TEMA 18. ARTÍCULO 48 TREBEP
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Título del Test:
![]() TEMA 18. ARTÍCULO 48 TREBEP Descripción: ARTÍCULO 48 TREBEP |



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Según el artículo 48.a) del RDL 5/2015, por accidente o enfermedad graves del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el primer grado, el permiso será de: A) Tres días hábiles. B) Cinco días hábiles. C) Cuatro días naturales. D) Dos días hábiles. Según el artículo 48.a), por accidente o enfermedad graves de un familiar dentro del segundo grado de consanguinidad o afinidad, el permiso será de: A) Cinco días hábiles. B) Dos días naturales. C) Cuatro días hábiles. D) Tres días hábiles. En caso de fallecimiento del cónyuge, pareja de hecho o familiar de primer grado, el permiso será de: A) Tres días hábiles en la misma localidad y cinco en distinta. B) Dos días hábiles en la misma localidad y cuatro en distinta. C) Cinco días hábiles en cualquier caso. D) Tres días naturales en la misma localidad. En caso de fallecimiento de familiar dentro del segundo grado, el permiso será: A) Tres días hábiles en la misma localidad. B) Dos días hábiles en misma localidad y cuatro en distinta. C) Cinco días hábiles en distinta localidad. D) Dos días naturales en misma localidad. Según el artículo 48.b), por traslado de domicilio sin cambio de residencia corresponde un permiso de: A) Dos días. B) Un día. C) Tres días. D) Medio día. El artículo 48.c) reconoce permisos: A) Para consultas médicas privadas. B) Para realizar funciones sindicales o de representación. C) Para cambio de puesto de trabajo. D) Para participar en oposiciones internas. El artículo 48.d) reconoce permiso: A) Para estudiar oposiciones. B) Para concurrir a exámenes finales y pruebas definitivas de aptitud. C) Para asistir a tutorías. D) Para realizar cursos voluntarios. Según el artículo 48.e), las funcionarias embarazadas tienen permiso para: A) Revisiones médicas no relacionadas con el embarazo. B) Cursos de formación. C) Exámenes prenatales y técnicas de preparación al parto. D) Descansos diarios adicionales. El artículo 48.e) establece que el concepto de “funcionarias embarazadas” incluye también a: A) Funcionarias interinas. B) Empleadas temporales. C) Personas funcionarias trans gestantes. D) Personas funcionarias en prácticas. Según el artículo 48.f), por lactancia de un hijo menor de doce meses, el permiso consiste en: A) Dos horas de ausencia obligatorias. B) Una hora de ausencia, divisible en dos fracciones. C) Una hora solo al inicio de la jornada. D) Dos horas únicamente en partos múltiples. El permiso de lactancia del artículo 48.f) es: A) Transferible al otro progenitor. B) Acumulable voluntariamente al permiso de paternidad. C) Un derecho individual no transferible. D) Solo aplicable a funcionarias, no a funcionarios. El artículo 48.f) permite acumular el tiempo de lactancia en: A) Medias jornadas. B) Jornadas completas. C) Horas libres a elección del funcionario. D) Periodos equivalentes a días naturales. El artículo 48.g) concede a los progenitores de hijos prematuros o hospitalizados tras el parto: A) Un máximo de dos horas diarias de ausencia sin retribución. B) Un máximo de dos horas diarias de ausencia retribuidas íntegramente. C) Reducción obligatoria de jornada. D) Un permiso de cinco días hábiles. Según el artículo 48.g), también se podrá solicitar: A) Reducción de hasta dos horas con disminución proporcional de retribuciones. B) Reducción sin pérdida de retribuciones. C) Exención total de jornada. D) Reducción solo si el menor está en UCI. El artículo 48.h) reconoce reducción de jornada por guarda legal cuando el funcionario tenga cuidado directo de: A) Un menor de 14 años. B) Un menor de 12 años. C) Un menor de 10 años. D) Cualquier persona dependiente. Según el artículo 48.h), también se reconoce reducción por cuidado directo de familiar hasta: A) Primer grado. B) Segundo grado. C) Tercer grado. D) Únicamente de ascendientes. El artículo 48.i) concede reducción retribuida de hasta el 50% por cuidado de un familiar de primer grado por enfermedad muy grave durante: A) Diez días. B) Un mes. C) Dos meses. D) Cinco días. Si hay varios titulares del derecho del artículo 48.i), el tiempo de disfrute: A) No se puede repartir. B) Solo lo disfruta quien lo solicite primero. C) Puede prorratearse entre los titulares. D) Debe asignarse en tramos de una semana. El artículo 48.j) reconoce permiso por: A) Necesidades médicas familiares. B) Cumplimiento de un deber inexcusable de carácter público o personal. C) Estudios profesionales. D) Causas relacionadas con cambios de destino. Según el artículo 48.k) y l), corresponden permisos de: A) Doce días por asuntos particulares y diez por matrimonio. B) Seis días por asuntos particulares y quince días por matrimonio o pareja de hecho registrada. C) Cuatro días por asuntos particulares y veinte por matrimonio. D) Quince días por asuntos particulares y seis por matrimonio. |





