Tema 2: Elg
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Título del Test:![]() Tema 2: Elg Descripción: 28 enero 2012 |




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NO HAY REGISTROS |
Relaciones entre el Gobierno y las CG. Estas relaciones vienen reguladas en el Título V Art. 108 al 116 CE. Estas relaciones vienen reguladas en el Título IV Art. 108 al 116 CE. Estas relaciones vienen reguladas en el Título IIV Art. 108 al 116 CE. Estas relaciones vienen reguladas en LA LOFAGE. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. >>> Artículo 21. Del Gobierno en funciones. 1. El Gobierno CESA >>> tras la celebración de elecciones generales, en los casos de >>> pérdida de confianza parlamentaria previstos en la Constitución, o >>> por dimisión o >>> fallecimiento de su Presidente. 2. El Gobierno CESANTE continúa en funciones hasta >>> la toma de posesión del nuevo Gobierno, >>> con las limitaciones establecidas en esta Ley. 2. El Gobierno cesante NO continúa en funciones hasta la toma de posesión del nuevo Gobierno. 3. El Gobierno en funciones: >>> facilitará el normal desarrollo del proceso de formación del nuevo Gobierno y el >>> traspaso de poderes al mismo y >>> limitará su gestión al despacho ordinario de los asuntos públicos, >>> absteniéndose de adoptar cualesquiera otras medidas ---> SALVO casos de urgencia debidamente acreditados o por razones de interés general cuya acreditación expresa así lo justifique,. 4. El PRESIDENTE del Gobierno EN funciones NO podrá ejercer las siguientes facultades: ------> Proponer al Rey la DISOLUCIÓN de alguna Cám, o de las CG. ------> Plantear la CUESTIÓN de CONFIANZA ------> Proponer al Rey la convocatoria de un REFERÉNDUM CONSULTIVO. 5. El GOBIERNO en funciones NO podrá ejercer las siguientes facultades: ------> Aprobar el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado. ------> Presentar proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. 5. El Gobierno en funciones ----> SÍ podrá ejercer las siguientes facultades: ------> Aprobar el Proyecto de LPGEº. ------> Presentar proyectos de Ley al Congreso de los Diputados o, en su caso, al Senado. 6. Las delegaciones legislativas otorgadas por las CG quedarán en ----------> SUSPENSO durante todo el tiempo que el ---> {Gobierno esté en funciones } como consecuencia de la celebración de elecciones generales. 6. Las delegaciones legislativas otorgadas por las CG ESTARÁN VIGENTES durante todo el tiempo que el Gobierno esté en funciones como consecuencia de la celebración de elecciones generales. 2. El Gobierno CESANTE continúa en funciones hasta >>> la toma de posesión del nuevo Gobierno, >>> SÍN limitaciones. SEÑALA LO CORRECTO. EL REY NO forma parte del Consejo de Ministros. LOS SECREATRIOS DE ESTADO no forman parte del Consejo de Ministros. Como Secretario del Consejo de Ministros ACTÚA el Ministro de la Presidencia. Como Secretario del Consejo de Ministros ACTÚA el Director del Gabinete de la Presidencia. LOS SECREATRIOS DE ESTADO forman parte del Consejo de Ministros. Cumpliendo el mandato constitucionald el 98.4 CE..."la Ley regulará el Estatuto de incompatibidades de los miembros del Gobierno..." los arts. del 11 al 14 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. >> TÍTULO II. DEL ESTATUTO DE LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO, DE LOS SECRETARIOS DE ESTADO Y DE LOS DIRECTORES DE LOS GABINETES. >>> CAPÍTULO I. DE LOS MIEMBROS DEL GOBIERNO. Artículo 11. De los REQUISITOS de acceso al cargo. Para ser miembro del Gobierno se requiere ser >>> español, >>> mayor de edad, >>> disfrutar de los derechos de sufragio activo y pasivo, así como >>> no estar inhabilitado para ejercer empleo o cargo público por sentencia judicial firme. Artículo 12. Del NOMBRAMIENTO Y CESE. 1. El nombramiento y cese del Presidente del Gobierno se producirá en los términos previstos en la Constitución. 2. Los demás miembros del Gobierno serán nombrados y separados por el Rey, a propuesta de su Presidente. 3. La SEPARACIÓN de los Vicepresidentes del Gobierno y de los Ministros SÍN CARTERA llevará aparejada la EXTINCIÓNde dichos órganos. Artículo 13. De la SUPLENCIA 1. En los casos de >> vacante, >> ausencia o >> enfermedad, las funciones del Presidente del Gobierno serán asumidas por los ---> {Vicepresidentes},de acuerdo con el correspondiente orden de prelación, y, en defecto de ellos, por los ---> {Ministros}, según el orden de precedencia de los Departamentos. 2. La suplencia de los Ministros, para el despacho ordinario de los asuntos de su competencia, será determinada por Real Decreto del Presidente del Gobierno, debiendo recaer, en todo caso, en otro miembro del Gobierno. El Real Decreto expresará la causa y el carácter de la suplencia. Artículo 14. Del régimen de INCOMPATIBILIDADES de los miembros del Gobierno. 1. Los miembros del Gobierno >>> NO podrán ejercer otras funciones representativas que las propias del mandato parlamentario, >>> NI cualquier otra función pública que NO derive de su cargo, >>> NI actividad profesional o mercantil alguna. 2. Será de aplicación, asimismo, a los miembros del Gobierno el >>> RÉGIMEN de iINCOMPATIBILIDADES de los ALTOS CARGOS de la AGEº. EL CONSEJO DE MINISTROS. >>> Es un ÓRGANO CONSTITUCIONAL. >>> NO ESTÁ REGULADO EN LA CONSTITUCIÓN: >>> Ni en sus funciones. >>> Ni en su composición. >>> Su RÉGIMEN JURÍDICO SE ENCUENTRA REGULADO EN Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. Es un ÓRGANO CONSTITUCIONAL. SÍ ESTÁ REGULADO EN LA CONSTITUCIÓN. Es NO ÓRGANO CONSTITUCIONAL. NO ESTÁ REGULADO EN LA COSNTITUCIÓN. Su RÉGIMEN JURÍDICO NO SE ENCUENTRA REGULADO EN Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS. Viene integrada por >>>> TODOS los miembros del Gobierno <<<< SALVO: en los casos de ausencia de alguno de ellos. No forman parte del mismo los Secretarios de Estado, aunque pueden ser convocados al mismo. La CE deja una puerta abierta: ..." los demás miembros que establezca la LEY..." >>> LA PRESIDENCIA del Consejo de Ministros corresponde al Presidente del Gobierno, o al vicepresidente, en los casos que establezca la LEY. >>> LA SECRETERÍA del Consejo de Ministros viene desempeñada por el Ministro de la Presidencia. Forman parte del mismo los Secretarios de Estado. Viene integrada por algunos de los miembros del Gobierno. SALVO: en los casos de ausencia de alguno de ellos. Forman parte del mismo los Secretarios de Estado, ya que pueden ser convocados al mismo. La CE deja una puerta abierta: ..." los demás miembros que establezca la LEY..." LA PRESIDENCIA del Consejo de Ministros corresponde al Presidente del Gobierno, o al vicepresidente, en los casos que establezca la LEY. LA SECRETERÍA del Consejo de Ministros viene desempeñada por el Ministro de la Presidencia. LA COMPOSICIÓN DEL CONSEJO DE MINISTROS. Viene integrada por. SALVO:. No forman parte del mismo. La CE deja una puerta abierta:. >>> LA PRESIDENCIA del Consejo de Ministros. >>> LA SECRETERÍA del Consejo de Ministros. Artículo 17. De las normas aplicables al funcionamiento del Gobierno. L 50/97 El Gobierno se rige, en su ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO, por la presente Ley y por: A) Los Reales Decretos del Presidente del Gobierno. B) Las disposiciones organizativas internas, de funcionamiento y actuación emanadas. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. >>> Artículo 18. Del funcionamiento del Consejo de Ministros. El PRESIDENTE del Gobierno >>> convoca y >>> preside las reuniones. 2. Las reuniones del Consejo de Ministros podrán tener carácter. 3. El orden del día de las reuniones del Consejo de Ministros. 4. De las SESIONES el Consejo de Ministros se levantará acta en la que figurarán, exclusivamente,. Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno. >>> Artículo 20. De la delegación de competencias. 1. Pueden delegar el ejercicio de competencias propias: El Presidente del Gobierno. Los Ministros en favor. Incompatibiliades y responsabilidades. Los miembros del Gobierno NO podrán ejercer. Será de aplicación el régimen de incompatibildades de los altos cargos de la Administración General del Estado,. La responsabilidad PENAL se regula en el Art. 102 CE. La responsabilidad criminal del Presidente y demás miembros del gobierno. Si la acusación fuere por >>> TRAICIÓN O por >>> DELITO CONTRA SEGURIDAD DEL ESTADO en el ejercicio de sus funciones,. No será aplicable la. FUNCIONES >>> Consejo de Ministros. >>> APROBAR. >>> ACORDAR. >>> REMITIR los Tratados internacionales. ->>> DECLARAR los estados y. >>> PROPONER al Congreso. >>> DSIPONER. >>> APROBAR LOS REGLAMENTOS ..... [PREVIO DICTAMEN DEL CONSEJO DE ESTADO]. >>> CREAR >>> MODIFICAR >>> SUPRIMIR. >>> EJERCER cuantas ATRIBUCIONES. Los Vicepresidentes de Gobierno. El Art. 98 se refiere como miembros del Gobierno pues se trata de un órgano constitucional, al que no se le asignan funciones y que no ha de existir necesariamente, ya que se dice en su caso pueden ser uno o varios. La Ley 50/1997 estable que les corresponderán las funciones que les encomiende el Presidente y también asumirán las de este por >>> ausencia, >>> vacante o >>< enfermendad [también se regula en Real Decreto 1455/1995 de 1 de septiembre] SEGÚN SU RESPECTIVO ORDEN DE NOMBRAMIENTO. La Ley 50/1997 estable que les corresponderán las funciones que les encomiende el Presidente y también asumirán las de este por >>> ausencia, >>> vacante o >>< enfermendad [también se regula en Real Decreto 1455/1995 de 1 de septiembre] POR ORDEN DE MAYOR EDAD. En la actualidad y según Real Decreto 554/2004 de 17 de abril existen TRES vicepresidencias: ---> 1ª Vicepresidencia Primera del gobierno que le corresponde las funciones que le encomiende el Presidente así como la presidencia de la Comisión General de Estado y Subsecretarios. ---> 2ª Vicepresidencia Segunda, que le corresponderá según Art. 3 de Ley 50/1997 de 27 de noviembre, las funciones que le encomiende el Presidente, así como la presidencia de la Comisión Delegada del gobierno para asuntos Económicos. ---> 3ª Vicepresidencia Tercera, ejerccio de funciones que le encomiende el Presidente del Gobierno, así como la Comisión delegada del gobierno para la Política Autonómica. >>> Su NOMBRAMIENTO Y SEPARACIÓN es por el REY, >>> A PROPUESTA DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Art. 100. Según la Ley de enjuiciamiento Criminal (12/1991, de 10 DE JULIO) están exentos de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar. Su NOMBRAMIENTO Y SEPARACIÓN es por el CONSEJO DE MINISTROS. >>> Su NOMBRAMIENTO Y SEPARACIÓN es por el REY, >>> A PROPUESTA DEL PRESIDENTE DEL GOBIERNO Art. 100. Según la Ley de enjuiciamiento Criminal están exentos de concurrir al llamamiento del juez PARA declarar. En la actualidad y según Real Decreto 554/2004 de 17 de abril existen {TRES vicepresidencias}: ---> 3ª Vicepresidencia Tercera. ---> 2ª Vicepresidencia Segunda,. ---> 1ª Vicepresidencia Primera del gobierno. |