TEMA 31
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Título del Test:![]() TEMA 31 Descripción: Conceptos de archivo judicial y de documentación judicial. |




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Señale la respuesta correcta: Existirá un Archivo Judicial Central adscrito a la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional. Existirá un único Archivo Judicial Central circunscrito únicamente a la documentación judicial del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional. Existirá un Archivo Judicial Central para cada uno de los órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional. Ninguna es correcta. El responsable del Archivo Judicial de Gestión es: El Juez o Magistrado Presidente. El funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa. El Letrado de la Administración de Justicia. El funcionario del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa. No se aplica el Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales: A los expedientes gubernativos que se sustancien en el Juzgado. A los libros de sentencias. A los expedientes relativos al Registro Civil. Son correctas b) y c). No es un tipo de archivo judicial: El Archivo Judicial de Tramitación. El Archivo Judicial Central. El Archivo Judicial Territorial. El Archivo Judicial de Gestión. Existirá, al menos, un Archivo Judicial Territorial: En cada provincia. En cada Comunidad Autónoma. En cada Sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. En cada partido Judicial. Las Juntas de Expurgo: Están adscritas a la Sala de Gobierno de los Tribunales Superiores de Justicia. Están adscritas a la Sala de Gobierno del Tribunal Supremo. Están adscritas a la Secretaría General de la Administración de Justicia. Están adscritas al Ministerio. Los expedientes judiciales que sean objeto de enajenación según lo resuelto por la Junta de Expurgo: Deberán ser destinados por el adquirente a la divulgación científica en materia jurídica. Deberán ser destinados por el adquirente a la práctica forense de jueces, magistrados, fiscales y abogados. Deberán ser destinados por el adquirente a su tratamiento para su destrucción. Deberán ser destinados por el adquirente a su tratamiento para posterior reutilización como papel de uso común. Los expedientes judiciales a los que se aplica el Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales son los del orden jurisdiccional: Los de todos los órdenes jurisdiccionales. Civil. Civil y penal. Civil, penal y contencioso-administrativo. Existirá un Archivo Judicial de Gestión: En las oficinas judiciales o unidades análogas. En la presidencia de cada Tribunal Superior de Justicia. En el Tribunal Supremo, Audiencia Nacional y todos los órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional. En cada Comunidad Autónoma. Los Archivos Judiciales Territoriales dependerán: Del Letrado de la Administración de Justicia:. De los Presidentes de los Tribunales Superiores de Justicia. Del Presidente del Tribunal Supremo. Del Ministerio de Justicia o de las Comunidades Autónomas con competencias transferidas en materia de justicia. La remisión de documentos desde el Archivo Judicial de Gestión al Archivo Judicial Territorial o al Archivo Judicial Central se formalizará periodicamente, como mínimo: Con carácter trimestral. Con carácter semestral. Con carácter anual. Con carácter bianual. No es miembro de la Junta de Expurgo: Un técnico superior especialista en archivos. Un fiscal. Un técnico superior especialista en nuevas tecnologías. El Gerente Territorial del Ministerio de Justicia. La convocatoria de sesiones ordinarias y extraordinarias de la Junta de Expurgo será acordada una vez transcurrido el plazo para que los interesados puedan recuperar los documentos que, en su día, aportaron al proceso, y que será de: Veinte días. Un mes. Dos meses. Tres meses. Si los documentos de los expedientes judiciales no debieran ser preservados, la Junta resolverá su exclusión del Patrimonio Histórico, y además, y con carácter preferente: Su destrucción. Su enajenación. Su reciclaje. Su reutilización como papel comoún en las oficinas judiciales. Será de aplicación el Real Decreto 937/2003, de 18 de julio, de modernización de los archivos judiciales: A los documentos generados por el Ministerio Fiscal que no se hubieran incorporado a expedientes correspondientes a procesos o actuaciones judiciales. A los libros de registro de las oficinas judiciales. A los archivos de los Juzgados togados y Tribunales militares. Ninguna es correcta. Aquellos asuntos existentes en los Archivos Judiciales de Gestión en los que hayan transcurrido los plazos de caducidad o prescripción: Se remitirán a los Archivos Judiciales Territoriales o al Archivo Judicial Central. Se remitirán a la Junta de Expurgo para que determine los que han de ser conservados o destruidos. Se remitirá una relación de ellos a la Junta de Expurgo para que determine los que han de ser conservados o destruidos. Se ordenará que permanezcan en los Archivos Judiciales de Gestión, quedando al margen de las resoluciones de la Junta de Expurgo. No tendrán acceso a los Archivos Judiciales de Gestión: Quienes hubieran sido parte o titular de un interés legítimo en aquellos asuntos en los que hayan transcurrido los plazos de caducidad o de prescripción. Quienes no hubieran sido parte en el procedimiento, en ningún caso. Quienes no hubieran sido parte en el procedimiento, salvo en el único caso de que el interesado haya prestado su consentimiento a dicho acceso. Ninguna es correcta. Los documentos judiciales cuyo soporte sea el papel, almacenados y custodiados en los archivos judiciales: Podrán convertirse a soporte magnético o cualquier otro que permita la posterior reproducción en soporte papel, sin que sea exigible para ello ningún requisito especial al constar el original del documento en papel. Podrán convertirse a soporte magnético o cualquier otro que permita la posterior reproducción en soporte papel, única y exclusivamente si se garantiza la integridad, autenticidad y conservación del documento. No podrán convertirse a soporte magnético o cualquier otro que permita la posterior reproducción en soporte papel, al constar ya en este soporte. Es correcta c), salvo que el Letrado de la Administración de Justicia estime conveniente su incorporación a otro soporte. Las Juntas de Expurgo estarán presididas: Por un Letrado de la Administración de Justicia, designado por el Secretario General de la Administración de Justicia. Por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia. Por un Magistrado designado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia. Por un Letrado de la Administración de Justicia designado por el Presidente del Tribunal Superior de Justicia. En el Archivo Judicial Central se recibirá la documentación procedente: De los Archivos Judiciales Territoriales. De los Archivos Judiciales de Gestión de los órganos que carezcan de jurisdicción en todo el territorio nacional. De los Archivos Judiciales de Gestión del Tribunal Supremo y de la Audiencia Nacional. Es correcta c), además de los Archivos Judiciales de Gestión de los órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional. Los documentos que obren en los Archivos Judiciales de Gestión y que puedan afectar a la seguridad de las personas, no podrán ser publicamente consultados: Sin previo consentimiento del afectado, en todo caso. Únicamente, hasta que hayan transcurrido 50 años desde la muerte del afectado, si su fecha es conocida. En defecto de otros criterios, cuando hayan transcurridos 50 años desde la fecha de los documentos, si se desconoce la fecha de la muerte del afectado. Únicamente, hasta que se dicte resolución judicial autorizando el acceso, por parte del Juzgado o Tribunal en que se hallan los documentos. En la relación a remitir junto con los expedientes judiciales a los Archivos Judiciales Territoriales o al Archivo Judicial Central, no es legalmente obligatorio hacer constar: La naturaleza del proceso o actuación procesal y su número y año. Una sucinta referencia al objeto del proceso. La fecha en que se produjo el inicio de las actuaciones procesales. Las partes intervinientes. Los programas y aplicaciones informáticas utilizados para la gestión de los Archivos Judiciales de Gestión, Territoriales y Central serán aprobados por: El Ministerio de Justicia. El Consejo General del Poder Judicial. El Secretario General para la Administración de Justicia. La Sala de Gobierno del Tribunal Supremo, de la Audiencia Nacional o de los Tribunales Superiores de Justicia, según proceda. Señale la respuesta incorrecta: Existirá una Junta de Expurgo para todos y cada uno de los órganos judiciales. Existirá una Junta de Expurgo en cada Comunidad Autónoma, siendo competente la de la Comunidad Autónoma de Madrid para decidir sobre los expedientes del Archivo Judicial Central. Existirá una Junta de Expurgo específica para el Tribunal Supremo, la Audiencia Nacional y los órganos con jurisdicción en todo el territorio nacional. Son correctas a) y b). En los Archivos Judiciales de Gestión, el archivo de autos y expedientes judiciales le corresponde: A los funcionarios del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa, bajo la supervisión del Letrado de la Administración de Justicia. A los funcionarios del Cuerpo de Auxilio Judicial, bajo la supervisión del Letrado de la Administración de Justicia. A los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa, bajo la supervisión del Letrado de la Administración de Justicia. Al Letrado de la Administración de Justicia. |