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tema 1 procesal penal

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Título del Test:
tema 1 procesal penal

Descripción:
parte 2 de 5

Fecha de Creación: 2026/06/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Temario:

La igualdad de armas en el proceso penal se conecta con: El derecho a la tutela judicial efectiva, defensa y proceso con todas las garantías. El principio de jerarquía administrativa. La potestad sancionadora de la Administración.

El principio de audiencia o contradicción se resume en que: Nadie puede ser condenado sin ser oído y vencido en juicio. Nadie puede ser investigado sin querella previa. Nadie puede recurrir una sentencia absolutoria.

En el procedimiento abreviado, el juicio en ausencia del acusado puede celebrarse si la pena solicitada no excede de: Cinco años de prisión o diez años si es de otra naturaleza. Dos años de privación de libertad o seis años si es de distinta naturaleza. Un año de prisión o tres años si es multa.

El principio acusatorio comprende esencialmente: Existencia de acusación, correlación acusación-sentencia y prohibición de reformatio in peius. Instrucción secreta, prueba tasada y ejecución administrativa. Unidad de acto, inmediación y cosa juzgada material exclusivamente civil.

La correlación entre acusación y sentencia impide: Condenar por hecho punible distinto del acusado o a sujeto distinto del acusado. Absolver si el Ministerio Fiscal mantiene acusación. Modificar las conclusiones provisionales en conclusiones definitivas.

La prohibición de reformatio in peius opera para evitar que: El órgano de apelación empeore la situación del recurrente sin acusación o recurso que lo permita. El acusado sea absuelto por falta de prueba. El Ministerio Fiscal solicite prueba en instrucción.

La oralidad en el proceso penal se manifiesta especialmente en: La práctica de la prueba, informes, última palabra y sentencia fundada en la prueba practicada en juicio. La tramitación exclusivamente escrita de toda la causa. La sustitución del juicio oral por la lectura del atestado.

La inmediación exige que: El juez que resuelve haya asistido directamente a la práctica de la prueba. El juez instructor sea siempre el mismo que dicta sentencia. El Ministerio Fiscal practique la prueba ante la Policía Judicial.

La publicidad del juicio oral, en el temario, se califica como: Regla absoluta cuya infracción puede provocar nulidad, sin perjuicio de excepciones legales de puerta cerrada. Regla irrelevante en materia criminal. Principio aplicable solo a la instrucción.

Para que exista indefensión constitucionalmente relevante se exige, entre otros requisitos: Privación o limitación material de oportunidades de defensa con incidencia efectiva en el fallo. La mera discrepancia con la estrategia de defensa. Que la sentencia sea condenatoria aunque haya habido contradicción plena.

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