option
Cuestiones
ayuda
daypo
buscar.php

TEMA 28

COMENTARIOS ESTADÍSTICAS RÉCORDS
REALIZAR TEST
Título del Test:
TEMA 28

Descripción:
OPOSICIÓN ADMINISTRATIVO

Fecha de Creación: 2026/02/10

Categoría: Oposiciones

Número Preguntas: 25

Valoración:(0)
COMPARTE EL TEST
Nuevo ComentarioNuevo Comentario
Comentarios
NO HAY REGISTROS
Temario:

El funcionario que desea ejercer una actividad profesional privada por cuenta propia: Debe obtener el reconocimiento de compatibilidad. Debe obtener la autorización de compatibilidad. No necesita compatibilizar dicha actividad si ésta no tiene ninguna relación con la actividad principal del puesto de funcionario. Puede realizarla sin tener que dar cuenta de ella pues su vida privada está al margen de su condición de funcionario.

Indique qué actividades no requieren reconocimiento de compatibilidad: La participación ocasional en coloquios y programas en cualquier medio de comunicación social, si no es retribuida. La colaboración y la asistencia ocasional a congresos, seminarios, conferencias o cursos de carácter profesional, si no es retribuida. La dirección de seminarios o el dictado de cursos o conferencias en Centros oficiales destinados a la formación de funcionarios o profesorado. Todas son correctas.

Según la Ley 53/1984, a falta de opción en el plazo señalado se entenderá que optan por el nuevo puesto pasando, en el que vinieran desempeñando, a la situación de: Excedencia por prestación de servicios en el sector público. Excedencia voluntaria. Excedencia especial. Todas son ciertas.

Quienes accedan por cualquier título a un nuevo puesto del sector público que, con arreglo a esta Ley, resulte incompatible con el que vinieran desempeñando, habrán de optar por uno de ellos: Con carácter previo. Con carácter inmediato. Dentro del mes inmediato. Dentro del plazo de toma de posesión.

La actividad docente universitaria sólo se puede compatibilizar con otra actividad, ya sea como primera actividad o como segunda actividad, si se presta: A tiempo parcial. A tiempo completo. Con duración determinada. Con duración indefinida.

¿Quién tiene la competencia para determinar, con carácter general, las funciones, puestos o colectivos del sector público, incompatibles con determinadas profesiones o actividades privadas, que puedan comprometer la imparcialidad o independencia del personal de que se trate, impedir o menoscabar el estricto cumplimiento de sus deberes o perjudicar los intereses generales?. El Gobierno, por Decreto. El Gobierno, por Real Decreto. El Consejo de Gobierno, por Decreto. La Consejería competente, por Orden.

El reconocimiento específico de compatibilidad para cada proyecto, trabajo técnico o intervención profesional: Serán resueltas y notificadas en el plazo de dos meses. Serán resueltas en el plazo de tres meses, y notificadas posteriormente. Serán resueltas y notificadas con carácter previo al inicio de la segunda actividad. Serán resueltas y notificadas en el plazo de un mes.

¿Es posible reconocer compatibilidad para actividades privadas a quien tuviera autorizada la compatibilidad para un segundo puesto o actividad públicos?. En ningún caso. Sí, cuando la suma de jornadas de los dos puestos públicos no es igual ni superior a la jornada máxima en las Administraciones Públicas. Siempre que la suma de jornadas de ambos sea igual o superior al 75 por ciento de la máxima en las Administraciones Públicas. Si la suma de todas las jornadas, pública y privada, no supera la máxima en las Administraciones Públicas.

los efectos de la Ley de Incompatibilidades, la actividad desarrollada por los miembros electivos de las Corporaciones Locales se considera: Puesto de trabajo en la función pública. Puesto de trabajo en el sector público. Cargo en el sector público. Actividad en el sector público.

Según el Estatuto Marco del Personal estatutario de los Servicios de Salud, es falta disciplinaria grave: El mantenimiento de una situación de incompatibilidad. El incumplimiento de la normativa de incompatibilidad. El simple incumplimiento de los plazos de incompatibilidad. Todas son ciertas.

En el ámbito de la Junta de Andalucía, la autorización, reconocimiento o denegación de la compatibilidad genérica o de la específica para desempeñar un segundo puesto o actividad pública o privada, le corresponde (en 2024) a: La Consejería de Justicia y Administración Pública. La persona titular de la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública. La Dirección General de Personal. La persona titular de la Consejería a la que pertenezca el funcionario solicitante.

Señale a qué supuestos no le es de aplicación la normativa de incompatibilidad: El personal laboral de una fundación pública cuyos presupuestos se doten, ordinariamente, en más de un 50 por ciento, con ingresos de las Administraciones Públicas. El personal que preste servicios en Empresas en que la participación del capital, directa o indirectamente, de las Administraciones Públicas sea superior al 50 por 100. El personal dependiente de empresas subcontratadas con entidades de la Seguridad Social para la prestación de asistencia sanitaria. Todos están sujetos a la normativa de incompatibilidades.

Si un funcionario obtiene en proceso selectivo otro puesto público que él considera que puede compatibilizar con el primero: A) Debe solicitar la excedencia por prestación de servicios en el sector público en uno de los dos puestos. B) Debe instar la compatibilidad dentro de los diez primeros días del plazo de toma de posesión, entendiéndose prorrogado entretanto recaiga resolución. C) Debe instar la compatibilidad dentro de los diez primeros días del plazo de toma de posesión, y podrá prestar servicios en ambos puestos hasta que recaiga resolución. D) Debe solicitar la reducción de jornada a tiempo parcial en ambos puestos y luego instar la compatibilidad en los términos de la respuesta b).

El personal destinado en unidades de contratación o adquisiciones: Podrá obtener compatibilidad, con carácter previo, para el desempeño de actividades en empresas que realicen suministros de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras gestionados por dichas unidades. No podrá obtener compatibilidad con el desempeño de actividades en empresas que realicen suministros de bienes, prestación de servicios o ejecución de obras gestionados por dichas unidades. Podrá ser autorizado por la persona titular de la Consejería de Hacienda y Administración Pública. No necesitará reconocimiento de compatibilidad.

El reconocimiento de compatibilidad para el ejercicio con carácter general de actividades privadas de índole profesional correspondientes a Arquitectos, Ingenieros u otros titulados: Deberá realizarse siempre con carácter previo. Deberá completarse con otro específico para cada proyecto o trabajo técnico que requiera licencia o resolución administrativa o visado colegial. Tendrá la duración del correspondiente proyecto. Todas son falsas.

El reconocimiento de la compatibilidad para una segunda actividad en el sector privado: Deberá obtenerse con carácter previo al inicio de las actividades privadas. Deberá obtenerse durante el plazo posesorio de la actividad pública. Deberá obtenerse durante el plazo de diez días previos al inicio de la actividad privada. No es necesaria su obtención si se realiza a tiempo parcial.

¿Se puede reconocer compatibilidad a un funcionario que la ha solicitado para ejercer una actividad privada que le obliga a permanecer en un puesto de trabajo durante veinte horas a la semana?. No. No, salvo que además de cumplir todos los demás requisitos exigibles por la ley, la actividad pública principal sea prestada en los sectores docente, sanitario o investigador. Sí, salvo que perciba complemento específico por dedicación exclusiva. Sí, siempre y cuando además de cumplir todos los demás requisitos que le sean exigibles, la actividad pública principal sea prestada a tiempo parcial.

La imposición de sanción disciplinaria por negligencia en el desempeño de las funciones al personal al que haya sido autorizada o reconocida la compatibilidad de actividades públicas o privadas: Supondrá la revocación del reconocimiento de la compatibilidad en todo caso. Supondrá la revocación del reconocimiento de la compatibilidad en faltas muy graves. Impondrá al interesado el deber de validar nuevamente la compatibilidad. Todas son falsas.

Actualmente (2024) el régimen de atribución de competencias y el procedimiento en materia de autorización y reconocimiento de compatibilidad del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía y del Sector Público Andaluz que pretenda ejercer una segunda actividad pública o privada, se regula en: La Ley 53/1984, de 26 de diciembre. El Decreto 174/1989, de 18 de junio. El Decreto 524/2008, de 16 de diciembre,. El Decreto 8/2018, de 22 de enero.

Se entiende que son puestos de trabajo con jornada a tiempo parcial, en los supuestos previstos en la Ley 53/1984: Los que no son a tiempo total. Los que son menores al 50% de jornada. Los que son menores al 75% de la jornada. Los que no superen las treinta horas semanales.

El personal que realice actividad sanitaria en hospitales de la Seguridad Social en régimen de jornada ordinaria, podrá: Obtener un complemento de especial dedicación. Realizar, solicitando el reconocimiento de compatibilidad, una actividad sanitaria de carácter privado. Renunciar al complemento de especial dedicación con carácter previo al inicio de la actividad privada. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Según lo dispuesto en el Decreto 524/2008, indique a quién corresponde la siguiente competencia: “Determinar mediante Decreto los supuestos en los que por razón de interés público el personal incluido en el ámbito de aplicación de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, podrá desempeñar un segundo puesto de trabajo o actividad en el sector público, de conformidad con el artículo 3.1 de la citada Ley”: El Consejo de Ministros. El Consejo de Gobierno. La Consejería de Hacienda y Administración Pública. No es posible el desempeño de un segundo puesto de trabajo en el sector público.

Podrá autorizarse la compatibilidad para el desempeño de un puesto de trabajo como profesor universitario asociado: Si ésta se solicita para un curso académico. Cuando se ostente nombramiento definitivo como profesor. En régimen de dedicación a tiempo completo y con duración determinada. En régimen de dedicación a tiempo parcial y con duración indefinida.

Será requisito necesario para autorizar la compatibilidad de actividades públicas el que la cantidad total percibida por ambos puestos o actividades no supere la remuneración prevista en los Presupuestos Generales del Estado para el cargo de Director general, ni supere la correspondiente al principal, estimada en régimen de dedicación ordinaria, incrementada en: Un 30 por 100, para los funcionarios del grupo C o personal de nivel equivalente. Un 35 por 100, para los funcionarios del grupo A o personal de nivel equivalente. Un 40 por 100, para los funcionarios del grupo C o personal de nivel equivalente. Un 45 por 100, para los funcionarios del grupo B personal de nivel equivalente.

Las solicitudes de compatibilidad para el desempeño de un segundo puesto o actividad en el sector público: Serán resueltas y notificadas en el plazo de tres meses. Serán resueltas en el plazo de tres meses, y notificadas posteriormente. Serán resueltas y notificadas con carácter previo al inicio de la segunda actividad. Serán resueltas y notificadas en el plazo de dos meses.

Denunciar Test