TEMA 1. MEDIACIÓN COMUNITARIA
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Título del Test:![]() TEMA 1. MEDIACIÓN COMUNITARIA Descripción: CARACTERIZACIÓN DE LA MEDIACIÓN |




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La mediación: Se trata de un procedimiento que contribuye a debilitar los lazos entre la comunidad, al mismo tiempo que reduce la judicialización de los asuntos civiles relacionados con la vida cotidiana. Se trata de un procedimiento que contribuye a debilitarlos lazos entre la comunidad, al mismo tiempo que aumenta la judicialización de los asuntos civiles relacionados con la vida cotidiana. Se trata de un procedimiento que contribuye a reforzar los lazos entre la comunidad, al mismo tiempo que aumenta la judicialización de los asuntos civiles relacionados con la vida cotidiana. Se trata de un procedimiento que contribuye a reforzar los lazos entre la comunidad, al mismo tiempo que reduce la judicialización de los asuntos civiles relacionados con la vida cotidiana. El método de negociación se basa en los siguientes elementos: Alternativas, intereses, opciones, legitimidad, compromiso, comunicación y relación. Alternativas, intereses, legitimidad, compromiso y relación. Problemas, intereses, opciones, legitimidad, compromiso, comunicación y relación. Problemas, intereses, opciones, compromiso, comunicación y relación. En qué contexto situamos la mediación: Contexto donde la ausencia de cohesión social y alta competitividad no suponen un problema para la sociedad. Contexto donde el cambio y la globalización no afectan al individuo. Contexto donde predomina la ausencia de cohesión social y alta competitividad. contexto donde no surgen problemas por un continuo proceso de cambio y globalización. Los programas de mediación. Conllevan a la formación de ciudadanos capaces de convivir sin conflictos. Conllevan a la formación de ciudadanos capaces de convivir de manera dictatorial. Conllevan a la formación de ciudadanos capaces de convivir libremente sin condiciones. Conllevan a la formación de ciudadanos capaces de convivir democráticamente. La persona mediadora es: Neutral sólo participa favoreciendo el proceso, siempre tomando decisiones, ya que serán las partes las que tendrán que llegar al acuerdo final. Neutral sólo participa favoreciendo el proceso, nunca tomando decisiones, ya que serán las partes las que tendrán que llegar al acuerdo final. Neutral sólo participa desfavoreciendo el proceso, nunca tomando decisiones, ya que serán las partes Las que tendrán que llegar al acuerdo final. Neutral sólo participa favoreciendo el proceso, nunca tomando decisiones, ya que será la persona mediadora la que tendrá que llegar al acuerdo final. El modelo interdisciplinar: Propone que el ejercicio de la mediación ase interdisciplinario, es decir, que no la realicen profesionales de distintas disciplinas. Propone que el ejercicio de la mediación sea interdisciplinario, es decir, que la realicen profesionales de las mismas disciplinas. Propone que el ejercicio de la mediación sea disciplinario, es decir, que la realicen profesionales de distintas disciplinas. Propone que el ejercicio de la mediación sea interdisciplinario, es decir, que la realicen profesionales de distintas disciplinas. La elaboración de la normativa estatal responde a: La incorporación al Derecho Español de la directiva europea y el impulso que, en los últimos años, ha experimentado la mediación en el ámbito de las comunidades autónomas y el éxito de estas experiencias. La incorporación al Derecho Español de la directiva europea y el impulso que, en los últimos años, ha experimentado el conflicto en el ámbito de las comunidades autónomas y el éxito de estas experiencias. La incorporación al Derecho Español de la directiva europea y el impulso que, en los últimos años, ha experimentado la violencia en el ámbito de las comunidades autónomas y el éxito de estas experiencias. La incorporación al Derecho Español de la directiva europea y el impulso que, en el presente año, ha experimentado la mediación en el ámbito de las comunidades autónomas y el éxito de estas experiencias. El principal objetivo de la mediación según el modelo transformativo: Consiste en el acercamiento y entendimiento de las personas que no se han implicado en el conflicto. Consiste en el acercamiento y entendimiento de las personas implicadas en el conflicto. Consiste en el distanciamiento y entendimiento de las personas implicadas en el conflicto. Consiste en el distanciamiento y entendimiento de la persona mediadora. En la directiva: Los estados tienen la obligación de transponerla a su ordenamiento jurídico, pero pueden elegir la manera de hacerlo. Los estados tienen la libertad de transponerla a su ordenamiento, pero pueden elegir la manera de hacerlo. Los estados no tienen la obligación de transponerla a su ordenamiento jurídico, pero pueden elegir la manera de hacerlo. Los estados tienen la obligación de transponerla a su ordenamiento jurídico, pero no pueden elegir la manera de hacerlo. En el modelo tradicional: El logro de la mediación se obtendrá cuando se llegue a un acuerdo en el que, aunque no se satisfagan las necesidades de las partes se resuelva el problema. El logro de la mediación se obtendrá cuando se llegue a un acuerdo que satisfagan las necesidades delas partes, aunque no resuelva el problema. El logro de la mediación se obtendrá cuando, aunque no se llegue a un acuerdo se resuelva el problema. El logro de la mediación se obtendrá cuando se llegue a un acuerdo que satisfagan las necesidades de las partes y resuelva el problema. Entre los principios de mediación encontramos: Obligatoriedad, imparcialidad, confidencialidad, protagonismo de las partes e igualdad. Voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad, protagonismo de las partes e Igualdad. Voluntariedad, imparcialidad, publicidad, protagonismo de las partes e Igualdad. Voluntariedad, imparcialidad, confidencialidad, protagonismo de la persona mediadora e igualdad. Calcaterra (2002) propone que en ciertos casos exista limites en la mediación: Casos de violencia, de abuso y violación y casos donde alguna de las partes tenga patologías emocionales graves. Casos de violencia, de abuso y violación y casos donde alguna de las partes no presente patologías emocionales graves. Casos de delincuencia, de abuso y violación y casos donde alguna de las partes tenga patologías emocionales graves. Casos de paz y casos donde alguna de las partes tenga patologías emocionales graves. El modelo interdisciplinar es especialmente usado en el ámbito. Laboral. Familiar. Penal. Empresarial. El modelo circular-narrativo: Tiene por objeto llegar a un acuerdo, si bien el énfasis está puesto en la comunicación y en la interacción de las partes. Tiene por objeto llegar a un pacto, si bien el énfasis está puesto en el silencio y en la interacción de las partes. Tiene por objeto llegar a un acuerdo, si bien el énfasis está puesto en la escucha y en la interacción delas partes. No tiene por objeto llegar a un acuerdo. El reglamento se puede definir como: Una disposición que se incorpora indirectamente al orden jurídico del país, desde el momento de su promulgación, convirtiendo en inaplicables las normas nacionales que la contradigan. Una disposición que se incorpora directamente al orden jurídico del país, desde el momento de su promulgación, convirtiendo en inaplicables las normas internacionales que la contradigan. Una disposición que se incorpora directamente al orden jurídico del país, desde el momento de su promulgación, convirtiendo en aplicables las normas nacionales que la contradigan. Una disposición que se incorpora directamente al orden jurídico del país, desde el momento de su promulgación, convirtiendo en inaplicables las normas nacionales que la contradigan. La mediación se puede definir como: Un proceso al que se llega cuando el conflicto existente entre dos personas se puede solventar por ellas mismas. Un proceso al que se llega cuando no existe un conflicto entre dos o más personas. Un proceso al que se llega cuando las partes implicadas en un conflicto pueden solucionar sus diferencias por ellas mismas. Un proceso al que se llega cuando se agotan las posibilidades de solventar un conflicto entre dos o más personas implicadas por ellas mismas. Según Calcaterra una de las ventajas que aporta la mediación es: Aumenta la sobrecarga del sistema judicial. Resulta más barata y es más lenta. Disminuye la sobrecarga del sistema judicial. Resulta más cara y más lenta. Disminuye la sobrecarga del sistema judicial. Resulta más barata y rápida. Disminuye la sobrecarga del sistema judicial. Resulta más cara y rápida. Según BUSH, una de las desventajas de la mediación es: El resultado puede verse agravado por la presencia de normas procesuales. El resultado puede verse favorecido por la ausencia de normas procesuales. El resultado puede verse favorecido por la presencia de normas procesuales. El resultado puede verse agravado por la ausencia de normas procesuales. La mediación contempla valores como: La escucha y compresión, únicamente. El diálogo, la tolerancia, sin aceptar la opinión del otro. El diálogo, la tolerancia, la aceptación del otro, la comprensión y respeto de la diferencia. No contempla ningún tipo de valor. El punto de inicio de la utilización de técnicas de mediación surgió en la década de los treinta: Con la necesidad de regular de forma pacífica las diferencias laborales entre: empresarios y obreros americanos, dando lugar a la creación de la Federal Mediation and Conciliation Service(FMCS). Con la necesidad de regular de forma violenta las diferencias laborales entre: empresarios y obreros americanos, dando lugar a la creación de la Federal Mediation and Conciliation Service (FMCS). Con la necesidad de regular de forma violenta las diferencias salariales entre: empresarios y obreros americanos, dando lugar a la creación de la Federal Mediation and Conciliation Service (FMCS). Con la necesidad de regular de forma pacífica las diferencias laborales entre: empresarios y obreros americanos, dando lugar a la abolición de la Federal Mediation and Conciliation Service (FMCS). |