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TRAMITACION PROCESAL

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Título del Test:
TRAMITACION PROCESAL

Descripción:
TEMA 16 - JUICIO VERBAL (*)

Fecha de Creación: 2022/03/29

Categoría: Otros

Número Preguntas: 13

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Temario:

1. EN EL JUICIO VERBAL PARA RECTIFICACIÓN DE HECHOS QUE SE RECOGE EN LA LEY 2/1984 DE 26 MARZO, REGULADORA DEL DERECHO DE RECTIFICACIÓN. A. El órgano judicial podrá rechazar la demanda, previa audiencia del demandado. B. Es preceptiva la intervención de Abogado y Procurador. C. La sentencia se dictará en el mismo día o al siguiente del juicio. D. El recuso de apelación contra la sentencia dictada se admitirá en ambos efectos.

2. En los juicios verbales en el que se ejercite la pretensión de desahucio por falta de pago, el requerimiento que se efectúe al demandado expresará: A. El día y la hora que se hubieran señalado para que tengan lugar la eventual vista en caso de oposición del demandado. B. El día y la hora exactos para la práctica del lanzamiento en caso de que no hubiera oposición. C. Que la falta de oposición al requerimiento supondrá la prestación de su consentimiento a la resolucion del contrato de arrendamiento que le vincula con el arrendador. D. Todas las oopciones son correctas.

3. Las sentencias que pongan fin a los juicios verbales producirán efectos de cosa juzgada en uno de los siguientes casos: A. Sentencias sobre tutela sumaria de la posesión. B. Sentencias que resuelvan sobre alimentos debidos por disposición legal o por otro título. C. Sentencias que se dicten en los juicios verbales en que se pretenda la efectividad de derechos reales inscritos frente a quienes se opongan a ellos o perturben su ejercicio, sin disponer de título inscrito. D. Sentencias que decidan sobre la pretensión de desahucio or recuperación de finca dada en arrendamiento, por impago de la renta o alquiler o por expiración legal o contractual del plazo.

4. En el juicio verbal. ¿Cuando se habrá de proponer la declinatoria???. A. Dentro de los diez primeros días del plazo para contestar a la demanda. B. En el escrito de contestación a la demanda. C. Al inicio del acto de la vista. D. En los cinco primeros días posteriores a la citación para vista.

5. El acuerdo homologado judicialmente durante el acto de la vista del juicio verbal. a. Surtirá los efectos atribuidos por la ley a los convenios de mediación. B. No surtirá efecto alguno. C. Surtirá los efectos atribuidos por la ley a la transacción judicial. D. Surtirá los efectos atribuidos por la ley a los convenios privados entre partes.

6. Si el demandado atendiere el requerimiento en cuanto al desalojo del inmueble en juicio de deshaucio sin formular oposición ni pagar cantidad: A. En todo caso queda ya sin efecto la diligencia de lazamiento. B. El LAJ convocará a vista. C. Se mantiene la diligencia de lanzamiento para levantar acta sobre el estado en que se encuentra la finca si lo interesa el demandante. D. El Juez dictará auto dando por terminado el procedimiento.

7. En los juicios verbalos: A. En ningún caso se admitirá reconvención en los juicios verbales que, según ley, deban finalizar por sentencia sin efectos de cosa juzgada. B. Se admite la reconvención aunque no exista conexión entre las pretensiones de la reconvención y las que sean objeto de la demanda principal. C. Se admite en todo caso la reconvención. D. En ningún caso se admitirá la reconvención en los juicios verbales,q ue seún la ley, deban finalizar por sentencia con efectos de cosa juzgada.

8. En el procedimiento verbal civil, la celebración de vista se solicitará. A. Por el demandado necesariamente en su escrito de contestación. B. Siempre en el escrito de demanda. C. Por el demandante en los cinco días siguientes desde el traslado del escrito de contestación. D. Por el demandado dentro de los cinco primeros días del emplazamiento.

9. Si en un juicio de desahucio se apreciare una posible situación de vulnerabilidad. ¿durante cuanto tiempo podrá suspenderse el proceso en caso de que el demandante fuera una persona jurídica?. A. Durante un plazo máximo de un mes a contar desde la recepción de la comunicación de los Servicios Sociales al órgano judicial. Durante un plazo máximo de dos meses a contar desde el requerimiento de pago donde se le informa al demandado de la posibilidad de que acuda a los Servicios Sociales . Durante un plazo máximo de dos meses a contar desde la recepción de la comunicación de los Servicios Sociales al órgano judicial. Durante un plazo máximo de tres meses a contar desde la recepción de la comunicación de los Servicios Sociales al órgano judicial.

10. Para ennervar el desahucio es necesario que: A. El demandado, en el plazo de 10 días del requerimiento, pague al actor o ponga a su disposición el el Tribunal o notarialmente, todas las cantidades que adeude al actor en el momento de dicho para, no solo las reclamadas. B. El demandado, en el plazo de 10 días del requerimiento, pague al actor o ponga a su disposición en el Tribunal o notarialmente, el importe de las cantidades reclamadas en la demanda. C. El demandado, en el plazo de 20 días del requerimiento, pague al actor o ponga a su disposición en el Tribunal o notarialmente, el importe de las cantidades reclamadas en la demanda. D. El demandado, en el plazo de 20 días del requerimiento, pague al actor o ponga a su disposición el el Tribunal o notarialmente, todas las cantidades que adeude al actor en el momento de dicho para, no solo las reclamadas.

11. Si el demandado no compareciere al acto de la vista en el juicio verbal: A. Se le declarara en rebeldía y sin volver a citarlo, continuará el juicio su curso. B. Se procederá a la celebración del juicio. C. Se suspenderá la vista y se procederá a su citación por edictos. D. Se suspenderá la vista y se dictará sentencia condenatoria..

12. No será posible enervar el desahucio: A. Cuando el arrendador hubiese requerido de pago al arrendatario por cualquier medio fehaciente con, al menos, treinta días de antelación a la presentación de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al tiempo de dicha presentación. B. Cuando el arrendador hubiese requerido de pago al arrendatario por cualquier medio fehaciente con, al menos, veinte días de antelación a la presentación de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al tiempo de dicha presentación. Cuando el arrendador hubiese requerido de pago al arrendatario por cualquier medio fehaciente con, al menos, treinta días de antelación a la presentación de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al tiempo de dicha presentación, salvo, que el cobro no hubiera tenido lugar por causas imputables al arrendador. Cuando el arrendador hubiese requerido de pago al arrendatario por cualquier medio fehaciente con, al menos, veinte días de antelación a la presentación de la demanda y el pago no se hubiese efectuado al tiempo de dicha presentación, salvo, que el cobro no hubiera tenido lugar por causas imputables al arrendador.

13. Con caracter general en los juicios verbales, el Tribunal dictará sentencia: A. Dentro de los cinco días siguientes. B. Oralmente al finalizar el acto de la vista. C. Dentro de los veinte días siguientes. D. Dentro de los diez días siguientes.

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