Tema 21 - Proceso penal
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Título del Test:![]() Tema 21 - Proceso penal Descripción: Delitos leves y Ejecución |




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Señale la INCORRECTA: El procedimiento de delitos leves por la vía rápida se aplica a. Lesiones o maltrato de obra. Amenazas, coacciones e injurias. Hurto y robo flagrante. Todas son correctas. Se usará la vía rápida para enjuiciar delitos leves si la Policía Judicial envía el atestado. al Juzgado de Instrucción competente. al Juzgado de Instrucción competente o a otro del mismo partido judicial. al Juzgado de Instrucción competente o a otro de la mismo provincia. al Juzgado de Instrucción. Si cabe la vía rápida de enjuiciamiento de delitos leves, la Policía Judicial citará a ofendidos y perjudicados, denunciante, denunciado y testigos. ante el Juzgado de Instrucción. ante el Juzgado de Guardia. ante el Juez Decano. ante el Juez de lo Penal. En los delitos leves, la Policía Judicial o el Juez solicitará a los citados o comparecientes. que designen dirección de correo electrónico y número de teléfono a los que serán remitidas las comunicaciones y notificaciones a realizar; y en caso de no poder facilitarlos o así lo solicitasen, las notificaciones serán remitidas por correo ordinario al domicilio que designen. que designen dirección de correo electrónico al que serán remitidas las comunicaciones y notificaciones a realizar; y en caso de no poder facilitarlos o así lo solicitasen, las notificaciones serán remitidas por correo ordinario al domicilio que designen. que designen domicilio al que serán remitidas las notificaciones por correo ordinario. que designen domicilio al que serán remitidas las notificaciones por correo ordinario, o a una persona que las reciba en su nombre. Si la competencia para conocer el delito leve corresponde al Juzgado de Violencia sobre la Mujer, la Policía Judicial hará las citaciones, en su caso, ante. el Juzgado de Instrucción en el día hábil más próximo. ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer en el día hábil más próximo. ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer para su inmediata asistencia. ante el Juzgado de Violencia sobre la Mujer para su inmediata asistencia, en el plazo máximo de 24 horas. Si el Juez decidiese, a petición del MF, sobreseer el procedimiento por delito leve. Se notificará a los ofendidos por el delito. Se notificará a los ofendidos por el delito, si así lo solicitaron. Se notificará a los ofendidos por el delito, si son querellantes. No hay obligación expresa de notificar este tipo de resolución a los ofendidos. Se acordará la inmediata celebración del juicio por delito leve por la vía rápida si. han comparecido todas las personas citadas. han comparecido las personas citadas, o aun no habiendo comparecido alguna de ellas (incluido el denunciado) el Juzgado reputare innecesaria su presencia. han comparecido las personas citadas, o, en el único caso de no comparecer un testigo, el Juzgado reputare innecesaria su presencia. han comparecido las personas citadas, o aun no habiendo comparecido alguna de ellas (incluido el denunciado) el Juzgado reputare innecesaria su presencia, salvo que alguna parte pida plazo para poder preparar sus actuaciones. Cuando la Policía Judicial tenga noticia de un hecho que sea delito leve de los que no da acceso a la vía rápida, hará el correspondiente atestado que remitirá. sin dilación al Juzgado de Guardia. sin dilación al Juzgado de Instrucción. en el plazo máximo de 24 horas al Juzgado de Guardia. en el plazo máximo de 48 horas sin dilación al Juzgado de Instrucción. Si no fuere posible la celebración del juicio oral del delito leve durante el servicio de guardia, y el Juez estima que es competente el propio Juzgado de Instrucción. el SJ señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 7 días. el SJ señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 15 días. el SJ señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 8 días. el SJ señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 10 días. Si no fuere posible la celebración del juicio oral del delito leve durante el servicio de guardia, y el Juez estima que la competencia para el enjuiciamiento corresponde a otro Juzgado. el SJ remitirá lo actuado para que se proceda a realizar el señalamiento del juicio y las citaciones. el propio SJ hará el señalamiento del juicio y las citaciones ante el Juzgado competente. el Juez archivará la causa, señalando el órgano competente ante el que interponer nueva denuncia o querella ante el Juzgado competente. Ninguna es correcta. En los delitos leves. no es necesario abogado ni procurador. no es necesario abogado ni procurador, salvo que el delito leve lleve pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos 6 meses. no es necesario abogado ni procurador, salvo que el delito leve lleve pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos 3 meses. no es necesario abogado ni procurador, salvo que el delito leve lleve pena de multa cuyo límite máximo sea de al menos 1 año. ¿En qué momento se le da copia de la querella o denuncia al investigado en el procedimiento por delitos leves?. Al ser citado. En el acto del juicio oral. Junto con la notificación del auto de apertura del juicio oral. De forma inmediata tras la interposición de la denuncia o querella. ¿En qué momento se presentan las pruebas en el procedimiento por delitos leves?. Al ser citados. Al acudir al juicio. Junto con los escritos de defensa y acusación. Junto con el escrito único, presentado conjuntamente, de acusación y defensa. En el procedimiento por delitos leves, cuando no comparezca un citado sin justa casua. podrá ser sancionado con multa de 200 a 2.000€, incluyendo al acusado. será sancionado con multa de 200 a 5.000€, incluyendo al acusado. será sancionado con multa de 200 a 2.000€. podrá ser sancionado con multa de 200 a 5.000€. En caso de que por motivo justo no pudiera celebrarse el juicio oral por delito leve en el día señalado o de que no pueda concluirse en un solo acto. el SJ señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 7 días. el Juez señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 15 días. el SJ o el Juez señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 7 días. el Juez señalará el juicio y hará las citaciones necesarias para el día hábil más próximo posible, y en cualquier caso en plazo no superior a 10 días. ¿Hay trámite de conclusiones orales en el juicio por delito leve?. Sí. No. Cuando el Fiscal, por orden del Fiscal General del Estado, dejare de asistir al acto del juicio por delito leve. Se dispondrá, sin más trámite, el sobreseimiento libre del proceso. La declaración del denunciante en el juicio ratificando los hechos denunciados tendrá valor de acusación siempre que solicite la pena que legalmente corresponda. Resultará indispensable la presencia en el acto del juicio de Letrado que actúe en nombre del denunciante. La declaración del denunciante en el juicio afirmando los hechos denunciados tendrá valor de acusación, aunque no los califique ni señale pena. El Fiscal asistirá a los juicios por delito leve. en todo caso, aunque no haya citación formal. siempre que a ellos sea citado. siempre que a ellos sea citado, salvo que el Fiscal entienda que los hechos son de escasa entidad. ninguna es correcta. ¿Se puede celebrar el juicio por delito leve al ausentarse injustificadamente el acusado?. No, en ningún caso. Sí, si fue citado en forma. Sí, si fue citado en forma, salvo que el Juez, de oficio o a instancia de parte, crea necesaria su declaración. Sí, en todo caso. ¿Se puede celebrar el juicio por delito leve al ausentarse de forma justificada el denunciado?. No, al haber presentado justa causa se debe suspender el juicio. Sí, si reside fuera de la demarcación del Juzgado, y dirige al Juez escrito de defensa, apoderando a abogado O procurador para que en el juicio presente sus alegaciones y pruebas. Sí, si reside fuera del territorio español, y dirige al Juez escrito de defensa, apoderando a abogado O procurador para que en el juicio presente sus alegaciones y pruebas. Sí, Sí, si reside fuera de la demarcación del Juzgado, y dirige al Juez escrito de defensa, apoderando a abogado Y procurador para que en el juicio presente sus alegaciones y pruebas. En el procedimiento por delito leve, se dictará sentencia. en el acto de finalizar el juicio, y a no ser posible, dentro de los 3 días siguientes. dentro de los 3 días siguientes. en el acto de finalizar el juicio, y a no ser posible, dentro de los 5 días siguientes. dentro de los 5 días siguientes. En los procedimientos por delitos leves ¿cabe recurrir la sentencia dictada en segunda instancia?. Sí, como recurso de casación. Sí, como recurso de apelación. No se puede recurrir. La ejecución de la sentencia en los juicios sobre delito leve corresponde. al Juzgado de Instrucción. al Juzgado de lo Penal. al órgano que haya dictado sentencia firme. Todas son correctas. Si la sentencia por delito leve contiene pronunciamientos sobre reparación del daño causado e indemnización de perjuicios, para su ejecución. se aplica la LEC, pero dicha ejecución civil será promovida de oficio. se aplica la LEC, debiendo solicitar la ejecución el beneficiario de la reparación e indemnización. se aplica la LECrim, por lo que dicha ejecución será promovida de oficio. se aplica la LECrim, debiendo solicitar la ejecución el beneficiario de la reparación e indemnización. La sentencia de conformidad dictada por el Juez de Guardia es ejecutada. por el Juez de Guardia. por el Juzgado de Instrucción. por el Juzgado de lo Penal. por la Audiencia Provincial. En un juicio leve, dictó sentencia el Juzgado de Instrucción, que fue recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial quien dictó sentencia firme condenatoria ¿quién es competente para la ejecución?. al Juzgado de Instrucción. al Juzgado de lo Penal. la Audiencia Provincial. El Tribunal Superior de Justicia. Si en la sentencia no se fijó la cuantía indemnizatoria, cualquiera de las partes podrá instar, durante la ejecución de la sentencia, la práctica de pruebas que estime oportunas para su determinación. De esta pretensión. el SJ dará traslado por plazo común de 10 días, resolviendo, tras practicar pruebas y oír a las partes por plazo común de 5 días, mediante auto en los 5 días siguientes. el SJ dará traslado por plazo común de 10 días, resolviendo, tras practicar pruebas y oír a las partes por plazo común de 10 días, mediante auto en los 10 días siguientes. el SJ dará traslado por plazo común de 10 días, resolviendo, tras practicar pruebas y oír a las partes por plazo común de 10 días, mediante auto en los 5 días siguientes. el SJ dará traslado por plazo común de 10 días, resolviendo, tras practicar pruebas y oír a las partes por plazo común de 5 días, mediante auto en los 3 días siguientes. El auto que dicte el Juzgado de lo Penal fijando la cuantía de la responsabilidad civil que no se fijó en la sentencia, será. irrecurrible. recurrible en apelación. recurrible en casación. recurrible en revisión. Si, por procedimiento abreviado, el Juez de lo Penal dictó sentencia ¿quien la ejecuta?. El Juez de lo Penal. La AP. El TSJ. El Juzgado de Instrucción. Si, por procedimiento abreviado, el Juez de lo Penal dictó sentencia y, posteriormente, fue recurrida ante la AP, que dictó sentencia firme ¿quien la ejecuta?. El Juez de lo Penal. La AP. El TSJ. El Juzgado de Instrucción. Si, por procedimiento abreviado, la AP dicta sentencia ¿quien la ejecuta?. El Juez de lo Penal. La AP. El TSJ. El Juzgado de Instrucción. Si, por procedimiento abreviado, la AP dicta sentencia y se recurrida posteriormente ¿quien la ejecuta?. El Juez de lo Penal. La AP. El TSJ. El Juzgado de Instrucción. Las sentencias dictadas por los tribunales extranjeros son ejecutadas por. la Sala de lo Penal de la AN. la Sala de lo Penal del TS. la Sala de lo Civil y Penal del TSJ competente. la AP competente. el Juez de Instrucción competente. Si se dicta sentencia condenatoria, y el reo está sometido a otra causa ¿se puede ejecutar?. Sí. No, la ejecución se suspende hasta que termine la otra causa mediante sentencia firme. No, la ejecución se suspende hasta que termine la otra causa mediante sentencia. Cuando el culpable de varias infracciones penales haya sido condenado en distintos procesos por hechos que pudieron ser objeto de uno solo, fijará el límite del cumplimiento de las penas impuestas. el Juez o Tribunal que dictó la última sentencia, de oficio, a instancia del MF o del condenado. el Juez o Tribunal que dictó la última sentencia, de oficio, a instancia del MF o de las partes. el Juez o Tribunal que dictó la primera sentencia, de oficio o a instancia del MF. el Juez o Tribunal que dictó la primera sentencia, a instancia del MF o del condenado. El auto fijando el límite del cumplimiento de las penas impuestas al condenado en distintos procesos por hechos que pudieron ser objeto de uno solo, es. irrecurrible. recurrible en casación por infracción de ley. recurrible en apelación. recurrible en casación por quebrantamiento de forma. Según la LECrim, ¿a quién corresponde impulsar el proceso de ejecución de la sentencia?. Al SJ. Al Juez de Vigilancia Penitenciaria. Al Juez o Tribunal encargado de ejecutarla. Al oficial alguacil. En el procedimiento por delitos leves, cuando recibido el atestado de la Policía Judicial, el Juez de Guardia acuerde el sobreseimiento del juicio. Sin más trámites se archivará lo actuado. Llegado el acto del juicio se comunicará a las partes su suspensión. Se comunicará inmediatamente la suspensión del juicio a todos aquellos que hubieran sido citados. Se notificará el auto a los ofendidos por el delito que hayan ejercitado la acción penal. |