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Tema-11: Letrado de la Administración de Justicia. Examen

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Título del Test:
Tema-11: Letrado de la Administración de Justicia. Examen

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Examen Repaso (1)

Fecha de Creación: 2025/03/10

Categoría: Otros

Número Preguntas: 100

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TEMA-11: LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ___________________________________________________ 📄 LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL. 📄 Arts. 440 a 469. ___________________________________________________ 📕 LIBRO V: DE LOS LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA Y DE LA OFICINA JUDICIAL 📕 ___________________________________________________ 🔴 TÍTULO II: DEL CUERPO DE LOS LETRADOS DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. ARTS: 440-469. 🟣 CAPÍTULO I: ESTATUTO PERSONAL. ARTS: 440-451. ___________________________________________ Artículo 440. Los Letrados de la Administración de Justicia son funcionarios públicos que constituyen un ... Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial. Cuerpo Superior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial. Cuerpo Inferior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Consejo General del Poder Judicial, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial. Cuerpo Inferior Jurídico, único, de carácter nacional, al servicio de la Administración de Justicia, dependiente del Ministerio de Justicia, y que ejercen sus funciones con el carácter de autoridad, ostentando la dirección de la Oficina judicial.

Artículo 441. 1. Los puestos de trabajo cuyo desempeño esté reservado al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, se clasifican en tres (3) categorías, teniendo lugar el ingreso en el mismo por la... Tercera (3ª) categoría. Segunda (2ª) categoría. Primera (1ª) categoría. No se accede al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia por ninguna de las tres (3) categorías mencionadas.

Artículo 441. 2. (1) Todo Letrado de la Administración de Justicia poseerá una categoría personal. 2. (2) La consolidación de la categoría personal exige el desempeño de puestos de trabajo correspondientes a dicha categoría al menos durante... Cinco (5) años continuados o siete (7) con interrupción. ⏱️. Cinco (5) años continuados o nueve (9) con interrupción. ⏱️. Cuatro (4) años continuados o seis (6) con interrupción. ⏱️. Cuatro (4) años continuados o cinco (5) con interrupción. ⏱️.

Artículo 441. 3. No se podrá comenzar a consolidar una categoría... Superior sin previamente haber consolidado la inferior, si bien el tiempo de desempeño de un puesto de categoría superior será computable a efectos de la consolidación de la inferior. Superior sin previamente haber consolidado la inferior, si bien el tiempo de desempeño de un puesto de categoría superior no será computable a efectos de la consolidación de la inferior. Inferior sin previamente haber consolidado la superior, si bien el tiempo de desempeño de un puesto de categoría inferior será computable a efectos de la consolidación de la inferior. Inferior sin previamente haber consolidado la superior, si bien el tiempo de desempeño de un puesto de categoría inferior no será computable a efectos de la consolidación de la inferior.

Artículo 441. 4. No será posible utilizar el mismo periodo de tiempo para consolidar categorías diferentes. 5. En ningún caso un Letrado de la Administración de Justicia de la... Tercera (3ª) categoría podrá optar a una plaza de la primera (1ª). Segunda (2ª) categoría podrá optar a una plaza de la primera (1ª). Cuarta (4ª) categoría podrá optar a una plaza de la primera (1ª). Quinta (5ª) categoría podrá optar a una plaza de la primera (1ª).

Artículo 441. 6. La categoría consolidada solo opera como garantía de la percepción del sueldo correspondiente a la misma, cuando se ocupe un puesto de superior categoría. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 441. 7. El Ministerio de Justicia establecerá los... Tres (3) grupos en los que se clasificarán los puestos de trabajo a desempeñar por los Letrados de la Administración de Justicia. Tres (3) grupos en los que se clasificarán los puestos de trabajo a desempeñar por los Fiscales. Dos (2) grupos en los que se clasificarán los puestos de trabajo a desempeñar por los Letrados de la Administración de Justicia. Cuatro (4) grupos en los que se clasificarán los puestos de trabajo a desempeñar por los Letrados de la Administración de Justicia.

Artículo 442. 1. Los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia serán seleccionados mediante convocatoria del Ministerio de Justicia, a través de los sistemas de oposición, que será el sistema ordinario de ingreso, o de concurso-oposición libre, que tendrá carácter excepcional y en el que las pruebas de conocimiento tendrán un contenido análogo a las de la oposición libre. Ambos procedimientos deberán garantizar, en todo caso, los principios de... Igualdad, mérito, capacidad y también de publicidad, en la forma en que dispone esta ley orgánica y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen. Igualdad, mérito, capacidad y también de publicidad, en la forma en que dispone esta ley ordinaria y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen. Igualdad, mérito, jerarquía y también de publicidad, en la forma en que dispone esta ley orgánica y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen. Igualdad, jerarquía y también de publicidad, en la forma en que dispone esta ley orgánica y las disposiciones reglamentarias que la desarrollen.

Artículo 442. 2. (1) Se reservará el ____________ de las plazas vacantes para su provisión, previa autorización por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas, por promoción interna mediante el sistema de concurso-oposición por los funcionarios de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que lleven, al menos, ____________. A estos efectos se computarán los servicios prestados en el Cuerpo de Oficiales de la Administración de Justicia del que, en su caso, procedan. treinta por ciento (30%) // dos (2) años ⏱️ de servicios efectivos en el mismo. treinta por ciento (30%) // un (1) año ⏱️ de servicios efectivos en el mismo. treinta y tres por ciento (33%) // dos (2) años ⏱️ de servicios efectivos en el mismo. treinta y tres por ciento (33%) // un (1) año ⏱️ de servicios efectivos en el mismo.

Artículo 442. 2. (3) De no existir oferta de empleo público, el Ministerio de Justicia, con carácter extraordinario y previa autorización del ________________, podrá convocar un proceso de promoción interna específico cuando las circunstancias en la Administración de Justicia lo aconsejen. El número de plazas convocadas por este sistema _______________. En este caso, las plazas que no se cubran no podrán ofertarse para que lo sean por turno libre. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas // no podrá ser superior al quince (15%) por ciento de las plazas vacantes. Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas // no podrá ser superior al diez (10%) por ciento de las plazas vacantes. Gobierno // no podrá ser superior al diez (10%) por ciento de las plazas vacantes. Gobierno // no podrá ser superior al quince (15%) por ciento de las plazas vacantes.

Artículo 443. 1. El ingreso en el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se produce por el cumplimiento de las siguientes condiciones: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Reunir los requisitos y cumplir las condiciones exigidas en la convocatoria. b) Superación de los procesos selectivos. c) Nombramiento expedido por el Ministerio de Justicia y publicado en el «Boletín Oficial del Estado». d) Juramento o promesa de cumplir fielmente las obligaciones del cargo y guardar y hacer guardar la Constitución como norma fundamental. e) Toma de posesión dentro del plazo establecido.

Artículo 443. 2. La condición de letrado de la Administración de Justicia se pierde en los siguientes supuestos: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Por renuncia voluntaria manifestada por escrito y aceptada expresamente por el Ministerio de Justicia. b) Por pérdida de la nacionalidad española. c) Por sanción disciplinaria de separación del servicio. d) Por inhabilitación absoluta o especial impuesta como pena principal o accesoria por los tribunales cuando la misma sea firme. e) Por jubilación, sea voluntaria o forzosa, o por incapacidad permanente para el servicio. f) Por condena a pena de privativa de libertad superior a dos (2) años por razón de delito doloso.

Artículo 443 bis. El Ministerio de Justicia aprobará cada _________ el escalafón del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, que se publicará en el “Boletín Oficial del Estado” y comprenderá los datos personales y profesionales que se establezcan reglamentariamente. año ⏱️. dos (2) años ⏱️. tres (3) años ⏱️. cuatro (4) años ⏱️.

Artículo 444. 2. Sin perjuicio de su desarrollo y concreción en el reglamento orgánico, se reconocen los siguientes derechos profesionales: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Libranzas, en aquellos casos en que se preste una dedicación o servicio retribuido, en los términos que se determinen reglamentariamente. b) Especialización profesional en aquellos ámbitos, órdenes y materias que reglamentariamente se determinen. c) Libre asociación profesional. d) A que sus asociaciones profesionales sean oídas en todas aquellas materias que afecten a su estatuto orgánico.

Artículo 445. 1. (1) Las situaciones administrativas en que se puedan hallar los letrados de la Administración de Justicia, así como su jubilación, serán iguales y procederá su declaración en los supuestos y con los efectos establecidos en esta Ley Orgánica para Jueces y Magistrados. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 445. 1. (2) No obstante, los letrados de la Administración de Justicia que se presenten como candidatos para acceder a cargos públicos representativos en el Parlamento Europeo, Congreso de los Diputados, Senado, Asambleas Legislativas de las Comunidades Autónomas o Corporaciones locales, podrán ser dispensados, previa solicitud, de la prestación del servicio en sus respectivas oficinas judiciales, durante el tiempo de duración de la campaña electoral. Este permiso podrá ser concedido por el... Secretario General de la Administración de Justicia. Presidente del Consejo General del Poder Judicial. Presidente del Gobierno. Fiscal General del Estado.

Artículo 446. 2. (1) La abstención se formulará por escrito motivado dirigido al ______________, quien decidirá la cuestión. 2. (2) En caso de confirmarse la abstención, el Letrado de la Administración de Justicia que se haya abstenido debe ser reemplazado por su sustituto legal; en caso de denegarse, deberá aquél continuar actuando en el asunto. Secretario Coordinador Provincial. Secretario Coordinador. Secretario Jefe. Secretario General del Estado.

Artículo 446. 3. Serán aplicables a la recusación de los Letrados de la Administración de Justicia las prescripciones que establece esta Ley para Jueces y Magistrados en el artículo 223, con las siguientes excepciones: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Los Letrados de la Administración de Justicia no podrán ser recusados durante la práctica de cualquier diligencia o actuación de que estuvieren encargados. b) La pieza de recusación se resolverá por el Secretario de Gobierno. c) Presentado el escrito de recusación, el Letrado de la Administración de Justicia recusado informará detalladamente por escrito si reconoce o no como cierta y legítima la causa alegada. d) Cuando el recusado reconozca como cierta la causa de la recusación, el Secretario de Gobierno le tendrá por recusado mediante auto, si estima que la causa es legal. Si estima que la causa no es de las tipificadas en la ley, declarará no haber lugar a la recusación. Contra el auto sobre recusación no se dará recurso alguno.

Artículo 446. 3. Serán aplicables a la recusación de los Letrados de la Administración de Justicia las prescripciones que establece esta Ley para Jueces y Magistrados en el artículo 223, con las siguientes excepciones: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. e) Cuando el recusado niegue la certeza de la causa alegada como fundamento de la recusación, el instructor, si admitiere a trámite la recusación propuesta, ordenará la práctica, en el plazo de diez (10) días ⏱️, de la prueba solicitada que sea pertinente y la que estime necesaria, dándose traslado de las mismas al Ministerio Fiscal para informe por plazo de dos (2) días ⏱️. Transcurrido ese plazo, con o sin informe del Ministerio Fiscal, se decidirá la recusación dentro de los cinco (5) días siguientes ⏱️. Contra dicha resolución no cabrá recurso alguno. f) El Letrado de la Administración de Justicia recusado, desde el momento en que sea presentado el escrito de recusación, será reemplazado por su sustituto legal.

Artículo 447. 3. Los conceptos retributivos complementarios serán los siguientes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) El complemento general de puesto, que retribuye las características generales de los mismos. b) El complemento específico, único para cada puesto de trabajo y destinado a retribuir las condiciones básicas de los mismos.

Artículo 447. 3. Los conceptos retributivos complementarios serán los siguientes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. c) (1) El complemento de productividad, destinado a retribuir el especial rendimiento, la actividad extraordinaria y el interés o iniciativa con que el funcionario desempeñe su trabajo, así como su participación en los programas concretos de actuación y en la consecución de los objetivos que se determinen por el Ministerio de Justicia, oído el Consejo General del Poder Judicial, y negociados con las organizaciones sindicales más representativas. c) (2) También se podrá retribuir mediante este complemento la participación de los letrados de la Administración de Justicia en los programas o en la consecución de los objetivos que se hayan determinado por los órganos competentes de las comunidades autónomas con competencias asumidas para las oficinas judiciales de su territorio, siempre que exista autorización previa del Ministerio Fiscal.

Artículo 447. 3. Los conceptos retributivos complementarios serán los siguientes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. d) Las gratificaciones, destinadas a retribuir los servicios de carácter extraordinario prestados dentro de la jornada normal de trabajo. e) El complemento de carrera profesional, destinado a retribuir la progresión alcanzada por la persona funcionaria dentro del sistema de carrera horizontal.

Artículo 447. 4. (1) Además de las retribuciones señaladas anteriormente, los letrados de la Administración de Justicia podrán percibir las siguientes retribuciones, que tienen la condición de especiales: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Las correspondientes a desempeño de servicios de guardia. b) Las correspondientes a sustituciones que impliquen el desempeño conjunto de otra función, además de aquellas de las que sea titular. No hay respuesta incorrecta.

Artículo 447. 5. (1) Los Letrados de la Administración de Justicia sustitutos percibirán las retribuciones correspondientes al puesto de trabajo desempeñado. 5. (2) Se reconocerán los trienios correspondientes a los servicios prestados que tendrán efectos retributivos conforme a lo establecido en la normativa vigente para los funcionarios de la Administración General del Estado. Este reconocimiento se efectuará previa solicitud del interesado. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 448. 1. (1) La cuantía del sueldo se establecerá para cada una de las categorías en que se estructura el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia y la antigüedad se remunerará mediante un incremento sucesivo del... Cinco (5%) por ciento del sueldo inicial correspondiente a la categoría de ingreso por cada tres (3) años ⏱️ de servicio. En todo caso se respetará la cuantía de los trienios reconocida a los letrados de la Administración de Justicia pertenecientes al extinguido Cuerpo de los Secretarios de Magistratura de Trabajo. Cinco (5%) por ciento del sueldo inicial correspondiente a la categoría de ingreso por cada dos (2) años ⏱️ de servicio. En todo caso se respetará la cuantía de los trienios reconocida a los letrados de la Administración de Justicia pertenecientes al extinguido Cuerpo de los Secretarios de Magistratura de Trabajo. Siete (7%) por ciento del sueldo inicial correspondiente a la categoría de ingreso por cada tres (3) años ⏱️ de servicio. En todo caso se respetará la cuantía de los trienios reconocida a los letrados de la Administración de Justicia pertenecientes al extinguido Cuerpo de los Secretarios de Magistratura de Trabajo. Siete (7%) por ciento del sueldo inicial correspondiente a la categoría de ingreso por cada dos (2) años ⏱️ de servicio. En todo caso se respetará la cuantía de los trienios reconocida a los letrados de la Administración de Justicia pertenecientes al extinguido Cuerpo de los Secretarios de Magistratura de Trabajo.

Artículo 448. 1. (2) Los letrados de la Administración de Justicia tendrán derecho a percibir dos (2) pagas extraordinarias al año por importe, cada una de ellas, de una mensualidad de sueldo y antigüedad y, en su caso, una cantidad proporcional del complemento general de puesto, en los términos que se fijen por ley para la Administración de Justicia, que se harán efectivas en los meses de... Junio y diciembre 📅, siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero (1º) de los meses indicados. Junio y enero 📅, siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero (1º) de los meses indicados. Julio y noviembre 📅, siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero (1º) de los meses indicados. Julio y febrero 📅 , siempre que los perceptores estuvieran en servicio activo o con derecho a devengo del sueldo el día primero (1º) de los meses indicados.

Artículo 448. 2. La cuantía de las retribuciones básicas y de los complementos generales de puesto vendrá determinada en la Ley de Presupuestos Generales del Estado para cada... Año.⏱️. Seis (6) meses.⏱️. Tres (3) meses.⏱️. Dos (2) años.⏱️.

Artículo 448. 4. La concreción de la cuantía individual del complemento de productividad y la determinación del número de funcionarios con derecho a su percepción, se llevarán a cabo mediante resolución del... Ministerio de Justicia, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas. Ministro de Justicia, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas. Consejo General del Poder Judicial, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas. Presidente del Gobierno, previa negociación con las organizaciones sindicales más representativas.

Artículo 448. 5. Mediante ___________, a propuesta conjunta de los Ministros de Justicia y de Hacienda, previa negociación con las organizaciones sindicales, se procederá a la determinación de la remuneración por servicio de guardia. orden ministerial. Real Decreto. ley ordinaria. ley orgánica.

Artículo 448. 6. La asignación individual de la cuantía de las gratificaciones y la fijación de los criterios para su percepción se determinarán por resolución del... Ministerio de Justicia. Ministro de Justicia. Consejo General del Poder Judicial. Consejo de Ministros.

Artículo 449. 1. Los funcionarios que se encuentren en periodo de prácticas o desarrollando cursos selectivos a los que se refiere el artículo 485 serán nombrados funcionarios en prácticas y percibirán una retribución equivalente al sueldo y las pagas extraordinarias correspondientes al Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia de la... Tercera (3ª) categoría. Segunda (2ª) categoría. Primera (1ª) categoría. Ninguna respuesta es correcta.

Artículo 449. 2. Los funcionarios en prácticas que ya estuviesen prestando servicios remunerados en la Administración de Justicia, durante el periodo de prácticas podrán percibir remuneración alguna por el puesto de trabajo de origen y podrán optar por una remuneración de igual importe a la que les correspondía en el puesto de trabajo de origen o por la que les corresponda como funcionario en prácticas, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado anterior. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 450. 1. (1) La provisión de puestos de trabajo se llevará a cabo por el procedimiento de concurso, que será el sistema ordinario de provisión. 1. (2) Cuando se trate de puestos de carácter directivo o de especial responsabilidad, podrán cubrirse por el procedimiento de libre designación. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 450. 1. (3) Los puestos de trabajo de Letrado de la Administración de Justicia en el Tribunal Supremo se cubrirán por el sistema de libre designación entre aquellos candidatos que pertenezcan a la... Primera (1ª) o segunda (2ª) categoría, con una antigüedad de al menos veinte (20) años⏱️ en una de ellas o entre ambas y quince (15) años ⏱️ de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente. Primera (1ª) o segunda (2ª) categoría, con una antigüedad de al menos quince (15) años ⏱️ en una de ellas o entre ambas y diez (10) años ⏱️ de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente. Segunda (2ª) o tercera (3ª) categoría, con una antigüedad de al menos quince (15) años ⏱️ en una de ellas o entre ambas y diez (10) años ⏱️ de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente. Segunda (2ª) o tercera (3ª) categoría, con una antigüedad de al menos veinte (20) años ⏱️ en una de ellas o entre ambas y quince (15) años ⏱️ de servicio en el orden jurisdiccional correspondiente.

Artículo 450. 3. (2) En todo caso, para poder concursar deberá haber transcurrido un período mínimo de... Dos (2) años ⏱️, a contar desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa, o desde la fecha de la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Los letrados de la Administración de Justicia que no tenga destino definitivo, obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están excluidos de esta limitación temporal. Dos (2) años ⏱️, a contar desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa, o desde la fecha de la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Los letrados de la Administración de Justicia que no tenga destino definitivo, obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están incluidos de esta limitación temporal. Un (1) año ⏱️, a contar desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa, o desde la fecha de la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Los letrados de la Administración de Justicia que no tenga destino definitivo, obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están excluidos de esta limitación temporal. Un (1) año ⏱️, a contar desde la fecha de la resolución por la que se convocó el concurso de traslados en el que el funcionario obtuvo su último destino definitivo, desde el que participa, o desde la fecha de la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de funcionarios de nuevo ingreso. Los letrados de la Administración de Justicia que no tenga destino definitivo, obligados a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, están incluidos de esta limitación temporal.

Artículo 451. 1. Las suplencias por ausencia, enfermedad, suspensión o vacante de Letrados de la Administración de Justicia serán cubiertas por quien designe su inmediato superior jerárquico. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 451. 2. Esta designación deberá recaer en otro Letrado de la Administración de Justicia, que se denominará Letrado suplente. A tal efecto los Secretarios de Gobierno elaborarán una relación de los miembros del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que voluntariamente quieran participar en los planes anuales de suplencias. De no existir voluntario, se designará, con carácter forzoso, al suplente ordinario que se designe conforme a lo previsto en el número anterior. Los llamamientos que tengan lugar conforme a lo establecido en este precepto serán retribuidos en los casos y cuantía que se determinen reglamentariamente. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 451. 3. Excepcionalmente, cuando no hubiera suficiente número de Letrados de la Administración de Justicia, en los supuestos de entradas y registros en lugares cerrados acordados por un único órgano judicial de la ____________ y que deban ser realizados de forma simultánea, podrán los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, en sustitución del Letrado de la Administración de Justicia, intervenir en calidad de fedatarios y levantar la correspondiente acta. Audiencia Nacional. Audiencia Provincial. Fiscalía de Menores. Fiscalía Militar.

Artículo 451. 6. De existir funcionarios pertenecientes al Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa incluidos en la correspondiente bolsa, serán llamados como Letrados de la Administración de Justicia sustitutos con preferencia sobre el resto de sustitutos, manteniendo su inclusión obligatoria tanto en el régimen de la Seguridad Social que resulte aplicable como en el Mutualismo Judicial. Verdadero ✅. Falso ❌.

🟣 CAPÍTULO II: De las funciones de los letrados de la Administración de Justicia. Arts: 452-462. _____________________________________________ Artículo 452. 1. Los letrados de la Administración de Justicia desempeñarán sus funciones con sujeción al principio de... Legalidad e imparcialidad en todo caso, al de autonomía e independencia en el ejercicio de la fe pública judicial, así como al de unidad de actuación y dependencia jerárquica en todas las demás que les encomienden esta ley y las normas de procedimiento respectivo, así como su reglamento orgánico. Las funciones de los letrados de la Administración de Justicia no serán objeto de delegación ni de habilitación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 451.3. Legalidad e imparcialidad en todo caso, al de autonomía e independencia en el ejercicio de la fe pública judicial, así como al de división de actuación y dependencia jerárquica en todas las demás que les encomienden esta ley y las normas de procedimiento respectivo, así como su reglamento orgánico. Las funciones de los letrados de la Administración de Justicia no serán objeto de delegación ni de habilitación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 451.3. Legalidad y parcialidad en todo caso, al de autonomía y dependencia en el ejercicio de la fe pública judicial, así como al de unidad de actuación y dependencia jerárquica en todas las demás que les encomienden esta ley y las normas de procedimiento respectivo, así como su reglamento orgánico. Las funciones de los letrados de la Administración de Justicia no serán objeto de delegación ni de habilitación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 451.3. Legalidad y parcialidad en todo caso, al de autonomía y dependencia en el ejercicio de la fe pública judicial, así como al de división de actuación y dependencia jerárquica en todas las demás que les encomienden esta ley y las normas de procedimiento respectivo, así como su reglamento orgánico. Las funciones de los letrados de la Administración de Justicia no serán objeto de delegación ni de habilitación, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 451.3.

Artículo 452. 3. Los letrados de la Administración de Justicia colaborarán con las comunidades autónomas con competencias asumidas para la efectividad de las funciones que estas ostentan en materia de medios personales y materiales, dando cumplimiento a las instrucciones que a tal efecto reciban de sus superiores jerárquicos. Para una mejor coordinación podrán constituirse...v. Comisiones Mixtas de Letrados de la Administración de Justicia y representantes de las comunidades autónomas con competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos territoriales. Comisiones Mixtas de Letrados de la Administración de Justicia y representantes de las comunidades autónomas sin competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos territoriales. Comisiones Simples de Letrados de la Administración de Justicia y representantes de las comunidades autónomas con competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos territoriales. Comisiones Simples de Letrados de la Administración de Justicia y representantes de las comunidades autónomas sin competencias asumidas, en sus respectivos ámbitos territoriales.

Artículo 453. 1. (1) Corresponde a los Letrados de la Administración de Justicia, con exclusividad y plenitud, el ejercicio de la fe pública judicial. En el ejercicio de esta función, dejarán constancia fehaciente de la realización de actos procesales en el Tribunal o ante éste y de la producción de hechos con trascendencia... Procesal mediante las oportunas actas y diligencias. Procesal mediante las oportunas actas y decretos. Civil mediante las oportunas actas y decretos. Mercantil mediante las oportunas actas y contratos.

Artículo 453. 1. (2) Cuando se utilicen medios técnicos de grabación o reproducción, las vistas se podrán desarrollar... Sin la intervención del Letrado de la Administración de Justicia, en los términos previstos en la ley. En todo caso, el Letrado de la Administración de Justicia garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido. Sin la intervención del Letrado de la Administración de Justicia, en los términos previstos en la ley. En ningún caso, el Letrado de la Administración de Justicia garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido. Con la intervención del Letrado de la Administración de Justicia, en los términos previstos en la ley. En todo caso, el Letrado de la Administración de Justicia garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido. Con la intervención del Letrado de la Administración de Justicia, en los términos previstos en la ley. En ningún caso, el Letrado de la Administración de Justicia garantizará la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido.

Artículo 453. 2. Los letrados de la Administración de Justicia expedirán... Certificaciones o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario y el fin para el cual se solicitan. Certificaciones o actas de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario y el fin para el cual se solicitan. Requerimientos o testimonios de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario y el fin para el cual se solicitan. Requerimientos o actas de las actuaciones judiciales no declaradas secretas ni reservadas a las partes, con expresión de su destinatario y el fin para el cual se solicitan.

Artículo 453. 3. Autorizarán y documentarán el otorgamiento de poderes para pleitos, en los términos establecidos en las leyes procesales. 4. En el ejercicio de esta función... No precisarán de la intervención adicional de testigos. No precisarán de la intervención adicional de notarios. Precisarán de la intervención adicional de testigos. Precisarán de la intervención adicional de notarios.

Artículo 454. 1. Los letrados de la Administración de Justicia son responsables de la función de documentación que les es propia, así como de la formación de los... Autos y expedientes, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley. Autos y actas, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley. Decretos y expedientes, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley. Decretos y actas, dejando constancia de las resoluciones que dicten los jueces y magistrados, o ellos mismos cuando así lo autorice la ley.

Artículo 454. 2. Los letrados de la Administración de Justicia ejercerán competencias de... Organización, gestión, inspección y dirección del personal en aspectos técnicos procesales, asegurando en todo caso la coordinación con los órganos de gobierno del Poder Judicial y con las comunidades autónomas con competencias transferidas. Organización, gestión y dirección del personal en aspectos técnicos procesales, asegurando en todo caso la coordinación con los órganos de gobierno del Poder Judicial y con las comunidades autónomas con competencias transferidas. Organización, inspección y dirección del personal en aspectos técnicos procesales, asegurando en todo caso la coordinación con los órganos de gobierno del Poder Judicial y con las comunidades autónomas con competencias transferidas. Organización, inspección y dirección del personal en aspectos técnicos procesales, asegurando en todo caso la coordinación con los órganos de gobierno del Poder Judicial y con las comunidades autónomas sin competencias transferidas.

Artículo 455. Será responsabilidad del Letrado de la Administración de Justicia organizar la dación ( El Letrado debe estructurar y coordinar este proceso, asegurándose de que se cumplan todos los requisitos legales y procedimientos establecidos) de cuenta, que se realizará en los términos establecidos en las leyes procesales. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 456. 1. El Letrado de la Administración de Justicia impulsará el proceso en los términos que establecen las leyes procesales. 2. A tal efecto, dictará las resoluciones necesarias para la tramitación del proceso, salvo aquéllas que las leyes procesales reserven a Jueces o Tribunales. Estas resoluciones se denominarán... Diligencias, que podrán ser de ordenación, de constancia, de comunicación o de ejecución. Diligencias, que podrán ser de ordenación, de comunicación o de ejecución. Decretos, que podrán ser de ordenación, de constancia, de comunicación o de ejecución. Decretos, que podrán ser de ordenación, de constancia o de ejecución.

Artículo 456. 3. Se llamará ______________ a la resolución que dicte el Letrado de la Administración de Justicia con el fin de admitir la demanda, poner término al procedimiento del que tenga atribuida exclusiva competencia, o cuando sea preciso o conveniente razonar su decisión. Será siempre motivado y contendrá, en párrafos separados y numerados, los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho en que se basa. decreto. diligencia. auto. mandamiento.

Artículo 456. 4. Las diligencias de ordenación y los __________ serán recurribles en los casos y formas previstos en las leyes procesales. 5. Las resoluciones de carácter gubernativo de los Letrados de la Administración de Justicia se denominarán _________. decretos // acuerdos. decretos // pactos. autos //acuerdos. autos // pactos.

Artículo 456. 6. Los Letrados de la Administración de Justicia, cuando así lo prevean las leyes procesales, tendrán competencias en las siguientes materias: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Ejecución, salvo aquellas competencias que exceptúen las leyes procesales por estar reservadas a Jueces y Magistrados. b) Jurisdicción voluntaria, asumiendo su tramitación y resolución, sin perjuicio de los recursos que quepa interponer. c) Conciliación, llevando a cabo la labor mediadora que les sea propia. d) Tramitación y, en su caso, resolución de los procedimientos cambiarios. e) Mediación. f) Cualesquiera otras que expresamente se prevean.

Artículo 458. 1. Los letrados de la Administración de Justicia serán responsables del Archivo Judicial de Gestión, en el que, de conformidad con la normativa establecida al efecto, se conservarán y custodiarán aquellos autos y... Expedientes cuya tramitación no esté finalizada, salvo el tiempo en que estuvieren en poder del juez o del magistrado ponente u otros magistrados integrantes del tribunal. Actas cuya tramitación no esté finalizada, salvo el tiempo en que estuvieren en poder del juez o del magistrado ponente u otros magistrados integrantes del tribunal. Requerimientos cuya tramitación no esté finalizada, salvo el tiempo en que estuvieren en poder del juez o del magistrado ponente u otros magistrados integrantes del tribunal. Mandamientos cuya tramitación no esté finalizada, salvo el tiempo en que estuvieren en poder del juez o del magistrado ponente u otros magistrados integrantes del tribunal.

Artículo 458. 2. (1) Por __________ se establecerán las normas reguladoras de la ordenación y archivo de autos y expedientes que no estuviesen pendientes de actuación alguna, así como del expurgo de los archivos judiciales. real decreto. decreto. auto. mandamiento.

Artículo 458. 2. (2) Con carácter general se procederá a la destrucción de autos y expedientes judiciales transcurridos... Seis (6) años ⏱️ desde la firmeza de la resolución que de manera definitiva puso término al procedimiento que dio lugar a la formación de aquéllos. Se exceptúan de lo anterior aquéllos formados para la instrucción de causas penales seguidas por delito, así como los supuestos que reglamentariamente pudiesen ser contemplados, especialmente en atención al valor cultural, social o histórico de lo archivado. Cinco (5) años ⏱️ desde la firmeza de la resolución que de manera definitiva puso término al procedimiento que dio lugar a la formación de aquéllos. Se exceptúan de lo anterior aquéllos formados para la instrucción de causas penales seguidas por delito, así como los supuestos que reglamentariamente pudiesen ser contemplados, especialmente en atención al valor cultural, social o histórico de lo archivado. Cuatro (4) años ⏱️ desde la firmeza de la resolución que de manera definitiva puso término al procedimiento que dio lugar a la formación de aquéllos. Se exceptúan de lo anterior aquéllos formados para la instrucción de causas penales seguidas por delito, así como los supuestos que reglamentariamente pudiesen ser contemplados, especialmente en atención al valor cultural, social o histórico de lo archivado. Dos (2) años ⏱️ desde la firmeza de la resolución que de manera definitiva puso término al procedimiento que dio lugar a la formación de aquéllos. Se exceptúan de lo anterior aquéllos formados para la instrucción de causas penales seguidas por delito, así como los supuestos que reglamentariamente pudiesen ser contemplados, especialmente en atención al valor cultural, social o histórico de lo archivado.

Artículo 458. 2. (3) Previamente, el Letrado de la Administración de Justicia concederá audiencia por un tiempo no inferior a... Quince (15) días ⏱️ a las partes que estuvieron personadas para que interesen, en su caso, el desglose de aquellos documentos originales que hubiesen aportado o ejerciten los derechos que esta Ley les reconoce en los artículos 234 y 235. Diez (10) días ⏱️ a las partes que estuvieron personadas para que interesen, en su caso, el desglose de aquellos documentos originales que hubiesen aportado o ejerciten los derechos que esta Ley les reconoce en los artículos 234 y 235. Cinco (5) días ⏱️ a las partes que estuvieron personadas para que interesen, en su caso, el desglose de aquellos documentos originales que hubiesen aportado o ejerciten los derechos que esta Ley les reconoce en los artículos 234 y 235. Veinte (20) días ⏱️ a las partes que estuvieron personadas para que interesen, en su caso, el desglose de aquellos documentos originales que hubiesen aportado o ejerciten los derechos que esta Ley les reconoce en los artículos 234 y 235.

Artículo 461. 1. La estadística judicial, que se elaborará conforme a los criterios que se establezcan, será responsabilidad de los letrados de la Administración de Justicia. Los Secretarios de Gobierno respectivos velarán por su cumplimiento contrastando la veracidad de los datos. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 461. 2. (1) La Estadística Judicial constituye un instrumento básico al servicio de las Administraciones públicas y del Consejo General del Poder Judicial para la planificación, desarrollo y ejecución de las políticas públicas relativas a la Administración de Justicia y, en particular, para las siguientes finalidades: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) El ejercicio de la política legislativa del Estado en materia administrativa. b) La modernización de la organización judicial. c) La planificación y gestión de los recursos humanos y medios materiales al servicio de la Administración de Justicia. d) El ejercicio de la función de inspección sobre los juzgados y tribunales.

Artículo 461. 3. (2) La estructura, composición y funciones de la Comisión Nacional de Estadística Judicial serán establecidas reglamentariamente por el Gobierno, mediante... Real decreto, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, del Fiscal General del Estado, de la Agencia de Protección de Datos y de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. Ley ordinaria, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, del Fiscal General del Estado, de la Agencia de Protección de Datos y de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. Ley orgánica, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, del Fiscal General del Estado, de la Agencia de Protección de Datos y de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia. Decreto, previo informe del Consejo General del Poder Judicial, del Fiscal General del Estado, de la Agencia de Protección de Datos y de las Comunidades Autónomas con competencias en la materia.

🟣 CAPÍTULO III: De la ordenación del Cuerpo de Secretarios. Arts: 463-467. ____________________________________________ Artículo 463. 1. Bajo la superior dependencia del Ministerio de Justicia el Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia se ordena jerárquicamente en la forma que se determine en las relaciones de puestos de trabajo. En este sentido, realizarán todas aquellas funciones de naturaleza análoga a las que les son propias, inherentes al puesto de trabajo que ocupen y que les sean encomendadas por sus superiores. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 463. 2. Los órganos superiores de gobierno del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia son, por orden jerárquico, los siguientes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) El Secretario General de la Administración de Justicia. b) Los Secretarios de Gobierno. c) Los Secretarios Coordinadores Autonómicos.

Artículo 463. 4. Como instrumento de participación democrática del colectivo del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, se constituirá un Consejo del Secretariado en el seno del... Ministerio de Justicia, con funciones consultivas en las materias que afecten al mencionado cuerpo. Su organización, funcionamiento y competencias se desarrollarán reglamentariamente. Ministerio del Interior, con funciones consultivas en las materias que afecten al mencionado cuerpo. Su organización, funcionamiento y competencias se desarrollarán reglamentariamente. Ministerio Fiscal, con funciones consultivas en las materias que afecten al mencionado cuerpo. Su organización, funcionamiento y competencias se desarrollarán reglamentariamente. Consejo General del Poder Judicial, con funciones consultivas en las materias que afecten al mencionado cuerpo. Su organización, funcionamiento y competencias se desarrollarán reglamentariamente.

Artículo 464. 1. Habrá un (1) Secretario de Gobierno en el Tribunal Supremo, en la Audiencia Nacional y en cada Tribunal Superior de Justicia, así como en las ciudades de Ceuta y Melilla, elegido entre miembros integrantes del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que, como mínimo, hayan prestado servicio durante... Diez (10) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría, el cual ejercerá además las funciones de Secretario de la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal. Quince (15) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría, el cual ejercerá además las funciones de Secretario de la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal. Quince (15) años ⏱️ en puestos de tercera (3ª) categoría, el cual ejercerá además las funciones de Secretario de la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal. Diez (10) años ⏱️ en puestos de tercera (3ª) categoría, el cual ejercerá además las funciones de Secretario de la Sala de Gobierno del respectivo Tribunal.

Artículo 464. 2. El Secretario de Gobierno ostentará, como superior jerárquico, la dirección de los letrados de la Administración de Justicia que prestan sus servicios en las oficinas judiciales dependientes de dichos Tribunales y en las Ciudades de Ceuta y Melilla. Para ello ejercerá las competencias que esta ley orgánica les reconoce, así como todas aquéllas que reglamentariamente se establezcan. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 464. 3. (1) Será nombrado y removido libremente por el... Ministerio de Justicia. Dicho nombramiento se realizará a propuesta del órgano competente de las Comunidades Autónomas cuando éstas tuvieren competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, que también podrán proponer su cese. Consejo General del Poder Judicial. Dicho nombramiento se realizará a propuesta del órgano competente de las Comunidades Autónomas cuando éstas tuvieren competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, que también podrán proponer su cese. Tribunal Supremo. Dicho nombramiento se realizará a propuesta del órgano competente de las Comunidades Autónomas cuando éstas tuvieren competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, que también podrán proponer su cese. Ministro de Justicia. Dicho nombramiento se realizará a propuesta del órgano competente de las Comunidades Autónomas cuando éstas tuvieren competencias asumidas en materia de Administración de Justicia, que también podrán proponer su cese.

Artículo 464. 3. (2) En todo caso para su nombramiento se recabará informe sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia, de la Sala de Gobierno del Tribunal respectivo así como del Consejo del Secretariado. Para el de las Ciudades de Ceuta y Melilla el informe será emitido por la... Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Murcia. Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid. Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Valencia.

Artículo 464. 3. (3) No se podrá ocupar más de... Diez (10) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario de Gobierno. Veinte (20) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario de Gobierno. Quince (15) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario de Gobierno. Cinco (5) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario de Gobierno.

Artículo 464. 4. En caso de ausencia, enfermedad, suspensión o vacante del Secretario de Gobierno del Tribunal Supremo o de la Audiencia Nacional así como de las Ciudades de Ceuta y Melilla, asumirá sus funciones el Secretario de... Mayor antigüedad escalafonal. En estos mismos supuestos y respecto al Secretario de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, asumirá sus funciones el Secretario Coordinador de la provincia en donde tenga su sede el respectivo tribunal o, en su defecto, el Secretario de mayor antigüedad escalafonal. Mayor antigüedad escalafonal. En estos mismos supuestos y respecto al Secretario de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, asumirá sus funciones el Secretario Coordinador de la provincia en donde tenga su sede el respectivo tribunal o, en su defecto, el Secretario de menor antigüedad escalafonal. Menor antigüedad escalafonal. En estos mismos supuestos y respecto al Secretario de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, asumirá sus funciones el Secretario Coordinador de la provincia en donde tenga su sede el respectivo tribunal o, en su defecto, el Secretario de mayor antigüedad escalafonal. Menor antigüedad escalafonal. En estos mismos supuestos y respecto al Secretario de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia, asumirá sus funciones el Secretario Coordinador de la provincia en donde tenga su sede el respectivo tribunal o, en su defecto, el Secretario de menor antigüedad escalafonal.

Artículo 465. Serán competencias de los Secretarios de Gobierno: ❌ (Señala la INCORRECTA) ❌. 1. La inspección de los servicios que sean responsabilidad de los letrados de la Administración de Justicia de su respectivo ámbito competencial, sin perjuicio de la que corresponda al Tribunal Supremo, a las Salas de Gobierno o, en su caso, al Presidente del Tribunal o de la Sala respectivos. 2. La incoación de expedientes disciplinarios por las posibles infracciones que los letrados de la Administración de Justicia puedan cometer en el ejercicio de sus funciones, así como la imposición de la sanción de apercibimiento.

Artículo 465. Serán competencias de los Secretarios de Gobierno: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. 3. Proponer al Ministro de Justicia el nombramiento de los letrados de la Administración de Justicia de libre designación en su ámbito territorial, que hubiesen participado en la correspondiente convocatoria, así como su cese cuando éste proceda. 4. Control y seguimiento estadístico.

Artículo 465. Serán competencias de los Secretarios de Gobierno: ❌ (Señala la INCORRECTA) ❌. 5. Dirección y organización de los letrados de la Administración de Justicia que de él dependan, respetando y tutelando su dependencia en el ejercicio de la fe pública. 6. Impartir instrucciones a los letrados de la Administración de Justicia de su respectivo ámbito territorial, a solicitud de las comunidades autónomas con competencias asumidas, cuando sea precisa la colaboración de aquellos para garantizar la efectividad de las funciones que tienen éstas en materia de medios personales y materiales al servicio de la Administración de Justicia.

Artículo 465. Serán competencias de los Secretarios de Gobierno: 7. Proponer al Consejo General del Poder Judicial, o en su caso a la comunidad autónoma con competencias transferidas, las medidas que, a su juicio, deberían adoptarse para el mejor funcionamiento de la Administración de Justicia que fueren de su respectiva competencia, comunicando al Ministerio de Justicia cuantas incidencias afecten a los letrados de la Administración de Justicia que de él dependan. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 465. Serán competencias de los Secretarios de Gobierno: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. 9. Concesión de permisos y licencias a los Letrados de la Administración de Justicia de su territorio, pudiendo delegar en el Secretario Coordinador. 10. Conocer de los incidentes de recusación de los Letrados de la Administración de Justicia. 11. Elaborar los planes anuales de suplencias de Letrados de la Administración de Justicia y proponer al Ministro de Justicia la lista de candidatos considerados idóneos para ejercer como Letrados de la Administración de Justicia sustitutos en el ámbito territorial de cada Comunidad Autónoma. 12. Las demás previstas en el reglamento orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia.

Artículo 466. 1. (1) En cada provincia existirá un (1) Secretario Coordinador, nombrado por el Ministerio de Justicia por el procedimiento de libre designación, a propuesta del Secretario de Gobierno, de acuerdo con las Comunidades Autónomas con competencias asumidas, elegido entre miembros integrantes del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que lleven... Al menos diez (10) años ⏱️ en el Cuerpo, y como mínimo hayan estado cinco (5) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría. Al menos diez (10) años ⏱️ en el Cuerpo, y como mínimo hayan estado diez (10) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría. Al menos cinco (5) años ⏱️ en el Cuerpo, y como mínimo hayan estado diez (10) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría. Al menos cinco (5) años ⏱️ en el Cuerpo, y como mínimo hayan estado cinco (5) años ⏱️ en puestos de segunda (2ª) categoría.

Artículo 466. 1. (2) Antes del nombramiento se oirá al Consejo del Secretariado sobre el candidato que ha de ser nombrado por el Ministerio de Justicia. 1. (3) Además, en la Comunidad Autónoma de Illes Balears habrá... Un (1) Secretario Coordinador en las islas de Menorca e Ibiza, y en la Comunidad Autónoma de Canarias, otro en las islas de Lanzarote y de La Palma. Dos (2) Secretarios Coordinadores en las islas de Menorca e Ibiza, y en la Comunidad Autónoma de Canarias, otro en las islas de Lanzarote y de La Palma. Dos (2) Secretarios Coordinadores en las islas de Menorca e Ibiza, y en la Comunidad Autónoma de Canarias, otro en las islas de Lanzarote y de La Gomera. Un (1) Secretario Coordinador en las islas de Mallorca e Ibiza, y en la Comunidad Autónoma de Canarias, otro en las islas de Lanzarote y de La Palma.

Artículo 466. 1. (4) En las Comunidades Autónomas uniprovinciales, las funciones del Secretario Coordinador serán asumidas por el Secretario de Gobierno, salvo en aquellas que, por razón del servicio, sea aconsejable su existencia. 1. (5) No se podrá ocupar más de... Diez (10) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario Coordinador. Quince (15) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario Coordinador. Cinco (5) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario Coordinador. Veinte (20) años ⏱️ el mismo puesto de Secretario Coordinador.

Artículo 466. 2. Los requisitos y procedimiento para su nombramiento se determinarán en el reglamento orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, si bien en todo caso deberá contar con... Al menos cinco (5) años ⏱️ de antigüedad en la segunda (2ª) categoría. Al menos diez (10) años ⏱️ de antigüedad en la segunda (2ª) categoría. Al menos diez (10) años ⏱️ de antigüedad en la tercera (3ª) categoría. Al menos cinco (5) años ⏱️ de antigüedad en la tercera (3ª) categoría.

Artículo 467. Bajo la dependencia directa del Secretario de Gobierno, el Secretario Coordinador ejercerá las siguientes competencias: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. 1. Dictar instrucciones de servicio a los Letrados de la Administración de Justicia de su ámbito territorial para el adecuado funcionamiento de los servicios que tienen encomendados. 2. Controlar la correcta ejecución de las circulares e instrucciones de servicio que dicte el Secretario de Gobierno del que dependa. 3. Dar cuenta de forma inmediata al Secretario de Gobierno de cuantos hechos sean relevantes al buen funcionamiento de la Administración de Justicia, así como de las necesidades de medios personales y materiales de las secretarías ubicadas en su territorio. 4. Colaborar con las comunidades autónomas con competencias asumidas, para la efectividad de las funciones que éstas ostenten en materia de medios personales y materiales. 5. Coordinar el funcionamiento de cuantos servicios comunes procesales se encuentren ubicados en su territorio, o en su caso, asumir indirectamente su dirección cuando exista un único servicio común procesal provincial.

Artículo 467. Bajo la dependencia directa del Secretario de Gobierno, el Secretario Coordinador ejercerá las siguientes competencias: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. 6. Proponer al Ministerio Fiscal las comisiones de servicio de Letrados de la Administración de Justicia que, dentro de su territorio, sean precisas para el correcto funcionamiento de las oficinas judiciales. 7. Resolver las suplencias y sustituciones de los Letrados de la Administración de Justicia de su ámbito. 8. Resolver los incidentes de abstención de los Letrados de la Administración de Justicia que de él dependan de acuerdo con lo previsto en esta Ley. 9. Conceder, por delegación del Secretario de Gobierno, los permisos y licencias a los Letrados de la Administración de Justicia de su territorio. 10. Las demás que establezcan las leyes y su propio reglamento orgánico.

🟣 CAPÍTULO IV: De la responsabilidad disciplinaria. Arts: 468- 469. ____________________________________________ Artículo 468. 2. (1) No podrá imponerse sanción por la comisión de una falta grave o muy grave, sino en virtud de expediente disciplinario instruido al efecto, mediante el procedimiento que se establezca en el reglamento orgánico del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia que se dicte en desarrollo de esta Ley. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 468. 2. (2) Para la imposición de sanciones por faltas leves, __________ la previa instrucción del expediente, salvo el trámite de audiencia al interesado. 2. (3) Además de los autores, serán responsables disciplinariamente los superiores que teniendo conocimiento de los hechos, los consintieren, así como quienes indujeran o encubrieran las faltas muy graves y graves cuando de dichos actos se deriven ___________ daños para la Administración o los ciudadanos. no será preceptiva // graves. no será preceptiva // muy graves. será preceptiva // leves. será preceptiva // graves.

Artículo 468. 4. El procedimiento disciplinario que se establezca en desarrollo de esta ley orgánica deberá garantizar al letrado de la Administración de Justicia expedientado, además de los reconocidos por el artículo 35 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los siguientes derechos: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) A la presunción de inocencia. b) A ser notificado del nombramiento de instructor y secretario, así como a recusar a los mismos. c) A ser notificado de los hechos imputados, de la infracción que constituyan y de las sanciones que, en su caso, puedan imponerse, así como de la resolución sancionadora. d) A no formular alegaciones. e) A proponer cuantas pruebas sean adecuadas para la determinación de los hechos. f) A poder actuar en el procedimiento asistido de letrado o de los representantes sindicales que determine.

Artículo 468. 5. Cuando de la instrucción de un procedimiento disciplinario resulte la existencia de indicios fundados de la comisión de una infracción... Penal, se suspenderá su tramitación, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal. Penal, se suspenderá su tramitación, poniéndolo en conocimiento del Ministerio de Justicia. Civil, se suspenderá su tramitación, poniéndolo en conocimiento del Ministerio Fiscal. Civil, se suspenderá su tramitación, poniéndolo en conocimiento del Ministerio del Interior.

Artículo 468. 6. (1) La incoación de un procedimiento penal... No será obstáculo para la iniciación de un expediente disciplinario por los mismos hechos, pero no se dictará resolución en éste hasta tanto no haya recaído sentencia firme o auto de sobreseimiento en la causa penal. No será obstáculo para la iniciación de un expediente disciplinario por los mismos hechos, pero no se dictará resolución en éste hasta tanto no haya recaído sentencia firme o decreto de sobreseimiento en la causa penal. Será obstáculo para la iniciación de un expediente disciplinario por los mismos hechos, pero se dictará resolución en éste hasta que haya recaído sentencia firme o auto de sobreseimiento en la causa penal. Será obstáculo para la iniciación de un expediente disciplinario por los mismos hechos, pero se dictará resolución en éste hasta que haya recaído sentencia firme o decreto de sobreseimiento en la causa penal.

Artículo 468. 6. (2) En todo caso, la declaración de hechos probados contenida en la resolución que pone término al procedimiento penal, vinculará a la resolución que se dicte en el expediente disciplinario, sin perjuicio de la distinta calificación jurídica que pueda merecer una y otra vía. 6. (3) Sólo podrá recaer sanción penal y disciplinaria sobre... Los mismos hechos cuando no hubiere identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. Los mismos hechos cuando hubiere identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. Diferentes hechos cuando no hubiere identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido. Diferentes hechos cuando hubiere identidad de fundamento jurídico y bien jurídico protegido.

Artículo 468 bis. 1. (2) Se consideran faltas muy graves: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) El incumplimiento del deber de fidelidad a la Constitución en el ejercicio de la función pública. b) Toda actuación que suponga discriminación por razón de nacimiento, origen racial o étnico, género, sexo u orientación sexual, religión o convicciones, opinión, discapacidad, edad o cualquier otra condición o circunstancia personal o social. c) El abandono del servicio. d) La adopción de acuerdos o resoluciones manifiestamente legales, cuando se cause perjuicio grave al interés público o lesionen derechos fundamentales de los ciudadanos. e) La revelación o utilización por el Letrado de la Administración de Justicia de hechos o datos conocidos en el ejercicio de su función o con ocasión de ésta, cuando se cause perjuicio a la tramitación de un proceso o a cualquier persona.

Artículo 468 bis. 1. (2) Se consideran faltas muy graves: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. f) La utilización indebida de la documentación o información a que tengan o hayan tenido acceso por razón de su cargo o función. g) La negligencia en la custodia de documentos que dé lugar a su difusión o conocimiento indebido. h) El retraso, la desatención o el cumplimiento reiterados de las funciones inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas. i) La utilización de las facultades que tenga atribuidas para influir en procesos electorales de cualquier naturaleza y ámbito. j) El incumplimiento grave de las decisiones judiciales cuya ejecución tengan encomendadas.

Artículo 468 bis. 1. (2) Se consideran faltas muy graves: ❌ (Señala la INCORRECTA) ❌. k) La desobediencia grave o reiterada a las órdenes o instrucciones verbales o escritas de un superior emitidas por éste en el ejercicio de sus competencias, referidas a funciones o tareas propias del puesto de trabajo del interesado, salvo que sean manifiestamente legales. L) La utilización de la condición de Letrado de la Administración de Justicia para la obtención de un beneficio indebido para sí o para un tercero (3º). m) La realización de actividades declaradas incompatibles por ley. n) La inobservancia del deber de abstención, a sabiendas de que concurre alguna de las causas legalmente previstas. o) Los actos que impidan el ejercicio de los derechos fundamentales, de las libertades públicas y de los derechos sindicales.

Artículo 468 bis. 1. (2) Se consideran faltas muy graves: ❌ (Señala la INCORRECTA) ❌. p) El incumplimiento del deber de atender los servicios básicos en caso de huelga. q) El acoso sexual. r)  La agresión grave a cualquier persona con la que se relacionen en el ejercicio de sus funciones. s) La arbitrariedad en el uso de autoridad que cause perjuicio grave a los subordinados o al servicio. t) Las acciones y omisiones que hayan dado lugar en sentencia firme a una declaración de responsabilidad civil contraída en el ejercicio de la función por dolo o culpa grave. u) La comisión de una (1) falta grave cuando hubiere sido anteriormente sancionado por otras dos (2) graves que hayan adquirido firmeza, sin que hubieren sido canceladas o procedido la cancelación de las anotaciones correspondientes.

Artículo 468 bis. 2. Se consideran faltas graves: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) La desobediencia expresa a las órdenes o instrucciones de un superior, emitidas por éste en el ejercicio de sus competencias, referidas a funciones o tareas propias del puesto de trabajo del interesado, salvo que sean manifiestamente ilegales. b) El incumplimiento de las decisiones judiciales cuya ejecución les ha sido encomendada, cuando no constituya falta muy grave. c) La arbitrariedad en el uso de autoridad en el ejercicio de sus funciones cuando no constituya falta muy grave. d) La negligencia en la custodia de documentos, así como la utilización indebida de los mismos o de la información que conozcan por razón del cargo, cuando tales conductas no constituyan falta muy grave. e) La tercera (3ª) falta injustificada de asistencia en un período de dos (2) meses. f) La negligencia, la desatención o retraso injustificado en el cumplimiento de las funciones inherentes al puesto de trabajo o funciones encomendadas cuando no constituya falta muy grave. g) El ejercicio de cualquier actividad susceptible de compatibilidad, conforme a lo dispuesto en la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, sobre incompatibilidades del personal al servicio de las Administraciones públicas, sin obtener la pertinente autorización o habiéndola obtenido con falta de veracidad en los presupuestos alegados. h) La falta de consideración grave con los superiores, iguales o subordinados, así como con los profesionales o ciudadanos.

Artículo 468 bis. 2. Se consideran faltas graves: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. i) Causar daño grave en los documentos o material de trabajo, así como en los locales destinados a la prestación del servicio. j) La utilización inadecuada de los medios informáticos y materiales empleados en el ejercicio de sus funciones y el incumplimiento de las instrucciones facilitadas para su utilización, así como la indebida utilización de las claves de acceso a los sistemas informáticos. k) Las acciones u omisiones dirigidas a eludir los sistemas de control de horarios o a impedir que sean detectados los incumplimientos injustificados de la jornada de trabajo. L) Dejar de promover la exigencia de la responsabilidad disciplinaria que proceda al personal que integre su oficina, cuando conocieran o debieran conocer el incumplimiento grave por los mismos de los deberes que les correspondan. m) Obstaculizar las labores de inspección. n) Promover su abstención de forma claramente injustificada. o) El reiterado incumplimiento del horario de trabajo sin causa justificada. p) La comisión de una (1) falta de carácter leve, habiendo sido sancionado anteriormente por resolución firme por otras tres (3) leves, sin que hubieran sido canceladas o procedido la cancelación de las correspondientes anotaciones.

Artículo 468 bis. 3. Se consideran faltas leves: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) La falta de consideración con los superiores, iguales o subordinados, así como con los profesionales o ciudadanos, cuando no constituya una infracción más grave. b) El incumplimiento de los deberes propios de su cargo o puesto de trabajo o la negligencia en su desempeño, siempre que tales conductas no constituyan infracción más grave. c) La desatención o retraso injustificado en el cumplimiento de sus funciones, cuando no constituya falta más grave. d) La ausencia injustificada por dos (2) días. e) El incumplimiento del horario de trabajo sin causa justificada cuando no constituya falta grave.

Artículo 468 ter. En la imposición de sanciones por los órganos competentes deberá observarse la debida adecuación o proporcionalidad entre la gravedad del hecho constitutivo de la infracción y la sanción aplicada, considerándose especialmente los siguientes criterios para la graduación de la sanción a aplicar: ❌ (Señala la INCORRECTA) ❌. a) Intencionalidad. b) Perjuicio causado a la Administración o a los ciudadanos. c) Grado de participación en la comisión de la falta. d) Reiteración pero no a la reincidencia.

Artículo 468 quáter. 1. Las sanciones que se pueden imponer a los Letrados de la Administración de Justicia por las faltas cometidas en el ejercicio de su cargo son: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) Apercibimiento. b) Multa de hasta 2.500 euros. c) Suspensión de empleo y sueldo. d) Traslado forzoso fuera del municipio de destino. e) Separación del servicio. f) Cese en el puesto de trabajo.

Artículo 468 quáter. 2. (1) Las sanciones previstas en las letras c) y d) del apartado anterior podrán imponerse por la comisión de... Faltas graves y muy graves, graduándose su duración en función de las circunstancias que concurran en el hecho objeto de sanción. Faltas leves y muy graves, graduándose su duración en función de las circunstancias que concurran en el hecho objeto de sanción. Faltas leves y graves, graduándose su duración en función de las circunstancias que concurran en el hecho objeto de sanción. Faltas leves, graduándose su duración en función de las circunstancias que concurran en el hecho objeto de sanción.

Artículo 468 quáter. 2. (2) La sanción de separación de servicio sólo podrá imponerse por faltas muy graves. 2. (3) La suspensión de funciones impuesta por la comisión de una falta muy grave no podrá ser superior a... Tres (3) años ⏱️ ni inferior a un (1) año ⏱️. Si se impone por falta grave, no excederá de un (1) año ⏱️. Tres (3) años ⏱️ ni inferior a un (1) año ⏱️. Si se impone por falta grave, no excederá de dos (2) años ⏱️. Dos (2) años ⏱️ ni inferior a un (1) año ⏱️. Si se impone por falta grave, no excederá de un (1) año. Dos (2) años ⏱️ ni inferior a un (1) año ⏱️. Si se impone por falta grave, no excederá de tres (3) años ⏱️.

Artículo 468 quáter. 2. (4) Los Letrados de la Administración de Justicia a los que se sancione con traslado forzoso no podrán obtener nuevo destino en el municipio de origen durante... Tres (3) años ⏱️, cuando hubiese sido impuesta por falta muy grave, y durante uno (1) ⏱️, cuando hubiera correspondido a la comisión de una falta grave. Dos (2) años ⏱️, cuando hubiese sido impuesta por falta muy grave, y durante uno (1) ⏱️, cuando hubiera correspondido a la comisión de una falta grave. Dos (2) años ⏱️, cuando hubiese sido impuesta por falta muy grave, y durante tres (3) ⏱️, cuando hubiera correspondido a la comisión de una falta grave. Cuatro (4) años ⏱️, cuando hubiese sido impuesta por falta muy grave, y durante uno (1) ⏱️, cuando hubiera correspondido a la comisión de una falta grave.

Artículo 468 quáter. 2. (5) La sanción de cese en el puesto de trabajo sólo será aplicable a los Letrados de la Administración de Justicia suplentes por comisión de faltas graves o muy graves. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 468 quáter. 2. (6) La sanción de multa solo podrá imponerse por la comisión de faltas muy graves. 2. (7) La sanción de apercibimiento sólo podrá imponerse por la comisión de faltas leves. Verdadero ✅. Falso ❌.

Artículo 469. 1. Son competentes para la incoación de expedientes disciplinarios a los funcionarios del Cuerpo de Letrados de la Administración de Justicia, el Ministerio de Justicia, el Secretario de Gobierno y los Secretarios Coordinadores Provinciales. La tramitación de los mismos corresponde al Ministerio de Justicia. 2. Para la imposición de las sanciones serán competentes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌. a) El Secretario General de la Administración de Justicia, el Secretario de Gobierno y el Secretario Coordinador Provincial, para la sanción de apercibimiento respecto de quienes dependiesen de ellos. b) El Secretario General de la Administración de Justicia, para la sanción de multa. c) El Ministerio de Justicia, para la sanción de suspensión, traslado forzoso, separación del servicio y cese en el puesto de trabajo.

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