Tema 2. Infracciones de la Ley Trans.
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Título del Test:
![]() Tema 2. Infracciones de la Ley Trans. Descripción: Tramitación procesal y administrativa. |



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Utilizar o emitir expresiones vejatorias contra las personas por razón de su orientación identidad sexual, expresión de género o características sexuales en la prestación de servicios públicos o privados: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. No facilitar la labor o negarse parcialmente a colaborar con la acción investigadora de los servicios de inspección en el cumplimiento de los mandatos establecidos en esta ley: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. Causar daños o deslucimiento, cuando no constituya infracción penal, a bienes muebles o inmuebles pertenecientes a personas LGTBI o a sus familias por razón de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, o destinados a la protección de los derechos de las prsonas LGTBI, tales como centros asociativos LGTBI, o a la recuperación de la memoria histórica del colectivo LGTBI, tales como monumentos o placas conmemorativas: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La no retirada de las expresiones vejatorias a las que se refiere el artículo 2.a) de este artículo contenidas en sitios web o redes sociales por parte de la persona prestadora de un servicio de la sociedad de la información, una vez tenga conocimiento efectivo del uso de estas expresiones: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La realización de actos o la imposición de disposiciones o cláusulas en los negocios jurídicos que supongan, directa o indirectamente, un trato menos favorable a la persona por razón de su orientación o identidad sexual, expresión de género o características sexuales en relación con otra persona que se encuentre en situación análoga o comparable: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La obstrucción o negativa absoluta a la actuación de los servicios de inspección correspondientes en el cumplimiento de los mandatos establecidos en esta ley: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. El acoso discriminatorio, cuando no constituya infracción penal, por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. Las represalias, entendidas como el trato adverso que reciba una persona como consecuencia de haber presentado una queja, reclamación, denuncia, demanda o recurso, destinado a impedir su discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales y a exigir el cumplimiento efectivo del principio de igualdad: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La negativa a atender o a asistir a quienes hayan sufrido cualquier tipo de discriminación por razón de orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales, por quien, por su condición o puesto, tenga obligación de atender a la víctima, cuando no constituya infracción penal: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La promoción o la práctica de métodos, progrmas o terapias de aversión, conversión o contracondicionamiento, ya sean psicológicos, físicos o mediante fármacos, que tengan porfinalidad modificar la orientación sexual, la identidad sexual, o la expresión de género de las personas, con independencia del consentimiento que pudieran haber prestado las mismas o sus representantes legales: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La elaboración, utilización o difusión en centros educativos de libros de texto y materiales didácticos que presenten a las personas como superiores o inferiores en dignidad humana en función de su orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La convocatoria de espectáculos públicos o actividades recreativas que tengan como objeto la incitación a realizar conductas tipificadas como graves o muy graves en el presente título: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La denegación, cuando no constituya infracción penal, del acceso a los establecimientos, bienes y servicios disponibles para el público y la oferta de los mismos, incluida la vivienda, cuando dicha denegación esté motivada por la orientación e identidad sexual, expresión de género o características sexuales de la persona: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La vulneración de la prohibición de prácticas de modificación genital en personas menores de doce años establecia en el artículo 19.2 de esta ley, cuando no constituya infracción penal: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. La victimización secundaria, entendida como el incumplimiento por parte de las Administraciones Públicas de las obligaciones de atención previstas en esta Ley que den lugar a un nuevo daño psicológico para la víctima: Infracción leve. Infracción grave. Infracción muy grave. |




