Los animales en sentido jurídico: son equiparables a las personas, aunque no pueden comparecer en juicio son cosas, aunque esta concepción está cada vez más cuestionada poseen derechos y deberes, aunque estos últimos son discutidos. Los derechos subjetivos absolutos se caracterizan: porque conceden al titular potestades ilimitadas porque prevalecen sobre los derechos limitados porque pueden hacerse valer frente a todos. El derecho subjetivo concede: un derecho positivo un conjunto de norma un poder o facultad. Son "Cosa", según el derecho subjetivo: las realidades materiales con valor determinado todos aquellos elementos tangibles sin valor determinado aquellas realidades materiales o inmateriales traducibles a un valor patrimonial. ¿Cuál es el objeto del derecho subjetivo? el crédito la obligación la cosa. Atendiendo al sujeto pasivo los derechos subjetivos se clasifican en: absolutos y relativos reales y personales de libertad y de pretensión. Según la postura iusnaturalista, cuando hablamos de deberes jurídicos, estamos hablando abiertamente de: deberes sociológicos deberes morales deberes absolutos y relativos. La cosa, como objeto del derecho subjetivo: se limita a objetos materiales comprende realidades inmateriales y espirituales abarca los derechos inherentes a la persona. Los derechos subjetivos que prohíben perturbar la libre acción de su titular se denominan: de omisión de libertad de pretensión. Una res extra commercium puede ser objeto de un derecho subjetivo: con limitaciones en ningún caso si no perjudica a un tercero. Cuando se habla de derecho objetivo se alude a lo jurídico en tanto que : posibilidad facultad norma. Derecho se escribe con mayúscula, cuando se refiere: derecho objetivo derecho subjetivo derecho histórico. El Derecho en sentido objetivo hace referencia a: una facultad del sujeto la norma jurídica el instinto jurídico. Para el positivismo, el fundamento del deber jurídico radica en: una costumbre el sometimiento del sujeto obligado a la norma los Principios Generales del Derecho. Para el Jusnaturalismo, el fundamento del deber jurídico posee un: fundamento civil fundamento penal fundamento moral. El derecho objetivo es sinónimo de: derecho público derecho positivo derecho vigente. El contenido del derecho subjetivo lo forman: las cosas materiales la pretensión y el disfrute las cosas inmateriales.
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