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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETEMA 11 REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

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Título del test:
TEMA 11 REGÍMENES DE LA SEGURIDAD SOCIAL

Descripción:
Seguridad Social

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
01/12/2023

Categoría:
Oposiciones

Número preguntas: 45
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Temario:
La Constitución Española establece un régimen público de Seguridad Social: Únicamente para quienes tengan la condición de trabajadores o asimilados Para todos los ciudadanos Sólo respecto de las prestaciones complementarias Constitucionalmente no está recogido el derecho a la Seguridad Social.
¿Cuál de los siguientes grupos de trabajadores está consagrado por ley como un Régimen Especial de la Seguridad Social? Trabajadores del mar Artistas en espectáculos públicos Personal de alta dirección Minusválidos.
No constituyen un Régimen Especial de la Seguridad Social: Los trabajadores del mar Los funcionarios públicos civiles y militares El personal laboral al servicio de las Administraciones Públicas Los estudiantes.
Tras el Convenio Único para el Personal Laboral al servicio de la Administración General del Estado, éste ha quedado encuadrado, a efectos de Seguridad Social en: El Régimen Especial de Oficinas y Despachos El Régimen General El Régimen Especial de la Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado El Sistema Especial de Personal Civil no funcionario de la Administración General del Estado.
Quedan excluidos del campo de aplicación de Régimen Especial de la Seguridad social de los funcionarios civiles del Estado: Los funcionarios en prácticas que aspiren a incorporarse a Cuerpos de la Administración Civil del Estado Los funcionarios de Organismos Autónomos Los funcionarios de carrera en suspensión provisional Los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía.
Las personas que presten servicios retribuidos en las instituciones de carácter benéfico-social: No están incluidas en el sistema de Seguridad Social, por no ser la suya una relación laboral Están incluidas en el régimen especial de Seguridad Social únicamente a efectos de las prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales Están incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social Pertenecerán al régimen de Clases Pasivas y MUFACE.
Frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte y supervivencia, un funcionario que ingresó en el año 2016 como funcionario civil del Estado, en el Ministerio de Administraciones Públicas, que está en comisión de servicios en el Ministerio de Defensa estará protegido por: El Instituto Social de las Fuerzas Armadas Por el Régimen de Clases Pasivas Por el Régimen General de la Seguridad Social Por el Instituto Social de la Marina.
Los funcionarios de carrera de nuevo acceso a la administración de la Xunta de Galicia, son integrados en: El Régimen General de la Seguridad Social. En el Régimen Especial de la Seguridad Social para funcionarios. En MUFACE En ISFAS.
El TRLGSS establece que los trabajadores que realizan una actividad económica o profesional a título lucrativo y de forma habitual, personal, directa y predominante para una persona física o jurídica, denominada, cliente, del que dependen económicamente por percibir de él, al menos, el 75% de sus ingresos por rendimientos de trabajo y de actividades económicas o profesionales quedan encuadrados... En el Régimen General de la Seguridad Social En el Régimen Especial de los Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos En el Sistema Especial de los Trabajadores Autónomos Económicamente Dependientes. Quedan excluidos del sistema de la Seguridad Social.
A partir del 1 de enero de 2011, los funcionarios de carrera de la Administración Civil del Estado de nuevo ingreso están integrados en el Régimen General de la Seguridad Social a los efectos de: Prestación de asistencia sanitaria Prestaciones recuperadores por incapacidad permanente total, absoluta y gran invalidez Pensiones de jubilación, invalidez y de muerte y supervivencia Con efectos de 1 de enero de 2011, todas las prestaciones, sin excepción, a que tienen derecho dichos funcionarios se prestarán a través de MUFACE, MUGEJU o ISFAS.
Cuál de las siguientes afirmaciones es correcta: Los trabajadores con discapacidad empleados en los centros especiales de empleo quedarán incluidos como trabajadores por cuenta propia en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a su actividad. Ninguna de las respuestas es correcta, Los trabajadores empleados en los centros especiales de empleo quedarán incluidos como trabajadores por cuenta propia en el régimen de la Seguridad Social que corresponda a su actividad Los trabajadores con discapacidad empleados en los centros especiales de empleo quedarán incluidos como trabajadores por cuenta ajena en el régimen de la Segundad Social que corresponda a su actividad.
Estarán comprendidos en el campo de aplicación del sistema de la Seguridad Social; A efectos de las prestaciones no contributivas: todos los españoles residentes y los extranjeros que residan legalmente en territorio español. A efectos de las prestaciones contributivas: cualquiera que sea su sexo, estado civil y profesión, los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España A efectos de las prestaciones contributivas: cualquiera que sea su sexo, raza, religión y profesión, los españoles que residan en España y los extranjeros que residan o se encuentren legalmente en España Ninguna respuesta es correcta.
¿Estarán comprendidos en el sistema de la Seguridad Social, a efectos de las prestaciones contributivas?: Los españoles, cualquiera que sea su raza, estado civil y profesión Los extranjeros que residan o se encuentren ilegalmente en España Los extranjeros que ejerzan su actividad en territorio europeo. Los españoles que residan en España.
¿Estarán obligatoriamente incluidos en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social?: Las personas que presten servicios retribuidos en entidades o instituciones de carácter benéfico social. Trabajadores de la minería Trabajadores del mar. Personal sanitario licenciado emérito.
El Personal estatutario del Sergas: Está excluido del campo de aplicación de la seguridad social Está incluido en el Régimen especial de funcionarios públicos de la seguridad social Está incluido en el régimen general de la seguridad social Ninguna de las respuestas es correcta.
Conforme lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, indica cuáles son los Regímenes que integran el Sistema de la Seguridad Social: El Régimen General. Los Regímenes Especiales Las respuestas a) y b) son ciertas. Las respuestas a) y b) son erróneas.
El Título I de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 relativo a “Normas Generales del Sistema de la Seguridad Social” no es de aplicación directa a los Regímenes que deben regularse por Ley específica, y dichos Regímenes son: Funcionarios públicos, civiles y militares; trabajadores por cuenta propia o autónomos; estudiantes Trabajadores dedicados a las actividades agrícolas, forestales y pecuarias, así como los titulares de pequeñas explotaciones que las cultiven directa y personalmente; trabajadores del mar; empleados de hogar Estudiantes, empleados de hogar, trabajadores por cuenta propia y autónomos Funcionarios públicos, civiles y militares; trabajadores del mar.
De conformidad con la tendencia a la unidad que debe presidir la ordenación del Sistema de la Seguridad Social, que indica el artículo 10.5 de la Ley General de la Seguridad Social de 2015, quién podrá disponer la integración en el Régimen General de cualquiera de los Regímenes Especiales correspondientes a los grupos que se relacionan en el apartado 2 del artículo 10, a excepción de los que han de regirse por leyes específicas y siempre que ello sea posible teniendo en cuenta las peculiares características de los grupos afectados y el grado de homogeneidad con el Régimen General alcanzado en la regulación del Régimen Especial de que se trate? El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta del Ministerio competente por razón de la actividad o condición de las personas en ellos incluidos El Gobierno, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta del Ministerio competente por razón de la actividad o condición de las personas en ellos incluidos, previo informe favorable de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social El Ministerio de Empleo y Seguridad Social, a propuesta de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social.
¿Cuál de los siguientes regímenes integrados en el Sistema de la Seguridad Social protege tanto a trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia? Régimen General de la Seguridad Social Régimen Especial de Trabajadores Autónomos Régimen Especial de trabajadores del Mar Régimen Especial de la Minería del Carbón.
¿En qué Título del Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social de 2015 se regula la prestación de asistencia sanitaria? Título I Título II Título III Ninguno.
En aquellas actividades profesionales en las que, por su naturaleza, sus peculiares condiciones de tiempo y lugar o por la índole de sus procesos productivos, se hiciere preciso para la adecuada aplicación de los beneficios de la Seguridad Social, se establecerán: Sistemas Especiales Regímenes Especiales A todas las actividades profesionales les será aplicable el Régimen General Las respuestas A y C son correctas.
¿Cuál de los siguientes colectivos de trabajadores no está obligatoriamente incluido en el Régimen General de la Seguridad Social? Los conductores de vehículos de turismo al servicio de particulares Los funcionarios del Estado transferidos a las Comunidades Autónomas que hayan ingresado a o ingresen voluntariamente en Cuerpos o Escalas propios de la Comunidad Autónoma de destino, cualquiera que sea el sistema de acceso Los Funcionarios públicos, civiles o militares Las personas que presten servicios redistribuidos en las entidades o instituciones de carácter benéfico-social.
Los sistemas especiales se podrán establecer en aquellos Regímenes de la Seguridad Social en que resulte necesario en alguna o algunas de las materias siguientes: Campo de aplicación, inscripción de empresas, afiliación, altas y bajas de trabajadores. Cotización y recaudación Encuadramiento, afiliación, forma de cotización o recaudación. Solamente se pueden establecer en el Régimen General y en razón de las materias enunciadas en el apartado C.
Están incluidos en el sistema de la S.S. a efectos de la modalidad no contributiva: Los españoles Los que residan en territorio nacional Los españoles mayores de 18 años Los españoles que residan en territorio nacional.
Cuál de estos regímenes especiales no existe: Autónomos Estudiantes Funcionarios Civiles del Estado Ferroviarios.
De la redacción establecida en el artículo 7.1 de la LGSS se considera comprendidos en el sistema de la Seguridad Social a efectos de las prestaciones de la modalidad contributiva: Los españoles residentes en territorio nacional Españoles que residan en España y extranjeros que se encuentren legalmente en España. Los españoles residentes en territorio nacional asimilándose a ellos los brasileños, filipinos, andorranos, portugueses e hispano-americanos. Todas son falsas.
El sobrino de un empresario que es contratado por este coincidiendo en su hogar y dependiendo económicamente de él será considerado a efectos de su inclusión en el sistema de la S.S.: Trabajador por cuenta ajena en todo caso. Trabajador por cuenta propia salvo que demuestre la condición de asalariado. Siempre se considera trabajador por cuenta propia. Podrá optar por una sola vez en ser trabajador por cuenta propia o por cuenta ajena.
El Gobierno podrá considerar trabajo marginal, cuando a instancia de los interesados y a propuesta del Mº de Empleo y Seguridad Social y oído: El Ministerio de Hacienda El Director General del INSS. Director de la Tesorería General de la S.S Los Sindicatos más representativos.
La inclusión múltiple en el sistema de la Seguridad Social: Podrá ser obligatoria para los trabajadores por cuenta ajena. Será siempre voluntaria. Está prohibida a todos los trabajadores Está prohibida por un mismo trabajo.
La necesidad de crear Regímenes Especiales se justifica por: Distinguir entre colectivos las distintas actividades que realizan. Establecer una regulación adecuada a las peculiaridades de los distintos procesos productivos tiene cada uno de ellos La necesidad de establecer una adecuada aplicación de los beneficios sociales La necesidad de diferenciar las actividades profesionales y sus peculiares condiciones de tiempo, lugar o por la índole de ser procesos productivos.
No se considera que un trabajo es benévolo o de buena vecindad cuando: Se realice entre familiares que convivan juntos. Sean retribuidos y periódicos. Sean amistosos u ocasionales. A y B son ciertas.
La asimilación de colectivos al campo de aplicación del Régimen General se realiza por: El Ministro de Empleo y Seguridad Social a propuesta del colectivo interesado. El Gobierno a propuesta del colectivo interesado. El Gobierno a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social El Gobierno a propuesta del Secretario de Estado de la Seguridad Social.
Un trabajador por cuenta ajena que es nombrado miembro del consejo de administración de una empresa sin realizar funciones de director lo incluiremos en: El Régimen General salvo que tenga el control de la Sociedad. El Régimen General como trabajador asalariado con la exclusión de la protección de desempleo y FOGASA El Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia El Régimen Especial de trabajadores por cuenta propia salvo que se demuestre que controla la Sociedad.
Un funcionario civil de la administración del Estado que es transferido él y su servicio a una comunidad autónoma quedará adscrito a: Régimen General. Podrá optar por el Régimen General o el régimen que tenía anteriormente Tendrá que quedarse en el régimen especial de funcionarios al que pertenecía Ninguna es cierta.
¿Mediante qué norma jurídica pueden incluirse en el Régimen General de la SS nuevos colectivos como asimilados a trabajadores por cuenta ajena? Resolución de la Secretaría de Estado de la SS Orden del Ministerio de Empleo y Seguridad Social Ley ordinaria de las Cortes Generales Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Empleo y Seguridad Social.
El artículo 136.2 de la Ley General de Seguridad Social en su apartado letra b) declara expresamente incluidos plenamente en el Régimen General: Socios trabajadores de sociedades mercantiles capitalistas si no conlleva las funciones de Director o Gerente de la sociedad controlen o no el capital social de la empresa Socios trabajadores que formando parte del Consejo de Administración no sean directivos ni gerentes de la sociedad si no controlan el capital social de la empresa Los socios trabajadores por estar excluidos del Régimen General deben ser miembros del Consejo de Administración El único requisito imprescindible como socio trabajador de una sociedad mercantil capitalista para ser reconocido incluido plenamente en el Régimen General es no controlar el capital social de la empresa.
¿Qué régimen de los enumerados está exclusivamente integrado por trabajadores por cuenta ajena?: Régimen especial de funcionarios civiles del Estado Régimen especial de trabajadores autónomos Régimen especial de la minería del carbón Régimen especial del mar.
Una norma expresa ha incluido dentro del campo de aplicación del Régimen general. Trabajadores trasladados por su empresa fuera del territorio nacional. Españoles que ostenten la condición de funcionarios de Organizaciones Internacionales. Personal español al servicio de la Administración en el extranjero. Todos esos colectivos quedarían integrados.
Quedarán excluidos del ámbito de aplicación del Régimen General: Todas las personas que realicen una actividad de carácter marginal Todos las personas que de forma individual soliciten la exclusión. Las personas cuyo trabajo pueda ser considerado marginal, pueden ser excluidas por el Gobierno, mediante Real Decreto, a instancia de la persona interesada. Ninguna respuesta es correcta.
Las personas que presten servicios retribuidos en las instituciones de carácter benéfico-social: No están incluidas en el sistema de Seguridad Social, por no ser la suya una relación laboral. Están incluidas en el régimen especial de Seguridad Social únicamente a efectos de las prestaciones derivadas de accidente de trabajo y enfermedades profesionales. Están incluidas en el Régimen General de la Seguridad Social Pertenecerán al régimen de Clases Pasivas y MUFACE.
¿Cuándo se establecerá un Régimen Especial de Seguridad Social? Cuando lo solicite un número determinado de asociados. Siempre que se constituya una sociedad anónima de más de mil trabajadores Cuando se trate de una actividad profesional que por su naturaleza así lo requiera. No se establecerá en ningún caso.
A los funcionarios transferidos a las Comunidades Autónomas les será aplicable: El Régimen General de la Seguridad Social. El Régimen Especial de MUFACE, en todo caso El Sistema de Seguridad Social o de previsión que tuvieran originariamente Cualquier Régimen que el funcionario haya elegido voluntariamente.
¿En qué régimen debe encuadrarse a un trabajador de la industria y los servicios que de forma habitual, personal y directa, realiza una actividad económica a título lucrativo, sin sujeción a contrato de trabajo? Régimen general de la Seguridad Social Régimen especial de los trabajadores por cuenta propia o autónomos. Régimen especial de representantes de comercio Ninguna de las anteriores.
En el sistema español de la Seguridad Social se encuentran encuadrados dentro de un Régimen Especial de la Seguridad Social; Los trabajadores de la hostelería. Los trabajadores de la industria de conservas vegetales. Los funcionarios públicos, civiles y militares. Los funcionarios de la Seguridad Social.
No están incluidos en el campo de aplicación del Régimen General de la Seguridad Social, conforme a lo establecido en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre: El personal contratado al servicio de notarias, registros de la propiedad y demás oficinas o centros similares. Las personas que presten servicios amistosos, benévolos o de buena vecindad, no retributivos en entidades o instituciones de carácter benéfico-social. Los funcionarios del Estado transferidos a las Comunidades Autónomas que hayan ingresado o ingresen voluntariamente en cuerpos o escalas propios de la Comunidad Autónoma de destino, cualquiera que sea el sistema de acceso. Los trabajadores que realicen las operaciones de manipulado, empaquetado, envasado y comercialización del plátano.
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