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TEMA 11 MOD. 2 LITIGACIÓN CIVIL Y MERCANTIL

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Título del Test:
TEMA 11 MOD. 2 LITIGACIÓN CIVIL Y MERCANTIL

Descripción:
MASTER ACCESO ABOGACÍA-CEDEU

Fecha de Creación: 2023/11/13

Categoría: Otros

Número Preguntas: 10

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Se puede decir que la Junta general tiene como finalidad en las Sociedades de capital según los artículos 159 a 208 LSC: a. Reunir a los socios y deliberar a través de unanimidad la voluntad de persona jurídica. b. Reunir a los socios y deliberar a través de mayorías la voluntad de la persona jurídica. c. Encargarse de la gestión externa y representar a la Sociedad frente a terceros. d. Encargarse de la gestión externa y representar a la Sociedad frente a terceros.

Uno de los requisitos de la Junta general es: a. Reunión de socios siendo necesario que asistan todos los socios y en caso contrario se repetirá la convocatoria. b. Reunión de socios sin que sea necesario que asistan todos, pero sin necesidad de quórum en ninguna de las dos. c. Reunión de socios sin que sea necesario que asistan todos, pero si en las S.A un quórum de asistencia en 1ª y 2ª convocatoria y en las S.L no existe quórum, pero sí que sea por mayoría. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

Es competencia de la Junta general de las Sociedades de capital: a. Materias de la Junta ordinaria: cuentas anuales, gestión social; modificar los Estatutos sociales. b. Aumentar y reducir el capital; eliminar o limitar el derecho de suscripción preferente. c. Nombrar y separar a los administradores, liquidadores y auditores de cuentas; modificaciones estructurales, disolución de la Sociedad; Balance final de liquidación y Administración extraordinaria. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

La Junta Universal tiene características especiales. a. Es aquella que sólo es posible convocarla en Sociedades con pocos socios, sobre todo en las S.L, para cualquier asunto y esté presente todo el capital social y los asistentes acepten por unanimidad su celebración. b. Se podrá celebrar fuera del domicilio social. c. La convocatoria puede ser informal y su principal característica es derogar el normal sistema de convocatoria de Junta y los acuerdos serán por mayoría y no por unanimidad. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Si no se convoca Junta general ordinaria ¿Qué puede hacer el socio?. a. Cualquier socio podrá solicitar del Letrado de la Administración de Justicia o del Registrador Mercantil la Convocatoria de la Junta. b. Nada, no se celebrará en ese ejercicio. c. Los socios con un 5% del capital social pueden solicitar del Letrado de la Administración de Justicia o del Registrador Mercantil la Convocatoria de la Junta. d. Se podrá solicitar la convocatoria de la Junta general extraordinaria.

Las características más significativas de la Junta general Extraordinaria son que: a. Es el órgano soberano y necesario. b. Tiene carácter residual, porque es aquella que no reúna los dos requisitos de la ordinaria y además será válida, aunque se convoque o se celebre fuera de plazo. c. Tiene carácter secundario, pero reúne al menos un requisito de la Junta general ordinaria. d. Ninguna de las respuestas anteriores es correcta.

En cuanto a los plazos entre la convocatoria y la fecha prevista para la celebración de la Junta según el artículo 176.1 de la LSC. a. Al menos un mes para las S.A o 15 días si es S.L. b. Dos meses para las S.A o 1 mes si es S.L. c. Dos meses y medio para las S.A o 15 días si es S.L. d. 15 días tanto para las S.A como las S.L.

Las mayorías para adoptar los Acuerdos Sociales en S.A son: a. Mayoría simple, sólo será mayoría absoluta del capital con derecho a voto si se pide quórum de constitución del 50%. Si la concurrencia es en 2ª convocatoria es mayor del 25% y menor del 50% se pedirá mayoría 2/3. b. Por unanimidad. c. Siempre mayoría 2/3. d. Ninguna de las respuestas anteriores son correctas.

El artículo 190 de la LSC realiza referencia al conflicto de interés del socio significando que: a. El socio siempre podrá votar, aunque se vea afectado su propio interés. b. No se regula este criterio por no encontrarse previsto en esta Ley. c. No se le prohíbe simplemente se le advierte, pero puede votar. d. Se prohíbe votar al socio que según el acuerdo que sea se encuentre en conflicto de intereses porque le afecta a su interés individual en determinados casos.

Los Acuerdos impugnables de la Junta general. a. Por ser contrario a la Ley. b. Por infringir o ir en contra de los Estatutos o Reglamento de la Junta. c. Por favorecer a uno, varios socios o terceros o por imponerse de manera abusiva por la mayoría. d. Todas las respuestas anteriores son correctas.

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