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TEMA 10 - 14

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Título del Test:
TEMA 10 - 14

Descripción:
BANCOS BIOLOGICOS (EXAMEN)

Fecha de Creación: 2024/01/14

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

Valoración:(5)
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Temario:

La estructura organizativa responsable de la atención especializada a la salud mental de la población que incorpora los dispositivos asistenciales de salud mental del área hospitalaria o área de gestión sanitaria correspondiente se denomina: Unidad de gestión clínica de salud mental. Unidad de salud mental comunitaria. Dispositivo Asistencial de Salud Mental. Comunidad terapéutica de salud mental.

Un biobanco es una institución que deberá: No tener ánimo de lucro. Ser obligatoriamente un establecimiento privado. Ser obligatoriamente un establecimiento público. Acoger muestras químicas.

La definición de biobanco se encuentra en: La Ley General de Sanidad. La Ley del Medicamento. La Ley de Investigación Biomédica. La Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana AsistidaLa Ley sobre Técnicas de Reproducción Humana Asistida.

El Real Decreto 1716/2011 regula: Los derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica. La protección de los datos personales sanitarios. Las relaciones entre los biobancos de las distintas Comunidades Autónomas. Los requisitos básicos de autorización y funcionamiento de los biobancos.

La constitución y funcionamiento de biobancos con fines de investigación biomédica en Andalucía se regulan por medio de: Una Orden de la Consejería con competencias en materia de salud. Ninguna de las otras respuestas es correcta. Un Decreto. Una Ley.

El Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía depende de: El Servicio Andaluz de Salud. La Consejería con competencias en materia de salud. El Parlamento de Andalucía. La Presidencia de la Junta de Andalucía.

¿Quién preside el Consejo Rector del Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía?. El Director General de Gestión Económica y Servicios del Servicio Andaluz de Salud. El Presidente de la Junta de Andalucía. La persona titular de la Consejería competente en materia de salud, o persona en quién ésta delegue. El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud.

El Comité Científico del Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía es nombrado por: El Director Gerente del Servicio Andaluz de Salud. La persona titular de la Consejería competente en materia de salud, o persona en quién ésta delegue. El Parlamento de Andalucía. El Consejo Rector del Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía.

La concesión de la autorización para la constitución y funcionamiento de biobancos no deberá contar con uno de los requisitos siguientes: Que su titularidad sea pública. Que la organización, objetivos y medios disponibles del biobanco justifiquen su interés biomédico. Que el biobanco esté adscrito a dos comités externos, uno científico y otro de ética. Que se haya designado a la persona titular de la dirección científica del biobanco y a la persona responsable del fichero.

El Registro Andaluz de Biobancos es de carácter: Privado e informativo. Público e informativo. Público y consultivo. Público y formativo.

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