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tema 20

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Título del Test:
tema 20

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test 1.1

Fecha de Creación: 2019/07/28

Categoría: Otros

Número Preguntas: 50

Valoración:(1)
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El denominado Procedimiento Abreviado se aplicará: a la instrucción de todo tipo de delitos. al enjuiciamiento de delitos castigados con pena única de privación del permiso de conducir. Al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad inferior a cinco años, exclusivamente. A la instrucción y enjuiciamiento de delitos castigados con cualquier tipo de pena siempre que no sea privativa de libertad.

El denominado Procedimiento Abreviado se aplicará al enjuiciamiento de delitos castigados con pena privativa de libertad. no superior a 9 años. superior a 9 años. no superior a 5 años. superior a 5 años.

El denominado Procedimiento Abreviado se aplicará al enjuiciamiento de delitos castigados con cualesquiera otras penas de distinta naturaleza a las penas privativas de libertad: Siempre que su imposición sea única y con una duración inferiora los diez años. Siempre que su imposición sea conjunta o alternativa a la pena privativa de libertad. Independientemente de que se imponga como pena única, conjunta o alternativa a la pena privativa de libertad,y cualquiera que sea su cuantía o duración. Independientemente de que se imponga como pena única, conjunta o alternativa a la pena privativa de libertad, pero siempre que tal pena no supere la duración de diez años o la cuantía de sesenta mil euros.

El Procedimiento Abreviado: no se refiere al procedimiento penal, sino al contencioso administrativo. se refiere a la ejecución de sentencias. es de aplicación al enjuiciamiento de todo tipo de delitos. es de aplicación al enjuiciamiento de todo tipo de delitos sin perjuicio de lo establecido para los procesos especiales.

En el Procedimiento Abreviado, todas las actuaciones judiciales se registrarán: como diligencias previas. como diligencias preliminares. como diligencias preparatorias. como diligencias de instrucción.

En el Procedimiento Abreviado el imputado será informado de sus derechos: a) por el Secretario judicial. b) con carácter previo a ser informado de los hechos que se le imputan. c) por el juez con carácter previo a informarle así mismo de los hechos que se le imputan. son ciertas a y b.

El informe pericial en el Procedimiento Abreviado: Será emitido por los mismos peritos exigidos para el Procedimiento Ordinario. Se prestará por un solo perito. Podrá ser prestado sólo por un perito cuando el Juez lo considere suficiente. Podrá ser prestado sólo por un perito cuando el Fiscal las acusaciones personadas así lo Interesen.

En el Procedimiento Abreviado: El Juez asistirá siempre a los levantamientos de cadáver. El Juez podrá autorizar al Médico Forense para que asista en su lugar a tales diligencias. El Juez podrá autorizar a tales efectos al Secretarlo Judicial. El Juez podrá autorizar para ello a la Policía Judicial.

Practicadas sin demora las diligencias pertinentes, si el Juez considera que se ha cometido un hecho delictivo, pero no hay autor conocido acordará: el sobreseimiento provisional. el sobreseimiento libre. la práctica de diligencias complementarias. la suspensión del curso de los autos.

Si practicadas las diligencias pertinente, todos los imputados fueren menores de edad: Se Inhibirá a favor del Juzgado de Menores. Dará traslado de lo actuado al Fiscal de Menores. Sobreseerá provisionalmente las actuaciones y se inhibirá a favor de la jurisdicción de menores. Son falsas todas las opciones anteriores.

Si el Juez de Instrucción acordare que debe seguirse el trámite establecido para el Procedimiento Abreviado, ordenará que se dé traslado de las diligencias previas, originales o mediante fotocopia, al Ministerio Fiscal y a las acusaciones personadas, para que: soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusaciones. soliciten el sobreseimiento de la causa. soliciten la práctica de diligencias complementarias. son ciertas las opciones anteriores.

acordado seguir el trámite para el procedimiento abreviado se ordenará el traslado de las diligencias previas al Ministerio fiscal y las partes personadas por plazo común de: 3 días. 5 días. 10 días. 15 días.

En el escrito de acusación: Se propondrán las pruebas cuya práctica se interese en el juicio oral. Se podrá solicitar la práctica anticipada de aquellas pruebas que no puedan llevarse a cabo durante las sesiones del juicio oral. Se podrá solicitar la adopción, por ejemplo, de medidas restrictivas o privativas de derechos. son ciertas todas las opciones anteriores.

En general, contra el auto que acuerde la apertura del juicio oral: se dará recurso de reforma y subsidiario de apelación. sólo se dará recurso de apelación. no se dará recurso alguno. Cabra recurso en lo relativo a la situación personal y a responsabilidades civiles, pudiendo el acusado reproducir ante el órgano de enjuiciamiento las peticiones no atendidas.

En el Procedimiento Abreviado, la ausencia injustificada del acusado al acto de juicio oral no justificará la suspensión del mismo por el Juez o Tribunal cuando, cumplidos los restantes requisitos establecidos por la Ley, la pena solicitada, no siendo privativa de libertad su duración: no exceda de 6 años. no exceda de 5 años. no exceda de 4 años. no exceda de 2 años.

En el Procedimiento Abreviado, la ausencia injustificada al acto de juicio oral del tercero responsable civil citado en forma: Será por sí misma causa de suspensión del juicio. No será por sí misma causa de suspensión del juicio. Será por sí misma causa de suspensión del juicio cuando afecte al tercero responsable civil directo en causas por accidentes de circulación. Será por sí misma causa de suspensión del juicio cuando afecte al tercero responsable subsidiario.

En el Procedimiento Abreviado, el juicio oral comenzará: con la lectura de los escritos de acusación y defensa. con la lectura por el Juez o Magistrado presidente de los escritos de acusación y defensa. con la formulación por las partes de alegaciones previas. con la práctica de la prueba propuesta y admitida.

En el Procedimiento Abreviado, iniciado el juicio oral, el Juez o Tribunal, a instancia de parte, comenzará un turno de intervenciones para que las partes puedan exponer lo que estimen oportuno sobre: la competencia del órgano judicial. la vulneración de cualquier derecho. la existencia de artículos de importante pronunciamiento. son falsas todas las opciones anteriores ya que en el enunciado hay un error.

En el Procedimiento Abreviado, iniciado el juicio oral, el Juez o Tribunal, en su caso, comenzará un turno de intervenciones para que las partes puedan exponer lo que estimen oportuno sobre: proposición de prueba anticipada. prórroga de las sesiones del juicio oral. nulidad de actuaciones. impertinencia de las pruebas a practicar en el acto.

El Tribunal del Jurado no será competente para el conocimiento y fallo de las causas por los delitos tipificados en el Código Penal: del homicidio. de las lesiones. de las amenazas. de la omisión del deber de socorro.

Incoado el procedimiento por delito cuyo enjuiciamiento venga atribuido al Tribunal del Jurado, el Juez de Instrucción lo pondrá inmediatamente en conocimiento. del Ministerio fiscal. de los perjudicados. de los imputados. del presidente de la audiencia y del Ministerio fiscal.

El auto que decrete la apertura del juicio oral en el procedimiento del que venimos hablando determinará. El hecho o hechos justiciables de entre los que han sido objeto de acusación y respecto de los cuales estime procedente el enjuiciamiento. La persona o personas que podrán ser juzgadas como acusados o terceros responsables civilmente. La fundamentación de la procedencia de la apertura del juicio con indicación de las disposiciones legales aplicables y el órgano competente para el enjuiciamiento. son ciertas todas las opciones anteriores.

En la misma resolución por la que se acuerde la apertura del juicio oral el Juez acordará que se deduzca testimonio, entre otras, de: Las actuaciones que las partes señalen, exclusivamente. La documentación de todas las diligencias que hayan de practicarse en el juicio oral. El auto de apertura del juicio oral. de todo lo actuado.

El Juez, dictado el auto de apertura de juicio oral, mandará emplazar a las partes para que se personen ante el Tribunal competente para el enjuiciamiento. dentro del término de 15 días. dentro del término de 10 días. dentro del término de 5 días. dentro del término que señale según la complejidad del caso.

El Magistrado que vaya a presidir el Tribunal del Jurado dictará auto de hechos justiciables en el que: Precisará, en párrafos separados, el hecho o hechos justiciables. Se expondrán en párrafos separados los hechos que configuren el grado de ejecución del delito y el de participación del acusado. Determinará el delito o delitos que dichos hechos constituyan. son ciertas las opciones anteriores.

El proceso que sirve para el enjuiciamiento de las infracciones penales leves es: procedimiento ordiario. procedimiento abreviado. procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento delitos leves.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito castigado con pena privativa de libertad de doce años es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento delitos leves.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito castigado con pena privativa de derechos de quince años es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento delitos leves.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito castigado con pena de multa de cincuenta millones de euros es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento delitos leves.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito de homicidio castigado con pena privativa de libertad de veinte años es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para enjuiciamiento rápido determinados delitos. procedimiento ante tribunal de jurado.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito de omisión del deber de socorro castigado con pena privativa de libertad de tres años es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento ante Tribunal de jurado.

El procedimiento que sirve para el enjuiciamiento de un delito flagrante castigado con pena privativa de libertad dos años, incoado en virtud de un atestado policial, habiendo la Policía Judicial detenido a una persona, poniéndola a disposición del Juzgado de Guardia, es: procedimiento ordinario. procedimiento abreviado. procedimiento para el enjuiciamiento rápido de determinados delitos. procedimiento ante tribunal de jurado.

Para el enjuiciamiento y resolución de un proceso ordinario o sumario será competente: el juzgado de instrucción. el juzgado de lo penal. la Audiencia provincial. cualquiera de los dos anteriores.

Con respecto a una causa por delito castigado con pena privativa de libertad de ocho años: Será Instruida por el Juzgado de Instrucción. Será enjuiciada y resuelta por la Audiencia Provincial. Se tramitará por los cauces del procedimiento abreviado. son ciertas todas las opciones anteriores.

Los Juicios de delitos leves serán competencia de: los juzgados de paz. los juzgados de instrucción. los juzgados de violencia sobre la mujer. según cuál sea la falta cometida cualquiera de los anteriores.

Con respecto a la querella: Todos los ciudadanos españoles, hayan sido o no ofendidos por el delito, pueden querellarse, ejercitando la denominada acción popular. También pueden querellarse los extranjeros por los delitos cometidos contra sus personas o bienes, o las personas o bienes de sus representados, previo prestación, en su caso, de la correspondiente fianza. Los funcionarlos del Ministerio fiscal ejercitarán también, en forma de querella, las acciones penales en los casos en que estuvieren obligados a ello. son ciertas todas las opciones anteriores.

La formación del sumario, ya empiece de oficio, ya a instancia de parte, corresponderá: A los Jueces de Instrucción por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva. A los Jueces de Instrucción por los delitos que se cometan dentro de su estricto término municipal. A los Jueces de Instrucción por los delitos que les encomiende la legislación vigente. A los Jueces por los delitos que se cometan dentro de su partido o demarcación respectiva.

El Secretario Judicial dará parte cada semana a los mismos a quienes lo haya dado al principiarse el sumario de las causas que hubiesen impedido su conclusión. Cuando a los quince días de haberse Incoado un sumarlo no se hubiere terminado. Cuando al mes de haberse Incoado un sumarlo no se hubiere terminado. Cuando a los dos meses de haberse Incoado un sumarlo no se hubiere terminado. Cuando a los tres meses de haberse Incoado un sumarlo no se hubiere terminado.

En la fase de instrucción en el proceso ordinario, cuando se pusiera de manifiesto la existencia de huellas o vestigios cuyo análisis biológico pudiera contribuir al esclarecimiento del hecho investigado: El Juez de Instrucción adoptará las medidas necesarias para que la recogida, custodia y examen de aquellas muestras se verifique en condiciones que garanticen su autenticidad. El Juez de Instrucción ordenará a la Policía Judicial que adopte las medidas necesarias para que la recogida, custodia y examen de aquellas muestras se verifique en condiciones que garanticen su autenticidad. El Juez de Instrucción ordenará al médico forense que adopte las medidas necesarias para que la recogida, custodia y examen de aquellas muestras se verifique en condiciones que garanticen su autenticidad. son ciertas todas las opciones anteriores.

Los testigos declararán: conjuntamente en su caso. secretamente. a presencia del juez instructor. a presencia del secretario judicial y de los abogados de las partes en su caso.

Inmediatamente que los Jueces de instrucción o de Paz, en su caso, tuvieren noticia de la perpetración de un delito: a) El Secretario Judicial lo pondrá en conocimiento del Fiscal de la respectiva Audiencia, y dará, además, parte al Presidente de ésta de la formación del sumario. b) El Juez realizará las actuaciones a las que se refiere la opción anterior. c) El Secretario Judicial lo pondrá en conocimiento del Fiscal de la respectiva Audiencia, y, además, el Juez dará parte al Presidente de ésta de la formación del sumario. d) Podrá realizar aquellas actuaciones indistintamente el Secretario Judicial o el Juez.

Con respecto a la diligencia de inspección ocular: El Secretario Judicial ordenará recoger en los primeros momentos las armas, instrumentos o efectos de cualquiera clase que puedan tener relación con el delito y se hallen en el lugar en que éste se cometió, o en sus inmediaciones, o en poder del reo, o en otra parte conocida. El Secretario Judicial extenderá diligencia expresiva del lugar, tiempo y ocasión en que se encontraren. El Juez instructor describirá los objetos anteriormente referidos minuciosamente para que se pueda formar idea cabal de los mismos y de las circunstancias de su hallazgo. La diligencia será firmada por la persona en cuyo poder queden los objetos, notificándose a la misma el auto en que se mande recogerlos.

El procesado podrá dictar por sí mismo las declaraciones. Si no lo hiciere, lo hará, procurando, en cuanto fuere posible, consignar las mismas palabras de que aquél se hubiese valido: el Juez instructor. el Secretario judicial. el representante del Ministerio fiscal. el abogado de la defensa.

Con respecto a la calificación del delito, abierto el Juicio Oral en el proceso ordinario por delitos: Cuando se mande abrir el juicio oral, el Secretario Judicial comunicará la causa al Fiscal, o al acusador privado si versa sobre delito que no pueda ser perseguido de oficio, para que en el término de cinco días califiquen por escrito los hechos. Dictada que sea esta resolución, serán secretos todos los actos del proceso. Las partes, en los escritos a los que nos referiremos a continuación, podrán presentar sobre cada uno de los puntos que han de ser objeto de la calificación dos o más conclusiones en forma alternativa, para que se estimen simultáneamente todas ellas. El Ministerio fiscal y las partes manifestarán en sus respectivo escritos de calificación las pruebas de que intenten valerse, sin que sea necesario presentar listas de peritos y testigos que hayan de declarar a su instancia.

Presentados los escritos de calificación, o recogida la causa de poder de quien la tuviere después de transcurrido el término correspondiente. El Tribunal dictará providencia teniendo por hecha la calificación. El Secretario Judicial dictará diligencia teniendo por hecha la calificación. El Secretario Judicial dictará decreto teniendo por hecha la calificación. El Tribunal dictará auto teniendo por hecha la calificación.

El desarrollo de las sesiones del juicio oral se registrará en soporte apto para la grabación y reproducción del sonido y de la imagen. El documento electrónico que sirva de soporte a la grabación deberá ser custodiado: por el Secretario judicial. por el presidente del Tribunal. por el auxiliar judicial. Nadie está obligado a custodiar tal documento, ya que queda grabado en los dispositivos electrónicos de los que dispone el Juzgado.

La celebración de juicio en el proceso penal: Exige siempre la presencia del Secretario Judicial. No exige en caso alguno la presencia del Secretario Judicial. Al igual que en el proceso civil, es siempre necesaria la presencia del Secretario Judicial. No se requerirá la presencia en Sala del Secretario Judicial siempre que se cuente con los medios tecnológicos necesarios y se garantice por tal funcionario la autenticidad e integridad de lo grabado o reproducido mediante la utilización de la firma electrónica reconocida u otro sistema de seguridad que conforme a la Ley ofrezca tales garantías.

En el Procedimiento Abreviado cuando el Juez de Instrucción decrete la apertura del juicio oral sólo a instancia del Ministerio Fiscal o de la acusación particular, el Secretario judicial dará nuevo traslado a quien hubiere solicitado el sobreseimiento para que formule escrito de acusación, salvo que hubiere renunciado a ello, por plazo de: 10 días. 5 días. 3 días. son falsas todas las respuestas anteriores, ya que el Secretario judicial no es la autoridad encargada de ordenar el traslado.

En el Procedimiento Abreviado, abierto el Juicio Oral: El Secretario judicial emplazará al imputado para que comparezca en la causa con Abogado que le defienda y Procurador que le represente. Tal emplazamiento se realizará con entrega de copia de los escritos de acusación. El plazo dentro del que deberán comparecer será de tres días. son ciertas todas las opciones anteriores.

Con respecto al señalamiento de día y hora para la celebración del Juicio en procedimiento ordinario: El Secretario judicial establecerá el día y hora en que deban comenzar las sesiones del juicio oral. Los criterios generales y las concretas y específicas instrucciones para tal señalamiento serán fijados por los Presidentes de Sala o Sección. En todo caso, aunque no sea parte en el proceso ni deba intervenir, el Secretario Judicial deberá informar a la víctima por escrito de la fecha y lugar de celebración del juicio. son ciertas todas las opciones anteriores.

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