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Tema 13 - Ley 39/2015 - Título II - 3ª Parte

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Título del Test:
Tema 13 - Ley 39/2015 - Título II - 3ª Parte

Descripción:
De la actividad de las Administraciones Públicas

Fecha de Creación: 2023/11/14

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 50

Valoración:(4)
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De acuerdo con el artículo 13 de la LPACAP, quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas son titulares, en sus relaciones con ellas, de ciertos derechos. Entre estos derechos no se encuentra el de: Comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General electrónico de la Administración. Utilizar las lenguas oficiales de cualquiera de las Comunidades Autónomas. Ser asistidos en el uso de medios electrónicos en sus relaciones con las Administraciones Públicas. La protección de datos de carácter personal, y en particular a la seguridad y confidencialidad de los datos que figuren en los ficheros, sistemas y aplicaciones de las Administraciones Públicas.

Quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas son titulares, en sus relaciones con ellas, de ciertos derechos, entre los que se encuentra: Exigir las responsabilidades de las Administraciones Públicas y autoridades, cuando así corresponda legalmente. El acceso a la información pública, archivos y registros, de acuerdo con lo previsto en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y el resto del Ordenamiento Jurídico. Ser tratados con respeto y deferencia por las autoridades y empleados públicos, que habrán de facilitarles el ejercicio de sus derechos y el cumplimiento de sus obligaciones. Todas las respuestas son correctas.

Quienes tienen capacidad de obrar ante las Administraciones Públicas son titulares, en sus relaciones con ellas, de ciertos derechos, entre los que no se encuentra: La obtención y utilización de los medios de identificación y firma electrónica contemplados en la citada Ley. Utilizar las lenguas oficiales en el territorio de su Comunidad Autónoma, de acuerdo con lo previsto en esta Ley y en el resto del ordenamiento jurídico. Comunicarse con las Administraciones Públicas a través de un Punto de Acceso General presencial de la Administración. Cualesquiera que les reconozcan la Constitución y las leyes.

Según el artículo 14 de la LPACAP, las personas físicas podrán elegir en todo momento si se comunican con las Administraciones Públicas para el ejercicio de sus derechos y obligaciones a través de medios: Electrónicos o no, no pudiendo ser obligados a relacionarse, en ningún caso, a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Electrónicos o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Presenciales o no, salvo que estén obligadas a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 14.1 de la LPACAP, el medio elegido por una persona para comunicarse con las Administraciones Públicas: Deberá mantenerse, al menos, hasta la finalización del procedimiento. Deberá mantenerse por un plazo mínimo de un año. Podrá ser modificado por aquella en cualquier momento. Deberá mantenerse por un plazo mínimo de seis meses.

Establece el artículo 14.2 de la LPACAP que, entre otros, estarán obligados a relacionarse a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo: Las personas jurídicas. Todas las respuestas son correctas. Las entidades sin personalidad jurídica. Quienes representen a un interesado que esté obligado a relacionarse electrónicamente con la Administración.

Establece el artículo 14.2 de la LPACAP que, estarán obligados a relacionase a través de medios electrónicos con las Administraciones Públicas para la realización de cualquier trámite de un procedimiento administrativo, entre otros: Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con la Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. Quienes ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación voluntaria u obligatoria, para los trámites y actuaciones que realicen con las Administraciones Públicas en ejercicio de dicha actividad profesional. Los empleados de la Administraciones Públicas para todos los trámites que realicen con ellas, independientemente de su condición. Todas son correctas.

De acuerdo con el artículo 14.3 de la LPACAP, reglamentariamente, las Administraciones podrán establecer la obligación de relacionarse con ellas a través de medios electrónicos para determinados procedimientos y para ciertos colectivos de personas físicas para las que quede acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios por razón de: Su capacidad económica. Su dedicación profesional. Todas las respuestas son correctas. Su capacidad técnica.

¿Cuál será la lengua de los procedimientos tramitados por la AGE, según el artículo 15.1 de la LPACAP?. La correspondiente a la Comunidad Autónoma donde se inicie el procedimiento. El castellano o cualquiera de las lenguas oficiales de las Comunidades Autónomas. En los procedimientos tramitados por la AGE será el castellano en todo caso. El castellano, no obstante, los interesados que se dirijan a órganos de la AGE con sede en el territorio de una Comunidad Autónoma podrán utilizar también la lengua que sea cooficial en ella.

Ateniéndonos al artículo 15.1 de la LPACAP. ¿Qué ocurrirá en los procedimientos tramitados por la AGE si concurrieran varios interesados en el procedimiento y existiera discrepancia en cuanto a la lengua a utilizar?. El procedimiento se tramitará en la lengua elegida por la mayoría de los interesados, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. El procedimiento se tramitará en castellano, si bien los documentos o testimonios que requieran los interesados se expedirán en la lengua elegida por los mismos. El procedimiento se tramitará en castellano, incluidos los documentos o testimonios que requieran los interesados. El procedimiento se tramitará en la lengua elegida por la mayoría de los interesados, incluidos los documentos o testimonios que requieran los mismos.

De acuerdo al artículo 15.2 de la LPACAP: ¿En los procedimientos tramitados por las Administraciones de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales?. El uso de la lengua seguirá el mismo procedimiento que el establecido para los procedimientos tramitados por la AGE. El uso de la lengua se ajustará a lo establecido, específicamente, en dicha Ley. El uso de la lengua se ajustará a lo previsto en la legislación autonómica correspondiente. El procedimiento se tramitará en castellano en todo caso.

Según el artículo 15.4 de la LPACAP, la Administración pública instructora deberá traducir al castellano los documentos o partes de los mismos que deban surtir efecto fuera del territorio de la Comunidad Autónoma y los documentos dirigidos a los interesados que así lo soliciten expresamente. Si debieran surtir efectos en el territorio de una Comunidad Autónoma donde sea cooficial esa misma lengua distinta del castellano: Será preciso su traducción y su envió en castellano. Será preciso su traducción. No será preciso su traducción. Ninguna de las respuestas es correcta.

Conforme al artículo 16.1 de la LPACAP;. Cada Administración podrá disponer de un Registro Electrónico General. La Administración dispondrá de un Registro Electrónico General común a todas ellas. Cada Administración dispondrá de un Registro Electrónico General. La Administración dispondrá de un Registro Electrónico General común a la AGE y a la de cada una de las Comunidades Autónomas.

De acuerdo con el artículo 16.1 de la LPACAP, en el Registro Electrónico General de cada Administración: Se podrá anotar la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares. Se deberá anotar la salida de los documentos oficiales dirigidos a otros órganos o particulares. Se deberá anotar la salida de los documentos oficiales o extraoficiales dirigidos a otros órganos o particulares. Únicamente se hará asiento de los documentos que sean presentados o que se reciban provenientes de Organismos Públicos que consten de idéntico Registro Electrónico.

Según el artículo 16.1 de la LPACAP, los Organismos públicos vinculados o dependientes de cada Administración: Deberán utilizar el Registro Electrónico General de la Administración de la que depende. Podrán disponer de su propio registro electrónico. Enviarán a la Administración de la que dependan los documentos y expedientes para que se registren en el Registro Electrónico General. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 16.1 de la LPACAP, las disposiciones de creación de los registros electrónicos: Se publicarán en el tablón oficial correspondiente. Se publicarán en el diario oficial correspondiente. Únicamente se publicarán en la página web correspondiente. Serán de uso interno, pero se facilitarán a los interesados que así lo soliciten.

De acuerdo con el artículo 16.1 de la LPACAP, las disposiciones de creación de registros electrónicos especificarán: La fecha y hora oficial. El órgano o unidad responsable de su gestión. Todas las respuestas son correctas. Los días declarados como inhábiles.

A tenor del artículo 16.3 de la LPACAP, el registro electrónico de cada Administración u Organismo garantizará la constancia, en cada asiento que se practica, entre otras, de: Órgano administrativo remitente, si procede. Un número, epígrafe expresivo de su naturaleza y fecha y hora de su presentación. Identificación del interesado. Todas las respuestas son correctas.

A tenor del artículo 16.3 de la LPACAP, el registro electrónico de cada Administración u Organismo garantizará la constancia, en cada asiento que se practique, entre otras, de: En su caso, referencia al contenido del documento que se registra. Persona u órgano administrativo al que se envía. Todas las respuestas son correctas. Fecha y hora de su presentación.

Conforme al artículo 16.4 de la LPACAP, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en: El registro electrónico de las Administraciones u Organismos al que se dirijan. En el registro electrónico de las oficinas de Correos. En las representaciones diplomáticas u oficinas consulares del extranjero en España. Todas las respuestas son correctas.

Conforme al artículo 16.4 de la LPACAP, los documentos que los interesados dirijan a los órganos de las Administraciones Públicas podrán presentarse en: En las oficinas de información en el Extranjero. En las oficinas de asistencia en materia de registros. Todas las respuestas son correctas. En las Oficinas de Correos, en la forma que por ley se establezca.

De acuerdo con el artículo 16.5 de la LPACAP, los documentos presentados de manera presencial ante las Administraciones Públicas: Podrán ser rechazados si no se presentan en formato digital, no obstante podrán ser digitalizados por el funcionario público si dispone de los medios necesarios. Deberán ser enviados por valija interna al órgano correspondiente. Podrán ser rechazados si no se presentan en formato digital. Deberán ser digitalizados.

A tenor del artículo 16.5 de la LPACAP, los documentos originales presentados por los interesados, de manera presencial, ante las Administraciones Públicas. Serán custodiados por la Administración en todo caso. Se devolverán al interesado, como norma general. Serán tratados mediante su digitalización en todo caso. Ninguna de las repuesta es correcta.

De acuerdo con el artículo 16.8 de la LPACAP y en relación a la presentación de documentos en los registros electrónicos de las Administraciones Públicas, aquellos documentos e información cuyo régimen especial establezca otra forma de presentación: Deberán ser admitidos, transitoriamente, en los registros electrónicos. Se podrán tener por presentados con su sola inscripción en el registro electrónico. No se tendrán por presentado en el registro electrónico. Se darán por presentados si su formato admite la presentación electrónica.

De acuerdo con el artículo 17 de la LPACAP, en relación con los documentos electrónicos que correspondan a procedimientos finalizados: La Administración deberá destruir dichos documentos, mediante medios que aseguren su confidencialidad conforme a la Ley 23/1999. La Administración mantendrá un archivo electrónico por cada tipo de procedimiento. La Administración podrá mantener un archivo electrónico único de estos documentos. La Administración deberá mantener un archivo electrónico único de estos documentos.

Conforme al artículo 17 de la LPACAP, dedicado al archivo de documentos, los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita garantizar: Todas las repuestas son correctas. Su autenticidad. Su integridad. Su conservación.

Conforme al artículo 17 de la LPACAP, dedicado al archivo de documentos, los documentos electrónicos deberán conservarse en un formato que permita garantizar: Su consulta durante el plazo de veinte años desde su emisión. Su consulta durante el plazo de diez años desde su emisión. Su consulta con independencia del tiempo transcurrido desde su emisión. Su consulta durante el plazo de veinte años desde su archivo.

Conforme al artículo 17 de la LPACAP, dedicado al archivo de documentos, la eliminación de los documentos electrónicos: Deberá efectuarse una vez transcurrido el plazo en que proceda su recurso en vía administrativa o judicial. Deberá ser autorizada de acuerdo con lo dispuesto en la normativa aplicable. Se realizará de manera periódica para asegurar su integridad. Obligará a la Administración a trasladar los documentos a formato físico para su consulta.

De acuerdo con el artículo 17.3 de la LPACAP, los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad, de acuerdo con lo previsto en: El Esquema Nacional de Interoperabilidad. El Esquema Nacional de Seguridad. La LPACAP, de 23 de abril, de Protección de Datos de Carácter Personal. Todas las respuestas son correctas.

De acuerdo con el artículo 17.3 de la LPACAP, los medios o soportes en que se almacenen documentos, deberán contar con medidas de seguridad que garanticen, respecto de los documentos almacenados: La integridad, autenticidad, confidencialidad, calidad, protección y conservación. La recuperación, legalidad, confidencialidad, protección y conservación. La recuperación, legalidad, confidencialidad, seguridad, autenticidad. La legalidad, seguridad, confidencialidad, inalterabilidad e interoperabilidad.

De acuerdo, con el artículo 17.3 de la LPACAP, los medios o soportes en que se almacenen documentos, en particular, asegurarán: Todas son correctas. El cumplimiento de las garantías previstas en la legislación de protección de datos. La identificación de los usuarios y el control de accesos. Ninguna de las repuestas es correcta.

Según el artículo 18.2 de la LPACAP, los interesados en un procedimiento que conozcan datos que permitan identificar a otros interesados que no hayan comparecido: Tienen el deber de proporcionarlos a la Administración si se trata de un procedimiento judicial. Tienen el deber de proporcionárselo a la Administración actuante. Pueden negarse a proporcionarlos por motivos personales o profesionales. Ninguna de las repuestas es correcta.

Según el artículo 18.3 de la LPACAP, cuando las inspecciones requieran la entrada en el domicilio del afectado o en los restantes lugares que requieran autorización del titular, se estará a lo dispuesto en el artículo: 21. 19. 100. 33.

Según el artículo 19.1 de la LPACAP, la comparecencia de las personas ante las oficinas públicas: Ya sea presencialmente o por medios electrónicos, será obligatoria, salvo en los casos previstos en una norma con rango de ley. Será obligatoria cuando sea presencialmente y tengan la condición de interesados. Será obligatoria en todo caso. Ya sea presencialmente o por medios electrónicos, solo será obligatoria cuando así esté previsto en una norma con rango de ley.

Según el artículo 19.2 de la LPACAP, en los casos en que proceda la comparecencia de las personas ante las oficinas públicas, la correspondiente citación hará constar: Expresamente el lugar, fecha, hora, los medios disponibles y objeto de la comparecencia, así como los efectos de no atenderla. Expresamente el lugar, fecha y hora, siendo el resto de datos opcionales. Expresamente el lugar, fecha hora, objeto de la comparecencia y la obligatoriedad o no de acudir con representante. Ninguna es correcta.

Según el artículo 19.3 de la LPACAP, ¿En qué casos las Administraciones Públicas entregarán al interesado certificación acreditativa de la comparecencia?. En todo caso. A solicitud del interesado. Cuando la gravedad del procedimiento así lo aconseje. En ningún caso.

Según el artículo 21.1 de la LPACAP, la Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación, excepto en los supuestos de: Terminación del procedimiento por convenio. Terminación del procedimiento por pacto. Todas son correctas. Los procedimientos relativos al ejercicio de los derechos sometidos únicamente al deber de declaración responsable o comunicación previa a la Administración.

Según el artículo 21.1 de la LPACAP, dedicado a la obligación de resolver, la resolución consistirá en la declaración de la circunstancia que concurra en cada caso, con indicación de los hechos producidos y las normas aplicables en los casos de: Caducidad del procedimiento o desistimiento de la solicitud. Prescripción y renuncia del derecho. Todas son correctas. De la desaparición sobrevenida del objeto del procedimiento.

Según el artículo 21.2 de la LPACAP, la Administración está obligada a notificar la resolución expresa y: El plazo máximo será de seis meses, en cualquier caso. El plazo máximo en que debe notificarse será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. El plazo máximo será de tres meses. El plazo máximo será el fijado, expresamente, en dicha Ley.

Según el artículo 21.2 de la LPACAP, la Administración está obligada a notificar la resolución expresa de un procedimiento ¿Cuál será el plazo máximo, salvo norma en contrario?. Un plazo que no podrá exceder de tres meses. Un plazo que no podrá exceder de seis meses. Un plazo que no podrá exceder de un año. Un plazo que no podrá exceder de un mes.

De acuerdo al artículo 21.2 de la LPACAP, el plazo máximo, del que dispone la Administración, para notificar la resolución expresa de un procedimiento no podrá exceder de seis meses salvo que: Así lo acuerde la Administración competente por las especiales características del procedimiento. Una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea. No se fije un plazo máximo en las normas reguladoras del procedimiento. Todas son correctas.

Según el artículo 21.3 de la LPACAP; ¿Cuál será el plazo máximo para notificar la resolución expresa de un procedimiento cuándo las normas reguladoras de los procedimientos no fijen dicho plazo?. Un mes. Seis meses. Tres meses. Es obligatorio que las normas reguladoras de los procedimientos fijen el plazo máximo.

Los plazos y los previstos recogidos en la LPACAP, en relación con la obligación de notificar la resolución expresa de un procedimiento se contarán: (Art. 21.3). En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación. En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha de apertura del expediente. En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha en que se comunicó al interesado el inicio del procedimiento. En todo caso desde la fecha en que la solicitud entrara en el registro del órgano competente para su tramitación.

Según el artículo 21.3 de la LPACAP, ¿Cuál será el plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo?. Un mes. Tres meses. Seis meses. Un año.

Los plazos y los previstos recogidos en la LPACAP, en relación con la obligación de notificar la resolución expresa de un procedimiento se contarán (Art. 21.3). En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha del acuerdo de iniciación. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en el que el departamento competente tuviera conocimiento del procedimiento. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde el día siguiente al de la entrada de la solicitud en el registro electrónico de la Administración u Órgano competente para su tramitación. En los procedimientos iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración u Órgano competente para su tramitación.

Según el artículo 21.4 de la LPACAP, las Administraciones Públicas deben publicar y mantener actualizadas: En el portal Web, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos de su competencia. En el tablón de anuncios oficial, a efectos informativos, las relaciones de procedimientos de su competencia. En el portal Web y en el tablón de anuncios oficial, a efectos oficiales, las relaciones de procedimientos de su competencia. En el portal Web y en el tablón de anuncios oficial, a efectos oficiales, las relaciones de procedimientos que competen a cada una de las Administraciones Públicas.

Según el artículo 21.4 de la LPACAP, las Administraciones Públicas deben publicar y mantener actualizadas las relaciones de procedimientos de su competencia: Con indicación de los plazos máximo y mínimo de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo. Con indicación de los plazos previstos de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca la resolución del procedimiento. Con indicación de los plazos máximo de duración de los mismos, así como de los efectos que produzca el silencio administrativo. Ninguna de las respuestas es correcta.

Según el artículo 21.5 de la LPACAP, cuando el número de solicitudes formuladas o las personas afectadas pudieran suponer un incumplimiento del plazo máximo de resolución, el órgano competente para: Tramitar, a propuesta razonada del órgano competente para resolver, o el superior jerárquico del órgano competente para tramitar, a propuesta de éste, podrán habilitar los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo. Resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de éste, podrán habilitar los medios personales y materiales para cumplir con el despacho adecuado y en plazo. Resolver, a propuesta razonada del órgano instructor, o el superior jerárquico del órgano competente para resolver, a propuesta de éste, podrán ampliar el plazo hasta tres veces su duración legal, comunicándolo a los interesados. Ninguna respuesta es correcta.

Según el artículo 21.6 de la LPACAP, serán directamente responsables, en el ámbito de sus competencias del cumplimiento de la obligación legal de dictar resolución expresa en plazo: Únicamente los titulares de los órganos administrativos competentes para instruir y resolver. El personal al servicio de las Administraciones Públicas que tenga a su cargo el despacho de los asuntos. Los titulares de los órganos administrativos competentes para instruir y resolver. El personal al servicio de las Administraciones Públicas que tenga a su cargo el despacho de los asuntos, así como los titulares de los órganos administrativos competentes para instruir y resolver.

El incumplimiento de la obligación legal de dictar resolución expresa en plazo, según el artículo 21.6 de la LPACAP: Dará lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable. Podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa interna aplicable. Dará lugar a la exigencia de responsabilidad pecuniaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la normativa aplicable. Podrá dar lugar a la exigencia de responsabilidad disciplinaria, sin perjuicio de la que hubiere lugar de acuerdo con la legislación civil, penal o contencioso-administrativo aplicable.

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