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Tema 22

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Título del Test:
Tema 22

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Tema 22

Fecha de Creación: 2026/03/11

Categoría: Otros

Número Preguntas: 14

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Será aplicable la Ley 4/2015, como víctima indirecta, a: A sus progenitores y parientes en línea recta o colateral dentro del tercer grado que se encontraren bajo su guarda. a sus progenitores y parientes en línea recta o colateral dentro del tercer grado. a sus progenitores y parientes en línea recta dentro del tercer grado.

En cuanto al reconocimiento como víctima indirecta. Se establece un orden de prioridad. No hay ningún tipo de preferencia. Se reconoce a todos los de la lista.

El contenido del derecho a la información se actualizará. En cada fase del procedimiento. Cuando lo solicite la víctima. Cuando lo ordene la autoridad judicial.

Derecho a recibir información sobre la causa penal. La víctima debe solicitar que se le comunique. Podrá manifestar que no se le comunique. Ambas son correctas.

La prisión y la libertad del autor y las medidas cautelares personales que tengan por objeto la seguridad de la víctima. Serán comunicadas a las víctimas de VG, sin necesidad de que lo solicite, salvo que exprese su deseo de no recibirlas. Serán comunicadas a las víctimas de VG, en caso de que lo solicite, salvo que exprese su deseo de no recibirlas. Serán comunicadas a las víctimas de VG, en todo caso.

Por parte de los abogados, el incumplimiento del periódo de reflexión dará lugar a una infracción. Leve. Grave. Muy grave.

A quienes y en qué supuesto se extiende en derecho de acceso a los servicios de asistencia y apoyo. Cónyuge y parientes hasta el 2º de consanguinidad en delitos con perjuicios de especial gravedad. Parientes hasta el 2º de consanguinidad en delitos con perjuicios de especial gravedad. Cónyuge y parientes hasta el 3º de consanguinidad en delitos con perjuicios de especial gravedad.

A quienes se les extiende los derechos reconocidos en el T. I y el T. III. Hijos menores y menores a cargo de víctimas de VD, VG, VS. Hijos menores de víctimas de VD, VG, VS. Cónyuge y parientes hasta el 2º de consanguinidad en delitos con perjuicios de especial gravedad.

Las víctimas que hubieran solicitado, conforme a la letra m) del artículo 5.1, que les sean notificadas las resoluciones siguientes, podrán recurrirlas de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque no se hubieran mostrado parte en la causa: El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria autoriza la posible clasificación del penado en tercer grado antes de que se extinga la mitad de la condena, cuando la víctima lo fuera de alguno de los siguientes delitos (la lista). c) El auto por el que se conceda al penado el tercer grado, cuando se trate de alguno de los delitos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 36.2 del Código Penal o de alguno de los delitos a que se refiere la letra a) de este apartado, siempre que se hubiera impuesto una pena de más de cinco años de prisión. El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria acuerde, conforme a lo previsto en el artículo 78.3 del Código Penal, que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran al límite de cumplimiento de condena, solo en delitos cometidos en el seno de una organización criminal.

Las víctimas que hubieran solicitado, conforme a la letra m) del artículo 5.1, que les sean notificadas las resoluciones siguientes, podrán recurrirlas de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque no se hubieran mostrado parte en la causa: El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria autoriza, conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 36.2 del Código Penal, la posible libertad condicional antes de que se extinga la mitad de la condena, cuando la víctima lo fuera de alguno de los siguientes delitos (la lista). El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria acuerde, conforme a lo previsto en el artículo 78.3 del Código Penal, que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran al límite de cumplimiento de condena, en delitos de la lista y de organización criminal. c) El auto por el que se conceda al penado el tercer grado, cuando se trate de alguno de los delitos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 36.2 del Código Penal o de alguno de los delitos a que se refiere la letra a) de este apartado, siempre que se hubiera impuesto una pena de más de cinco años de prisión.

Las víctimas que hubieran solicitado, conforme a la letra m) del artículo 5.1, que les sean notificadas las resoluciones siguientes, podrán recurrirlas de acuerdo con lo establecido en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, aunque no se hubieran mostrado parte en la causa: El auto por el que se conceda al penado la libertad condicional, cuando se trate de alguno de los delitos a que se refiere el párrafo segundo del artículo 36.2 del Código Penal o de alguno de los delitos a que se refiere la letra a) de este apartado, siempre que se hubiera impuesto una pena de más de cinco años de prisión. El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria acuerde, conforme a lo previsto en el artículo 78.3 del Código Penal, que los beneficios penitenciarios, los permisos de salida, la clasificación en tercer grado y el cómputo de tiempo para la libertad condicional se refieran al límite de cumplimiento de condena, siempre que se hubiera impuesto una pena de más de cinco años de prisión. El auto por el que el Juez de Vigilancia Penitenciaria autoriza, conforme a lo previsto en el párrafo tercero del artículo 36.2 del Código Penal, la posible clasificación del penado en tercer grado antes de que se extinga la mitad de la condena, cuando la víctima lo fuera de alguno de los siguientes delitos (la lista y organización criminal).

Participación de la víctima en la ejecución. La víctima deberá anunciar al Secretario judicial competente su voluntad de recurrir dentro del plazo máximo de cinco días contados a partir del momento en que se hubiera notificado conforme a lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 7.1, e interponer el recurso dentro del plazo de quince días desde dicha notificación. La víctima deberá anunciar al Secretario judicial competente su voluntad de recurrir dentro del plazo máximo de diez días contados a partir del momento en que se hubiera notificado conforme a lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 7.1, e interponer el recurso dentro del plazo de quince días desde dicha notificación. La víctima deberá anunciar al Secretario judicial competente su voluntad de recurrir dentro del plazo máximo de quince días contados a partir del momento en que se hubiera notificado conforme a lo dispuesto en los párrafos segundo y tercero del artículo 7.1, e interponer el recurso dentro del plazo de cinco días desde dicha notificación.

Participación de la víctima en la ejecución. Señala la correcta. Para el anuncio de la presentación del recurso no será necesaria la asistencia de abogado. Para la presentación del recurso no será necesaria la asistencia de abogado. Para el anuncio de la presentación del recurso será necesaria la asistencia de abogado.

Señala la correcta. El Gobierno y las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de Justicia organizarán, en el ámbito que les es propio, Oficinas de Asistencia a las Víctimas. El Gobierno organizará, en el ámbito que le es propio, Oficinas de Asistencia a las Víctimas. Las Comunidades Autónomas que hayan asumido competencias en materia de Justicia organizarán, en el ámbito que les es propio, Oficinas de Asistencia a las Víctimas.

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