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TEST BORRADO, QUIZÁS LE INTERESETema 3 (8)

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Título del test:
Tema 3 (8)

Descripción:
Test 8 del Tema 3

Autor:
Violeta
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Fecha de Creación:
16/04/2024

Categoría:
Otros

Número preguntas: 20
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Temario:
En materia de responsabilidad patrimonial, si la lesión es consecuencia de la aplicación de una norma con rango de ley declarada inconstitucional, procederá su indemnización: Cuando el particular haya obtenido, en primera instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada Cuando el ciudadano haya obtenido, en única instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, aunque no se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada Cuando el particular haya obtenido, en casación, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera planteado la inconstitucionalidad posteriormente declarada Cuando el particular haya obtenido, en cualquier instancia, sentencia firme desestimatoria de un recurso contra la actuación administrativa que ocasionó el daño, siempre que se hubiera alegado la inconstitucionalidad posteriormente declarada.
No podrá ser objeto de deliberación o acuerdo ningún asunto que no figure incluido en el orden del día de los órganos colegiados: Salvo que asistan todos los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de la mayoría Salvo que asistan la mayoría de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por el voto favorable de todos los presentes Salvo que asistan 2/3 de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto por unanimidad Salvo que asista 1/3 de los miembros del órgano colegiado y sea declarada la urgencia del asunto.
Los particulares tendrán derecho a ser indemnizados por las A.A.P.P. de toda lesión que sufran en sus bienes y derechos como consecuencia de: La aplicación de actos legislativos de naturaleza no confiscatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen La aplicación de actos no legislativos de naturaleza expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen La aplicación de actos legislativos de naturaleza no expropiatoria de derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en los propios actos legislativos y en los términos que en ellos se especifiquen La aplicación de disposiciones reglamentarias de naturaleza no expropiatoria de bienes y derechos que no tengan el deber jurídico de soportar cuando así se establezca en las propias disposiciones y en los términos que en ellas se especifiquen.
En materia de responsabilidad patrimonial, la indemnización procedente podrá sustituirse: Por una compensación en especie, cuando la cuantía supere los 100.000 euros y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado En ningún caso Por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, sin necesidad de acuerdo con el interesado Por una compensación en especie o ser abonada mediante pagos periódicos, cuando resulte más adecuado para lograr la reparación debida y convenga al interés público, siempre que exista acuerdo con el interesado.
Será sancionable, como infracción continuada: La realización de una pluralidad de acciones u omisiones que infrinjan el mismo o semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión La realización de acciones que infrinjan los mismos preceptos administrativos, en ejecución de una orden recibida La realización de una pluralidad de acciones que infrinjan semejantes preceptos administrativos, en ejecución de un plan preestablecido o aprovechando similar ocasión Las acciones u omisiones que se realicen en ejecución de un plan preconcebido o aprovechando idéntica ocasión.
Las A.A.P.P. podrán identificarse mediante el uso de un sello electrónico basado en un certificado electrónico reconocido o cualificado que incluirá: SEÑALA LA INCORRECTA. El número de identificación fiscal La denominación correspondiente El periodo de validez del certificado La identidad de la persona titular en el caso de los sellos electrónicos de órganos administrativos.
De acuerdo con el Art. 15 de la Ley 40/2015: Los órganos colegiados de las distintas A.A.P.P. en que participen organizaciones representativas de intereses sociales quedarán integrados por Ley en la A.P. que corresponda, participando en su estructura jerárquica No se contemplan órganos colegiados compuestos por representaciones de distintas A.A.P.P. Determinados órganos colegiados pueden dictar resoluciones que tengan efectos jurídicos frente a terceros El régimen jurídico de los órganos colegiados se ajustará a las normas contenidas en la Ley 40/2015, sin que las A.A.P.P. en que se integran puedan establecer peculiaridades organizativas.
Los Convenios se perfeccionan: Mediante su elevación a escritura pública Por la prestación del consentimiento de las partes A través de su inscripción en el Registro de Convenios En la forma que determine el propio convenio.
En relación con las actas de los órganos colegiados, la Ley 40/2015 prevé: De cada sesión que celebre el órgano colegiado se levantará acta por el Presidente El acta de cada sesión se aprobará necesariamente en la misma sesión Cuando se hubiese optado por la grabación de las sesiones celebradas o por la utilización de documentos en soporte electrónico, deberán conservarse de forma que se garantice la integridad y autenticidad de los ficheros electrónicos correspondientes y el acceso a los mismos por parte de los ciudadanos interesados No habrá necesidad de hacer constar en el acta los puntos principales de las deliberaciones si las sesiones son grabadas y el fichero acompaña al acta de las sesiones.
En relación con los principios de la potestad sancionadora: SEÑALA LA INCORRECTA. Cuando un órgano de la U.E. hubiera impuesto una sanción por los mismos hechos, y siempre que no concurra la identidad de sujeto y fundamento, el órgano competente para resolver deberá tenerla en cuenta a efectos de graduar la que, en su caso, deba imponer, pudiendo minorarla, sin perjuicio de declarar la comisión de la infracción Las normas definidoras de infracciones y sanciones no serán susceptibles de aplicación analógica Las disposiciones sancionadoras producirán efecto retroactivo en cuanto favorezcan al presunto infractor o al infractor, tanto en lo referido a la tipificación de la infracción como a la sanción y a sus plazos de prescripción, incluso respecto de las sanciones pendientes de cumplimiento al entrar en vigor la nueva disposición Las disposiciones referidas a los principios de la potestad sancionadora, no serán extensivas al ejercicio por las A.A.P.P. de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo.
En relación a la exigencia de la responsabilidad patrimonial de las autoridades y personal al servicio de las A.A.P.P.: SEÑALA LA CORRECTA. La resolución declaratoria de responsabilidad pondrá fin a la vía administrativa El plazo del trámite de audiencia será de 15 días El plazo para la práctica de pruebas será de 10 días Todas son falsas.
¿Cuál de las siguientes opciones no forma parte del Sector Público Institucional? A.G.E. Las entidades de derecho público vinculadas o dependientes de las A.A.P.P. Las entidades de derecho privado vinculadas o dependientes de las A.A.P.P. Universidades públicas.
SEÑALA LA CORRECTA. La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la U.E. producirá efectos desde la fecha de su publicación en el B.O.E. o en el Diario Oficial de la U.E., según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la U.E. producirá efectos desde el día siguiente de su publicación en el B.O.E. o en el Diario Oficial de la U.E., según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la U.E. producirá efectos a los 20 días de su publicación en el B.O.E. o en el Diario Oficial de la U.E., según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa La sentencia que declare la inconstitucionalidad de la norma con rango de ley o declare el carácter de norma contraria al Derecho de la U.E. producirá efectos a partir del mes de su publicación en el B.O.E. o en el Diario Oficial de la U.E., según el caso, salvo que en ella se establezca otra cosa.
No es causa de resolución de un Convenio Interadministrativo firmado por varios organismos autónomos: El incumplimiento de las obligaciones de uno de los organismos firmantes, incluso una vez requerido para que cumpla, persistiendo el incumplimiento La decisión judicial que declara la nulidad del Convenio El transcurso del plazo de vigencia del Convenio sin haberse acordado la prórroga El acuerdo mayoritario adoptado por los firmantes.
¿Cuál de las siguientes circunstancias es motivo de abstención en el procedimiento administrativo para las autoridades y el personal al servicio de las A.A.P.P.? Haber intervenido como perito o testigo en el procedimiento de que se trate Tener parentesco de afinidad hasta el 4º grado con cualquiera de los interesados Haber prestado en los 4 últimos años servicios profesionales de cualquier tipo a cualquier persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto Todas son correctas.
Las disposiciones referidas a los principios de la potestad sancionadora serán aplicables al: Ejercicio por las A.A.P.P. de la potestad sancionadora respecto de quienes estén vinculados a ellas por relaciones reguladas por la legislación de contratos del sector público o por la legislación patrimonial de las A.A.P.P. Ejercicio por las A.A.P.P. de su potestad disciplinaria respecto del personal a su servicio, cualquiera que sea la naturaleza jurídica de la relación de empleo Todas son correctas Todas son falsas.
El plazo de prescripción de las infracciones administrativas es: El que establezca las leyes Muy graves 3 años, graves 2 años y leves 1 año Muy graves 3 años, graves 2 años y leves 6 meses Muy graves 3 años, graves 2 años y leves 3 meses.
SEÑALA LA CORRECTA. La anulación por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de los actos o disposiciones administrativas no presupone, por sí misma, derecho a la indemnización La anulación por el orden jurisdiccional contencioso-administrativo de los actos o disposiciones administrativas dará lugar necesariamente a la correspondiente indemnización La anulación en vía administrativa de los actos o disposiciones administrativas dará lugar necesariamente a la correspondiente indemnización No cabe responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas en los casos de lesiones derivadas de la anulación en vía administrativa de una disposición de carácter general.
De acuerdo con la Ley 40/2015, en la encomienda de gestión: Se produce una transferencia de la titularidad de la competencia y de los elementos sustantivos de su ejercicio Se produce una transferencia de la titularidad de la competencia pero no de los elementos sustantivos de su ejercicio No hay cesión de la titularidad de la competencia pero sí de los elementos sustantivos de su ejercicio No hay cesión de la titularidad de la competencia ni de los elementos sustantivos de su ejercicio.
Las infracciones y sanciones prescribirán según lo dispuesto en las leyes que las establezcan. Si éstas no fijan plazo de prescripción: Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los 6 años, las impuestas por faltas graves a los 2 años y las impuestas por faltas leves al año Las sanciones impuestas por faltas muy graves prescribirán a los 3 años, las impuestas por faltas graves a los 2años y las impuestas por faltas leves al año Las infracciones muy graves prescribirán a los 3 años, las graves a los 2 años y las leves a los 6 meses Las infracciones muy graves prescribirán a los 6 años, las graves a los 2 años y las leves a los 6 meses.
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