Tema 11
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Título del Test:
![]() Tema 11 Descripción: Tema 11 |



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Cuando comienza a contar la prescripcion de las infracciones. En el momento que se cometen. Al dia siguiente de cometerse. Cuando se inicie el procedimiento. Duracion de la sanción de clausura de locales. 6m-5a. 1a-5a. 6m-15a. Cuando se aplicara el procedimiento preferente. infracciones a y b del art 54, infracciones a, d y f del art 53 (G 4/2015, seguridad pública y retraso >3m) y condenado a >1a ppl. infracciones a y b del art 54, infracciones e, g y h del art 53 (G 4/2015, seguridad pública y retraso >3m) y condenado a >1a ppl. infracciones a y b del art 54, infracciones a d y f del art 53 (G 4/2015, seguridad pública y retraso >3m) y condenado a >6a ppl. El procedimiento preferente se aplicará a la infracción 53.1 a) si se aprecia. Riesgo de incomparecencia, evite o dificulte la expulsión, riesgo para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional. Riesgo de incomparecencia, evite o dificulte la expulsión, riesgo para el orden público, la seguridad pública o la seguridad de España. Riesgo de incomparecencia, evite o dificulte la expulsión, peligro para el orden público, la seguridad pública o la seguridad nacional. Procedimiento simplificado. Plazo para actuaciones y alegaciones y del segundo plazo de alegaciones. 10 y 5d. 15 y 7d. 10 y 7d. Plazo para la fase de prueba en el procedimiento ordinario. 10-30d. 7-30d. 15-30d. Serán competentes para ordenar la incoación del procedimiento sancionador. Delegados y Subdelegados del Gobierno. Jefes de Oficinas de Extranjería. Comisario General de Extranjería y Fronteras. Jefe Superior de Policía. Comisarios Provinciales y las personas titulares de las comisarías locales y puestos fronterizos. Personas titulares de comisarías de distrito. Jefe de la OAR. Jefe de Comandancia de la Guardia Civil. Para expulsar a un beneficiario de PI. Condenado por sentencia firme por un delito de especial gravedad, constituye un peligro para España o motivos razonables para considerar que constituye un peligro para la seguridad de España. En caso de que realicen conductas de las tipificadas como muy graves, o conductas graves de las previstas en los apartados a), b), c), d) y f) del artículo 53.1. Condenado a más de 6a de pena privativa de libertad. La sanción de expulsión no podrá ser impuesta, salvo que la infracción cometida sea la prevista en el artículo 54, letra a) del apartado 1, o suponga una reincidencia en la comisión, en el término de un año, de una infracción de la misma naturaleza sancionable con la expulsión, a los extranjeros que se encuentren en los siguientes supuestos: Los nacidos en España que hayan residido legalmente en los últimos cinco años. Los residentes de larga duración. Los que hayan sido españoles de origen y hubieran perdido la nacionalidad española. Beneficiarios de una prestación por incapacidad permanente o prestación contributiva por desempleo o asistencial. Cónyuge del extranjero que se encuentre en alguna de las situaciones señaladas anteriormente y que haya residido legalmente en España durante más de dos años. Embarazadas y enfermos que les suponga un riesgo. Cónyuge del extranjero que se encuentre en alguna de las situaciones señaladas anteriormente y que haya residido legalmente en España durante más de tres años. Los residentes de larga duración o temporales. Incurrirán en responsabilidad administrativa. quienes sean autores o participen en cualquiera de las infracciones tipificadas en los artículos siguientes. quienes sean autores y participen en cualquiera de las infracciones tipificadas en los artículos siguientes. quienes sean autores en cualquiera de las infracciones tipificadas en los artículos siguientes. |




