre 14 y 18 años. Se procederá a su detención e instrucción de diligencias. Se procederá a su detención e instrucción de un informe. No se procederá a su detención, ni instrucción de diligencias. No se procederá a la detención pero se instruirán diligencias.

A cuales de estos órganos se remitirán las actuaciones practicadas en la detención de un menor. Ministerio Fiscal. Juez de lo Penal. Consejería de educación. Las respuestas a) y b) son correctas.

Ante un hecho delictivo cometido por un menor con 18 años de edad. Se realizará diligencia de ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado. No se realizará diligencia de ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado. El ministerio fiscal será el que realizará diligencia de ofrecimiento de acciones al ofendido o perjudicado. Solo se realizará el ofrecimiento de acciones si se trata de un delito grave.

Esta ley de responsabilidad penal del menor se aplica a personas con edad. Entre 15 y 18 años. Entre 16 y 18 años. Entre 14 y 18 años. Entre 12 y 16 años.

A quien corresponde la instrucción de los procedimientos por los hechos cometidos por los menores. Al juez competente. Al ministerio fiscal. A los padres. Al juez de menores.

La detención de un menor por funcionarios de policía no podrá durar más tiempo del estrictamente necesario para la realización de las averiguaciones tendentes al esclarecimiento de los hechos, y en todo caso, el menor detenido deberá ser puesto en libertad o a disposición del ministerio fiscal en el plazo de: 12 horas. 24 horas. 36 horas. 48 horas.

Cuando el autor de los hechos sea menor de 14 años. No se le exigirá responsabilidad con arreglo a la Ley de Responsabilidad Penal del menor, sino que se le aplicará lo dispuesto en las normas sobre protección de menores previstas en el Código Civil y demás disposiciones vigentes. El ministerio fiscal exigirá responsabilidad penal. Ninguna es correcta. Se le juzga igual que a un de entre 14 y 18 años.

El traslado por parte de la Policía de un menor (14-18 años) que haya cometido un hecho delictivo hasta las dependencias policiales, se hará: Nunca podrá ser trasladado sin la presencia de sus padres, tutores o guardadores. Solamente se hará en vehículos sin distintivos policiales. En la medida de lo posible, se hará en vehículos policiales sin distintivos y con policía no uniformada. Siempre debe hacerse en vehículos policiales con sus correspondientes distintivos y al menos dos Policías uniformados correctamente.

El menor que haya cometido un delito. Nunca podrá ser esposado. Podrá ser esposado, pero no cacheado. Podrá ser esposado y cacheado, para garantizar su seguridad y la de los funcionarios policiales. Podrá ser cacheado, pero no esposado.

Cuando se produzca el traslado de un menor que haya cometido un hecho delictivo. Nunca podrá hacerse en el mismo vehículo donde se traslade a un mayor de edad igualmente detenido. Podrá hacerse junto con los demás imputados, sea cualquiera su edad. En la medida de lo posible, se hará en un vehículo donde no vaya un mayor de edad. Las respuestas b) y c) son correctas.

Durante el tiempo que el menor permanezca en las dependencias policiales. Nunca podrá estar en los calabozos. Podrá estar en los calabozos, pero separados de los detenidos mayores de edad. Podrá estar en los calabozos, junto con el resto de detenidos sea cualquiera la edad de éstos. Estará en calabozos especialmente acondicionados para ellos.

Los atestados instruidos por la Policía en los que estén imputados únicamente menores de 14 y 18 años. Se remitirá a la Fiscalía de Menores en el plazo máximo de 24 horas. Se remitirá el original al Juzgado de Instrucción y copia a la Fiscalía de Menores en el plazo máximo de 24 horas. Se remitirá a la Fiscalía de Menores en el plazo máximo de 72 horas. Se remitirá al Juzgado de Instrucción en el plazo máximo de 72 horas y copia a la Fiscalía de Menores en el plazo máximo de 24 horas.

Los atestados instruidos por por la Policía en los que estén imputados conjuntamente mayores de edad y menores entre 14 y 18 años. El atestado y los mayores de edad detenidos serán remitidos al Juez de Instrucción en el plazo máximo de 72 horas y el atestado y los menores de edad detenidos serán remitidos a la Fiscalía de Menores en el plazo máximo de 24 horas. El atestado y los mayores y menores de edad detenidos serán remitidos en el plazo máximo de 24 horas a la Fiscalía y al Juez de Instrucción. El atestado y los mayores y menores de edad detenidos serán remitidos en el plazo máximo de 48 horas. Ninguna es correcta.

Los atestados instruidos por la policía donde se encuentre imputado un menor. Se tramitará para la celebración de juicio mediato. Se tramitará para la celebración de juicio rápido. Nunca podrá tramitarse para la celebración de juicio rápido. Solamente, se tramitará como juicio rápido en los delitos contra la seguridad vial.

Cuando en las diligencias policiales se tome declaración a un menor imputado en un delito. El abogado solamente podrá entrevistarse con el menor después de la toma de la misma. El abogado deberá ser de oficio. El abogado lo impondrá el Ministerio Fiscal. El abogado podrá entrevistarse con el menor, tanto antes como después de la declaración.

Cuando en las diligencias policiales se tome declaración a un menor imputado en un delito. Deberá estar presente el abogado y su padre. No es obligatorio que esté nadie presente. Estará su abogado y sus padres, tutores o guardadores. Estará su abogado y siempre el Fiscal de Menores, además de sus padres, tutores o guardadores.

Si el menor que comete el delito es extranjero. Tendrá los mismos derechos, referentes a la información de su detención, que los españoles. En todo caso, se notificará su detención a su embajador. En todo caso, se notificará su detención a su cónsul. Ninguna es correcta.

Los menores entre 14 y 18 que hayan cometido un hecho delictivo. No podrán ser detenidos. Sólo podrán ser detenidos cuando así lo indique el Juez de Menores. Sólo podrán ser detenidos cuando lo indique el Ministerio Fiscal. Podrán ser detenidos como en el caso de los mayores de edad.

Cuando un menor solicite el procedimiento de Habeas Corpus. Se le notificará al Juez de Menores. Se le notificará a la Fiscalía. Se le notificará a las personas que ejerzan su patria potestad o tutela. Las respuestas anteriores son falsas.

El cacheo y esposamiento del menor. Un menor nunca podrá ser esposado, pero si cacheado. Se realizará cuando así lo indique el Juez de Menores. Se realizará cuando no sea posible otro medio para contenerle. Las respuestas a) y c) son correctas.

Se podrá realizar el traslado de un menor en vehículos con distintivos policiales. Nunca. Se podrá realizar, pero sin utilizar los dispositivos luminosos y acústicos de emergencia. Sí, cuando no existan otros medios de traslado. Sí, bajo la autorización del Ministerio Fiscal consultado previamente con el Juez de Menores.

En el libro registro que debe existir en la dependencia de custodia de un menor. Nunca se anotarán los datos de la filiación del menor, ya que es totalmente confindencial. Los datos de registro estarán únicamente a disposición del Ministerio Fiscal. Se indicará la persona o personas que custodian al menor. Se indicará la persona o personas que han procedido a la detención del menor.

De qué forma responderán los administradores de las empresas que cometan hechos delictivos. Personalmente. Solidariamente. Subsidiariamente. Ninguna es correcta.

Respecto a los administradores de empresas cuando responderán de los hechos delictivos. Solamente cuando concurran en él las condiciones o circunstancias del delito cometido para poder ser sujeto activo. En todo caso, aunque no concurran en él las circunstancias del delito para poder ser sujeto activo. En todo caso, aunque no concurran en él las condiciones o circunstancias del delito para poder ser sujeto pasivo. Ninguna es correcta.

Las empresas son responsables de los delitos. De aquellos cometidos en su nombre o por su cuenta, y en su beneficio directo o indirecto. De los delitos cometidos, por las actividades sociales y exclusivamente en beneficio directo, por haberse incumplido gravemente los deberes de supervisión, vigilancia y control. De aquellos cometidos en su nombre o por su cuenta, y en su beneficio directo. De aquellos cometidos, exclusivamente por su cuenta y reporte beneficio directo o indirecto.

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