Tema 21
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Título del Test:
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Señala la respuesta INCORRECTA relativa a las cuestiones prejudiciales no penales: La LOPJ en su artículo 10 establece que en las cuestiones prejudiciales no penales, con carácter general, la cuestión prejudicial será resuelta por el tribunal que está conociendo el proceso. A los solos efectos perjudiciales, los tribunales civiles podrán conocer de asuntos que estén atribuidos a los tribunales de los órdenes jurisdiccionales contencioso administrativo y social. La decisión de los tribunales civiles sobre las cuestiones que conozca estando atribuidas a los tribunales de los órdenes contencioso administrativo y social surtirá plenos efectos fuera del proceso en que se produzca. Las partes pueden solicitar de común acuerdo o una de ellas con el consentimiento de la otra, que se suspenda el curso de las actuaciones antes de que se hubiera dictado sentencia, hasta que la cuestión prejudicial sea resuelta, quedando el tribunal civil vinculado a la decisión de los órganos indicados acerca de la cuestión prejudicial. Señala la respuesta INCORRECTA: Respecto a las cuestiones perjudiciales no penales, la cuestión prejudicial, con carácter general, será resuelta por el tribunal que está conociendo el proceso. Sin embargo, respecto a las cuestiones prejudiciales penales, estas suspenderán al procedimiento principal hasta su resolución definitiva. A los solos efectos perjudiciales, cada orden jurisdiccional, podrá conocer de asuntos que no le estén atribuidos privativamente. La existencia de una cuestión prejudicial penal, de la que no pueda prescindirse para la debida decisión o que condiciona directamente el contenido de esta determinará la suspensión del procedimiento, mientras aquella no se ha resuelta por los órganos penales a quienes corresponda, salvo las excepciones que la ley establezca. A los solos efectos perjudiciales, cada orden jurisdiccional podrá conocer de asuntos que no les den atribuidos públicamente. Cuando en un proceso civil se ponga de manifiesto un hecho que ofrezca apariencia de delito o falta perseguible de oficio, el tribunal civil lo pondrá en conocimiento del ministerio fiscal, por si hubiere lugar de la acción penal mediante: Sentencia. Auto. Providencia. Decreto. La suspensión de las actuaciones del proceso civil se ordenará por prejudicialidad penal mediante AUTO cuando: El proceso esté pendiente solo de sentencia. Cuando no se haya celebrado el juicio. Si la causa penal sobre falsedad de un documento o obedeciera a la denuncia o querella de una de las partes y finalizará por resolución en que se declarase que el documento es auténtico o que no se haya podido probar su falsedad: La parte a quien hubiere perjudicado la suspensión del proceso civil, podrá pedir en este indemnización de daños y perjuicios. La parte a quien hubiere perjudicado la suspensión del proceso civil, podrá pedir la nulidad del procedimiento. La parte a quien hubiere perjudicado la suspensión del proceso civil no podrá ejercitar ninguna acción. Si la prejudicial penal consistiera en la posible existencia de un delito de falsedad de alguno de los documentos aportados, se acordará la suspensión, sin esperar a la conclusión del procedimiento tan pronto, como se acredita que se sigue causa Criminal sobre aquel delito, cuando a juicio del tribunal, el documento pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto. Señala la respuesta correcta: No se acordará por el tribunal, la suspensión o se alzará por el LAJ, la que a aquel hubiese acordado, si la parte a la que pudiera favorecer el documento renunciara a él. Se mantendrá la suspensión, a pesar de que la parte a la que pudiera favorecer el documento renunciara a él. Si durante la tramitación de un procedimiento ordinario, ante una sección de lo civil de un tribunal de instancia, se pone de manifiesto la existencia de un hecho que ofrece apariencia delictiva que podría tener influencia decisiva en la resolución de asunto civil ¿se suspenderá las actuaciones del proceso?. No, no se podrán suspender las actuaciones. Sí, pero en el caso de que la suspensión venga motivada por la posible existencia de un delito de falsedad de alguno de los documentos aportados, se acordará sin esperar a la conclusión del procedimiento, tan pronto como se acredite que se sigue causa criminal sobre aquel delito, cuando a juicio del tribunal, el documento pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto. Sí, y en todo caso, se acordará sin esperar a la conclusión del procedimiento. Sí, pero una vez el procedimiento se encuentre pendiente de sentencia. Durante un proceso en primera instancia, una de las partes afirma que uno de los documentos aportado por la otra parte, es falso. El LAJ pone de manifiesto esta afirmación al MF y se procede a abrir diligencias previas en la sección de instrucción por un presunto delito de falsedad documental. Si el abogado de la parte demandante, solicite la suspensión del proceso civil por prejudicial penal, ¿el juez la acordará?. Sí, en todo caso. No, en ningún caso. Sí, suspenderá las actuaciones civiles, sin esperar a la conclusión del procedimiento civil, cuando considere que el documento pudiera ser decisivo para resolver sobre el fondo del asunto. Solo cuando haya concluido el procedimiento civil. Se podrá interponer algún recurso contra la resolución que deniegue la suspensión del asunto civil. Recurso de reposición. Recurso de apelación. Recurso de queja. No cabe recurso. Cabe algún recurso contra el auto que acuerde la suspensión del asunto civil?: Recurso de revisión. Recurso de apelación. No cabe recurso. Recurso de reposición. Contra los autos dictados en apelación acordando o confirmando la suspensión cabe algún recurso?: Recurso de revisión. Recurso de reposición. No cabe recurso alguno. Contra la resolución del LAJ que acuerde el alzamiento de la suspensión cabe algún recurso?: No. Recurso directo de revisión. Recurso de reposición. Recurso de apelación. Contra la resolución que deniega la suspensión del proceso civil, por entender que no existe prejudicial penal, ¿qué recursos se podrá interponer? ¿Y contra el auto por el que se acuerda la suspensión?. Recurso de reposición y recurso de apelación. Recurso de apelación y recurso de revisión. Recurso de revisión y recurso de apelación. Recurso de reposición, pero contra el auto por el que se acuerda la suspensión no que habrá recurso. Señala la respuesta incorrecta respecto a las cuestiones perjudiciales no penales. Cuando lo establezca la ley o lo pidan las partes de común acuerdo o una de ellas con el consentimiento de la otra, el LAJ suspender el curso de las actuaciones, antes de que hubiera sido dictada a la sentencia, hasta que la cuestión prejudicial sea resuelta. El tribunal civil quedará vinculado a la decisión de los órganos indicados acerca de la cuestión perjudicial. La suspensión del proceso y la posible vinculación o no del tribunal civil a lo que resuelva en vía administrativa o contencioso, no puede depender de una actuación de las partes. Respecto a la prejudicial civil. Una abogada recibe auto donde se estima la concurrencia de prejudicial civil, ya que es necesario decidir sobre otra cuestión que constituye objeto principal de otro proceso, pendiente en un tribunal civil distinto, y no es posible la acumulación de autos. ¿qué defecto tendrá el referido auto de prejudicial civil en la tramitación del proceso pendiente?. No tendrá ningún efecto. La sección deberá seguir el curso normal de las actuaciones y podrá suspender una vez que esté pendiente de dictar sentencia. La sección, a petición de ambas partes o de una de ellas, oída la parte contraria, podrá mediante auto decretar la suspensión del curso de las actuaciones en el estado en que se hallan, hasta que finalice el proceso que tenga por objeto la cuestión perjudicial. Se retrotraerán todas las actuaciones al inicio y se esperará a dar por concluido el proceso pendiente por otra sección. Señala la respuesta correcta con respecto a la prejudicial civil. Contra el auto que deniegue la petición que habrá recurso de reposición y contra el auto que acuerde la suspensión que habrá presentar recurso de apelación. Contra el auto que deniegue la petición que habrá recurso de revisión y contra el auto que acuerde la suspensión que habrá presentar recurso de apelación. No cabrá ningún recurso en ningún caso. |




