TEMA 11
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Título del Test:![]() TEMA 11 Descripción: Bloque de ordenanzas |



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En caso de pérdida, por quien conduzca, de las condiciones físicas necesarias para conducir el vehículo de que se trate, cuando pueda derivarse un riesgo grave para la circulación, las personas o los bienes. INMOVILIZACIÓN (235 OMS). RETIRADA (236 OMS). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando, por las condiciones del vehículo, se considere que constituye peligro para la circulación o produzca daños en la calzada. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el vehículo exceda de la altura, longitud o ancho reglamentariamente autorizados por la normativa estatal en materia de tráfico, circulación y seguridad vial y las condiciones de la vía. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el vehículo circule con carga superior a la autorizada o su colocación exceda, en altura o anchura, a las permitidas por la normativa estatal en materia de tráfico, circulación y seguridad vial. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando, previa consulta a las bases de datos correspondientes de la DGT, se determine que quien conduzca carece de permiso de conducción válido y/o no pueda acreditar ante el agente que lo posee. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando las posibilidades de movimiento o el campo de visión de quien conduzca resulten sensible y peligrosamente disminuidos por el número o posición de los viajeros o por la colocación de la carga transportada. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el vehículo carezca del alumbrado exigido por el RGV o no funcione en los casos en que su utilización sea obligatoria. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se incumplan las normas de estacionamiento, incluidas las que limiten éste en el tiempo. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando quien conduzca y/o, en su caso, quien le acompañe en motocicletas, ciclomotores, vehículos especiales a que se refiere la legislación sobre tráfico y los VMP en los que así se requiera según la legislación vigente, circulen sin casco homologado o certificado, hasta que subsane la deficiencia. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando los VMP circulen por las vías o espacios urbanos careciendo del correspondiente seguro de responsabilidad civil a que se hace referencia en el artículo 179. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el vehículo circule sin cobertura del preceptivo seguro, conforme a lo dispuesto en el artículo 41.1.ª d) de la LCREM, sin perjuicio de las competencias sancionadoras de la Administración competente en materia de responsabilidad civil y seguros en la circulación de vehículos a motor. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando proceda la inmovilización por superación de los niveles máximos permitidos de emisión de gases y humos por la ordenanza en materia de calidad del aire, conforme a lo dispuesto en el artículo 41.1.ª b) de la LCREM, hasta tanto no sean subsanadas las causas del incumplimiento de dichos niveles. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). En el supuesto de que quien conduzca un vehículo incumpla las medidas de restricción o prohibición de la circulación o del estacionamiento adoptadas por el Ayuntamiento de Madrid durante episodios de alta contaminación atmosférica. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Siempre que constituya peligro o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o peatones, al funcionamiento de algún servicio público o causen deterioro al patrimonio público municipal, o se presuma racionalmente su abandono. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando, inmovilizado en un lugar que no perturbe la circulación, hubieran transcurrido más de veinticuatro horas desde el momento de tal inmovilización sin que se hubieran subsanado las causas que la motivaron. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando, inmovilizado un vehículo, el infractor no acredite su residencia legal en territorio español, salvo si deposita el importe de la sanción y de los gastos de inmovilización. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando, como consecuencia de accidente, atropello o cualquier otra circunstancia se disponga su depósito por las autoridades judiciales o administrativas del Ayuntamiento de Madrid o de cualquier Administración Pública, en función de lo dispuesto por los convenios suscritos a tal efecto por el Ayuntamiento de Madrid u otras normas aplicables. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Por razón de accidente o avería de un vehículo en la vía pública, que impida continuar su marcha, especialmente cuando tales supuestos se produzcan en la M-30 o en las vías principales de acceso a la ciudad de Madrid, y obstaculice o cause graves perturbaciones a la circulación de vehículos o al tránsito de peatones o suponga un peligro para las personas o los bienes. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo permanezca estacionado indebidamente en zona de estacionamiento regulado (SER) o en zonas en que se hayan adoptado ordenaciones temporales de restricción del estacionamiento de vehículos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se realice en las vías urbanas o espacios públicos el ofrecimiento en venta de vehículos o se realice cualquier negocio jurídico no autorizado en vehículo estacionado en la vía urbana o espacio público. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo esté estacionado en una reserva de estacionamiento y no exhiba la tarjeta que autorice el estacionamiento o lo haga de forma que no se vean totalmente todos los datos de la tarjeta. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Los vehículos que no hubiesen sido retirados voluntariamente y permaneciesen estacionados en aquellas zonas de la vía pública reservadas al amparo de una autorización municipal para la ocupación de la vía pública, debidamente señalizada con cuarenta y ocho horas de antelación a dicha reserva de ocupación. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando las bicicletas, bicicletas con pedales de pedaleo asistido y los VMP estacionados en la acera se encuentren anclados a elementos vegetales, bancos, marquesinas o cualquier otro elemento de mobiliario urbano así como cuando, sin concurrir ninguna de las causas anteriores, se encuentren estacionados en zonas en las que afecten a la funcionalidad, uso o acceso necesario a los mismos, o en toda circunstancia en la que impidan o dificulten la realización por los servicios municipales de las tareas de mantenimiento o reparación de tales elementos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando las bicicletas, bicicletas con pedales de pedaleo asistido y los VMP constituyan peligro en los términos previstos en la legislación sobre tráfico, circulación y seguridad vial, cuando dificulten la circulación de vehículos o el tránsito de personas, cuando estén amarrados al mobiliario urbano infringiendo el artículo 48 o dañaran zonas verdes o el patrimonio de las Administraciones Públicas, supongan un peligro para la seguridad de las personas o permanezcan estacionados en la vía pública por un período superior a un mes, careciendo de los elementos mínimos necesarios para la circulación que hagan presumir su abandono. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el vehículo se encuentre indebidamente estacionado en una zona de uso público en la que esté prohibida la circulación de vehículos, excepto las bicicletas, bicicletas de pedales con pedaleo asistido y VMP estacionados en las reservas específicas conforme a lo previsto en el artículo 48.1. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando los VMP no cumplan los requisitos técnicos exigidos por el artículo 175 y como consecuencia de ello obstaculicen o dificulten la circulación o supongan un peligro para ésta o un riesgo grave para las personas o bienes. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando la distancia entre el vehículo y el borde opuesto de la calzada o una marca longitudinal sobre la misma que indique prohibición de atravesarla sea inferior a tres metros o, en cualquier caso, impida el paso de otros vehículos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando impida incorporarse a la circulación a otro vehículo parado o estacionado. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se obstaculice la utilización normal de los pasos rebajados. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se obstaculice el acceso normal de vehículos, personas o animales a un inmueble. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se estacione sobre o junto a medianas, isletas, separadores u otros elementos de canalización del tráfico. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se impida un giro autorizado. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el estacionamiento se produzca en las zonas reservadas para carga y descarga durante las horas establecidas para su utilización. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se encuentre estacionado en doble fila o en el ámbito peatonal de las paradas de transporte público en el caso de acera adelantada. En el caso de las zonas de parada de autobús sin acera adelantada, cuando se encuentre estacionado a una distancia inferior a veintidós metros antes del punto de parada en el sentido de la marcha, e inferior a cinco metros después del punto de parada en el sentido de la marcha, conforme a las prescripciones del título II del libro segundo, salvo señalización en contrario. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se encuentre estacionado en reservas para uso de personas con movilidad reducida sin contar con la autorización TEPMR. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se encuentre estacionado sobre aceras, paseos y demás zonas destinadas al uso de peatones, cuando se obstaculice o dificulte ostensiblemente el paso de los mismos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se estacione en carriles destinados al uso exclusivo del transporte público urbano o en los reservados para las bicicletas, o para la circulación de los VMP. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando el estacionamiento se efectúe en espacios prohibidos en vía pública calificada de atención preferente y específicamente señalizada, o en lugares de la vía pública próximos a edificios públicos o a zonas calificadas por las autoridades competentes en materia de seguridad ciudadana como zonas de seguridad. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se produzca el accidente o avería de un vehículo en la vía pública M-30 tanto en superficie como en túneles, que impida continuar su marcha, por la grave perturbación que supone para la circulación general de la ciudad. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se estacione en medio de la calzada, excepto cuando expresamente esté autorizado. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo se encuentre estacionado en lugar donde esté prohibida la parada. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se encuentre estacionado en itinerarios o espacios que hayan de ser ocupados por una comitiva, procesión, cabalgata, prueba deportiva o actos públicos debidamente autorizados. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo se encuentre estacionado de forma que obstaculice o impida el acceso a los recipientes municipales destinados al depósito de residuos sólidos urbanos, afectando de esta manera a su mantenimiento y vaciado. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo obstaculice o impida el acceso o la salida de bicicletas y VMP a los anclajes municipales específicamente reservados para el estacionamiento de estos vehículos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). En una zona de parada de transporte público de la Red Básica de Transporte, bien en el ámbito de la parada, de acuerdo con lo establecido en el título II del libro segundo, o bien en la reserva que pudiera estar explícitamente señalizada y delimitada. También, cuando fuera del ámbito de la parada, el estacionamiento afecte a la realización del itinerario de alguna de las líneas del servicio de transporte público colectivo urbano regular de uso general. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). En lugar donde esté prohibida parada o estacionamiento en los itinerarios inmediatos de acceso y salida de aeropuerto, estaciones de autobús o ferrocarril e intercambiadores de transporte. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). En espacios reservados a servicios de urgencia o seguridad. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando estacione en zonas reservadas para la instalación de contenedores de residuos sólidos urbanos u otro tipo de mobiliario urbano. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando un vehículo obstaculice o impida la realización de un servicio público de carácter urgente como extinción de incendios o salvamentos. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando se estacionen bicicletas u otros vehículos en las instalaciones destinadas al anclaje de las del servicio público municipal de bicicletas o se encuentren amarradas a cualquiera de las instalaciones de dicho servicio. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cuando resulte necesario para efectuar obras, servicios de limpieza extraordinarios u otros trabajos o actuaciones debidamente autorizadas en la vía pública. Estas circunstancias se advertirán, al menos, con cuarenta y ocho horas de antelación, salvo casos de urgencia, por los medios de difusión y/o con la colocación de la señalización oportuna. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). Cualquier vehículo estacionado en las inmediaciones de las estaciones de carga de los vehículos eléctricos impidiendo o dificultando su uso. INMOVILIZACIÓN (235). RETIRADA (236). PELIGRO, PERTURBACIÓN O RIESGO que conlleve la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso primero). OBSTACULIZA el funcionamiento de un SERVICIO PÚBLICO que conlleva la RETIRADA por el art. 236.2.a (inciso segundo). |




