Tema 12 PC
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![]() Tema 12 PC Descripción: Tema 12 PC |



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¿Cuál es el objeto principal de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil?. Regular el sistema de seguridad privada. Establecer el Sistema Nacional de Protección Civil y regular las competencias del Estado. Gestionar las emergencias de tráfico. Controlar las fronteras del país. Según el Artículo 2.1, ¿qué se entiende por 'Peligro' en el contexto de la protección civil?. La probabilidad de que ocurra un evento adverso. La situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento. El potencial de ocasionar daño en determinadas situaciones a colectivos de personas o bienes. La alteración sustancial del funcionamiento de una comunidad por un acontecimiento. ¿Qué implica la 'Vulnerabilidad' según la definición del Artículo 2.2?. La capacidad de respuesta ante una emergencia. La característica de una colectividad de personas o bienes que los hace susceptibles de ser afectados por un peligro. La infraestructura existente para la prevención de riesgos. La rapidez con la que se puede atender una emergencia. En el Artículo 2.5, ¿cómo se define una 'Emergencia de protección civil'?. Un evento de baja probabilidad que causa daños leves. Una situación de riesgo colectivo sobrevenida por un evento que pone en peligro inminente a personas o bienes y exige una gestión rápida. Cualquier incidente que requiera la intervención de los servicios de emergencia locales. Un suceso que solo afecta a bienes materiales y no a personas. ¿Qué es una 'Catástrofe' según el Artículo 2.6?. Una emergencia que puede ser controlada con recursos locales. Una situación o acontecimiento que altera sustancialmente el funcionamiento de una comunidad por ocasionar gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales cuya atención supera los medios de la propia comunidad. Un evento natural previsible con antelación. Una emergencia que se resuelve en menos de 24 horas. ¿Qué integran el Sistema Nacional de Protección Civil según el Artículo 3.1?. Únicamente los servicios de emergencia del Estado. La actividad de protección civil de todas las Administraciones Públicas. Las empresas privadas de seguridad. Las organizaciones no gubernamentales internacionales. ¿Cuáles son las actuaciones del Sistema Nacional de Protección Civil mencionadas en el Artículo 3.1?. Prever riesgos, planificar medios, intervención operativa, medidas de recuperación y coordinación. Solo la respuesta inmediata a las emergencias. La gestión de recursos económicos y la formación del personal. La investigación de las causas de las catástrofes. Los principios que rigen las actuaciones del Sistema Nacional de Protección Civil (Artículo 3.2) incluyen: Individualismo, competencia y beneficio propio. Colaboración, cooperación, coordinación, solidaridad, subsidiariedad, eficiencia, participación, inclusión y accesibilidad universal. Centralización, opacidad y exclusividad. Autonomía local y desinterés del Estado. ¿En qué consiste la 'Estrategia del Sistema Nacional de Protección Civil' según el Artículo 4?. En un análisis retrospectivo de las emergencias ocurridas. En analizar prospectivamente los riesgos y las capacidades de respuesta, y formular líneas estratégicas de acción. En la creación de planes de emergencia para cada municipio. En la formación exclusiva del personal de las Fuerzas de Seguridad. ¿Cada cuánto tiempo se revisará la Estrategia Nacional de Protección Civil, según el Artículo 4?. Cada año. Cada cuatro años. Cada seis meses. Cada dos años. ¿Qué derecho fundamental tienen todos los residentes en España en caso de catástrofe, según el Artículo 5?. A ser atendidos por las Administraciones públicas. A recibir indemnización inmediata. A ser evacuados a otro país. A no ser informados sobre la situación. ¿Qué deben garantizar los poderes públicos respecto a las personas con discapacidad en caso de emergencia (Artículo 5.4)?. Que solo reciban información general. Que conozcan los riesgos, medidas de autoprotección, sean atendidas e informadas, y participen en los planes. Que sean evacuadas prioritariamente sin necesidad de información. Que no se les apliquen medidas de autoprotección. Según el Artículo 6, ¿sobre qué tienen derecho a ser informados los ciudadanos?. Únicamente sobre las emergencias que ya han ocurrido. Sobre los riesgos colectivos importantes que les afecten, las medidas previstas y las conductas a seguir. Solo sobre las acciones de los servicios de emergencia. Sobre el presupuesto de protección civil. ¿Cuándo deben proporcionarse las informaciones sobre riesgos y medidas de protección civil (Artículo 6.2)?. Solo en caso de emergencia. Preventivamente y en caso de emergencia. Únicamente antes de que ocurra el peligro. Solo si los ciudadanos lo solicitan. ¿En qué pueden participar los ciudadanos según el Artículo 7?. Exclusivamente en tareas de voluntariado. Directamente o a través de entidades representativas, en la elaboración de normas y planes de protección civil. Solo en la difusión de información. En la toma de decisiones sobre la asignación de recursos. El Artículo 7 bis establece el deber de colaboración de ciudadanos y personas jurídicas. ¿En qué consiste este deber?. En la prestación de servicios de forma voluntaria y gratuita. En colaborar personal o materialmente en protección civil, si lo requiere la autoridad competente. En participar en simulacros de emergencia. En informar sobre posibles riesgos. Según el Artículo 7 bis.2, ¿están obligados los ciudadanos mayores de edad a realizar prestaciones personales en caso de emergencia?. No, solo si es voluntario. Sí, si las exigen las autoridades competentes, sin derecho a indemnización por esta causa. Solo si hay una catástrofe declarada. Solo si son profesionales de la protección civil. ¿En qué casos las autoridades competentes pueden requisar temporalmente bienes o suspender actividades (Artículo 7 bis.3)?. En cualquier momento para realizar ejercicios. Cuando la naturaleza de las emergencias lo haga necesario. Solo si existe una orden judicial previa. En situaciones de riesgo ordinario. ¿Tienen derecho a ser indemnizados quienes sufran perjuicios por la requisa o suspensión de actividades (Artículo 7 bis.3)?. No, nunca. Sí, quienes sufran perjuicios en sus bienes y servicios tendrán derecho a ser indemnizados de acuerdo con la ley. Solo si la indemnización es solicitada por un abogado. Solo si el daño es superior a cierto umbral económico. ¿Los servicios de vigilancia y protección de empresas se consideran colaboradores en la protección civil (Artículo 7 bis.6)?. No, son entidades privadas independientes. Sí, se considerarán colaboradores a todos los efectos. Solo si lo solicitan las administraciones públicas. Solo en casos de emergencias declaradas de interés nacional. ¿Qué obligación tienen los titulares de centros que generen riesgo de emergencia respecto a la información y sistemas de alarma (Artículo 7 bis.7)?. Informar solo a sus empleados. Informar con regularidad a los ciudadanos potencialmente afectados sobre riesgos y medidas, y efectuar a su cargo la instalación y mantenimiento de sistemas de alarma. No tienen ninguna obligación de informar. Solo instalar sistemas de alarma si la ley lo exige explícitamente. ¿Qué obligación tienen los medios de comunicación (Artículo 7 bis.8)?. Difundir solo noticias de interés general. Colaborar de manera gratuita con las autoridades en la difusión de informaciones preventivas y operativas ante riesgos y emergencias. Cobrar por la difusión de información de protección civil. Seleccionar qué información de emergencia difunden. ¿Qué deben tomar los ciudadanos para evitar la generación de riesgos (Artículo 7 ter.1)?. Medidas de autoprotección. Las medidas necesarias para evitar la generación de riesgos y no exponerse a ellos. Solo seguir las indicaciones de los agentes. Ignorar los riesgos hasta que ocurran. ¿Qué deben adoptar los titulares de centros, establecimientos y dependencias que generen riesgo de emergencia (Artículo 7 ter.2)?. Solo medidas de información. Las medidas de autoprotección previstas en la ley. Planes de evacuación detallados. Sistemas de comunicación internos. ¿Cómo puede colaborar el voluntariado en la protección civil (Artículo 7 quáter.1)?. Realizando tareas de dirección y coordinación. Como expresión de participación ciudadana en la gestión de emergencias, a través de entidades de voluntariado. Asumiendo responsabilidades de mando. Sustituyendo a los servicios públicos de emergencia. ¿Qué norma establece las directrices básicas para la identificación de riesgos y actuaciones para su gestión integral (Artículo 13)?. La Estrategia Nacional de Protección Civil. La Norma Básica de Protección Civil. Los Planes de Protección Civil. El Reglamento de Servicios de Emergencia. ¿Qué son los Planes de Protección Civil según el Artículo 14.1?. Documentos de análisis de riesgos. Instrumentos de previsión del marco orgánico-funcional y mecanismos para la movilización de recursos y coordinación en caso de emergencia. Guías para la intervención de voluntarios. Informes sobre la efectividad de las medidas de seguridad. ¿Cuáles son los tipos de Planes de Protección Civil mencionados en el Artículo 14.2?. Plan Estatal General, Planes Territoriales, Planes Especiales y Planes de Autoprotección. Plan de Emergencia Sanitaria, Plan de Respuesta contra Incendios, Plan de Evacuación y Plan de Contingencia. Plan de Seguridad, Plan de Riesgos Laborales y Plan de Autoprotección. Plan de Coordinación, Plan de Recursos Humanos y Plan de Logística. ¿Quién aprueba el Plan Estatal General (Artículo 15.1)?. El Ministro del Interior. El Consejo Nacional de Protección Civil. El Gobierno, a propuesta del Ministro del Interior. Las Comunidades Autónomas. Los Planes Territoriales, según el Artículo 15.2, ¿para qué se elaboran?. Para hacer frente a riesgos de carácter nacional. Para hacer frente a los riesgos de emergencia que se puedan presentar en el territorio de una Comunidad Autónoma o de una Entidad Local. Para gestionar emergencias específicas como terremotos o inundaciones. Para regular la actuación de los voluntarios. ¿Qué tipo de riesgos abordan los Planes Especiales (Artículo 15.3)?. Riesgos de baja intensidad. Riesgos de carácter general y alcance local. Riesgos como inundaciones, terremotos, químicos, biológicos, nucleares, radiactivos, incendios forestales, etc. Riesgos derivados de la actividad económica privada. ¿Qué establecen los Planes de Autoprotección (Artículo 15.4)?. El marco de actuación de las administraciones públicas. El marco orgánico y funcional para centros, establecimientos o dependencias, para prevenir, controlar y dar respuesta a emergencias. Las directrices generales para la coordinación estatal. Los procedimientos de información a la ciudadanía. ¿Qué se entiende por 'respuesta inmediata a las emergencias' según el Artículo 16?. La planificación de futuras emergencias. La actuación de los servicios públicos o privados de intervención y asistencia tras el acaecimiento de una emergencia, con la finalidad de evitar daños, rescatar y proteger. La evaluación de los daños después de la emergencia. La difusión de información una vez resuelta la emergencia. ¿Cuáles son considerados servicios públicos de intervención y asistencia en emergencias de protección civil (Artículo 17.1)?. Solo los bomberos. Los Servicios Técnicos de Protección Civil, servicios de prevención, extinción de incendios, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, servicios de atención sanitaria de emergencia, Fuerzas Armadas, Unidad Militar de Emergencias, órganos de coordinación de emergencias autonómicos, entre otros. Los servicios de policía local y protección civil autonómica. Solo los servicios de rescate y salvamento. ¿Qué funciones ejerce el Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias de Protección Civil (Artículo 18.1)?. Solo la gestión de la Red de Alerta. Gestionar la Red Nacional de Información, la Red de Alerta, divulgar datos y estadísticas, y actuar como Centro de Coordinación Operativa en emergencias de interés nacional. Coordinar exclusivamente los servicios de voluntariado. Realizar investigaciones sobre las causas de las emergencias. ¿A qué Dirección General se encuadran las funciones del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación de Emergencias (Artículo 18.2)?. Dirección General de Seguridad. Dirección General de Protección Civil y Emergencias. Dirección General de Coordinación de Emergencias. Dirección General de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. ¿Cómo colaborará el Estado con las Comunidades Autónomas y Entidades Locales en emergencias no declaradas de interés nacional (Artículo 19.1)?. No colaborará, cada uno responde por sí mismo. Facilitando los recursos humanos y materiales disponibles, en los términos que se acuerden en el Consejo Nacional de Protección Civil. Solo mediante la transferencia de fondos económicos. A través de la imposición de sanciones. ¿Quién dirigirá la actuación de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado o Fuerzas Armadas que intervengan en emergencias (Artículo 19.2)?. Los mandos naturales de las fuerzas intervinientes y la autoridad designada en el plan de protección civil. Los representantes de las Comunidades Autónomas. Los alcaldes de los municipios afectados. Los coordinadores de protección civil. ¿De quién será la responsabilidad por daños y perjuicios derivados de la intervención de los medios de la Administración General del Estado (Artículo 19.3)?. De los mandos naturales de las fuerzas. De la Administración Pública que asuma la dirección de la emergencia. De los ciudadanos afectados. Del Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación. ¿Qué es la 'Amenaza' según el Artículo 2.3?. La respuesta a un peligro. La situación en la que personas y bienes están expuestos a un peligro inminente o latente. La capacidad de recuperarse de un desastre. La falta de recursos para la protección civil. ¿Qué es el 'Riesgo' según el Artículo 2.4?. La causa de todas las emergencias. La posibilidad de que una amenaza llegue a afectar a colectivos de personas o a bienes. La ausencia de medidas de prevención. La reacción de la población ante un peligro. ¿Cuál es la finalidad del 'Voluntariado en el ámbito de la protección civil' (Artículo 7 quáter)?. Reemplazar a los servicios de emergencia profesionales. Colaborar en la gestión de las emergencias como expresión de participación ciudadana. Realizar tareas exclusivamente administrativas. Suplir la falta de recursos económicos. ¿Qué tipo de planes se elaboran para hacer frente a riesgos específicos como terremotos o accidentes con sustancias químicas (Artículo 15.3)?. Planes Territoriales. Planes de Autoprotección. Planes Especiales. Plan Estatal General. ¿Quiénes participan en el Sistema Nacional de Protección Civil, según el Artículo 3.3?. Únicamente las Administraciones Públicas. Los ciudadanos y las personas jurídicas. Exclusivamente el Gobierno y el Consejo Nacional de Protección Civil. Solo las empresas de servicios de emergencia. ¿Cuál es el objetivo de la Estrategia Nacional de Protección Civil al formular líneas estratégicas de acción (Artículo 4.1)?. Simplificar la burocracia. Alinear, integrar y priorizar los esfuerzos para optimizar los recursos disponibles y mitigar los efectos de las emergencias. Garantizar la financiación de todos los proyectos. Establecer sanciones por incumplimiento. ¿Qué medida pueden adoptar los poderes públicos en caso de emergencia para facilitar la información y atención a personas con discapacidad (Artículo 5.4)?. Excluirles de la información. No tomar medidas específicas. Adoptar medidas específicas para que conozcan riesgos, medidas de autoprotección, sean atendidas e informadas, y participen en los planes. Limitar su participación a tareas sencillas. ¿En qué se basará la mejora de la coordinación y eficiencia de los servicios de intervención y asistencia (Artículo 17.4)?. En la voluntad de los servicios. En la Norma Básica de Protección Civil. En acuerdos bilaterales entre administraciones. En la opinión pública. ¿Quiénes se integrarán operativamente en el Centro Nacional de Seguimiento y Coordinación en emergencias de interés nacional (Artículo 18.1.d)?. Solo los representantes del Ministerio del Interior. Los órganos competentes de coordinación de emergencias de las Comunidades Autónomas. Los alcaldes de las ciudades más grandes. Las empresas de telecomunicaciones. ¿Qué tipo de bienes pueden ser requisados temporalmente por las autoridades competentes en materia de protección civil (Artículo 7 bis.3)?. Cualquier tipo de bien. Todo tipo de bienes, así como la intervención u ocupación transitoria de los que sean necesarios. Solo vehículos de transporte. Solo equipos de comunicación. |




