Tema 2 SFyE
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Título del Test:
![]() Tema 2 SFyE Descripción: Preguntas de repaso del tema 2 de Sociedad, Familia y Educación |



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El Capítulo 2 explica que la educación es posible gracias a dos características humanas fundamentales. La capacidad de influir en otros individuos mediante la enseñanza se denomina: Educabilidad. Autorrealización. Educatividad. Humanización. ¿Cuál de las siguientes opciones NO se menciona en el texto como un límite a la libertad de cátedra del profesorado no universitario?. El cumplimiento de los fines educativos reconocidos en la Constitución y la LODE. La prohibición de adoctrinamiento en los centros públicos y el respeto al ideario en los centros privados. La ética profesional del docente. Las directrices metodológicas específicas dictadas por la dirección del centro. El "Sistema de las Cuatro Aes", desarrollado por Katarina Tomasevski para concretar las obligaciones de los gobiernos respecto al derecho a la educación, se compone de: Asequibilidad, Autonomía, Aceptabilidad y Autoridad. Asequibilidad, Accesibilidad, Aceptabilidad y Adaptabilidad. Accesibilidad, Asertividad, Adaptabilidad y Autenticidad. Aceptabilidad, Asistencia, Acompañamiento y Asequibilidad. El artículo 27.2 de la Constitución Española establece que la educación tendrá por objeto: La formación religiosa y moral que esté de acuerdo con las convicciones de los padres. La programación general de la enseñanza con participación de todos los sectores. El pleno desarrollo de la personalidad humana en el respeto a los principios democráticos de convivencia. La obligatoriedad y gratuidad de la enseñanza básica. Siguiendo la Constitución española de 1978 artículo 20.1, la libertad de cátedra ampara al profesora que ejerce su docencia. Siempre que se acoja a su derecho a la libertad de expresión. En todos los niveles del sistema educativo y en todo tipo de centros. En las universidades financiadas con fondos públicos. En todos los centros escolares excepto los concertados. El derecho a la educación se recoge por primera vez en la historia constitucional de España en. La Ley Moyano de 1857. En la Constitución de Cádiz de 1812. En el artículo 27 de la Constitución de 1978. En la Ley General de Educación de 1970. En el artículo 27 de la Constitución española regula. Los fines de la educación, los derechos y libertades educativas. Los principios de la política educativa y las obligaciones de los poderes públicos. Los medios de la acción educativa. Todas las opciones anteriores son ciertas. La vertiente prestacional del artículo 27 de la Constitución, tal y como se recoge en su Sinopsis, se vincula a. El derecho a la educación. El derecho a la libertad de enseñanza. Ambos derechos educativos. Las opciones anteriores no son correctas. La Constitución española de 1978 protege el derecho a la educación mediante 9 garantías que aseguran su efectividad como derecho fundamental entre ellas. La tutela judicial y el recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. La libertad de cátedra del profesorado. La libertad de creación de centros educativos. La participación de las familias en la gestión de los centros. En ocasiones la aplicación del concepto de 'libertad de cátedra' ha requerido el pronunciamiento del Tribunal Constitucional debido a. Su proximidad con el concepto de 'libertad de expresión', también amparado por la Constitución española de 1978. La ambigüedad de la legislación al respecto. Los intereses ideológicos de los grupos políticos. Las diferentes escuelas científicas que pugnan por el dominio del conocimiento. Se entiende por liberta de cátedra. Elegir los procedimientos didácticos con total libertad. Seleccionar los contenidos de la docencia. La posibilidad de expresar ideas o convicciones propias sobre la materia objeto de enseñanza. Expresar en el aula las propias creencias, opiniones y convicciones éticas y morales. Por liberta de cátedra se entiende. a) El derecho de quienes llevan a cabo personalmente la función de enseñar, a desarrollarla con libertad dentro de los límites propios del puesto docente que ocupan. b) La posibilidad de expresar las ideas y convicciones que cada profesor asume como propias con relación a la materia objeto de enseñanza. Las opciones a y b son correctas. Las opciones a y b son incorrectas. En los centros privados, concertados o no, la libertad de cátedra debe ser ejercida. En el marco del ideario del centro. Sin límites ni restricciones. Con los límites que la ley señala para todos los centros de educación secundaria. Con transparencia y respeto por todas las opiniones. La libertad de cátedra está reconocida para el profesorado no universitario en. La Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educación. En el artículo 27.1 de la Constitución de 1978. En el artículo 20.1.c de la Constitución de 1978. Todas las opciones anteriores son ciertas. |




