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TEMA 28 Especifico

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Título del Test:
TEMA 28 Especifico

Descripción:
Quimicos

Fecha de Creación: 2024/06/27

Categoría: Otros

Número Preguntas: 29

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(ExFSPOPE2015) El Reglamento (CE) n° 915/2023, de 19 de diciembre, relativo a los contenidos máximos de determinados contaminantes en los productos alimenticios, establece que se determinen contenidos máximos de (señale la correcta). Bezopirenos en proteína vegetal hidrolizada. Mercurio en complementos alimenticios. Ocratoxina A en higos secos. Deoxinivalenol en especias.

(ExFSPOPE2015) En relación con los contenidos máximos de determinados contaminantes en los productos alimenticios establecidos en el anexo del reglamento (CE) 915/2023, sólo una de las siguientes afirmaciones es cierta: Se determinan contenidos máximos de deoxinivalenol en aceite de maíz. Se determinan contenidos máximos de plomo en carnes (excluidos los despojos) de bovinos, ovinos, cerdos y aves de corral. Se determinan contenidos máximos de ocratoxina A en leche cruda, leche tratada térmicamente y leche para fabricación de productos lácteos. Se determinan contenidos máximos de estaño (inorgánico) en cefalópodos (sin visceras).

¿Qué contenido máximo de zerealenona tienen los aperitivos de maíz en pg/kg según la legislación vigente?. 200 pg/kg. 750 pg/kg. 75 pg/kg. 100 pg/kg.

La definición de contaminante viene establecida en la siguiente legislación: Reglamento 1881/2006. Real Decreto 475/1988. Reglamento 315/1993. Reglamento 915/2023.

Los límites máximos de aflatoxinas se establecen en: Reglamento 915/2023. Real Decreto 475/1988. Reglamento 315/1993. Reglamento 915/2023 y Real Decreto 475/1988.

Según el artículo 1 del Reglamento 915/2023, los productos alimenticios que superen los contenidos máximos: No se pueden comercializar en el territorio de la UE. No se pueden comercializar en ningún territorio. No se pueden consumir. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Respecto de los límites máximos establecidos en el Reglamento 915/2023: No se someten a revisión, ya que se establecen a un nivel estricto que pueda conseguirse razonablemente si se aplican buenas prácticas agrícolas, pesqueras y de producción, teniendo en cuenta el riesgo relacionado con el consumo de alimentos. Sí se someten a revisión, pese a que establecen a un nivel estricto que pueda conseguirse razonablemente si se aplican buenas prácticas agrícolas, pesqueras y de producción, teniendo en cuenta el riesgo relacionado con el consumo de alimentos. Son equivalentes a los valores de referencia toxicológicos. Se suelen fijar en el P90 de la distribución de un contaminante concreto en un producto alimenticio.

Con el fin de la evaluación de cumplimiento de los límites máximos, según el artículo 2 del Reglamento 915/2023, los factores específicos de concentración o dilución de un producto alimenticio, los debe proporcionar: La autoridad competente. La Agencia Europea de Seguridad Alimentaria. El explotador de la empresa alimentaria. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Los productos alimenticios que superen los límites máximos: No se pueden utilizar como ingredientes alimentarios. No se mezclarán con otros que no superen los límites máximos. No serán detoxificados deliberadamente. Todas las respuestas anteriores son correctas.

Los alcaloides ergóticos son: Micotoxinas. Ésteres glicidilicos. Toxinas vegetales. Análogos de la melamina.

Los límites máximos de metales se establecen, según el Reglamento 915/2023, en: mg/kg. pg/kg. g/kg. pg/g.

Los limites máximos de hidrocarburos aromáticos policíclicos (PAHs) se establecen, según el Reglamento 1881/2006, en: mg/kg. pg/kg. g/kg. pg/g.

Los límites máximos de nitratos más altos, establecidos en el Reglamento 915/2023, corresponden al producto: Espinacas frescas. Lechugas del tipo “Iceberg". Rúcula. Otras lechugas frescas.

Según el Reglamento 915/2023, las siguientes aflatoxinas tienen límites máximos en los productos alimenticios: Aflatoxina B1. Suma de Aflatoxinas B1, B2, G1 y G2. Aflatoxina M1. Todas las anteriores son correctas.

Según el Reglamento 915/2023, las siguientes aflatoxinas tienen límites máximos en los productos alimenticios: Aflatoxina B1. Suma de Aflatoxinas B1, B2, G1 y G2. Aflatoxina M1. Las respuestas a y b son correctas.

Según el Reglamento 915/2023, la patulina tiene límite máximo en: Zumos de frutas. Cereales. Café. Todas las anteriores son correctas.

Según el Reglamento 915/2023, el mercurio tiene límites máximos en: Carnes. Cereales. Pescados. Todas las anteriores son correctas.

Según el Reglamento 915/2023, el cadmio tiene límites máximos en: Carnes. Cereales. Pescados. Todas las anteriores son correctas.

Según el Reglamento 915/2023, las dioxinas tiene límites máximos en: Carnes. Cereales. Frutas y verduras. Todas las anteriores son correctas.

Los limites máximos de dioxinas se establecen, según el Reglamento 915/2023, en: pg/g peso fresco. pg EQT/g peso fresco. pg EQT/g peso fresco o grasa. Dependiendo del producto puede ser cualquiera de las respuestas anteriores.

Los umbrales de intervención de dioxinas se establecen mediante: Reglamento. Recomendación. Real Decreto. Ninguna de las anteriores es correctas.

Los valores de referencia de acrilamida se establecen mediante: Reglamento. Recomendación. Real Decreto. Ninguna de las anteriores es correctas.

(ExFSPOPE2017) El Reglamento (CE) 915/2023. por el que se fijan contenidos máximos de determinados contaminantes en productos alimenticios hace referencia al contenido de una serie de sustancias. Acrilamida. Melamina. Sustancias bromadas. Glucoalcaloides.

Según el Reglamento (CE) 915/2023 por el cual se fija el contenido máximo de determinados contaminantes en los productos alimenticios, cuando se aplican los contenidos máximos establecidos en el anexo a los productos alimenticios que estén desecados, diluidos, transformados o compuestos por uno o más ingredientes, tendrá que tenerse en cuenta el siguiente (indico la falsa). Las proporciones relativas de los ingredientes en el producto. Los cambios de concentración del contaminando provocados por los procesos de secado o dilución. El limite analítico de cuantificación. Los cambios de concentración del contaminando provocados durante la vida útil del producto.

Con relación a la notificación de los resultados de los métodos de confirmación utilizados para el control de los niveles de dioxmas (PCDD/PCDF) y PCB similares a las dioxinas. regulado por el Reglamento (UE) 2017/644 de la Comisión, indique cuál de los siguientes enunciados no es correcto. Los resultados analíticos deberán incluir los niveles de los congéneres individuales de PCDD/PCDF y PCB similares a las dioxinas y los valores FET que deberá indicarse como límite superior. Los resultados analíticos deberán incluir el método utilizado para su extracción. Los resultados analíticos deberán incluir la incertidumbre de medida expandida. Los resultados analíticos se expresarán en las mismas unidades y con el mismo número de cifras significativas que los contenidos máximos establecidos.

De las siguientes aflatoxinas que pueden aparecer en los alimentos indique cuál presenta mayor toxicidad: Aflatoxina B1. Aflatoxina B2. Aflatoxina G1. Aflatoxina G2.

Indique qué respuesta no se contempla en el Reglamento (CE) n.° 401/2006, para la expresión de los resultados de análisis de micotoxinas en alimentos. Los resultados tendrán que expresarse con el mismo número de cifras significativas que los niveles máximos establecidos en el Reglamento (CE) n 0 1881/2006. El resultado analítico tendrá que expresarse como x +/- Uno, donde x es el resultado analítico y Uno la incertidumbre expandida de medida, aplicando un factor de cobertura de 2. que ofrece un nivel de confianza aproximado del 95% (Uno=*2u). El resultado analítico tendrá que corregirse en función de la recuperación, indicando su nivel. Esta corrección no será necesaria si el porcentaje de recuperación se sitúa entre el 90% y el 110%. Si el resultado del análisis fuera notablemente inferior (> 50%) al nivel máximo o muy superior a este (por ejemplo, quintuplicándolo), podría comunicarse sin corrección en función de la recuperación, y omitirse la tasa de recuperación y la mcertidumbre de medición, siempre que se aplicaron los procedimientos de calidad apropiados y que el análisis sirviera exclusivamente para comprobar el cumplimiento de las disposiciones legales.

Cuál de los siguientes compuestos es un alcaloide del centeno que se analiza dentro del control oficial, en alimentos infantiles a base de cereales para lactantes y niños de corta edad?. Escopolamina. Senecionina. Ergotamina. Atropina.

Según el Reglamento (CE) n° 915/2023, indique cuál de los siguientes hidrocarburos aromáticos policiclicos no está legislado para el control oficial de productos alimenticios. Benzo(a)pireno. Benzo(k)fluoranteno. Benzo(a)antraceno. Criseno.

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