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TEST TEMA 10 PROCESAL I

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Título del Test:
TEST TEMA 10 PROCESAL I

Descripción:
TEMA 10 PROCESAL I

Fecha de Creación: 2026/01/07

Categoría: Otros

Número Preguntas: 28

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¿Cuáles son las finalidades y efectos de la audiencia previa en el proceso ordinario?. La audiencia previa busca examinar cuestiones procesales, intentar conciliación o transacción, delimitar el objeto del proceso, admitir pruebas y fijar la fecha de inicio del juicio. Tiene como único fin la comprobación de la identidad de las partes y la verificación de sus domicilios. Su función se limita a la admisión de pruebas y no interviene en la conciliación o fijación del objeto del proceso. Se realiza únicamente para formalizar el acuerdo de transacción entre las partes sin discutir cuestiones procesales.

¿Qué particularidad presenta la demanda en el juicio verbal sin abogado y procurador?. No admite la presentación de hechos, limitándose únicamente a identificar a las partes. Exige una demanda más elaborada para compensar la falta de representación legal. Obliga a la inclusión de todos los elementos de la demanda ordinaria sin excepción. Permite formular una demanda sucinta que incluya identificación de las partes y hechos fundamentales.

¿Qué define la demanda en el proceso civil?. Funciona como un escrito de apelación contra resoluciones previas. Es simplemente un documento informativo que notifica a las partes. La demanda es el instrumento procesal que inicia el proceso civil y permite al actor afirmar su acción. Se trata de un recurso accesorio para impugnar decisiones judiciales.

¿Cómo se adapta la presentación de escritos a las TIC según la LEC en el ámbito civil?. Se recomienda el uso de medios electrónicos, pero se permite la presentación en papel según preferencia. La adaptación a las TIC se limita exclusivamente a la comunicación interna entre juzgados. Solo los documentos probatorios deben presentarse por vía digital, mientras los escritos se mantienen en papel. Se establece la obligatoriedad de la vía telemática para la transmisión de escritos y documentos, ajustándose a la realidad digital.

¿Qué requisitos se exigen para la presentación de documentos privados en la demanda?. Deben entregarse en original o en copia auténtica, asegurando la veracidad del contenido, según el art. 268 de la LEC. Pueden ser presentados en cualquier formato siempre que se acredite su origen, sin especificaciones de originalidad o autenticidad. Los documentos privados deben presentarse únicamente en original, sin admitir copias. Es suficiente presentar una fotocopia ya que se presume su autenticidad.

¿Cómo se acompaña la demanda con documentos públicos según la LEC?. Mediante la presentación de una copia simple en papel o electrónica, conforme al art. 267 de la LEC. La ley exige que los documentos públicos se presenten en formato digital certificado exclusivamente. Únicamente se deben presentar en original para garantizar su autenticidad. Se deben acompañar con una copia jurada, sin permitir versiones electrónicas.

¿Cómo se distinguen los elementos subjetivos y objetivos en una demanda?. No existe diferencia real entre elementos subjetivos y objetivos en la demanda. Los elementos subjetivos son aquellos que se expresan en hechos y fundamentos, y los objetivos se refieren a datos formales. Los elementos subjetivos identifican al órgano y a las partes, mientras que los objetivos incluyen hechos, fundamentos y la petición. Los subjetivos son irrelevantes para la demanda, mientras que solo los objetivos tienen importancia procesal.

¿En qué casos se utilizan impresos normalizados para formular la demanda?. En procesos de cuantía inferior a 2.000 euros donde no es necesaria la intervención de abogado y procurador. Se emplean exclusivamente en procesos de cuantía elevada para simplificar la presentación. Se utilizan únicamente cuando se requiere una autenticación notarial de la demanda. Son obligatorios en todos los procesos en los que actúe abogado y procurador.

¿Qué información deben incluirse al identificar las partes en la demanda?. Datos completos que permitan identificar al actor y demandado, incluyendo domicilio o residencia y, de ser necesario, la identificación de procurador y abogado. Es suficiente con identificar al actor, ya que el demandado se precisa en etapas posteriores. Solo se requiere mencionar los nombres de las partes sin detallar domicilios. Únicamente se deben indicar los datos del abogado y procurador, sin detalles de las partes.

¿Qué opciones tiene el demandado al ser notificado de una demanda?. Una vez notificado, no puede realizar alegaciones salvo mediante reconvención. La única opción es comparecer y presentar una contestación formal a la demanda. Puede optar por la rebeldía, comparecencia sin contestación, o comparecencia presentando contestación a la demanda. Debe comparecer obligatoriamente, sin posibilidad de optar por la rebeldía.

¿Por qué deben presentarse los escritos de forma telemática en la justicia civil?. Porque la normativa actual impide la comunicación en papel y optimiza la operatividad mediante herramientas digitales. Porque la ley exige el uso de papel únicamente para documentos probatorios, no para escritos. Se presenta telemáticamente solo para agilizar el proceso de firma, pero no afecta la comunicación en papel. La presentación digital es opcional y se utiliza solo en casos de alta urgencia.

¿Qué función tienen los fundamentos de derecho en la demanda?. Servir de sustento legal a la pretensión, indicando tanto cuestiones sustantivas como procesales. Proveer datos de identificación de las partes de forma complementaria a la demanda. Actuar como un mero resumen informativo sin implicaciones legales. Detallar únicamente los hechos ocurridos para demostrar la verdad material del litigio.

¿Cómo deben presentarse los hechos en una demanda de acuerdo a la LEC?. Mediante una lista sin importar la claridad en su redacción. En un párrafo único sin necesidad de numeración, dado que la estructura depende del estilo del actor. De forma aleatoria, siempre que se mencionen todos los hechos relevantes sin necesidad de orden. De forma numerada, ordenada y clara, permitiendo su admisión o negación mediante una exposición separada.

¿Cuáles son los motivos de inadmisión de la demanda por cuestiones de fondo?. La inadmisión por fondo ocurre cuando los hechos narrados no son lo suficientemente detallados. Se inadmiten cuando existen errores formales en la redacción de la demanda. Se pueden inadmitir en casos de tutela judicial imposible o situaciones absurdas que vulneren principios constitucionales. La demanda se rechaza por cuestiones de fondo únicamente si se omiten datos de identificación de las partes.

¿Qué distingue la estructura de la demanda en el proceso ordinario respecto al juicio verbal?. El juicio verbal exige una demanda extensa y detallada sin excepciones. Aunque comparten contenido y forma, en el juicio verbal se admite una formulación sucinta en ausencia de abogado y procurador. No existe diferencia alguna en la forma de redactar la demanda entre ambos procesos. La demanda en el juicio verbal solo difiere en la forma de presentación documental.

¿Qué tipos de documentos se consideran procesales y acompañan a la demanda?. Únicamente aquellos que demuestran la existencia de hechos relevantes, sin relación con la representación. Incluyen únicamente contratos y acuerdos extrajudiciales sin relación directa con el proceso. Documentos como el poder de representación y dictámenes que acrediten aspectos relacionados con el proceso. Se limitan a informes técnicos que acrediten la validez de la demanda sin incluir poderes.

¿En qué casos se declara inadmisible la demanda por falta de jurisdicción o competencia?. Solo se declara inadmisible si se incumple el plazo de contestación de la demanda. Cuando el demandante omite la firma en el escrito de demanda. Se considera inadmisible únicamente si se presentan documentos insuficientes sin verificar la competencia del tribunal. Cuando no se acredita la concurrencia de los presupuestos procesales o se presentan defectos formales en la determinación del tribunal competente.

¿Cuál es la forma que debe tener la demanda en el procedimiento ordinario según la ley?. Se limita a un encabezamiento y la formularización de la petición sin estructuración adicional. Se compone únicamente de los hechos y la petición, sin necesidad de otros elementos. Debe estructurarse con encabezamiento, exposición numerada y clara de hechos, fundamentos de derecho, petición, otrosí, fecha y firma. Incluye solo la exposición de hechos y fundamentos, ya que la firma es opcional.

¿Cuáles son los componentes del esquema general de una demanda según lo expuesto?. Una simple combinación de datos del demandante y su reclamación, sin estructura detallada. Identificación del tribunal, hechos y conclusiones, sin incluir una sección de petición formal. Encabezamiento, exposición de hechos y fundamentación, sin necesidad de otrosí o firma. Encabezamiento, hechos, fundamentos de derecho, petición, otrosí, y fecha y firma.

¿Cómo se define la litispendencia y cuáles son sus dos dimensiones?. La litispendencia impide procesos duplicados por identidad de causa y se manifiesta como una excepción procesal y un estado de efectos materiales y procesales. Se define únicamente por la prohibición de iniciar un nuevo proceso por la misma causa. Es simplemente la repetición del proceso ante distintos tribunales sin producir efectos adicionales. Solo se manifiesta como un estado que afecta los efectos materiales de la relación jurídica.

¿En qué momento deben presentarse los documentos que acompañan la demanda?. Su presentación puede ser diferida hasta la contestación de la demanda sin consecuencias legales. Se entregan únicamente si el tribunal lo solicita expresamente en una etapa avanzada. Deben presentarse junto con la demanda, salvo las excepciones establecidas, conforme a los arts. 264 a 268 de la LEC. Pueden presentarse en una fase posterior, una vez admitida la demanda, sin afectar el proceso.

¿Qué función tienen los documentos sobre el fondo que acompañan la demanda?. Sirven para fundamentar la pretensión del actor mediante el aporte de pruebas que respaldan el contenido de la demanda. Tienen como función principal la verificación de los plazos de presentación procesal. Actúan como respaldos documentales que solo son relevantes en etapas probatorias avanzadas. Se utilizan únicamente para acreditar la identidad de las partes sin influir en la pretensión.

¿Qué característica principal debe tener la petición en la demanda?. Se permite que se redacte de forma ambigua si se aclara posteriormente. Puede ser imprecisa siempre que se complementen con documentos probatorios. Debe estar expresada con claridad y precisión, diferenciando cada pronunciamiento judicial solicitado. No es relevante que detalle cada pronunciamiento judicial, basta con una solicitud general.

¿Cuál es el rol del órgano jurisdiccional como elemento subjetivo en la demanda?. Solo verifica la autenticidad de los documentos presentados. Identificar el tribunal competente conforme a las reglas de jurisdicción y competencia. Se encarga exclusivamente de dirigir la vista oral del proceso. Determinar únicamente la ubicación geográfica de las partes en el proceso.

¿Qué efectos procesales se derivan de la litispendencia en un proceso civil?. Se limitan únicamente a evitar que se presenten nuevos documentos durante el proceso. Únicamente implican la suspensión del proceso hasta que se aclare la competencia del tribunal. Incluyen la excepción de litispendencia, el mantenimiento del órgano judicial, la prohibición de cambio de demanda y de innovaciones una vez interpuesta la demanda. Consisten en la anulación total del proceso sin posibilidad de continuación.

¿Cómo se diferencian los fundamentos de derecho de fondo de los procesales?. Los de fondo se ocupan de cuestiones formales y los procesales de temas sustanciales. La diferencia radica en que uno es obligatorio y el otro es opcional en la demanda. Los fundamentos de fondo abordan el asunto principal en disputa, mientras que los procesales tratan aspectos de capacidad, representación y reglas jurisdiccionales. Ambos se refieren únicamente a los hechos relevantes sin distinción alguna.

¿Qué consecuencias implica no presentar los documentos en el momento adecuado junto con la demanda?. Únicamente retrasa la resolución del juicio sin afectar la validez de la demanda. Precluye su admisión en el proceso, afectando la sustanciación de la pretensión. Solo se anulan los efectos probatorios de los documentos, sin perjudicar la pretensión principal. No tiene consecuencias, ya que los documentos pueden ser presentados en cualquier momento del proceso.

¿Por qué es importante la numeración y claridad en la exposición de hechos en la demanda?. Porque cumple un requisito estético en la redacción judicial, sin mayor efecto procesal. Porque facilita la contestación por el demandado y permite una valoración ordenada de cada hecho. Porque permite que se evite la presentación de pruebas documentales. Solo es relevante para la presentación de documentos privados, no para hechos.

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