TEMA 10 VIDONA
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Título del Test:![]() TEMA 10 VIDONA Descripción: Ordenación de enseñanzas universitarias oficiales I |




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Los títulos oficiales serán expedidos. en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hayan terminado las enseñanzas que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos básicos que respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hayan comenzado las enseñanzas que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos básicos que respecto a su formato, técnica y procedimiento de expedición establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Universidades. en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hayan terminado las enseñanzas que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos básicos que respecto a su formato, texto y procedimiento de expedición establezca el Gobierno, previo informe de la Conferencia General de Política Universitaria. en nombre del Rey, por el Rector de la Universidad en que se hayan terminado las enseñanzas que den derecho a su obtención, de acuerdo con los requisitos básicos que respecto a su forma, técnica y procedimiento de expedición establezca el Gobierno, previo informe del Consejo de Gobierno. Los planes de estudio. serán elaborados por las Universidades, verificados por el Consejo de Universidades y autorizados por la correspondiente Comunidad Autónoma. serán elaborados por las Universidades, verificados por el Consejo Gobierno y autorizados por la ANECA. serán elaborados por las Comunidades Autónomas, verificados por la ANECA y autorizados por las Universidades. serán elaborados por el Consejo de Universidades, verificados por la Comunidad Autónoma correspondiente y autorizados por la Conferencia General de Política Universitaria. ¿Quién elabora los planes de estudio?. Las Universidades. Los Consejos de Gobierno de las Comunidades Autónomas. El Ministerio de Educación. El Consejo de Universidades. ¿Quién verifica los planes de estudio?. Consejo de Universidades. Conferencia General de Política Universitaria. ANECA. La Comunidad Autónoma correspondiente. ¿Quién autoriza los planes de estudio?. El Consejo de Universidades. la ANECA. La Comunidad Autónoma correspondiente. La Universidad. En el supuesto de convenios con universidades extranjeras. en todo caso, la universidad española custodiará los expedientes de los títulos que expida. en todo caso, la universidad extranjera custodiará los expedientes de los títulos que expida. en todo caso, la universidad española y la extranjera alternarán la custodia de los expedientes de los títulos que expida. Todas son correctas. ¿Cuál de éstos NO es un principio general del diseño de los nuevos títulos? Los planes de estudios deberán tener en cuenta que cualquier actividad profesional debe realizarse: Desde el respeto a los derechos fundamentales y de igualdad entre hombres y mujeres con enseñanzas relacionadas con estos derechos. Desde el respeto y promoción de los derechos humanos y los principios de accesibilidad universal y diseño para todos con conformidad a disposición final décima Ley 51/2003, de 2 de diceimbre, de Igualdad de Oportunidades, no Discriminación y Accesibilidad Universal de las Personas con Discapacidad, con enseñanzas relacionadas con dichos derechos y principios. De acuerdo con los valores propios de una cultura de paz y de valores democráticos, con enseñanzas relacionadas con dichos valores. Atendiendo a las normas básicas de convivencia entre las naciones de la Unión Europea. La calificación del Doctorado será de "no apto", "aprobado", "notable" y "sobresaliente". El tribunal podrá otorgar la mención de "cum laude"... si la clasificación global es de sobresaliente y se emite voto por unanimidad. faltaría más. Los precios públicos de las enseñanzas universitarias oficiales. los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los costes de la prestación del servicio. los fijará la Comunidad Autónoma, dentro de los límites que establezca el Consejo de Universidades, que estarán relacionados con los costes de la prestación del servicio. los fijará el Consejo de Universidades, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los costes de la prestación del servicio. los fijará cada universidad, dentro de los límites que establezca la Conferencia General de Política Universitaria, que estarán relacionados con los costes de la prestación del servicio. |