TEMA 24
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Título del Test:![]() TEMA 24 Descripción: Recursos |




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Procederá la interposición de recurso de casación en el orden civil: Por cualquier infracción de la Ley o de la Jurisprudencia. Contra sentencias dictadas en asuntos de cuantía superior a 600.000 euros, sin ningún otro requisito. Contra sentencias dictadas con infracción de las normas procesales reguladoras de la sentencia. Contra sentencias dictadas con infracción de las normas y garantías procesales de cualquier tipo. La acción de rescisión de sentencia firme a instancia del demandado rebelde podrá ejercitarse en el plazo siguiente: Seis meses, a partir de la publicidad del edicto de notificación de la sentencia firme, si no se notificó personalmente. Dos meses, a partir de la notificación de la sentencia firme, si se notificó personalmente. Ocho meses, a partir de la publicación del edicto de notificación de la sentencia firme, si no se notificó personalmente. Veinte días, a partir de la notificación de la sentencia firme, si se notificó personalmente. El auto dictado por el Magistrado-Presidente del Tribunal del Jurado resolviendo cuestiones previas al Juicio será recurrible: No es susceptible de recurso. En reforma ante el propio Magistrado-Presidente. En apelación ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia. En apelación ante la Sección de lo Penal de la Audiencia Provincial. El recurso de suplicación en el orden social podrá tener por objeto: Revisar los hechos declarados probados a la vista de las pruebas documentales y periciales practicadas. Examinar las infracciones de normas sustantivas o de la jurisprudencia. Reponer los autos al estado en que se encontraban en el momento de haberse infringido normas o garantías del procedimiento que hayan producido indefensión. Todas son correctas. El recurso de queja tiene por objeto: Anular la sentencia por infracciones de la Ley o de la Jurisprudencia. Reponer los autos al estado en que se encontraban en el momento de producirse infracción de normas o garantías del procedimiento. Revocar el auto por el que se inadmite a trámite un recurso de apelación, casación o extraordinario por infracción procesal, dictado por el Tribunal que dictó la resolución a recurrir. Unificar la Jurisprudencia en relación con una determinada interpretación de la Ley. Interpuesto el recurso de apelación contra una sentencia dictada en primera instancia en el orden civil y presentado, en su caso, el escritor de oposición o impugnación: Se emplazará a las partes por término de diez días para que comparezcan ante el Tribunal competente para resolver la apelación. Se emplazará a las partes por término de quince días para que comparezcan ante el Tribunal competente para resolver la apelación. Se emplazará a las partes por término de veinte días para que comparezcan ante el Tribunal competente para resolver la apelación. Se emplazará a las partes por término de treinta días para que comparezcan ante el Tribunal competente para resolver la apelación. La revisión de sentencias firmes dictadas en el orden civil podrá solicitarse: En cualquier momento desde su publicación si aparecen documentos decisivos o pruebas de cohechos, violencia o fraude para dictar sentencia. En todo caso, antes de transcurridos diez años desde su publicación, transcurrido el cual se rechazará toda solicitud de revisión. En todo caso, antes de transcurridos cinco años desde su publicación, transcurrido el cual se rechazará toda solicitud de revisión. No cabe solicitar la revisión de sentencias firmes. Son recurribles ante la Sala de lo Social del Tribunal Supremo mediante el recurso de casación para la unificación de doctrina: Las sentencias dictadas en única instancia por los Tribunales Superiores de Justicia. Es correcta a), añadiendose las sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional. Las sentencias dictadas por los Juzgados de lo Social. Las sentencias dictadas en suplicación por los Tribunales Superiores de Justicia. Al referirse la Ley a la admisión del recurso en uno o en ambos efectos: Indica si el recurso es devolutivo o devolutivo y suspensivo, respectivamente. Indica si el recurso es suspensivo o no suspensivo, respectivamente. Indica si el recurso es devolutivo o no devolutivo, respectivamente. Indica si el recurso se resolverá sin condena o con condena en costas, respectivamente. En el procedimiento penal abreviado, los autos de los Jueces de Instrucción y Jueces de lo Penal serán recurribles: Con carácter general, no son susceptibles de recurso. Mediante recurso de apelación, únicamente. Mediante recurso de reforma, debiendo interponer subsidiariamente con aquél el recurso de apelación. Mediante recurso de reforma, pudiendo interponer subsidiariamente con aquél el recurso de apelación, o bien éste último, sin necesidad de presentar previamente el de reforma. El carácter ordinario o extraordinario de un recurso determina: Que quepa contra todo tipo de resoluciones o únicamente contra las que expresamente señala la Ley, respectivamente. Que quepa su interposición en todo tipo de procesos o únicamente en aquellos que señala la Ley, respectivamente. Que baste con manifestar la disconformidad de la parte con la resolución recurrida o que únicamente quepa fundamentarlo en las causas que expresamente señala la Ley, respectivamente. Que su resolución corresponda al mismo órgano que dictó la resolución recurrida o a su superior jerárquico, respectivamente. Cabrá interponer recurso de casación en interés de Ley, en el orden civil: No existe este tipo de recurso en el orden civil. Únicamente contra las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia dictadas en resolución de recursos extraordinarios por infracción procesal. Contra las sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia dictadas en única instancia o en resolución de recursos de apelación o de casación. Únicamente contra sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia que hubiesen sido recurridas en amparo ante el Tribunal Constitucional. En el orden contencioso-administrativo, el plazo de interposición del recurso de apelación es de: Cinco días desde la notificación de la sentencia. Diez días desde la notificación de la sentencia. Quince días desde la notificación de la sentencia. Veinte días desde la notificación de la sentencia. El órgano competente para conocer del recurso de apelación contra sentencias dictadas en el juicio por delitos leves por el Juez de Violencia sobre la Mujer es: El Juzgado de Instrucción. El Juzgado de lo Penal. La Audiencia Provincial. El Tribunal Superior de Justicia. Serán recurribles en apelación los Autos dictados por los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo: Los recaídos en ejecución de sentencia. Los recaídos en la resolución de incidentes durante la tramitación del proceso. Los que pongan término a la pieza separada de medidas cautelares. Son correctas a) y c). En el orden civil podrán resolver recursos de apelación: Los Juzgados de Primera Instancia. Los Juzgados de Paz. Los Juzgados de lo Mercantil. Los Juzgados de Violencia sobre la Mujer. Conforme a la Disposición Adicional decimoquinta de la LOPJ, para la interposición de recursos contra resoluciones dictadas por el Juez o Tribunal que no pongan fin al procedimiento ni impidan su continuación en cualquier instancia será precisa la consignación como depósito de: 30 euros. 50 euros. 25 euros. Todas son correctas, según los casos. El órgano competente para la resolución del recurso de apelación contra Autos de los Juzgados Centrales de Instrucción dictados en el sumario ordinario será: La Sección de lo Penal de la Audiencia Provincial. La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia. La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional. El Juzgado Central de lo Penal. No cabrá interponer recurso de suplicación en el orden social contra sentencias de los Juzgados de lo Social que recaigan: Todas las sentencias de los Juzgados de lo Social son recurribles en suplicación. En procesos por despido. En procesos de clasificación profesional. En procesos sobre reconocimiento o denegación del derecho a obtener prestaciones de la Seguridad Social, incluidas las de desempleo. El plazo para que la Sala de lo Contencioso- Administrativo del Tribunal Superior de Justicia dicte sentencia resolviendo un recurso de apelación es de: Diez días, desde la declaración del pleito como concluso para sentencia. Quince días, desde la declaración del pleito como concluso para sentencia. Cinco días, desde la declaración del pleito como concluso para sentencia. Veinte días, desde la declaración del pleito como concluso para sentencia. En la tramitación del recurso de apelación en el orden civil, una vez presentados los escritos de interposición del recurso y oposición al mismo, el Letrado de la Administración de Justicia: Ordenará la remisión de los autos al tribunal competente para resolver el recurso, tras lo cual se dictará sentencia resolviendo el recurso. Ordenará la remisión de los autos al tribunal competente para resolver el recurso y el emplazamiento de las partes ante dicho tribunal por término de 10 días. Procederá a dictar sentencia resolviendo el recurso. Es correcta b), si bien, el término del emplazamiento será de 20 días. No procede el recurso de casación en el orden contencioso-administrativo: Contra las sentencias dictadas en el procedimiento para la protección del derecho fundamental de reunión a que se refiere el artículo 122 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Contra sentencias de los Tribunales Superiores de Justicia si el recurso pretende fundarse en infracción de normas de Derecho comunitario europeo que sean determinantes en el fallo recurrido y que hayan sido consideradas por el Tribunal. Las sentencias dictadas en única instancia por la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional. Contra sentencias de la Audiencia Nacional que declaren nula una disposición de carácter general. El recurso de queja interpuesto contra el auto de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional que deniegue tener por preparado el recurso de casación se resuelve por: La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia. La Sala de lo Social del Tribunal Supremo. La Sección de lo Social de la Audiencia Provincial. El auto citado no es recurrible en queja. El plazo para la presentación del escrito de interposición del recurso de apelación en el orden civil es de. Cinco días. Diez días. Veinte días. Treinta días. Para la celebración del juicio con ausencia del acusado en el procedimiento abreviado, lo que le permitirá recurrir la sentencia que se dicte mediante recurso de anulación, es necesario: Que la pena no exceda de cinco años, si es de privación de libertad. Que la pena no exceda de seis años si es de distinta naturaleza a la de privación de libertad. Que la pena no exceda de un año, si es de privación de libertad. Que la pena no exceda de cinco años si es de distinta naturaleza a la de privación de libertad. |