tema 25
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Título del Test:![]() tema 25 Descripción: test 1.2 |




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¿Quién presenta en el acto solemne que se celebrara al inicio de cada año judicial en el Tribunal Supremo Memoria anual sobre el estado, funcionamiento y actividades de los Juzgados y Tribunales de Justicia?. El Fiscal General del Estado. El Presidente del Tribunal Supremo y el del Tribunal Constitucional. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo. El Juez de primera instancia que más asuntos haya llevado. El denominado año judicial se extiende: Desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año natural. Desde el 1 de septiembre, o el siguiente día inhábil, hasta el 31 de julio de cada año natural. Desde el 1 de septiembre, o el siguiente día hábil, hasta el 31 de julio de cada año natural. Todo el año. ¿Quién determina el número de Magistrados que formarán la Sala durante el período en que los Tribunales interrumpan su actividad ordinaria?. El Tribunal Supremo. El Consejo General del Tribunal Constitucional. El Tribunal Superior de Justicia de la respectiva comunidad autónoma. El Consejo General del Poder Judicial. ¿Quiénes podrán habilitar los días y horas inhábiles?. El letrado de la Administración de Justicia. Los tribunales. El gestor procesal. El tramitador procesal. Son horas hábiles: Desde las ocho de la tarde hasta las ocho de la mañana. Todas las del año. Las del mes de agosto, excepto para las actuaciones que se declaren urgentes por las leyes procesales. Todas son falsas. Será necesaria expresa habilitación: Para las actuaciones urgentes durante el mes de agosto. Para las actuaciones del tribunal cuya demora pueda causar grave perjuicio a los interesados o a la buena administración de justicia. Para proseguir en horas inhábiles, durante el tiempo indispensable, las actuaciones urgentes que se hubieren iniciado en horas hábiles. En lo relativo a los actos del Registro Civil. ¿Cabe recurso contra las resoluciones judiciales de habilitación de días y horas inhábiles?. no. reposición. serán directamente apelables. sí. No serán hábiles todos los días y horas del año: Para la instrucción de las causas criminales. Para las actuaciones de jurisdicción voluntaria. Todas son falsas. En lo relativo a los actos del Registro Civil. Cuando no se fije plazo ni término se entenderá que las actuaciones procesales han de practicarse: Con dilación. Sin dilación. Cuando el Juez lo determine. Cuando el Consejo General del Poder Judicial lo determine. No es cierto que: Las actuaciones del juicio se practicarán en los términos o dentro de los plazos señalados para cada una de ellas. Los plazos comenzarán a correr desde el día siguiente a aquel en que se hubiere efectuado el acto de comunicación del que la Ley haga depender el inicio del plazo, y se contará en ellos el día del vencimiento, que expirará a las veinticuatro horas. En el cómputo de los plazos señalados por días se incluirán los inhábiles. Los plazos señalados por meses o por años se computarán de fecha a fecha. Transcurrido el plazo o pasado el término señalado para la realización de un acto procesal de parte se producirá: La dilación del mismo. Su improrrogabilidad. Su preclusión. Todas son ciertas. En el acto solemne que se celebra al inicio de cada año judicial en el Tribunal Supremo leerá la Memoria anual sobre su actividad, la evolución de la criminalidad, la prevención del delito y las reformas convenientes para una mayor eficacia de la justicia: El Fiscal General del Estado. El Presidente del Tribunal Supremo y el del Tribunal Constitucional. El Presidente del Consejo General del Poder Judicial y del Tribunal Supremo. El Juez de primera instancia que más asuntos haya llevado durante el año judicial. ¿Cómo se computarán los plazos señalados por meses o por años según el artículo 133 LEC?. a) Se excluirán los inhábiles. b) De fecha a fecha. c) Cuando en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes. B) y c) son correctas. Los plazos establecidos en la LEC son: Preclusivos. Improrrogables. Dilatorios. Incómodos. Según la LOPJ, son inhábiles a efectos procesales: Los días en que no haya colegio. Los días del mes de agosto para las actuaciones judiciales que se declaren urgentes por las Leyes procesales. Los días del mes de agosto. Todas son falsas. El periodo de tiempo que se concede para realizar un acto procesal, se denomina: Término. Plazo. Notificación. Requerimiento. Generalmente, se denomina plazos impropios: A los concedidos al órgano jurisdiccional. A los concedidos a las partes. A los concedidos a los testigos y peritos. A los concedidos a los perjudicados. Los plazos establecidos en la Ley de Enjuiciamiento Civil son: Prorrogables, por causas justificadas. Prorrogables, a petición de las partes. Improrrogables. Todas son verdades. Contra las resoluciones de habilitación de días y horas inhábiles, según la LEC: No se admite recurso alguno. Se admite recurso de reposición. Se admite recurso de apelación. Se admite recurso de casación. Los plazos que concluyan en sábado, domingo u otro día inhábil: Se entiende que el trámite queda precluido. Se entiende que ese mismo día vence el plazo. Se entiende prorrogado al primer día inhábil siguiente. Se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. En los plazos señalados por días: Quedan incluidos los inhábiles. Quedan excluidos los inhábiles. Todas son falsas. Quedan excluidos los hábiles. ¿Qué órgano es el encargado de fijar el horario de trabajo de los Juzgados y Tribunales?. El Ministerio de Justicia. El C.G.P. Judicial. El T. S. Justicia. La Sala de Gobierno del T. Supremo. Actualmente el horario de la jornada de trabajo en las Secretarias de los Juzgados y Tribunales está fijado: Desde las 9 a las 14 horas. Desde las 9 a las 15 horas. Desde las 8,30 a las 15 horas. Todas son falsas. En el orden penal todos los días del año y todas las horas serán hábiles para: La instrucción. El enjuiciamiento. El fallo. Todas son verdaderas. A efectos del Registro Civil, son hábiles: Todos los días del año. Todos los días y todas las horas. Todas las horas. Rigen las normas generales. El periodo de tiempo que se concede para realizar un acto procesal, se denomina: Término. Plazo. Notificación. Requerimiento. Las actuaciones y diligencias judiciales, ¿dentro de qué término se practicarán?. Dentro de uno breve que no produzca indefensión a las partes. Dentro como máximo de tres días. Dentro del que, en cada caso, establezca el órgano judicial. Dentro del señalado para cada una de ellas. Cuando para la práctica de una actuación o diligencia judicial no se fije término, ésta ha de practicarse: Sin dilación. En el momento. En el término de 2 días. En el termino de 3 días. Cuando se infrinja lo dispuesto en la ley para la practica de las actuaciones y diligencias judiciales respecto a los términos, procederá: Todas son falsas. Corrección laboral. Corrección disciplinaria. Corrección penal. El órgano competente para las sanciones disciplinarias es: El Juez o Tribunal. El Secretario. El Consejo General del Poder Judicial. El Ministerio de Justicia. Transcurrido un plazo procesal se producirá: El cambio de procedimiento. La sanción. La renovación. La preclusión. Como regla general, cuando transcurra un plazo procesal el siguiente trámite del procedimiento se efectuará: De oficio. A instancia de la parte contraria. A instancia de la parte interesada. A instancia de cualquier perjudicado. Los plazos establecidos en la Ley de enjuiciamiento Criminal son: Prorrogables, a petición de las partes. Prorrogables, si la ley lo dispone expresamente. Improrrogables. Todas son verdaderas. Los términos judiciales, ¿cuando empiezan a correr y a contarse?. Todas son falsas. Desde el mismo momento en que se realice un acto de comunicación. Desde el día siguiente a aquél que se hubiese hecho el acto de comunicación. Desde el día siguiente a aquél que lo ordene el órgano judicial. Los plazos procesales se computarán con arreglo a lo dispuesto en: El Código Penal. El Código Civil. El Código de Comercio. La Ley de Enjuiciamiento Criminal. En el Cómputo de los términos judiciales, se incluye: El día siguiente del vencimiento. El día del vencimiento. El día en que se hubiese hecho una notificación. El día en que se hubiese hecho una citación. Si el último día de plazo fuere inhábil,¿qué ocurrirá?. Se entiende que el trámite queda precluido. Se entiende que ese mismo día vence el plazo. Se entiende prorrogado al primer día inhábil siguiente. Se entiende prorrogado al primer día hábil siguiente. En los plazos señalados por días: Quedan incluidos los inhábiles. Quedan excluidos los inhábiles. Quedan excluidos los domingos. Quedan excluidos los hábiles. En los plazos que estuviesen fijados por meses o años, se excluirán: Los domingos. Los meses inhábiles. Los días inhábiles. Todas son falsas. si en el mes del vencimiento no hubiere día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira: El primer día del siguiente mes. El primer lunes del siguiente mes. El último día del mes. El último día de esa semana. El periodo ordinario de actividad de los Tribunales es denominado: Año jurídico. Año judicial. Año legal. Año procesal. El año judicial, periodo ordinario de actividad de los Tribunales se extenderá: Desde el 1 de septiembre hasta el 31 de mayo de cada año natural. Desde el 1 de octubre hasta el 31 de julio de cada año natural. Desde el 1 de octubre hasta el 30 de junio de cada año natural. Desde el 1 de septiembre o el siguiente día hábil, hasta el 31 de julio de cada año natural. ¿Cuáles de los siguientes días son inhábiles?. Todas son verdaderas. Los domingos. Los días festivos de una C. Autónoma. Los días festivos de una localidad. Los días del mes de agosto, ¿son siempre inhábiles?. Si, excepto para las actuaciones que se declaren urgentes por las leyes procesales. Si, excepto cuando estime lo contrario el Juez o Tribunal. Si, excepto cuando lo acuerde el Secretario Judicial. Si en todo caso. ¿Qué horas son hábiles para la práctica de actuaciones judiciales?. Desde las 8 de la mañana a las 6 de la tarde. Desde las 9 de la mañana a las 8 de la tarde. Desde las 8 de la mañana a las 8 de la tarde. Las que medien desde la salida a la puesta del sol. ¿Qué órgano es el encargado de fijar el horario de trabajo de los Juzgados y Tribunales?. El Ministerio de Justicia. El C.G.P. Judicial. El T. S. Justicia. La Sala de Gobierno del T. Supremo. Serán inhábiles para actuaciones de jurisdicción voluntaria: Sólo los domingos y festivos. Sólo los festivos. Los domingos, sábados, festivos y el 24 y 31 de diciembre. Ninguna es correcta. En el orden laboral, los días del mes de agosto serán hábiles para: Los despidos. Las vacaciones. Las impugnaciones de Convenios Colectivos. Todas son verdaderas. Las actuaciones judiciales habrán de practicarse en días y horas hábiles, bajo pena de: Anulabilidad. Nulidad. Ineficacia. Invalidez. Las actuaciones judiciales realizadas fuera del tiempo establecido sólo podrán anularse si: Lo impusiera la naturaleza del término o plazo. Lo impusiera el Juez o Tribunal. Lo solicitaran las partes. Todas son falsas. Los días y horas inhábiles podrán habilitarse por: El Juez o Tribunal. El Secretario. De oficio o a instancia de parte podrán los tribunal habilitar los días y horas inhábiles. El Ministerio de Justicia. En el orden civil se podrán habilitar los días y horas inhábiles a instancia de: Ministerio Fiscal. Abogado del Estado. Parte. Perjudicados. Para habilitar días y horas inhábiles es requisito indispensable que: Exista una causa urgente. Lo solicite una parte. Lo soliciten las dos partes. Todas son falsas. Contra la decisión de habilitar días y horas inhábiles para la práctica de actuaciones judiciales, cabe recurso de: Reposición. Apelación. Casación. Todas son falsas. ¿cómo se acredita el transcurso de un plazo procesal?. Por diligencia de comunicación. Por diligencia de constancia. Por diligencia de ordenación. Todas son falsas. Los que se consideren perjudicados por dilaciones injustificadas de los terminos judiciales, en el orden penal, podrán: Deducir queja ante el Ministerio de Justicia. Formular protesta ante el Juez o Tribunal. Denunciar los hechos ante el Ministerio Fiscal. Reclamar daños y perjuicios. Si un procedimiento penal estuviese en poder de alguna persona, habiendo transcurrido el término concedido, se procederá a: Requerirle para su devolución. Recogerlo, previa providencia en tal sentido. Recogerlo, sin necesidad de providencia. Ponerlo en conocimiento del ministerio Fiscal. ¿Qué sucede si, una vez transcurrido el término concedido para formular un dictamen, una persona no devuelve un procedimiento penal, no obstante haberse intentado su recogida?. Será apercibida de multa. Será denunciada por infidelidad en la custodia de documentos. Se la tendrá por decaída de su derecho a evacuar el dictamen. Será procesada como culpable de desobediencia. Una vez producida la preclusión de un plazo procesal. Se perderá la oportunidad de realizar el acto de que se trate. No se perderá la oportunidad de realizar el acto de que se trate, siempre y cuando se acredite, documentalmente, no haberse podido efectuar. Se perderá la oportunidad de realizar el acto de que se trate, siempre y cuando lo acuse la parte contraria. Todas son ciertas. Se produce habitualmente una discusión sobre la identidad de las palabras "término" y "plazo", a veces incluso se confunden, concretamente "término" es: Periodo concedido a las partes para realizar un acto. Periodo concedido al organo judicial para realziar un acto procesal. Momento en que se ha de practicar una actuación procesal. El tiempo que tiene el Juez para dictar sentencia. En el orden civil, los escritos de término se podrán presentar: En el juzgado de guardia. En la secretaria del Tribunal hasta las 15 horas del día habil siguiente al vencimiento. En el juzgado de guardia hasta las 15 horas del dia siguiente. En la Secretaria del Tribunal hasta las 15 horas del día siguiente al vencimiento. El año judicial, período ordinario de actividad de los Tribunales, se extenderá desde el 1 de septiembre, o el siguiente día hábil, hasta: El 31 de julio de cada año natural. El 30 de julio de cada año natural. El 28 de junio de cada año natural. El 30 de junio de cada año natural. |