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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETEMA 23.-

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Título del test:
TEMA 23.-

Descripción:
legislación 3

Autor:
AVATAR

Fecha de Creación:
12/07/2023

Categoría:
Otros

Número preguntas: 50
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Últimos Comentarios
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FlorPere ( hace 5 meses )
Buenas, tengo dudas en unas preguntas: en la pregunta 9 es la B por lo que pone en el articulo 37. en la pregunta 16 es la B. en la pregunta 31 es la B?? en la pregunta 44 es la B??
Responder
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CarmenDel ( hace 4 meses )
Te contesté por mensaje
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CarmenDel ( hace 7 meses )
Si ves alguna pregunta mal contestada , escríbelo en los comentarios para poder corregirla. Gracias de antemano
Responder
Temario:
1. Los Consejeros son nombrados y separados libremente por el Presidente de la Junta, quien lo comunicará a las Cortes de Castilla y León: a) dentro del plazo de siete días desde su nombramiento o separación b) seguidamente c) inmediatamente.
2. Los Consejeros inician su mandato: a) en el momento de su toma de posesión b) al día siguiente de su toma de posesión c) al día siguiente de la publicación de su nombramiento en el Boletín Oficial de Castilla y León.
3. Los Consejeros: a) Aprueban los proyectos de Decreto de su Consejería b) Actúan como órgano de comunicación con las demás Consejerías c) Ostentan la representación de la Consejería.
4. En caso de ausencia, vacante o enfermedad, los Consejeros son sustituidos en el ejercicio de sus funciones por: a) el consejero de más edad, y en caso de empate, por el más antiguo b) el consejero más antiguo, y en caso de empate, por el de más edad c) otro miembro de la Junta designado por el Presidente.
5. Corresponde a cada Consejero: a) inspeccionar su Consejería, así como las entidades vinculadas o dependientes de la misma b) elaborar el anteproyecto del presupuesto correspondiente a su Consejería y desarrollar el control presupuestario c) ninguna de las anteriores.
6. Los Consejeros ejercen, en las materias propias de su Consejería: a) la potestad reglamentaria b) la función ejecutiva c) ambas.
7. Los titulares de los órganos directivos centrales serán sustituidos, en caso de ausencia, vacante o enfermedad, por a) por el titular del órgano de la Consejería de igual rango o, en su defecto, del inmediatamente inferior, con mayor edad b) por el titular del órgano de la Consejería de igual rango o, en su defecto, del inmediatamente inferior, con mayor antigüedad, salvo que el Consejero disponga otra cosa c) por un miembro de la Junta designado por el Presidente.
8. El Gabinete del Consejero: a) es un órgano de existencia potestativa , de asesoramiento y apoyo al Consejero b) es un órgano preceptivo en toda Consejería c) no existe.
9. En cada Consejería podrá existir: a) Un Gabinete de apoyo libremente nombrado y cesado por el titular de la Consejería b)Puestos de trabajo en cada uno de los centros directivos, con funciones de apoyo, impulso, coordinación e interlocución. c) a y b son correctas.
10. Los Consejeros: a) perciben la remuneración y los gastos de representación que les asignan los Presupuestos de la Comunidad Autónoma b) están sujetos a las mismas incompatibilidades que el Presidente de la Junta c) a y b son ciertas.
11. Las competencias de los directores generales se determinan en a) los decretos de estructura orgánica b) las órdenes de desarrollo de estructura orgánica c) las relaciones de puestos de trabajo.
12. Corresponde al Secretario General: a) actuar como órgano de comunicación con las demás Consejerías b) informar y tramitar los anteproyectos de ley y proyectos de disposiciones administrativas de carácter general de la Consejería c) ambas.
13. El estatuto personal de los Consejeros se regula en la Ley del Gobierno y la Administración de Castilla y León en sus artículos: a) 27 y 28 b) 28 y 29 c) 29 y 30.
14. Las competencias de los Secretarios Generales se regulan en la Ley del Gobierno y la Administración de Castilla y León en sus artículos: a) 39 b) 40 c) 41.
15. El delegado territorial representa en la respectiva provincia: a) a la Junta de Castilla y León b) a cada una de las Consejerías c) a la Junta y a cada una de las Consejería.
16. Es competencia de los delegados territoriales en su provincia: a) coordinar la actividad política de la Junta b) coordinar e impulsar la actividad de la Administración Institucional de la Comunidad Autónoma c) a y b son ciertas.
17. En relación a la resolución que los órganos superiores y directivos centrales deban adoptar en los asuntos cuya tramitación esté encomendada a las delegaciones territoriales, los delegados les a) proponen el nombramiento de los instructores que estiman más convenientes b) informan la competencia del procedimiento c) proponen o informan la resolución que estimen procedente.
18. La creación de Gabinetes con funciones de apoyo y asesoramiento al Consejero corresponde: a) al Presidente de la Junta b) al respectivo Consejero c) a la Junta.
19. El personal del Gabinete del Consejero a) será eventual b) será nombrado por el Secretario General de la respectiva Consejería c) a y b son ciertas.
20. Es competencia del Director general a) Representar a la Consejería en su ámbito material de competencias b) Dirigir y gestionar los Servicios propios c) a y b son ciertas.
21. Corresponde a las delegaciones territoriales en su ámbito territorial: a) la coordinación y la gestión de las competencias de la Administración General de la Comunidad b) la coordinación de las entidades adscritas a la Administración General y la gestión de los servicios que sean compartidos, salvo que su ley de creación disponga otra cosa c) ambas.
22. Las Delegaciones Territoriales son: a) órganos directivos periféricos b) órganos directivos centrales c) unidades periféricas.
23. La Administración de la Comunidad de Castilla y León actúa en sus relaciones con otras Administraciones de acuerdo con los principios de: a) coordinación y cooperación, respeto pleno de sus competencias, subsidiariedad y ponderación de la totalidad de los intereses públicos implicados en sus decisiones b) lealtad institucional, respeto pleno de sus competencias, transparencia y agilidad, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho c) respeto pleno de sus competencias, descentralización, desconcentración y coordinación.
24. Los delegados territoriales a) excepcionalmente, podrán desconcentrar sus competencias propias b) no podrán desconcentrar las competencias delegadas c) a y b son ciertas.
25. En sus relaciones con los ciudadanos, la Administración de la Comunidad de Castilla y León actúa con: a) objetividad y transparencia con arreglo a los principios de simplicidad, claridad y proximidad, agilidad en los procedimientos administrativos y en las actividades materiales de gestión y con pleno respeto a sus derechos b) objetividad y eficiencia en el uso de los recursos, con arreglo a los principios de simplicidad, claridad y proximidad, racionalización de sus procedimientos y actuaciones, y pleno respeto a sus derechos c) objetividad, proximidad, responsabilidad y racionalización de sus procedimientos, con pleno respeto a sus derechos.
26. La desconcentración de competencias propias de los Consejeros a) se aprobará por Acuerdo de la Junta de Castilla y León b) se publicará en el «Boletín Oficial de Castilla y León» c) ninguna es correcta.
27. La Administración General de la Comunidad de Castilla y León: a) sirve con objetividad los intereses generales y desarrolla, con sometimiento pleno a la Ley y al Derecho, funciones ejecutivas de carácter administrativo b) actúa, para el cumplimiento de sus fines, con personalidad jurídica única c) ambas son ciertas.
28. El Consejero podrá ser desconcentrar a) tanto la titularidad como el ejercicio de las competencias propias b) el ejercicio de las competencias propias, en otros jerárquicamente dependientes, pero no su titularidad c) una competencia delegada.
29. El Consejero puede a) desconcentrar sus competencias propias en otros órganos de igual o inferior categoría, aunque no sean jerárquicamente dependientes, tanto centrales con categoría igual o superior a Servicio, como periféricos con categoría igual o superior a Sección, salvo disposición en contrario b) delegar sus competencias en otros órganos de igual o inferior categoría, aunque no sean jerárquicamente dependientes c) encomendar sus competencias otras entidades de la misma o de distinta Administración por razones de oportunidad y eficacia.
30. La Administración General de la Comunidad de Castilla y León: a) ostenta las mismas competencias, potestades y prerrogativas que la Administración del Estado b) ostenta en el ejercicio de sus competencias las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que la Administración del Estado c) ninguna es cierta.
31. Las resoluciones de los consejeros y los viceconsejeros a) adoptarán la forma de órdenes b) adoptarán la forma de órdenes y resoluciones, respectivamente c) adoptarán la forma de resoluciones.
32. Las Delegaciones Territoriales de la Junta de Castilla y León se ubicarán en: a) las capitales de las provincias de la Comunidad Autónoma, b) las capitales de las provincias de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que alguno de sus órganos o unidades administrativas se localice, por Decreto de la Junta de Castilla y León, en otros municipios de las correspondientes provincias c) las capitales de las provincias de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de que alguno de sus órganos o unidades administrativas se localice, por Decreto del Presidente de Junta de Castilla y León, en otros municipios de las correspondientes provincias.
33. El delegado territorial es sustituido por: a) el Secretario Territorial y, en su defecto, por el Jefe de Departamento Territorial que tenga mayor antigüedad, salvo que el Consejero de Presidencia y Administración Territorial disponga otra cosa b) por el Jefe de Departamento Territorial de mayor edad, siempre que el contenido de la función lo permita salvo que el Consejero de Presidencia y Administración Territorial disponga otra cosa c) por el titular del órgano del mismo rango con mayor antigüedad, salvo que el titular de éste disponga otra cosa.
34. La Ley podrá habilitar directamente para su desarrollo reglamentario al Consejero: a) con carácter general b) con carácter excepcional c) en ningún caso.
35. El Secretario General de cada Consejería prestará al respectivo Consejero en cuantos asuntos éste estime conveniente: a) asistencia técnica y jurídica b) asistencia técnica y administrativa c) asistencia jurídica y administrativa.
38. No es competencia de los Directores Generales: a) informar los anteproyectos de disposiciones generales de otras Consejerías b) dirigir y gestionar los Servicios propios, así como los órganos y unidades administrativas que se encuentren bajo su dependencia c) velar por la utilización de los medios materiales y de las dependencias a su cargo.
36. Los Gabinetes de los Secretarios Generales de las Consejerías: a) tendrán funciones de apoyo y asesoramiento, exclusivamente b) no existen c) podrán crearse por Acuerdo del presidente de la Junta, dentro de los límites establecidos por la legislación reguladora de la función pública.
37. El Secretario General de cada Consejería a) depende orgánicamente de la respectiva Consejería y funcionalmente de las Consejerías que corresponda por razón de las distintas competencias materiales b) es responsable de un sector de actividad específica del departamento, y como segunda autoridad del mismo en ese ámbito, le corresponde ejercer las competencias sobre el sector de actividad administrativa asignado que le atribuya la norma de creación del órgano, las demás normas en vigor, y las demás que se le desconcentren o deleguen c) ejerce el control de eficacia y la inspección de la Consejería, sin perjuicio de las funciones que en este ámbito corresponda a la consejería de la presidencia.
39. En las Delegaciones Territoriales podrán existir uno o varios Departamentos Territoriales: a) que dependerá orgánicamente de la Consejería que tenga atribuidas las funciones de gestión administrativa de las Delegaciones Territoriales b) que sean necesarios para el desempeño de las correspondientes funciones c) por motivos de eficacia en la gestión administrativa.
40. Las competencias de las Delegaciones Territoriales se determinarán en: a) las correspondientes órdenes de desarrollo b) sus estatutos internos c) su reglamento orgánico.
41. Conforme al art. 40 de la ley reguladora del Gobierno y la Administración de la Castilla y León es competencia de los Directores Generales: a) resolver los asuntos de personal que le correspondan b) velar por la utilización de los medios materiales y de las dependencias a su cargo c) ambas.
42. Los organismos autónomos de Castilla y León a) podrán crearse por Decreto de la Junta b) se crearán y extinguirán por Ley; cuando las disposiciones sobre la extinción no regularen la liquidación de la entidad, ésta se llevará a cabo por Decreto c) solo podrán extinguirse por Ley específica.
43. Según la Ley reguladora del Gobierno y la Administración de Castilla y León, los organismos autónomos: a) son entidades de derecho público con personalidad jurídica propia y diferenciada, creadas por varias Administraciones para el desarrollo de actividades de interés común, adscritas por la Junta de Castilla y León a la Consejería competente por razón de la materia b) actúan con personalidad jurídica diferenciada, patrimonio y tesorería propios y autonomía de gestión c) son entidades de derecho público de derecho privado que actúan con personalidad jurídica diferenciada y autonomía de gestión; en materia económica y presupuestaria se estará a lo dispuesto en las leyes reguladoras de la hacienda y del patrimonio de la Comunidad de Castilla y León.
44. Los organismos autónomos de la Comunidad se regirán: a) por su Ley de creación, y supletoriamente, por las leyes reguladoras de la hacienda y del patrimonio de la Comunidad b) por su Ley de creación, e internamente, por sus propios estatutos c) ninguna es correcta.
45. Puede encomendarse a los organismos autónomos de la Comunidad la realización de actividades: a) de gestión comercial y de fomento sujetándose en su actuación al derecho privado preferentemente b) de fomento, prestacionales o de gestión de servicios públicos, sujetándose en su actuación al derecho administrativo c) ambas son erróneas.
46. Los organismos Autónomos de la Comunidad tienen: a) las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que los organismos autónomos del Estado, excepto la potestad sancionadora b) las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, excepto la potestad reglamentaria c) las mismas potestades, prerrogativas y privilegios que la Administración General de la Comunidad de Castilla y León, excepto la potestad expropiatoria.
47. El procedimiento para llevar a cabo la extinción de los organismos autónomos de la Comunidad, en su caso, se determinará en: a) la normativa básica sobre Régimen Jurídico del Sector Público b) sus Estatutos c) su Ley de creación.
48. El régimen de personal de los organismos autónomos de la Comunidad será: a) el establecido en su Ley de creación, y supletoriamente, en el Estatuto de los Trabajadores b) el establecido en su Ley de creación, y supletoriamente, en la normativa que regula la Función Pública de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León c) el establecido en la normativa que regula la Función Pública de la Administración General de la Comunidad de Castilla y León.
49. A tenor del art. 88 de la Ley reguladora del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Castilla y León, el órgano de contratación de los organismos autónomos de la Comunidad es: a) el Consejero al que se encuentra adscrito el organismo b) el Presidente del organismo c) el que determine su Ley de creación en atención a la cuantía.
50. La Administración deberá establecer un sistema de supervisión continua de sus organismos autónomos a) con el objeto de comprobar su estabilidad financiera b) con el objeto de comprobar la subsistencia de los motivos que justificaron su creación y, su sostenibilidad financiera y que deberá incluir la formulación expresa de propuestas de mantenimiento, transformación o extinción c) con el objeto de comprobar la transparencia de su gestión.
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