Tema 10 Escala Básica Policía Nacional
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Título del Test:![]() Tema 10 Escala Básica Policía Nacional Descripción: Entrada y circulación en España ciudadanos comunitarios |




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La Ley que regula los derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social es: Ley orgánica 4/2000 de 11 de enero. RD 240/2007 de 16 febrero. Ley orgánica 4/2015 de 30 de marzo. Puede el hijo mayor de veintiún años de la pareja del miembro de la UE o EEE acogerse a las condiciones para el ejercicio de los derechos de entrada y salida, libre circulación, estancia, residencia, residencia de carácter permanente y trabajo en España: No, solo se aplica a menores de veintiún años. Sí, cuando le acompañen o se reúnan con el miembro de la UE o EEE. Sí, en casos de que vivan a cargo del miembro de la UE o EEE, o sean incapaces. Es ejemplo de miembro de la familia que también puede solicitar la aplicación de las disposiciones previstas en el RD 240/2007. Un cuñado filipino que quiera estudiar en España. La pareja de hecho etíope de la que se ha divorciado hace diez días. Una suegro ruso con el que está viviendo hasta el momento de volver a España. Se aplica el RD /240/2007 a miembros de la familia del ciudadano de la UE o EEE, cuando le acompañen o se reúnan con él: A la pareja que mantenga una unión anaáloga a la conyugal inscrita en un registro público. A sus descencientes directos pero no a los de su cónyuge o pareja registrada. A sus ascendientes directos naturales de los países parte de la lista de terceros países sometidos a al exigencia de visado. La existencia de un vínculo duradero en el caso de pareja de hechos se entenderá: En todo caso, si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuado. En todo caso, si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, dos años continuados. En todo caso, si se acredita un tiempo de convivencia marital de, al menos, un año continuadosalvo que tuvieran descendencia en común. La entrada en territorio español del ciudadano de la Unión se efectuará: Con el pasaporte o documento de identidad válido. Con el pasaporte o documento de identidad válido y en vigor. Con el pasaporte o documento de identidad válido y en vigor y en el que conste la nacionalidad del titular. La expedición del visado será: Gratuita y de carácter preferente. Gratuita en todo caso. De carácter preferente salvo cuando sea para periodo temporal no superior a tres meses. Para justificar la entrada y estancia en España los extranjeros deberán presentar... Los documentos que acrediten el objeto, condiciones de estancia y medios de vida suficientes. Los documentos que acrediten el objeto, condiciones de estancia y medios de vida suficientes y además será preciso un visado en los casos que se requiera. Con la tarjeta de identidad de extranjero o una autorización de entrada es suficiente. De conformidad con el artículo 25 de la Ley 4/2000, ¿tienen que justificar el objeto y condiciones de estancia los extranjeros que soliciten acogerse al derecho de asillo en el momento de entrada en España?. Sí, igual que el resto de extranjeros. Sí, solo depende de si es natural de un país perteneciente a la lista de terceros países a cuyos nacionales sí se les exige visado de entrada. No, porque dicha concesión se regirá por lo dispuesto en la Ley 12/2009. La estancia ininterrumipida o estancias sucesivas por un período o suma de períodos cuya duración total no excede de tres meses por semestre lo habilita: Visado de tránsito. Visado de estancia. Visado de residencia. La entrada y estancia por un periodo máximo de tres meses y para el comienzo, en ese plazo, de la actividad laboral previamente autorizado, lo habilita: Visado de tránsito. Visado de residencia y trabajo. Visado de residencia. Si un miembro de la UE o EEE dispone de recursos suficientes y de un seguro de enfermedad podrá: Residir en España por un periodo superior a 3 meses. Residir en España por un periodo superior a 3 meses siempre y cuando esté trabajando por cuenta ajena o propia. Permanecer en España por un periodo superior a 3 meses e inferior a 6 meses pero no podrá residir. Si el miembro de la UE o EEE está trabajando por cuenta ajena y sufre una incapacidad temporal resultante de una enfermedad o accidente, ¿tendrá derecho a seguir residiendo en España?. Sí, porque es un caso en lo que se mantiene la condición de trabajador. No, porque supone una carga para la asistencia social en España. Sí, si ha trabajado durante más de un año ininterrumpidamente inmediatamente anterior a la incapacidad. Si el miembro de la UE o EEE se queda desempleado y se apunta a un curso de formación profesional, ¿cuál es el requisito para mantener la condición de trabajador y seguir residiendo en España?. Que la formación guarde relación con el empleo previo. Que haya estado inscrito en el servicio de empleo competente con el fin de encontrar un trabajo los seis meses anteriores a la formación. Que tenga la tarjeta de desempleo válida y en vigor. La inscripción en el Registro Central de Extranjeros por parte de los nacionales de la UE o EEE que deseen permanecer o fijar su residencia en España es: Obligatoria. Requerida dependiendo de cada caso. Opcional. Señala qué documento están obligados a solicitar y obtener los familiares que no ostenten la nacionalidad de ningún estado de la UE o EEE, cuando le acompañen o se reúnan con él, para residir en España por un período superior a tres meses: Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. Tarjeta de extranjero. Certificado de residencia de familiar de ciudadano de la Unión. La expedición de la tarjeta de residiencia de familiar de ciudadano de la Unión deberá realizarse en el plazo de: 3 meses siguientes a la presentación de la solicitud. 2 meses siguientes a la presentación de la solicitud. 2 meses siguientes a la fecha de entrada en España. La Tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión tendrá una validez de: Cuatro años. Cinco años. Tres años. En el caso de nulidad del vínculo matrimonial, divorcio o cancelación de la inscripción como pareja registrada, de un miembro de la UE o EEE, con un nacional de un Estado que no lo sea, podrá conservar el derecho de residencia si: Durante al menos dos años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del proceso judicial de divorcio, de los cuáles deberá acreditarse que al menos uno de los años ha transcurrido en España. Durante al menos tres años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del proceso judicial de divorcio, de los cuáles deberá acreditarse que al menos uno de los años ha transcurrido en España. Durante al menos cinco años del matrimonio o situación de pareja registrada, hasta el inicio del proceso judicial de divorcio, de los cuáles deberá acreditarse que al menos dos de los años ha transcurrido en España. El Arraigo Social está considerado como una autorización de residencia... Inicial. De larga duración. Por circunstancias excepcionales. ¿Necesito un contrato de trabajo para solicitar la residencia de Larga Duración?. No. Sí. Sólo cuando hemos tenido tarjeta de residencia por cuenta ajena. ¿Qué ocurre si no renuevo la tarjeta de residencia temporal en los plazos legales?. Si se renueva los 90 días posteriores, se admitirá a trámite la renovación pero podrán ponernos una multa económica. Se quedará en situación irregular. No pasa nada, se puede renovar en cualquier momento. Se puede hacer la reagrupación familiar a un sobrino. Sí. No. Y a los primos, tíos y hermanos. |