TEMA 18. RÉGIMEN DISCIPLINARIO TREBEP
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Título del Test:
![]() TEMA 18. RÉGIMEN DISCIPLINARIO TREBEP Descripción: RÉGIMEN DISCIPLINARIO TREBEP |



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Según el Estatuto, incurren en la misma responsabilidad disciplinaria que el autor material de la falta: a) Solo los funcionarios que consientan su ejecución. b) Quienes induzcan a otros a cometer faltas disciplinarias. c) Quienes las presencien sin denunciarlas. d) Quienes omitan su deber de coordinación. ¿Cuándo incurrirá en responsabilidad quien encubra una falta ya consumada?. a) Siempre que sea una falta leve. b) Únicamente cuando el encubrimiento se produzca antes de su investigación formal. c) Cuando se trate de faltas muy graves o graves y se derive daño grave para la Administración o ciudadanos. d) Cuando el encubrimiento se haga por subordinados. El principio de legalidad y tipicidad en el régimen disciplinario implica: a) La libre apreciación de la Administración sobre la naturaleza de la falta. b) La predeterminación normativa de faltas y sanciones, o por convenio colectivo para personal laboral. c) Que las faltas siempre deban estar tipificadas en leyes orgánicas. d) Que la Administración pueda crear faltas por resolución motivada. La irretroactividad en materia disciplinaria supone que: a) Las disposiciones sancionadoras favorables no se aplican retroactivamente. b) Las disposiciones no favorables no se aplican retroactivamente. c) Ninguna norma sancionadora tiene efecto retroactivo. d) La Administración decide caso por caso la aplicación temporal. Cuando en un expediente disciplinario existan indicios fundados de criminalidad: a) Debe continuarse el procedimiento disciplinario hasta resolución. b) Debe finalizarse sin sanción. c) Se suspenderá el expediente y se pondrá en conocimiento del Ministerio Fiscal. d) Solo se suspenderá si el funcionario lo solicita. ¿Qué tipo de faltas se enumeran y detallan expresamente en el Estatuto?. a) Solo las graves. b) Solo las leves. c) Solo las muy graves. d) Todas las categorías de faltas. ¿Cuál de las siguientes es falta muy grave?. a) La negligencia simple en el servicio. b) El incumplimiento de funciones esenciales inherentes al puesto. c) El retraso injustificado en tareas no esenciales. d) Las ausencias breves, reiteradas pero justificadas. La desobediencia abierta al superior constituye falta muy grave salvo que: a) El superior no sea funcionario de carrera. b) La orden vaya en contra de la ética profesional. c) La orden constituya infracción manifiesta del ordenamiento jurídico. d) Exista causa de fuerza mayor. La publicación indebida de información reservada es falta muy grave cuando: a) Se refiera exclusivamente a datos de carácter personal. b) Se trate de documentación o información a la que se accedió por razón del cargo. c) Exista autorización expresa del superior. d) El funcionario ya no preste servicios en la Administración. La prevalencia de la condición de empleado público para obtener un beneficio indebido se califica como: a) Falta leve. b) Falta grave. c) Falta muy grave. d) No constituye falta disciplinaria. El impedimento del derecho de huelga constituye: a) Falta leve. b) Falta grave. c) Falta muy grave. d) Sanción accesoria. Las faltas graves se tipifican: a) Por reglamento del Gobierno. b) Por ley estatal o autonómica, o por convenio colectivo para el personal laboral. c) Por orden ministerial. d) Por decreto legislativo del Ejecutivo sin delegación. En materia de sanciones, la separación del servicio: a) Puede imponerse por faltas graves y muy graves. b) Solo puede imponerse por faltas muy graves. c) Puede imponerse también a personal laboral. d) No se aplica a los funcionarios interinos. El despido disciplinario del personal laboral: a) Sanciona faltas graves o muy graves. b) Solo puede sancionar faltas muy graves. c) Conlleva automáticamente la pérdida del derecho a prestación por desempleo. d) Siempre implica indemnización. La suspensión firme de funciones tiene como límite máximo: a) Tres años. b) Cuatro años. c) Seis años. d) No tiene límite temporal. El demérito como sanción consiste en: a) El descenso de nivel en el puesto. b) La pérdida del destino. c) La penalización a efectos de carrera, promoción o movilidad voluntaria. d) La pérdida del complemento específico. Las sanciones por faltas graves prescriben en: a) Un año. b) Dos años. c) Tres años. d) Seis meses. Las infracciones graves prescriben en: a) Seis meses. b) Un año. c) Dos años. d) Tres años. El plazo de prescripción de las faltas comienza: a) Desde la incoación del expediente. b) Desde su comisión o desde el cese en faltas continuadas. c) Desde que la Administración tiene conocimiento. d) Desde la firmeza de la sanción. Las sanciones comienzan a prescribir: a) Desde la fecha de imposición. b) Desde la firmeza de la resolución sancionadora. c) Desde que el funcionario es notificado. d) Desde la publicación en el diario oficial. El procedimiento disciplinario debe respetar: a) Los principios de eficacia y economía, sin necesidad de celeridad. b) La separación entre fase instructora y sancionadora, encomendada a órganos distintos. c) La posibilidad de que el instructor imponga la sanción. d) La suspensión automática durante procesos judiciales. La suspensión provisional como medida cautelar puede acordarse: a) Solo por la autoridad judicial. b) Mediante resolución motivada dentro del procedimiento disciplinario. c) Sin necesidad de motivación. d) Solo cuando se trate de faltas muy graves. La suspensión provisional no podrá exceder de seis meses salvo: a) Que así lo determine el jefe del servicio. b) En caso de paralización del procedimiento imputable al interesado. c) En caso de faltas muy graves. d) En caso de reincidencia del funcionario. Si la suspensión provisional excede de seis meses: a) Supone automáticamente pérdida del puesto. b) Supone traslado forzoso. c) No supone pérdida del puesto de trabajo. d) Anula el procedimiento disciplinario. Cuando la suspensión provisional no deviene firme: a) No se abonarán retribuciones atrasadas. b) Se considerará tiempo de servicio activo y deberá acordarse la inmediata reincorporación. c) El tiempo no se computará a ningún efecto. d) Debe imponerse otra medida disciplinaria menor. |





