TEMA- 22: Resoluciones Judiciales.
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![]() TEMA- 22: Resoluciones Judiciales. Descripción: Ley de Enjuiciamiento Criminal. Arts: 141- 165. 🔶 ACTUALIZADO 🔶 ✅ |



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🔴 Tema- 22: Resoluciones Judiciales 🔴 _______________________________________ 📄 Ley de Enjuiciamiento Criminal 📄. Arts: 141-165. _______________________________________ 🔴 TÍTULO VI: De la forma de dictar resoluciones y del modo de dirimir las discordias. Arts: 141- 165. 🟣 CAPÍTULO I: De las resoluciones procesales. Arts: 141- 162. ________________________________________ Artículo 141. Las resoluciones 📃 de carácter judicial que dicten los Juzgados ⚖️ y Tribunales ⚖️ se denominarán: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌ ___________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 Las providencias son resoluciones simples utilizadas para ordenar o impulsar el procedimiento penal sin resolver cuestiones jurídicas importantes. 🔹 Los autos se dictan cuando la decisión afecta directamente a derechos fundamentales, pruebas, recursos, competencia judicial o libertad de una persona. El auto debe estar siempre motivado; el juez tiene obligación de explicar jurídicamente por qué adopta esa decisión concreta. La estructura obligatoria del auto incluye antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y parte dispositiva separados y numerados. 🔹 La sentencia es la resolución que decide definitivamente si existe delito, si el acusado es culpable y qué consecuencias penales o civiles corresponden. Una sentencia firme es aquella contra la que ya no cabe recurso ordinario ni extraordinario, lo que permite iniciar su ejecución. 🔹 La ejecutoria es el documento oficial que recoge una sentencia firme y sirve para ejecutar materialmente lo acordado por el tribunal. 🔹 Todas las resoluciones judiciales deben indicar si son recurribles, qué recurso procede, ante qué órgano debe presentarse y cuál es el plazo legal para recurrir. 📎 EJEMPLO: Si un juzgado dicta un auto denegando una prueba y la resolución indica que cabe recurso de apelación en cinco días hábiles, el interesado deberá presentar el recurso dentro de ese plazo. Si recibe la notificación un miércoles, comenzará a contar el jueves y no se incluirán sábado ni domingo. __________________________________________________. (1) Providencias 📃, cuando resuelvan cuestiones procesales reservadas al Juez ⚖️ y que no ❌ requieran legalmente la forma de decreto 📃. (2) Autos 📃, cuando decidan incidentes o puntos esenciales que afecten de una manera directa a los investigados o encausados, responsables civiles, acusadores particulares o actores civiles; cuando decidan la competencia del Juzgado ⚖️ o Tribunal ⚖️ , la procedencia o improcedencia de la recusación, cuando decidan recursos 📃 contra providencias 📃 o decretos 📃, la prisión ⛓️ o libertad provisional, la admisión ✅ o denegación ❌ de prueba o del derecho de justicia gratuita ⚖️ 💶 o afecten a un derecho fundamental y, finalmente, los demás que según las Leyes deben fundarse. (3) Sentencias 📃, cuando decidan definitivamente la cuestión criminal. (4) Sentencias firmes 📃, cuando no ❌ quepa contra ellas recurso 📃 alguno ordinario ni extraordinario, salvo los de revisión 📃 y rehabilitación 📃. (5) Llámase ejecutoria 📃 el documento público y solemne en que se consigna una sentencia firme 📃. (6) La fórmula de las providencias 📃 se limitará a la determinación de lo mandado y del Juez ⚖️ o Tribunal ⚖️ que las disponga, sin más fundamento ni adiciones que la fecha 📅 en que se acuerde, la firma ✍🏻 o rúbrica del Juez ⚖️ o del Presidente ⚖️ y la firma ✍🏻 del Secretario judicial ⚖️. No obstante, podrán ser sucintamente motivadas sin sujeción a requisito alguno cuando se estime conveniente. (7) Los autos 📃 serán siempre fundados y contendrán en párrafos separados y numerados (𝒏º) los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho y, por último, la parte dispositiva. Serán firmados ✍🏻 por el Juez ⚖️, Magistrado ⚖️ o Magistrados ⚖️ que los dicten. (8) Todas las resoluciones 📃 incluirán la mención del lugar 📍 y fecha 📅 en que se adopten, y si la misma es firme o si cabe algún recurso 📃 contra ella, con expresión, en este último caso, del recurso 📃 que proceda, del órgano ⚖️ ante el que debe interponerse y del plazo ⏱️ para recurrir. Artículo 142. Las sentencias 📃 se redactarán con sujeción a las reglas siguientes: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌ _____________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 La sentencia penal debe contener una identificación completa del procedimiento, incluyendo lugar, fecha, partes y datos personales del procesado. El artículo obliga a identificar también al Magistrado ponente, que es quien redacta y presenta la resolución judicial. 🔹 Los “Resultandos” recogen los hechos relevantes del procedimiento y sirven para estructurar la explicación del caso dentro de la sentencia. 🔹 El tribunal debe declarar expresamente cuáles son los hechos probados, ya que únicamente sobre ellos puede basarse una condena penal. 🔹 Las conclusiones definitivas reflejan las peticiones finales de acusación y defensa respecto a condena, absolución o penas solicitadas. 🔹 La correcta redacción de la sentencia garantiza transparencia, derecho de defensa y posibilidad de recurrir adecuadamente la resolución. Tras la notificación de la sentencia comienzan normalmente los plazos procesales para recurrir, que suelen computarse en días hábiles. Si un recurso se presenta fuera del plazo legal indicado en la resolución, normalmente será inadmitido por extemporáneo. 📎 EJEMPLO: Si una sentencia penal se notifica un jueves y concede cinco días hábiles para recurrir, el plazo comenzará el viernes. No contarán sábado ni domingo, por lo que el último día para recurrir sería el jueves siguiente. ______________________________________________. 1.ª Se principiarán expresando: El lugar 📍 y la fecha 📅 en que se dictaren, los hechos que hubieren dado lugar a la formación de la causa, los nombres y apellidos de los actores particulares, si los hubiere, y de los procesados, los sobrenombres o apodos con que sean conocidos, su edad, estado, naturaleza, domicilio 🏠, oficio o profesión, y, en su defecto, todas las demás circunstancias con que hubieren figurado en la causa, y además el nombre y apellido del Magistrado ponente ⚖️. 2.ª Se consignarán en Resultandos numerados (𝒏º) los hechos que estuvieren enlazados con las cuestiones que hayan de resolverse en el fallo, haciendo declaración expresa y terminante de los que se estimen no ❌ probados. 3.ª Se consignarán las conclusiones definitivas de la acusación y de la defensa y la que, en su caso, hubiese propuesto el Tribunal ⚖️, en virtud de lo dispuesto en el art. 733. Artículo 142. Las sentencias 📃 se redactarán con sujeción a las reglas siguientes: 4.ª Se consignarán también en párrafos numerados (𝒏º), que empezarán con la palabra "Considerando ": ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌ __________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 Los “Considerandos” son la parte de la sentencia donde el tribunal explica jurídicamente por qué condena o absuelve al acusado. La sentencia debe justificar legalmente qué delito considera cometido y qué normas penales aplica a los hechos probados. 🔹 El tribunal tiene obligación de explicar la participación concreta de cada procesado, diferenciando autores, cómplices o encubridores. Las circunstancias atenuantes, agravantes o eximentes deben analizarse expresamente y justificarse jurídicamente en la sentencia. 🔹 La resolución penal también debe decidir sobre indemnizaciones y demás responsabilidades civiles derivadas del delito. La sentencia tiene que pronunciarse sobre las costas procesales y determinar quién asume los gastos judiciales. 🔹 El fallo constituye la parte final y ejecutiva de la sentencia, donde se acuerda definitivamente condenar o absolver. Tras la notificación de la sentencia comienzan los plazos legales para recurrir, que normalmente se computan en días hábiles. 📎 EJEMPLO: Si una sentencia condena por un delito de lesiones, el tribunal deberá explicar en los “Considerandos” por qué considera probada la agresión, qué participación tuvo el acusado, si existe alguna agravante y qué indemnización corresponde a la víctima. ________________________________________________. 1º. Los fundamentos doctrinales y legales de la calificación de los hechos que se hubiesen estimado probados. 2º. Los fundamentos doctrinales y legales determinantes de la participación que en los referidos hechos hubiese tenido cada uno de los procesados. 3º. Los fundamentos doctrinales y legales de la calificación de las circunstancias atenuantes, agravantes o eximentes de responsabilidad criminal, en caso de haber concurrido. 4º. Los fundamentos doctrinales y legales de la calificación de los hechos que se hubiesen estimado probados con relación a la responsabilidad civil en que hubiesen incurrido los procesados o las personas sujetas a ella a quienes se hubiere oído 👂🏻 en la causa, y los correspondientes a las resoluciones 📃 que hubieren de dictarse sobre costas 💶, y, en su caso, a la declaración de querella calumniosa 📃. 5º. La cita de las disposiciones legales que se consideren aplicables, pronunciándose por último el fallo, en el que se condenará o absolverá no sólo por el delito principal y sus conexos, sino también por las faltas incidentales de que se hubiere conocido en la causa, reputándose faltas incidentales las que los procesados hubiesen cometido antes ⬅️ ⏱️, al tiempo ⏱️ o después ⏱️ ➡️ del delito como medio de perpetrarlo o encubrirlo. 6.º También se resolverán en la providencia 📃 todas las cuestiones referentes a la responsabilidad civil que hubieren sido objeto del juicio ⚖️, y se declarará calumniosa la querella 📃 cuando procediere. Artículo 143. Las ejecutorias 📃 se encabezarán en nombre del Rey 👑. ____________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 La ejecutoria es el documento oficial que contiene una sentencia firme y permite ejecutar materialmente lo acordado por el tribunal. Una sentencia únicamente puede convertirse en ejecutoria cuando ya no cabe recurso o cuando el plazo para recurrir ha finalizado sin impugnación. 🔹 El artículo establece que las ejecutorias deben encabezarse “en nombre del Rey” como fórmula institucional del sistema judicial español. Esta expresión no significa intervención personal del Rey en el proceso, sino que la Justicia se administra bajo la autoridad del Estado. 🔹 La ejecutoria permite iniciar actuaciones de ejecución como ingreso en prisión, embargos, indemnizaciones o cumplimiento de condenas. La firmeza de la sentencia marca el momento en que la resolución judicial se convierte en obligatoria y ejecutable. 🔹 Los plazos para recurrir suelen computarse en días hábiles; una vez transcurridos sin recurso, nace la firmeza de la resolución. La ejecutoria tiene carácter público y solemne, reforzando la autoridad y seguridad jurídica de las resoluciones judiciales definitivas. 📎 EJEMPLO: Si una sentencia condenatoria se notifica y ninguna de las partes presenta recurso dentro del plazo legal de cinco días hábiles, la resolución adquirirá firmeza y podrá expedirse la ejecutoria para iniciar el cumplimiento de la pena impuesta. ___________________________________________. Verdadero ✅. Falso ❌. Artículo 144. La absolución se entenderá libre en todos los casos. _______________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 Absolver significa declarar que una persona no debe ser condenada penalmente por los hechos que se le imputan. El artículo establece que toda absolución se entenderá libre, es decir, con efectos plenos y definitivos respecto del procedimiento juzgado. 🔹 La absolución implica que no se impone pena ni responsabilidad penal al acusado. 🔹 La sentencia absolutoria se basa normalmente en falta de pruebas, inexistencia de delito o ausencia de participación del acusado. La absolución no debe confundirse con el sobreseimiento, ya que la absolución supone normalmente que ya ha existido juicio y sentencia. El principio de presunción de inocencia obliga al tribunal a absolver cuando no exista prueba suficiente de culpabilidad. 🔹 La sentencia absolutoria puede recurrirse dentro del plazo legal indicado en la resolución judicial. Si nadie recurre la absolución dentro del plazo legal, la sentencia adquirirá firmeza y producirá efectos definitivos. 📎 EJEMPLO: Si una persona es juzgada por un delito de robo pero durante el juicio no se acredita suficientemente su participación, el tribunal deberá dictar sentencia absolutoria libre, quedando el acusado sin condena penal ni pena alguna. ____________________________________________. Verdadero ✅. Falso ❌. Artículo 144 bis. 1. Las resoluciones 📃 de los Secretarios judiciales ⚖️ se denominarán diligencias 📃 y decretos 📃. 2. Salvo que la Ley disponga otra cosa, se dictará __________❓____________ cuando la resolución 📃 tenga por objeto dar a los ________❓___________ el curso que la Ley establezca. Se dictarán diligencias de constancia 📃, comunicación 📃 o ejecución 📃 a efectos de reflejar en autos 📃 hechos o actos con trascendencia procesal. 3. Se llamará decreto 📃 a la resolución 📃 que dicte el Secretario judicial ⚖️ cuando sea preciso o conveniente razonar su decisión. __________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 El artículo distingue las resoluciones dictadas por el Letrado de la Administración de Justicia en diligencias y decretos. 🔹 Las diligencias de ordenación sirven para impulsar el procedimiento y darle el curso previsto legalmente. Las diligencias de constancia reflejan oficialmente hechos o actuaciones relevantes ocurridas dentro del procedimiento. Las diligencias de comunicación permiten practicar notificaciones, citaciones, emplazamientos y requerimientos. Las diligencias de ejecución sirven para cumplir materialmente resoluciones judiciales ya adoptadas. 🔹 El decreto se utiliza cuando el LAJ necesita motivar jurídicamente su decisión y explicar las razones legales de la resolución. 🔹 Muchas diligencias generan el inicio de plazos procesales para recurrir, comparecer o subsanar defectos. Los plazos procesales en el ámbito penal suelen computarse en días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos. 📎 EJEMPLO: Si el LAJ dicta una diligencia de ordenación concediendo cinco días hábiles para aportar un documento omitido y la notificación se recibe un lunes, el plazo finalizará el lunes siguiente, sin contar sábado ni domingo. ____________________________________________. ▪️diligencia de ordenación 📃 ▪️autos 📃. ▪️autos 📃 ▪️diligencia de ordenación 📃. Artículo 144 bis. 4. Las diligencias 📃 se limitarán a la expresión de lo que se disponga, el lugar 📍, la fecha 📅 y el nombre y la firma ✍🏻 del Secretario judicial ⚖️ que las dicte. Las diligencias de ordenación 📃 incluirán además una sucinta motivación cuando así lo disponga la Ley o cuando el Secretario judicial ⚖️ lo estime conveniente. 5. Los _________❓____________ serán siempre motivados y contendrán, en párrafos separados y numerados (𝒏º), los antecedentes de hecho y los fundamentos de derecho en los que se base la subsiguiente parte dispositiva. Expresarán el lugar 📍, la fecha 📅 y el nombre del Secretario judicial ⚖️ que los dicte, con extensión de su firma ✍🏻. 6. Todas las resoluciones 📃 del Secretario judicial ⚖️ incluirán la mención de si son firmes o si cabe algún recurso 📃 contra ellas, con expresión, en este último caso, del recurso 📃 que proceda, del órgano ⚖️ ante el que debe interponerse y del plazo ⏱️ para recurrir. _______________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 Las diligencias son resoluciones simples del LAJ que expresan brevemente lo acordado junto con lugar, fecha y firma correspondiente. Las diligencias de ordenación pueden incluir una motivación breve cuando la ley lo exija o el LAJ lo considere conveniente. 🔹 El decreto es una resolución más compleja y debe estar siempre motivado jurídicamente. El decreto debe contener antecedentes de hecho, fundamentos de derecho y parte dispositiva separados y numerados. 🔹 Los antecedentes de hecho describen las actuaciones procesales relevantes ocurridas antes de la resolución. Los fundamentos de derecho explican las normas jurídicas y razones legales que justifican la decisión adoptada. 🔹 Todas las resoluciones del LAJ deben indicar si son firmes o recurribles, el recurso procedente y el plazo legal para impugnar. Los plazos procesales en el procedimiento penal suelen computarse en días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos. 📎 EJEMPLO: Si un decreto del LAJ inadmite un escrito y concede cinco días hábiles para recurrir, la resolución deberá indicar expresamente qué recurso procede, ante qué órgano debe presentarse y cuál es el último día válido para interponerlo. ________________________________________________. decretos 📃. autos 📃. Artículo 145. 1. Para dictar autos 📃 en los asuntos de que conozca el Tribunal Supremo ⚖️ bastarán tres (𝟯) Magistrados ⚖️ y para el dictado de sentencias 📃 serán necesarios ________❓___________, salvo que la Ley disponga otra cosa. 2. Para dictar autos 📃 y sentencias 📃 en las Audiencias Provinciales ⚖️, la Audiencia Nacional ⚖️ 🇪🇸 y los Tribunales Superiores de Justicia ⚖️ bastarán tres (𝟯) Magistrados ⚖️. 3. Cuando no ❌ asistieren Magistrados ⚖️ en número (𝒏º) suficiente para constituir Sala ⚖️, se estará a lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Judicial. 4. Para dictar providencias 📃 en unos y otros Tribunales ⚖️, bastarán ________❓__________, si estuviesen conformes. ______________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 El artículo regula cuántos Magistrados son necesarios para dictar providencias, autos y sentencias en los tribunales colegiados. 🔹 En el Tribunal Supremo bastan tres Magistrados para dictar autos, pero normalmente se requieren siete para dictar sentencias. 🔹 Las Audiencias Provinciales, la Audiencia Nacional y los Tribunales Superiores de Justicia pueden dictar autos y sentencias con tres Magistrados. 🔹 Para dictar providencias bastan dos Magistrados siempre que ambos estén conformes con la decisión. 🔹 La sentencia exige mayor número de Magistrados porque es la resolución que decide definitivamente la cuestión criminal. 🔹 Si no existen Magistrados suficientes para formar Sala, deberá acudirse a las reglas organizativas previstas en la Ley Orgánica del Poder Judicial. La correcta composición del tribunal es esencial; una resolución dictada sin el número legal de Magistrados puede generar nulidad procesal. Las resoluciones colegiadas implican deliberación y votación conjunta entre los Magistrados que integran la Sala. 📎 EJEMPLO: Si una Audiencia Provincial debe dictar sentencia en un procedimiento penal, será suficiente la intervención de tres Magistrados. Sin embargo, si el asunto corresponde al Tribunal Supremo, normalmente deberán intervenir siete Magistrados para que la sentencia sea válida. ________________________________________. ▪️siete (𝟳) ▪️dos (𝟮) Magistrados ⚖️. ▪️cinco (𝟱) ▪️tres (𝟯) Magistrados ⚖️. Artículo 146. 1. En cada causa habrá un (𝟭) Magistrado ponente ⚖️. 2. Turnarán en este cargo los Magistrados ⚖️ del Tribunal ⚖️, a excepción del que le presida ⚖️. 3. Cuando los Tribunales ⚖️ o Salas ⚖️ se compongan sólo de... _________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 En cada causa conocida por un tribunal colegiado debe existir obligatoriamente un Magistrado ponente. 🔹 El Magistrado ponente estudia el asunto, prepara la deliberación y redacta inicialmente la resolución judicial. Aunque exista ponente, la decisión final sigue perteneciendo a toda la Sala y no únicamente al Magistrado redactor. Las ponencias se distribuyen mediante un sistema de turnos para repartir equilibradamente el trabajo entre Magistrados. La figura del ponente permite agilizar el funcionamiento interno de los tribunales colegiados y facilitar la preparación técnica de las resoluciones. 🔹 Con carácter general, el Presidente del tribunal no participa en el turno ordinario de ponencias debido a sus funciones de dirección y coordinación. 🔹 Cuando la Sala está formada únicamente por un Presidente y dos Magistrados, el Presidente también participa en las ponencias. En estos casos, el Presidente asume una de cada cinco ponencias para equilibrar las funciones organizativas y el reparto de trabajo. 📎 EJEMPLO: Si una Audiencia Provincial formada por tres miembros debe dictar sentencia en una causa penal, uno de los Magistrados actuará como ponente y redactará inicialmente el proyecto de resolución, que después será deliberado y aprobado por toda la Sala. _______________________________________________. Un (𝟭) Presidente ⚖️ con dos (𝟮) Magistrados ⚖️, turnará también el primero (𝟭º) en las Ponencias, correspondiéndole una (𝟭) de cinco (𝟱). Un (𝟭) Presidente ⚖️ con tres (𝟯) Magistrados ⚖️, turnará también el primero (𝟭º) en las Ponencias, correspondiéndole una (𝟭) de cinco (𝟱). Artículo 147. Corresponderá a los Ponentes ⚖️: ❌ (Señale la INCORRECTA) ❌ _________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 El Magistrado ponente es el encargado de estudiar el procedimiento y preparar técnicamente las resoluciones del tribunal. Debe informar al tribunal sobre las solicitudes de las partes, analizando su contenido y relevancia procesal. 🔹 El ponente examina las pruebas propuestas y propone su admisión o rechazo según su pertinencia y legalidad. Puede practicar diligencias de prueba en determinados supuestos, especialmente cuando no se realizan ante el tribunal completo. El ponente propone y redacta inicialmente autos y sentencias que posteriormente serán debatidos por la Sala. 🔹 Si el ponente discrepa de la mayoría, otro Magistrado redactará la sentencia y el ponente deberá emitir voto particular. El ponente tiene la obligación de leer la sentencia en audiencia pública para garantizar su publicidad y transparencia. Su función es esencial para organizar el trabajo del tribunal y facilitar la deliberación colegiada. 📎 EJEMPLO: Si en un juicio penal el tribunal debe decidir sobre la admisión de pruebas y dictar sentencia, el Magistrado ponente analizará las pruebas propuestas, redactará el proyecto de sentencia y lo presentará a la Sala para su deliberación y votación final. _______________________________________________. 1.º Informar al Tribunal ⚖️ sobre las solicitudes de las partes. 2.º Examinar todo lo referente a las pruebas que se propongan e informar al Tribunal ⚖️ acerca de su procedencia o improcedencia. 3.º Recibir las declaraciones de los testigos y practicar cualesquiera diligencias de prueba 📃, cuando según la Ley deban o puedan practicarse ante el Tribunal ⚖️ que las ordena, o se hagan fuera del pueblo 📍 en que éste se halle constituido y no ❌ se dé comisión a los Jueces de instrucción ⚖️ o municipales ⚖️ para que las practiquen. 4.º (1) Proponer los autos 📃 o sentencias 📃 que hayan de someterse a discusión del Tribunal ⚖️ y redactarlos definitivamente en los términos que se acuerden. 4.º (2) Cuando el Ponente ⚖️ no ❌ se conformase con el voto 🗳️ de la mayoría, se encargará otro Magistrado ⚖️ de la redacción de la sentencia 📃; pero en este caso estará aquél obligado a formular voto particular 🗳️. 5.º Leer en audiencia pública la sentencia 📃. Artículo 148. Si por cualquier circunstancia no ❌ pudiere fallarse alguna causa en el día 📅 correspondiente, esto no ❌ será obstáculo a que... _____________________________________________ 📌 EXPLICACIÓN: 🔹 Si una causa no puede ser sentenciada el mismo día de su vista, ello no impide que el tribunal resuelva otras causas posteriores ya listas para fallo. 🔹 El tribunal debe respetar el orden de las causas vistas, aunque puede alterarlo solo cuando sea estrictamente necesario. La finalidad del artículo es evitar que una causa compleja paralice el funcionamiento del órgano judicial. El sistema permite que el tribunal mantenga la continuidad en la emisión de sentencias sin bloqueos procesales. 🔹 El orden de resolución es flexible, pero solo puede modificarse de forma justificada y mínima. Una vez dictada la sentencia, comienzan los plazos procesales como notificación, recursos y ejecución. Los plazos posteriores suelen computarse en días hábiles, excluyendo sábados, domingos y festivos. 📎 EJEMPLO: Si una causa vista el lunes no puede resolverse ese día, el tribunal puede dictar sentencia el martes y aun así resolver el miércoles otra causa vista después, siempre respetando el orden salvo necesidad organizativa justificada. ______________________________________________. Se decidan o sentencien 📃 otras que hayan sido vistas con posterioridad ⏱️ ➡️, sin que por ello se altere el orden más que en lo absolutamente indispensable. Se decidan o sentencien 📃 otras que hayan sido vistas con anterioridad ⬅️ ⏱️, sin que por ello se altere el orden más que en lo absolutamente indispensable. |




