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Tema 13 - Ley 39/2015 - 1ª Parte

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Título del Test:
Tema 13 - Ley 39/2015 - 1ª Parte

Descripción:
Título preliminar y Título I

Fecha de Creación: 2023/11/12

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 40

Valoración:(13)
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De acuerdo con el artículo 1 de la LPACAP, el objeto de dicha ley es regular los requisitos: Legislativos y formales de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas que se acojan a esta ley. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común de la Administración General del Estado.

La LPACAP tiene por objeto, entre otros, regular el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas: Incluyendo el sancionador, con la excepción de la reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Excepto el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Incluyendo el sancionador y el de reclamación de responsabilidad de las Administraciones Públicas. Ninguna de las respuestas es correcta.

Cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento, y de manera motivada, podrán incluirse trámites adicionales o distintos a los contemplados en esta Ley: Solo mediante Ley. Reglamentariamente. Mediante ley o reglamentariamente. Ninguna es correcta.

Podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar: Solo mediante ley. Reglamentariamente. Mediante ley o reglamentariamente. Ninguna es correcta.

La presente Ley se aplica al sector público, que comprende (señala la incorrecta). La Administración General del Estado y las Administraciones de las Comunidades Autónomas. Las Entidades que integran la Administración Local. El sector público institucional. El sector privado corporativo.

El sector público institucional se integra por: Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las Entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas. Las Universidades públicas. Todas son correctas.

Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas: Quedarán sujetas a lo dispuesto en todas las normas de esta Ley. Quedarán sujetas a los dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas. No están sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley, salvo cuando ejerzan potestades administrativas. No están sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley.

Tienen la consideración de Administraciones Públicas: (señala la incorrecta): La Administración General del Estado. Las Administraciones de las CCAA. Las Entidades que integran la Administración Local. Los organismos públicos y entidades de derecho privado que integran el sector público institucional.

Las Universidades Públicas: Se regirán únicamente por su normativa específicia. Se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de esta ley. Se regirán por las previsiones de esta Ley y supletoriamente por su normativa específica. Se regirán únicamente por las previsiones de esta ley.

Las Corporaciones de Derecho Público se regirán por: Su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administraciones Públicas, y supletoriamente por la presente Ley. La presente Ley, y supletoriamente por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administraciones Públicas. Su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o cedidas por una Administraciones Públicas, y supletoriamente por la presente Ley. La presente Ley, y supletoriamente por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o cedidas por una Administraciones Públicas.

El sector público institucional se integra por: Cualquiera organismo públicos y entidades de derecho privado no vinculados o independientes de las Administraciones Públicas. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o independientes de las Administraciones Públicas. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho privado no vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas.

De acuerdo con el artículo 1 de la LPACAP, el objeto de dicha ley es regular los requisitos: Legislativos y formales de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas que se acojan a esta ley. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común a todas las Administraciones Públicas. De validez y eficacia de los actos administrativos y el procedimiento administrativo común de la Administración General del Estado.

Según el artículo 1.2 de la LPACAP, podrán incluirse en el procedimiento trámites adicionales o distintos a los contemplados en ella: Cuando resulte eficaz, proporcionado y necesario para la consecución de los fines propios del procedimiento. Solo mediante ley. Todas las respuestas son correctas. De manera motivada.

Según el artículo 1.2. de la LPACAP, reglamentariamente podrán establecerse especialidades del procedimiento referidas a: Los órganos competentes, plazos generales de los procedimientos, formas de iniciación, tramitación y terminación, publicación e informes a recabar. Los órganos competentes, plazos propios del concreto procedimiento por razón de la materia, formas de iniciación y terminación, publicación e informes a recabar. Los órganos competentes, plazos generales de los procedimientos, formas de iniciación, tramitación y terminación, no publicación por razón de materia e informes a recabar. Los órganos competentes, plazos generales de los procedimientos, formas de iniciación tramitación y terminación, no publicación por razón de materia e informes a omitir.

La LPACAP, se aplica al sector público, que comprende, según su artículo 2.1: La Administración General del Estado, las Administraciones de las CCAA, las Entidades que integran la Administración Local y el sector público institucional. Las Administración General del Estado, las Administraciones de las CCAA que no tengan transferidas las competencias, las Entidades que integran la Administración local y el sector público estatal. Ninguna de las respuestas es correcta. Exclusivamente la Administración General del Estado y las Administraciones de las CCAA.

Según el artículo 2.2. de la LPACAP, entre otros, el sector público institucional se integra por: Las Universidades públicas, que se regirán por las previsiones de dicha Ley y, para lo no dispuesto en la mismas, por sus propias normas. Todas las respuestas son correctas. Cualesquiera organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Las entidades de derecho público vinculadas e independientes de las Administraciones Públicas, que quedarán sujetas a lo dispuesto en las normas de esta Ley que específicamente se refieran a las mismas, y en todo caso, cuando ejerzan potestades administrativas.

A tenor del artículo 2.2. de la LPACAP, entre otros, el sector público institucional se integra por las Universidades: Ninguna de las respuestas es correcta. Públicas y privadas, que se regirán por su normativa específica y supletoriamente por las previsiones de la citada ley. Públicas, que se regirán por las previsiones de la LPACAP y, para lo no dispuesto en la misma, por sus propias normas. Públicas, que se regirán por sus normativas específica y supletoriamente por las previsiones de la citada Ley.

Según el artículo 2.3. de la LPACAP, tienen la consideración de Administraciones Públicas: Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las Administraciones Públicas. Las universidades públicas. Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Todas las respuestas son correctas.

De acuerdo con el artículo 2.3. de la LPACAP, tienen la consideración de Administraciones Públicas: Las Entidades que integran la Administración Local. Las Administración General del Estado y las Administraciones de las CCAA. Todas las respuestas son correctas. Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas.

A tenor del artículo 2.4 de la LPACAP, se regirán por su normativa específica en el ejercicio de las funciones públicas que les hayan sido atribuidas por Ley o delegadas por una Administraciones Públicas, y supletoriamente por la LPACAP: Las Corporaciones de Derecho Público. Las Administraciones que integran el sector público. Los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes de las Administraciones Públicas. Todas las respuestas son correctas.

A los efectos previstos en esta Ley, tendrán capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas (señala la incorrecta): Las personas físicas o jurídicas que ostenten capacidad de obrar con arreglo a las normas civiles. Los menores de edad no incapacitados para el ejercicio y defensa de aquellos de sus derechos e intereses cuya actuación esté permitida por el ordenamiento jurídico sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. Los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate. Cuando la Ley así lo declare expresamente, los grupos de afectados, las uniones y entidades sin personalidad jurídica y los patrimonios independientes o autónomos.

Se consideran interesados en el procedimiento administrativo (señala la incorrecta): Quienes los promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos individuales. Quienes lo promuevan como titulares de derechos o intereses legítimos colectivos. Los que, sin haber iniciado el procedimiento, tengan derechos que puedan resultar afectados por la decisión que en el mismo se adopte. Aquellos cuyos intereses legítimos, individuales o colectivos, puedan resultar afectados por la resolución siempre que se personen en el procedimiento durante el trámite de audiencia.

Las asociaciones y organizaciones representativas de intereses económicos y sociales: Serán titulares de intereses legítimos individuales y colectivos en los términos que reglamentariamente se establezca. Serán titulares de intereses legítimos individuales y colectivos. No serán titulares de intereses legítimos colectivos. Serán titulares de intereses legítimos colectivos en los términos que la Ley reconozca.

Cuando la condición de interesado derivase de alguna relación jurídica transmisible el derecho-habiente sucederá en tal condición: Si el procedimiento no ha alcanzado la fase de instrucción. Si el procedimiento no ha alcanzado el trámite de audiencia. Si el procedimiento no ha alcanzado el trámite de información pública. Cualquiera que sea el estado del procedimiento.

Los menores incapacitados, cuando la extensión de la incapacitación afecte al ejercicio y defensa de los derechos o intereses de que se trate: Tienen capacidad de obrar limitada. Pueden actuar sin la asistencia de la persona que ejerza la patria potestad, tutela o curatela. No tienen capacidad de obrar. Ninguna es correcta.

Los interesados con capacidad de obrar podrán actuar por medio de representante. Entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa o tácita en contra del interesado. Entendiéndose con el interesado las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Entendiéndose con éste las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa en contra del interesado. Entendiéndose con el interesado las actuaciones administrativas, salvo manifestación expresa o tácita en contra del interesado.

Podrán actuar en representación de otras ante las Administraciones Públicas: Las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, aunque no esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, aunque no esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con o sin capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos. Las personas físicas con capacidad de obrar y las personas jurídicas, siempre que ello esté previsto en sus Estatutos.

Se presumirá la representación para: Formular solicitudes. Los actos y gestiones de mero trámite. Presentar declaraciones responsable o comunicaciones. Interponer recursos, desistir de acciones y renunciar a derechos en nombre de otra persona.

La representación podrá acreditarse: Mediante cualquier título jurídico. Mediante resolución judicial especial. Únicamente mediante poder notarial. Mediante cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna de su existencia.

Se entenderá acreditada la representación realizada: Mediante apoderamiento apud acta efectuando por comparecencia personal. Mediante apoderamiento apud acta efectuado por comparecencia electrónica en la correspondiente sede electrónica. A través de la acreditación de su inscripción en el registro electrónico de apoderamientos de las Administraciones Públicas competente. Todas son correctas.

Deberá incorporar al expediente administrativo acreditación de la condición de representante y de los poderes que tienen reconocidos en dicho momento: El órgano competente para la iniciación del procedimiento. El órgano competente para la instrucción del procedimiento. El órgano competente para la tramitación del procedimiento. El órgano competente para la terminación del procedimiento.

La falta o insuficiente acreditación de la representación no impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate, siempre que se aporte aquélla o se subsane el defecto dentro del plazo de: 5 días o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. 10 días o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. 15 días o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran. 20 días o de un plazo superior cuando las circunstancias del caso así lo requieran.

Las Administraciones Públicas podrán habilitar: Con carácter general a personas jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Con carácter general o específico a personas jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Con carácter general o específico a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados. Con carácter general a personas físicas o jurídicas autorizadas para la realización de determinadas transacciones electrónicas en representación de los interesados.

Dispondrán de un registro electrónico general de apoderamiento: La Administración General del Estado. La Administración de las Comunidades Autónomas. Las Entidades Locales. Todas son correctas.

En el registro electrónico general de apoderamientos, deberán inscribirse, al menos, los de carácter general otorgados por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante: Apud acta. Presencialmente. Electrónicamente. Todas son correctas.

Respecto a los registros electrónico de apoderamientos no es correcto: En el ámbito estatal, este registro será Registro Electrónico de Apoderamiento de la Administración General del Estado. En ellos no constará el bastanteo realizado del poder. Los registros generales de apoderamientos no impedirán la existencia de registros particulares en cada Organismo. Cada Organismo podrá disponer de su propio registro electrónico de apoderamiento.

Serán interoperables con los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos: Los registro mercantiles. Los registros de la propiedad. Los protocolos notariales. Todas son correctas.

Los asientos que se realicen en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos deberá contener, al menos (señala la incorrecta): Nombre y apellidos o la denominación o razón social, documento nacional de identidad, número de identificación fiscal o documento equivalente del poderdante y del apoderado. Causas de anulación del apoderamiento. Período de tiempo por el cual se otorga el poder. Tipo de poder según las facultades que otorgue.

Respecto a los poderes que se inscriban en los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos pueden ser: Un poder general para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa y ante cualquier Administración. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante en cualquier actuación administrativa ante una Administración u Organismo concreto. Un poder para que el apoderado pueda actuar en nombre del poderdante únicamente para la realización de determinados trámites especificados en el poder. Todas son correctas.

Señala la correcta: La falta o insuficiente acreditación de la representación impedirá que se tenga por realizado el acto de que se trate. El documento electrónico que acredite el resultado de la consulta al registro electrónico de apoderamientos correspondiente tendrá la condición de acreditación a estos efectos. Los registros electrónicos generales y particulares de apoderamientos pertenecientes a todas y cada una de las Administraciones, serán preferiblemente interoperables entre sí. El interesado no podrá comparecer por sí mismo en un procedimiento en el que haya designado representante.

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