TEMA 29.2. TECNICO PISCINAS
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Título del Test:
![]() TEMA 29.2. TECNICO PISCINAS Descripción: Espect. públicos |



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¿A qué ley se hace referencia en el documento?. Ley 17/1997. Ley 184/1998. Ley 29. ¿De qué trata la Ley 17/1997?. Competencias municipales en establecimientos, espectáculos y actividades recreativas. Regulación de la policía municipal. Normativa de la Comunidad de Madrid. ¿A quiénes se aplica la Ley 17/1997?. Solo a entidades públicas. A espectáculos públicos y actividades recreativas en la Comunidad de Madrid. A nivel nacional. ¿Qué se entiende por espectáculos públicos?. Actividades privadas. Actividades con fines artísticos, culturales o deportivos. Actividades lucrativas únicamente. ¿Qué se entiende por actividades recreativas?. Actividades deportivas. Actividades con fines de esparcimiento, ocio, recreo y diversión. Actividades que requieran licencia municipal. ¿A qué establecimientos se aplica la ley?. Solo a establecimientos que tengan licencia municipal. A los establecimientos donde tengan lugar los espectáculos y actividades recreativas. Solo a establecimientos de la Comunidad de Madrid. ¿Qué tipo de actividades están excluidas de la ley?. Actividades públicas con fines lucrativos. Actividades privadas, de carácter familiar o educativo, que no estén abiertas a la pública concurrencia. Actividades deportivas. ¿Qué tipo de actividades se consideran excluidas por la ley?. Actividades que se realizan en el ejercicio de los derechos fundamentales consagrados en la Constitución. Actividades con fines lucrativos. Actividades que requieran licencia municipal. ¿Qué tipo de actividades están reguladas en el anexo de la ley?. Solo actividades recreativas. Espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos. Solo espectáculos públicos. ¿Cómo se puede modificar el Catálogo incluido en el anexo?. Mediante decreto del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid. Por decisión del Ayuntamiento. No se puede modificar. ¿Qué actividades están prohibidas según la ley?. Las que sean constitutivas de delito. Todas las actividades recreativas. Las que no tengan licencia. ¿Qué más actividades están prohibidas?. Las que inciten a la violencia, el racismo o cualquier forma de discriminación. Las que requieran licencia. Todas las que involucren animales. ¿Qué se debe tener en cuenta sobre las prohibiciones en relación con los animales?. Se prohíbe cualquier uso de animales. Se prohíben las que impliquen crueldad o maltrato, pero no la fiesta de los toros. Se prohíbe todo espectáculo con animales. ¿Qué deben reunir los locales y establecimientos?. Solo licencia municipal. Los requisitos y condiciones técnicas que establezca la normativa vigente. Solo seguridad para el público asistente. ¿Qué debe comprender las condiciones técnicas?. Seguridad, solidez, prevención de incendios, higiene, etc. Solo la seguridad para el público. Solo la higiene de las instalaciones. ¿Qué deben tener los locales y establecimientos en cuanto a seguros?. Un contrato de seguro que cubra los riesgos de incendio y responsabilidad civil. No es obligatorio tener seguro. Un seguro solo para el local. ¿Con qué más deben contar los locales?. Solo con licencia municipal. Un plan de emergencia según las normas de autoprotección. Solo con un seguro de responsabilidad civil. ¿Qué determinará la Comunidad de Madrid?. Los horarios de apertura y cierre. Los espectáculos y establecimientos que deban implantar medidas o servicios de vigilancia. Las licencias municipales. ¿Qué necesitan los locales y establecimientos para funcionar?. Solo el permiso de la Comunidad de Madrid. Una licencia municipal de funcionamiento. Solo un seguro de responsabilidad civil. ¿Qué es indispensable para el otorgamiento de la licencia de funcionamiento?. Un plan de emergencia. La acreditación de la suscripción de contrato de seguro. La comprobación administrativa previa. ¿Quién debe efectuar la comprobación administrativa previa?. El Ayuntamiento. La Comunidad de Madrid. El Ministerio del Interior. ¿En qué plazo debe realizarse la comprobación administrativa?. En un plazo máximo de 1 mes. En un plazo de 2 meses. Sin plazo establecido. ¿Qué ocurre si no se verifica la comprobación en el plazo máximo?. Se concede automáticamente la licencia. Los establecimientos no podrán iniciar su actividad. Los establecimientos podrán iniciar su actividad previa comunicación al Ayuntamiento. ¿Qué datos deben constar en las licencias de funcionamiento?. Nombre, emplazamiento, aforo máximo y actividad. Solo el nombre del titular. Solo el aforo máximo permitido. ¿Qué ocurre si se incumple los requisitos de la licencia?. Se modifica la licencia. Se revoca la licencia. No pasa nada. ¿Qué se necesita para modificar la actividad de un establecimiento?. Comunicarlo a los Ayuntamientos. Una nueva licencia de funcionamiento. Solo un permiso de la Comunidad de Madrid. ¿Qué ocurre si un local está inactivo por más de 6 meses?. Se suspende la vigencia de la licencia. No pasa nada. Se modifica la licencia. ¿Quién otorga las licencias municipales exigibles?. La Comunidad de Madrid. Los Ayuntamientos. El Ministerio del Interior. ¿Qué pueden conceder los Ayuntamientos?. Licencias permanentes. Licencias provisionales. Solo autorizaciones. ¿Cuál es la vigencia máxima de las licencias provisionales?. 6 meses. 1 año. Sin límite. ¿Qué deben cumplir los titulares de las licencias provisionales?. Suscribir los contratos de seguro de responsabilidad civil. No es obligatorio. Solo tener la licencia. ¿En qué casos los Ayuntamientos pueden conceder licencias excepcionales?. En locales de valor histórico-artístico que no puedan cumplir la normativa vigente. En cualquier local. Solo en locales nuevos. ¿Cómo se determinarán los supuestos en que los Ayuntamientos deben remitir solicitudes de obras?. Mediante normas estatales. Reglamentariamente, atendiendo al aforo y medidas de seguridad. Nunca se remiten solicitudes de obras. ¿Qué deben exhibir los locales en su exterior?. Solo el nombre del local. Un documento expedido por los Ayuntamientos. Un cartel de la Comunidad de Madrid. ¿En qué plazo deben comunicarse las licencias concedidas a la Comunidad de Madrid?. En el plazo de 10 días. En el plazo de 5 días. Sin plazo establecido. ¿Qué se necesita para celebrar espectáculos o actividades en instalaciones eventuales?. Una autorización de la Comunidad de Madrid. La oportuna licencia municipal. No se necesita nada. ¿Qué deben tener las instalaciones eventuales?. Solo un seguro de responsabilidad civil. Los requisitos de seguridad, higiene y comodidad que establezca la normativa vigente. No es necesario cumplir requisitos. ¿Qué se necesita para la celebración de espectáculos en espacios abiertos?. Una licencia municipal. Una autorización municipal. No se necesita autorización. ¿Qué se necesita para la utilización de la vía pública?. La autorización de la Comunidad de Madrid. La autorización municipal correspondiente. No se necesita. ¿Qué necesitan los locales que ya tienen licencia para celebrar actividades?. Una nueva autorización. No necesitan ninguna autorización. Solo notificarlo a la Comunidad de Madrid. ¿En qué casos se requiere autorización expresa de la Comunidad de Madrid?. Espectáculos con animales. Actividades dentro del término municipal. Las fiestas de los pueblos. ¿Quién determina el horario general de apertura y cierre?. El Ayuntamiento. La Comunidad de Madrid. El Ministerio del Interior. ¿Qué pueden autorizar los Ayuntamientos en cuanto a los horarios?. Reducciones o ampliaciones de horarios. La prohibición de espectáculos. La modificación de licencias. ¿Dónde deben estar a disposición del público los libros de reclamaciones?. En la Comunidad de Madrid. En los locales y establecimientos. En los Ayuntamientos. ¿Cuándo deben estar abiertas las puertas antes del inicio de la actividad?. 15 minutos antes. 30 minutos antes. Una hora antes. |




