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TEMA 15 LEY 9/2017 CONTRATOS SECTOR PÚBLICO

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Título del Test:
TEMA 15 LEY 9/2017 CONTRATOS SECTOR PÚBLICO

Descripción:
Ley de contratos del sector público

Fecha de Creación: 2022/06/23

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 67

Valoración:(3)
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En el procedimiento supersimplificado hay un fallo. Debería ser "contratos de suministros y de servicios de valor estimado inferior a 60.000 euros"
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La LCSP tiene por objeto: regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y objetividad de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los candidatos, y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores; y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, y el principio de integridad, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la oferta económicamente más ventajosa. regular la contratación del sector público, a fin de garantizar que la misma se ajusta a los principios de libertad de acceso a las licitaciones, publicidad y transparencia de los procedimientos, y no discriminación e igualdad de trato entre los licitadores; y de asegurar, en conexión con el objetivo de estabilidad presupuestaria y control del gasto, una eficiente utilización de los fondos destinados a la realización de obras, la adquisición de bienes y la contratación de servicios mediante la exigencia de la definición previa de las necesidades a satisfacer, la salvaguarda de la libre competencia y la selección de la ofertaeconómicamente más ventajosa. Ningula de las anteriores es correcta.

No están excluidos de la LCSP: Los declarados secretos o reservados, o aquellos cuya ejecución deba ir acompañada de medidas de seguridad especiales conforme a la legislación vigente, o en los que lo exija la protección de intereses esenciales para la seguridad del Estado. Los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación. Las relaciones jurídicas consistentes en la prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público de aplicación general.

Son contratos de concesión de servicios: aquellos en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio, y sin que el derecho de explotación de los servicios implique la transferencia al concesionario del riesgo operacional. aquellos en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato, y sin que el derecho de explotación de los servicios implique la transferencia al concesionario del riesgo operacional. aquellos en cuya virtud uno o varios poderes adjudicadores encomiendan a título oneroso a una o varias personas, naturales o jurídicas, la gestión de un servicio cuya prestación sea de su titularidad o competencia, y cuya contrapartida venga constituida bien por el derecho a explotar los servicios objeto del contrato o bien por dicho derecho acompañado del de percibir un precio, e implicando el derecho de explotación de los servicios la transferencia al concesionario del riesgo operacional. Todas las respuestas son falsas.

Están sujetos a regulación armonizada: los contratos de concesión de servicios por importe igual o superior a 500.000 euros (excluido el IVA). los contratos de suministros que celebren la Administración General del Estado cuyo valor estimado sea igual o superior a 139.000 euros (incluido el IVA). los contratos de suministro que realice una Entidad Local con valor estimadoigual o superior a 214.000 euros (excluido el IVA). los contratos de suministro que realice una Entidad Local con valor estimadoigual o superior a 214.000 euros (incluido el IVA).

Un contrato de servicios de conexión de telecomunicaciones que celebre la Administración General del Estado cuyo valor estimado sea de 140.000 euros ¿se encuentra sujeto a regulación armonizada?: si, por superar los 139.000 euros. no, al ser inferior a los 214.000 euros. no, al ser un contrato excluido según el art. 19 de la LCSP.

La Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público supone la transposición al ordenamiento jurídico español de las Directivas: 2014/23/CE y 2014/24/CE. 2014/25/CE y 2014/26/CE. ninguna de las anteriores es correcta.

El plazo de vigencia de la clasificación de las empresas será: 3 años o 1 año, atendiendo a la solvencia técnica o profesional o económica y financiera, respectivamente. 1 años o 3 años, atendiendo a la solvencia técnica o profesional o económica y financiera, respectivamente. indefinida.

Podrán considerarse como medio propio o servicio técnico una sociedad mercantil local si: se expresa tal condición en sus estatutos. si el capital social es íntegramente de la entidad local. ambas son correctas.

La perfección de los contratos del sector público se recoge en el artículo: 27 de la LCSP. 35 de la LCSP. 36 de la LCSP.

Los contratos que tengan por objeto la vigilancia, supervisión, control y dirección de la ejecución de obras e instalaciones: no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, pero si a las empresas vinculadas con el contratista. no podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras, ni a las empresas vinculadas con el contratista. podrán adjudicarse a las mismas empresas adjudicatarias de los correspondientes contratos de obras o a las empresas vinculadas con el contratista.

La solvencia técnica en los contratos de obras podrá acreditarse: relación de las obras ejecutadas en el curso de los tres últimos años, avalada por certificados de buena ejecución para las obras más importantes; estos certificados indicarán el importe, las fechas y el lugar de ejecución de las obras y se precisará si se realizaron según las reglas por las que se rige la profesión y se llevaron normalmente a buen término. declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y la importancia de su personal directivo durante los cuatro últimos años, acompañada de la documentación justificativa correspondiente. declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de las obras, a la que se adjuntará la documentación acreditativa pertinente.

El pago aplazado del precio de lo contratos en las administraciones públicas: esta prohibido en todos los casos. esta permitido. esta permitida en algunos casos.

La celebración de contratos con precios provisionales: tras la tramitación de un procedimiento negociado o de un diálogo competitivo cuando se ponga de manifiesto que la ejecución del contrato debe comenzar antes de que la determinación del precio sea posible por la complejidad de las prestaciones o la necesidad de utilizar una técnica nueva. tras la tramitación de un procedimiento abierto, negociado o de un diálogo competitivo cuando se ponga de manifiesto que la ejecución del contrato debe comenzar antes de que la determinación del precio sea posible por la complejidad de las prestaciones o la necesidad de utilizar una técnica nueva. antes de la tramitación de un procedimiento negociado o de un diálogo competitivo cuando se ponga de manifiesto que la ejecución del contrato debe comenzar antes de que la determinación del precio sea posible por la complejidad de las prestaciones o la necesidad de utilizar una técnica nueva.

No podrán concurrir a una licitación: las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, siendo de aplicación tal restricción a todos los procedimientos de adjudicación. las empresas que hubieran participado en la elaboración de las especificaciones técnicas o de los documentos preparatorios del contrato siempre que dicha participación pueda provocar restricciones a la libre concurrencia o suponer un trato privilegiado con respecto al resto de las empresas licitadoras, salvo en el procedimiento del dialogo competitivo que prevé ciertas especialidades. ambas respuestas son falsas.

La clasificación de los empresarios como contratistas de obras de los poderes adjudicadores será exigible y surtirá efectos para la acreditación de su solvencia para contratar cuando estemos ante: contratos de obras y concesión de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 400.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores. contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 500.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores. contratos de obras cuyo valor estimado sea igual o superior a 400.000 euros será requisito indispensable que el empresario se encuentre debidamente clasificado como contratista de obras de los poderes adjudicadores.

Indique la respuesta correcta: no será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea o de Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. no será exigible la clasificación a los empresarios no españoles de Estados miembros de la Unión Europea, ya concurran al contrato aisladamente o integrados en una unión, sin perjuicio de la obligación de acreditar su solvencia. la clasificación de los empresarios siempre es exigible con independencia de la nacionalidad de los mismos.

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por los medios siguientes: volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, referido al mejor ejercicio dentro de los diez últimos disponibles en función de las fechas de constitución o de inicio de actividades del empresario. la existencia de un seguro de responsabilidad civil por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente. ambas son correctas.

Tendrán la consideración de contrato privado: los contratos de obras celebrados por el Ayuntamiento de Mijas. los contratos de servicios de mantenimiento celebrado por la Universidad de Granada. los contratos de espectáculos taurinos celebrados por el Ayuntamiento de Málaga.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a efectos de dicha Ley, el límite máximo de gasto que en virtud del contrato puede comprometer el órgano de contratación, incluido el Impuesto sobre el Valor Añadido, salvo disposición en contrario es: Precio. Valor estimado. Presupuesto base de licitación. Presupuesto de ejecución material.

Se considera contrato menor de obras: Los de valor estimado inferior a 50.000 euros. Los de valor estimado inferior a 40.000 euros. Los que tengan un presupuesto base de licitación inferior a 50.000 euros. Los que tengan un presupuesto de ejecución material igual o inferior a 45.000 euros.

En los contratos de servicios para realizar actividades docentes, se podrá establecer: El pago de la totalidad por anticipado, previa constitución de garantía por parte del contratista. El pago parcial anticipado, previa constitución de garantía por parte del contratista, sin que pueda autorizarse su cesión. El pago anticipado de un 20 % y el resto a la finalización del contrato. El pago anticipado de un 10 % y el resto a la finalización del contrato.

Según lo establecido en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, son contratos menores de servicios: Los de cuantía inferior a 18.000 €, IVA incluido. Los de cuantía inferior a 18.000 €, IVA excluido. Los de cuantía superior a 40.000 €, IVA excluido. Los de cuantía inferior a 15.000 €, IVA excluido.

El conocimiento de las cuestiones litigiosas relativas a la preparación, adjudicación, efectos, modificación y extinción de los contratos administrativos corresponderá, según el artículo 27 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, a: El orden jurisdiccional contencioso administrativo. El orden jurisdiccional administrativo. El orden jurisdiccional civil. El orden jurisdiccional contencioso administrativo y el civil.

En los contratos excluidos de la LCSP de compraventa, donación, permuta, arrendamiento y demás negocios jurídicos análogos sobre bienes inmuebles, valores negociables y propiedades incorporales, a no ser que recaigan sobre programas de ordenador y deban ser calificados como contratos de suministro o servicios, solo podrán incluirse prestaciones que sean propias de los contratos típicos regulados en la Sección 1.ª del Capítulo II del Título Preliminar: En ningún caso ya que adquirirían la calificación de contrato mixto. Solo si el valor estimado de las mismas no es superior al 50 por 100 del importe total del negocio y, a su vez, mantienen con la prestación característica del contrato patrimonial relaciones de vinculación y complementariedad en los términos previstos en el artículo 34.2. Si aunque sea su importe superior al 50% si a su vez, mantienen con la prestación característica del contrato patrimonial relaciones de vinculación y complementariedad en los términos previstos en el artículo 34.2. b y c son correctas.

La duración de los contratos de concesion de obras y de concesion de servicios podrá ampliarse en los siguientes casos: En un 15 por ciento de su duración inicial para restablecer el equilibrio económico del contrato en las circunstancias previstas en los artículos 270 y 290. en un 10 por ciento de su duración inicial para restablecer el equilibrio económico del contrato en las circunstancias previstas en los artículos 270 y 290. en un 25 por ciento de su duración inicial para restablecer el equilibrio económico del contrato en las circunstancias previstas en los artículos 270 y 290. Ninguna es correcta ya que duración inicial no podrá ampliarse ni siquiera para reestablecer el equilibrio económico del contrato en las circunstancias previstas en los artículos 270 y 290 a no ser que así venga previsto en el pliego correspondiente.

No es causa de nulidad: La falta de capacidad de obrar o solvencia económica, financiera, técnica o profesional. La falta de habilitación empresarial o profesional aunque no sea exigible para la realización de la actividad o prestación que constituya el objeto del contrato. La carencia o insuficiencia de crédito, de conformidad con la establecido en la Ley General Presupuestaria o en las normas presupuestarias de las restantes administraciones públicas sujetas a la Ley, salvo los supuestos de emergencia. Todas son falsas.

Para acreditar la solvencia: El empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, independientemente de la naturaleza jurídica de los vínculos que tenga con ellas, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. El empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, siempre que acredite la vinculación jurídica con un documente notarial y demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. El empresario podrá basarse en la solvencia y medios de otras entidades, debiendo acreditar la vinculación con copia del correspondiente contrato, siempre que demuestre que durante toda la duración de la ejecución del contrato dispondrá efectivamente de esa solvencia y medios, y la entidad a la que recurra no esté incursa en una prohibición de contratar. Ninguna de las anteriores es la correcta, ya que no se puede acreditar la solvencia con medios externos, si no exclusivamente con medios de la propia empresa licitadora.

Los costes asociados a las amortizaciones, los costes financieros, los gastos generales o de estructura y de beneficio industrial: Solo serán revisables si el plazo de recuperación de la inversión es superior a 5 años. Sólo se consideran revisables en los contratos de concesión de obra publica y de concesión de servicios, si han trascurrido mas de 5 años desde la firma del contrato. No se consideran revisables en ningún caso. Solo serán revisables si esta establecido en los pliegos.

Conforme a la Ley de Contratos del Sector Público, a los efectos de supervisar la ejecución del contrato y adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias, los órganos de contratación,. Deberán designar un responsable del contrato. Podrán designar un responsable del contrato. Podrá designar un Director Facultativo. Deberán designar un responsable del contrato, con independencia de la unidad encargada del seguimiento y ejecución ordinaria del contrato.

- La garantía definitiva no responderá de los siguientes conceptos: De la obligación de formalizar el contrato en plazo, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 153. De las penalidades impuestas al contratista conforme al artículo 192 de la presente Ley. De las cantidades adeudadas a subcontratistas con motivo de la ejecución del contrato. De la incautación que puede decretarse en los casos de resolución del contrato, de acuerdo con lo que en él o en esta Ley esté establecido.

El procedimiento "supersimplificado" establecido en la LCSP podrá aplicarse en los siguientes contratos. En los contratos de obras cuyo presupuesto base de licitación sea inferior a 80.000€, y en los contratos de suministros y servicios, cuyo presupuesto base de licitación sea inferior a 35.000€, salvo en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual. En los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 100.000€, y en los contratos de suministros y servicios, cuyo valor estimado sea inferior a 40.000€, salvo en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectuaL. En los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 40.000€, y en los contratos de suministros y servicios, cuyo valor estimado sea inferior a 15.000€, salvo en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual. En los contratos de obras cuyo valor estimado sea inferior a 80.000€, y en los contratos de suministros y servicios, cuyo valor estimado sea inferior a 35.000€, salvo en los contratos que tengan por objeto prestaciones de carácter intelectual.

En los casos de presentación del proyecto de obra por el empresario, en el pliego de cláusulas administrativas particulares se ha de recoger las siguientes circunstancias: No se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, así como a la adquisición del compromiso generado por el mismo, hasta que se conozca el importe y las condiciones del contrato de acuerdo con la proposición seleccionada. Se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, así como a la adquisición del compromiso generado por el mismo, con carácter previo a la aprobación del expediente de contratación en función del valor estimado que le otorguen los técnicos municipales en su informe. Se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, así como a la adquisición del compromiso generado por el mismo, por el valor estimado del contrato fijado en los pliegos. No se procederá a la fiscalización del gasto, a su aprobación, así como a la adquisición del compromiso generado por el mismo, hasta que se conozca el importe y las condiciones del contrato una vez ejecutada la obra en función de la la proposición seleccionada,.

En el contrato de concesión de obra pública la Administración concedente someterá el estudio de viabilidad a información pública: Por el plazo de un mes, prorrogable por idéntico plazo en razón de la complejidad del mismo y dará traslado del mismo para informe a los órganos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y Entidades Locales que deberán emitirlo en el plazo de un mes. Por el plazo de un mes, prorrogable por idéntico plazo en razón de la complejidad del mismo y dará traslado del mismo para informe a los órganos de la Administración General del Estado y Entidades Locales afectados cuando la obra no figure en el correspondiente planeamiento urbanístico, que deberán emitirlo en el plazo de un mes. Por el plazo de un mes, y dará traslado del mismo para informe a los órganos de la Administración General del Estado, y Entidades Locales afectados aun cuando la obra figure en el correspondiente planeamiento urbanístico, que deberán emitirlo en el plazo de un mes. Por el plazo de un mes, prorrogable por idéntico plazo en razón de la complejidad del mismo y dará traslado del mismo para informe a los órganos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y Entidades Locales afectados cuando la obra no figure en el correspondiente planeamiento urbanístico, que deberán emitirlo en el plazo de un mes.

En el contrato de arrendamiento, las cantidades que, en su caso, deba satisfacer la Administración en concepto de canon de mantenimiento: Se fijarán separadamente de las constitutivas del precio del arriendo. Se fijarán de tal manera que formen parte del precio del arriendo. Se tendrán en cuenta para formar parte del valor estimado del contrato. Ninguna es cierta.

Cuando se proceda a la división en lotes, las normas procedimentales y de publicidad que deben aplicarse en la adjudicación de cada lote o prestación diferenciada;. Se determinarán en función del valor acumulado del conjunto, calculado según lo establecido en el artículo 101, salvo que se dé alguna de las excepciones a que se refieren los artículos 20.2, 21.2 y 22.2. Se determinarán en función del valor acumulado del conjunto, calculado según lo establecido en el artículo 100, salvo que se dé alguna de las excepciones a que se refieren los artículos 20.2, 21.2 y 22.2. Se determinarán, para cada lote en función de su valor calculado según lo establecido en el artículo 101, salvo que se dé alguna de las excepciones a que se refieren los artículos 20.2, 21.2 y 22.2. Ninguna es correcta.

Los contratos: Se perfeccionan siempre y en todos los casos con su formalización. Se perfeccionan siempre y en todos los casos con la adjudicación. Se perfeccionan a excepción de los contratos menores y de los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición a los que se refiere el apartado 3 del artículo 36 de la LCSP, con su formalización. Se perfeccionan a excepción de los contratos basados en un acuerdo marco y los contratos específicos en el marco de un sistema dinámico de adquisición a los que se refiere el apartado 3 del artículo 36 de la LCSP, con su formalización.

El cómputo de los plazos en materia de contratación se realizarán en: Días naturales salvo que se indique expresamente en la LCSP que son hábiles. Días hábiles salvo que se indique expresamente en la LCSP que son naturales. Para el procedimiento serán días hábiles y para los plazos relativos a la ejecución naturales. Ninguna es correcta.

El contrato de servicios se define como: Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer consistentes en el desarrollo de una actividad o dirigidas a la obtención de un resultado distinto de una obra o suministro, incluyendo aquellos en que el adjudicatario se obligue a ejecutar el servicio de forma sucesiva y por precio unitario. Son contratos de servicios aquellos cuyo objeto consiste en explotar un servicio a cambio de un precio. Son aquellos cuyo objeto son prestaciones de hacer cambio de un precio de forma sucesiva y por precio unitario. Ninguna es correcta.

Una vez aceptada la propuesta de la Mesa por el órgano de contratación, los servicios de éste requerirán al licitador propuesto para que presente la documentación relativa al cumplimiento de los requisitos previos a que se refieren las letras a) a c) del apartado 1º del artículo 140 de la LCSP en el plazo de: 15 días hábiles. 15 días naturales. 10 días hábiles. 10 días naturales.

El órgano de contratación podrá acordar el procedimiento abierto simplificado en los contratos de obras, por razón de la cuantía, en los siguientes casos: Cuando su presupuesto base de licitación sea igual o inferior a 2.000.000 de euros. Cuando su valor estimado sea inferior a 2.000.000 de euros. Cuando su valor estimado sea igual o inferior a 2.000.000 de euros. Cuando su valor estimado sea igual o inferior a 200.000 de euros.

En el procedimiento abierto y simplificado el plazo de presentación de ofertas no podrá ser inferior a: 15 días en los contratos de obras y 20 en los contratos de servicios y suministros. 20 días en los contratos de obras y 15 en los contratos de servicios y suministros. El plazo no podrá ser inferior a 15 días para todo tipo de contratos. 15 días en los contratos de obras y 10 en los contratos de servicios y suministros.

Están excluidos de la ley de contratos 9/2017: los contratos relativos a servicios de arbitraje y conciliación. la relación de servicios de los funcionarios públicos. prestación de un servicio público cuya utilización por los usuarios requiera el abono de una tarifa, tasa o precio público. todas son correctas.

Son susceptibles de recurso especial en materia de contratación los actos y decisiones relacionados en el artículo 44.2 de la Ley 9/2017 cuando se refieran a: contratos de obras cuyo valor estimado sea superior a 3 millones de euros. contratos de suministros y servicios que tengan valor estimado superior a 200 mil euros. contratos de concesiones de obras o servicios cuyo valor estimado sea superior a 2 millones de euros. contratos de suministros y servicios que tengan valor estimado superior a 300 mil euros.

En los contratos de obras, la solvencia técnica del empresario deberá ser acreditada por uno o vario de los medios siguientes a elección del órgano de contratación: declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos cinco años. declaración sobre la plantilla media anual de la empresa y del número de directivos durante los últimos cuatro años. relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos cinco años. relación de obras ejecutadas en el curso de los últimos tres años.

Cuando lo prevean los Pliegos de Claúsulas administrativas particulares, la garantía definitiva podrá constituirse mediante retención en el precio: en el contrato de obras, suministros, servicios y concesión de obras. sólo en el caso de contrato de obras, suministros y servicios. en contratos de obras, servicios y suministros y concesión de servicios cuando las tarifas las abone la administración contratante. sólo en el caso de contratos de concesión de servicios y concesión de servicios.

Se consideran contratos menores los contratos de valor estimado: inferior a 50.000 euros cuando se trate de contratos de obras. inferior a 40.000 euros cuando se trate de contratos de obras. inferior a 10.000 euros cuando se trate de contratos de suministros o servicios. igual o inferior a 30.000 euros cuando se trate de contratos de obras.

En el caso de resolución en el contrato de suministros por desistimiento antes de la iniciación del suministro, recoge la Ley de Contratos del sector público (LCSP) que sólo tendrá derecho el contratista a percibir, por todos los conceptos una indemnización del: Del 2% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. Del 3% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. Del 4% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido. Del 5% del precio de adjudicación del contrato, IVA excluido.

Según la LCSP, cuando el contrato de servicios consiste en la elaboración integra de un proyecto de obra, el órgano de contratación podrá otorgar un plazo que no exceda de dos meses para la subsanación de defectos. Si transcurrido ese plazo no hubiere sido atendido: Procederá la resolución del contrato. Podrá otorgarse un nuevo plazo por un mes improrrogable. Podrá otorgarse un nuevo plazo de dos meses más improrrogable. Podrá otorgar un nuevo plazo improrrogable de 15 días incurriendo el contratista en una penalidad equivalente al 25% del precio del contrato.

La ejecución del contrato de obras comenzará con el acta de comprobación del replanteo dentro del plazo que se consigne en el contrato, que no podrá ser superior a: 15 días. 1 mes. 20 días. 26 días.

El anuncio de licitación para la adjudicación de los contratos de las Administraciones Públicas se publicará en el perfil del contratante: a excepción de los procedimientos abiertos. a excepción de los procedimientos abiertos simplificados. a excepción de los procedimientos negociados sin publicidad. a excepción de los procedimientos abiertos simplificados sumarios.

De acuerdo con el artículo 232 del TRLCSP la clasificación de las obras como de restauración se definen como: aquellas que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética, respetando su valor histórico y dotándola de una nueva funcionalidad que sea compatible con los elementos y valores originales del inmueble. aquellas que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética, respetando su valor histórico y manteniendo su funcionalidad. aquellas necesarias para enmendar un menoscabo producido en un bien inmueble por causas fortuitas o accidentales.

De acuerdo con el artículo 232 del TRLCSP se consideran obras de reforma: aquellas que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética, respetando su valor histórico y dotándola de una nueva funcionalidad que sea compatible con los elementos y valores originales del inmueble. aquellas que tienen por objeto reparar una construcción conservando su estética, respetando su valor histórico y manteniendo su funcionalidad. aquellas que tienen por objeto obras de ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de un bien inmueble ya existente.

Los proyectos de obras deberán comprender: los planos de conjunto y de detalle, así como el pliego de prescripciones técnicas, y dependiendo del importe de la obra, una memoria en la que se describa la obra a ejecutar. una memoria en la que se describa la obra a ejecutar, los planos de conjunto, el pliego de prescripciones técnicas y siempre deberá incluir un estudio geotécnico. una memoria en la que se describa la obra a ejecutar, los planos de conjunto y de detalle, el pliego de prescripciones técnicas, un presupuesto y un programa de desarrollo de los trabajos.

El contenido de los proyectos de obras se podrán simplificar o refundir cuando: se traten de proyectos de obras de primer establecimiento, reforma o gran reparación inferiores a 500.000 euros de presupuesto base de licitación (IVA excluido). se traten de proyectos de rehabilitación o restauración inferiores a 500.000 euros de presupuesto base de licitación (IVA excluido). solo cuando se traten de obras de demolición con independencia del importe.

Cuando el proyecto incluyera un estudio geotécnico y el mismo no hubiera previsto determinadas circunstancias que supongan un incremento en más del 10 por ciento del precio inicial del contrato en ejecución, al autor o autores del mismo les será exigible una indemnización: que supondrá la minoración del precio pagado por el contrato de elaboración del estudio geotécnico por un importe máximo de 20% del mismo. que supondrá la minoración del precio pagado por el contrato de elaboración del estudio geotécnico por un importe máximo de 50% del mismo. que supondrá la minoración del precio del contrato de elaboración del estudio geotécnico en función del porcentaje de desviación, hasta un máximo equivalente a la mitad de aquel.

La contratación conjunta de la elaboración del proyecto y la ejecución de las obras correspondientes: tendrá carácter excepcional y solo podrá efectuarse por motivos técnicos o volumen de obra a contratar. tendrá carácter excepcional y solo podrá efectuarse por motivos técnicos o por dificultades de carácter técnico. tendrá carácter excepcional y solo podrá efectuarse por motivos técnicos o por dificultades de carácter técnico o económico.

Será preceptiva la supervisión del proyecto de obras cuando el presupuesto base de licitación sea: igual o superior a 400.000 euros (IVA excluido). igual o superior a 500.000 euros (IVA excluido). igual o superior a 250.000 euros (IVA excluido).

La ejecución del contrato de obra comenzará: con el acta de comprobación del replanteo el cual se deberá realizar en el plazo máximo de 15 días desde la formalización del contrato. con el acta de comprobación del replanteo el cual se deberá realizar en el plazo no superior a un mes desde la formalización del contrato. con el acta de comprobación del replanteo el cual se deberá realizar en el plazo no superior a 20 días desde la formalización del contrato.

Según el artículo 240 del TRLCSP respecto de las certificaciones de obra: A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros veinte días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada conforme a proyecto durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contrario en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden. A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros quince días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada conforme a proyecto durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contrario en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden. A los efectos del pago, la Administración expedirá mensualmente, en los primeros diez días siguientes al mes al que correspondan, certificaciones que comprendan la obra ejecutada conforme a proyecto durante dicho período de tiempo, salvo prevención en contrario en el pliego de cláusulas administrativas particulares, cuyos abonos tienen el concepto de pagos a cuenta sujetos a las rectificaciones y variaciones que se produzcan en la medición final y sin suponer en forma alguna, aprobación y recepción de las obras que comprenden.

La fijación del pago del precio del contrato a tanto alzado y como precio cerrado implicará: que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable no siendo abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto. que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable, si bien serán abonables las modificaciones del contrato que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto. que el precio ofertado por el adjudicatario se mantendrá invariable no siendo abonables las modificaciones del contrato, salvo las que sean necesarias para corregir errores u omisiones padecidos en la redacción del proyecto.

Una vez ejecutada la obra, la aprobación del certificado final de las obras ejecutadas deberá realizarse: dentro del plazo de 5 meses contados a partir de la recepción de la obra. dentro del plazo de 3 meses contados a partir de la recepción de la obra. dentro del plazo de 3 meses contados a partir de la recepción de la obra, salvo que se traten de obra con valor estimado superior a 12 millones de euros en la que los pliegos pueden prever un plazo superior.

El plazo de garantía en el contrato de obra, vendrá establecido: por ley, y será siempre obligatoria. por el pliego de cláusulas administrativas y atenderá a la complejidad de la obra. ambas respuestas son falsas.

Si la obra se arruina o sufre deterioros graves incompatibles con su función con posterioridad a la expiración del plazo de garantía por vicios ocultos de la construcción: responderá el contratista de los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten durante un plazo de diez años a contar desde la recepción. responderá el contratista de los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten durante un plazo de veinte años a contar desde la recepción. responderá el contratista de los daños y perjuicios que se produzcan o se manifiesten durante un plazo de quince años a contar desde la recepción.

Son causas de resolución del contrato de obra: la fuerza mayor. el retraso de cuatro meses en la realización del replanteo de la obra. la suspensión de la obra por plazo superior a ocho meses.

Si se demorase injustificadamente la comprobación del replanteo, dando lugar a la resolución del contrato, el contratista: tendrá derecho por todos los conceptos a una indemnización equivalente al 3 por cien del precio de la adjudicación. solo tendrá derecho por todos los conceptos a una indemnización equivalente al 2 por cien del precio de la adjudicación. tendrá derecho por todos los conceptos a una indemnización equivalente al 2 por cien del precio de la adjudicación.

Según la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Los contratos que tienen por objeto la adquisición, el arrendamiento financiero, o el arrendamiento, con o sin opción de compra, de productos o bienes muebles, se denomina: Contrato de suministro. Contrato de gestión de servicios. Contrato de concesión de servicios. Contrato de servicios.

Según el artículo 240 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, ¿quién expedirá las certificaciones mensuales y qué plazo tiene para hacerlo?. El contratista en los primeros diez días siguientes al mes que corresponda. La administración en los primeros diez días siguientes al mes que corresponda. La administración en los primeros cinco días siguientes al mes que corresponda. La Dirección Facultativa, en los primeros cinco días siguientes al mes que corresponda.

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